tag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post8721363455494994354..comments2023-07-03T12:58:16.360+02:00Comments on LO QUE URGE RECORDAR. POR DERECHO - IV Época (2018): SOBRE LA CORRUPCIÓN: RECUERDO DE LORD ACTON (y II)Andrés de la Oliva Santoshttp://www.blogger.com/profile/01537443726090054226noreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post-63820500761388550282014-11-05T21:03:43.480+01:002014-11-05T21:03:43.480+01:00El sistema incentiva la corrupción: no cabe duda. ...El sistema incentiva la corrupción: no cabe duda. Así lo he dicho con suficiente claridad. Pero no la determina. Si la determinase, propiamente hablando, las conductas corruptas no serían reprochables a sus concretos protagonistas. Y sí lo son. Como me parece innegable que hay personas, dentro de los poderes públicos y en los centros de poder económico y social, que se comportan decentemente. El "régimen" ¿da demasiadas facilidades para la corrupción? Claro que sí. E incluso se ha corrompido en gran parte (no he dejado de escribir al respecto). Pero todavía creo en la libertad personal y, por tanto, en la responsabilidad personal y detrás de cada corrupción institucional hay comportamientos individuales.<br /><br />No reprocho a intelectuales y juristas "trendy" no hacer crítica del sistema. Porque, además, resulta que ésa, la crítica genérica, sí la hacen con cierta frecuencia. Lo que no han hecho, suficientemente, en los momentos adecuados, con la intensidad proporcional, es un análisis crítico de los procesos concretos de progresiva corrupción, de depauperación, de maltrato a los débiles en beneficio de los poderosos.<br /><br />Por último: no estoy tan seguro como Vd. de que, a falta de democracia genuina, todo lo demás y, muy concretamente, la corrupción, viene dado por añadidura, a modo de impepinable "corolario". Me parece que no es así, ni lógica ni históricamente.<br /><br />En todo caso, mil gracias de verdad por sus comentarios y sus palabras de aliento.Andrés de la Oliva Santoshttps://www.blogger.com/profile/01537443726090054226noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post-5558298021231134102014-11-05T20:44:21.105+01:002014-11-05T20:44:21.105+01:00Amigo Jorge: mil gracias por sus sabios y document...Amigo Jorge: mil gracias por sus sabios y documentados comentarios (o su comentario en dos entregas, porque este invento obliga a ello). Espero que sean lean tanto como mi post. Y no es falsa humildad y afán de iniciar una batalla floral (que ya no se llevan, me parece).<br /><br />Por ceñirme ahora a lo principal (otras afirmaciones suyas me sugieren post enteros) de lo que me pregunta. Locke y Montesquieu están antes que Acton -¡que duda cabe!- pero no dieron a luz la frase sobre el poder y la corrupción que generó (con la anterior lectura, relativamente reciente, de Acton) que la situación. El mismo Acton dice que "“the Laws of [Plato], the Politics of [Aristotle], are, if I may trust my own experience the books from which we may learn the most about the principles of politics.”. Es decir, que, "la cosa viene de lejos", como si dijéramos, y, desde luego, los asuntos tratados no tienen en Acton una suerte de pionero heurístico. Y ni era mi propósito ni estoy suficientemente cualificado para un mero esbozo de la historia de las ideas políticas.<br /><br />La democracia no era el asunto que quería tratar. De hecho, me parece que no la menciono. Pero, desde luego, se utilicen los adjetivos material y formal o cualesquiera otros, mi respuesta a una de sus preguntas sería que en España, sin ser una llamativa excepción en el llamado mundo civilizado (que es una pequeña porción del planeta), no hay ni siquiera una seria aproximación a una democracia genuina. No me puedo extender ahora más al respecto. Escribí bastante sobre la democracia cuando se decía querer implantarla.<br /><br />Cuando se gestaba la vigente Constitución española, fui públicamente muy crítico con numerosos preceptos. Desde hace bastante tiempo, defiendo la CE porque es la regla imperfecta, pero regla válida y no ilegítima, por la que los poderes públicos ante todo, deberían regirse. Y no lo hacen. Además, no tengo la más mínima duda de que si hoy se pusiesen (no sé quiénes, pero cualesquiera "importantes") a hacer una Constitución sería mucho peor que la de 1978.<br /><br />A fin de que los poderes públicos no corrompan y avasallen, me ha parecido preferible recurrir al concepto de "Estado de Derecho", en el elemental sentido de aquél en que es el Derecho quien determina la existencia, extensión y procedimiento de ejercicio de los poderes, ya inicialmente diversificados por el mismo Derecho. Me conformaría, por ahora, con que eso funcionase, que no funciona.<br /><br />García Pelayo sí contrapone el "Estado de partidos" al "Estado de Derecho", con eco explícito en sentencias del Tribunal Constitucional que presidió (no con pleno acierto, dicho sea de paso). Aquí, en España, no tienen los jefes de los partidos, sin excepción alguna, el menor empacho en contradecir el texto constitucional con su "teoría" y su praxis de la disciplina de voto y de la disciplina de partido en todos los cuerpos legislativos (Congreso, Senado, asambleas autonómicas).<br /><br />(sigo en otro recuadrito) Andrés de la Oliva Santoshttps://www.blogger.com/profile/01537443726090054226noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post-48242749270082576962014-11-05T17:55:01.141+01:002014-11-05T17:55:01.141+01:00 Y con esto llegamos al segundo requisito de l... Y con esto llegamos al segundo requisito de la democracia formal antes avanzado, la representación política, echada a la vida por Marsilio de Padua en el s. XIV. Cuando Gerhard Leibholz, a la sazón presidente del Tribunal Constitucional Federal Alemán analiza el sistema político creado en la Ley de Bohn concluye que no queda en él resto alguno de representación, y por ello llama al régimen vigente en su país «Estado de partidos». Pero esto no lo dice despectivamente, al contrario, pues en el mismo fallo afirma que éste ha conseguido hacer realidad la voluntad general a la que se refería Rousseau. Un disparate.<br /> <br />***<br /><br /> He escrito todo esto, que usted ya conoce, sólo a modo de recordatorio. Precisamente porque sé que conoce todos estos elementales datos de la filosofía política no me explico una cosa: ¿por qué no dice usted que no hay democracia formal, ni en España ni en casi ningún país de Europa? En estos Estados está vigente el régimen parlamentario, por naturaleza ajeno a la separación de poderes; sus sistemas electorales son proporcionales y de circunscripción plurinominal, lo cual significa que es el jefe de cada partido el que hace las listas electorales ─sean abiertas o cerradas, eso es indiferente─, y los votantes únicamente ratifican lo por él establecido; los votantes de un distrito electoral no pueden remover a su representante aunque traicioné todo lo prometido en campaña electoral, ni tampoco ─en contrate con lo que ocurre con la representación en Derecho privado, que nace con Laband─. En resumen, todo el poder, sin ningún freno, está en manos de las cúpulas de los partidos políticos. Por eso sigue siendo cierta la frase con la que Joaquín Costa abre una de sus obras más famosas, que data ya de hace casi un siglo: «La Constitución de España es la oligarquía». Y en las oligarquías la corrupción no es un vicio, sino una virtud. En ellas la corrupción es el factor de gobierno; no el aceite que lubrica el motor, sino el motor mismo del sistema político; sin ella, una oligarquía sería ingobernable.<br /> Así que, en resumen, no entiendo dos cosas de su post:<br /> 1) ¿Por qué apunta en cierta parte de su post las personas individuales como causa de la corrupción («El poder “tiende” a corromper, pero es más bien el corrupto quien corrompe el poder», es el título de uno de los epígrafes)? ¿No cree que es el propio régimen político el que crea un sistema de incentivos en el que ser corrupto es fácil, provechoso, prácticamente impune y, en suma rentable?<br /> 2) Su comentario sobre los juristas trendy es atinadísimo. Por eso me estoy aún más sorprendido con el tono general de sus posts, no sólo éste que comento. Puede ser una apreciación equivocada pero de él se trasluce que el sistema político español fundamentalmente funciona ─la Constitución está bien, los poderes están separados, hay representación política─, y sólo necesita pulirse, reformarse en ciertos aspectos. Creo que está incurriendo usted en el mismo error, aunque en un grado muy inferior, que esos juristas áulicos a los que alude. A veces, queriendo ser razonable y comedido en la crítica, uno tiende a resaltar los aspectos que parecen más positivos de lo que critica, aunque sólo lo sean por contrate.<br /> Por eso le pregunto: ¿cree usted que hay democracia formal en España? Porque si la respuesta es negativa, la corrupción y el resto del desastre actual se explican como corolario.<br /><br /> El comentario sobre la santificación del éxito y el post con la sentencia de Tomás Moro son geniales, y no sólo por contraste ;). Un saludo, estimado profesor y siga escribiendo sus posts.<br />Jorgenoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post-9598583320006874932014-11-05T17:54:16.296+01:002014-11-05T17:54:16.296+01:00Lleva usted toda la razón en que lo fundamental pa...Lleva usted toda la razón en que lo fundamental para luchar contra la corrupción es limitar el poder. Algunas de las citas de Lord Acton son deliciosas, pero no dejan de ser una reformulación del legado de la Ilustración en el campo de la filosofía política; son ya tan de todos que es difícil averiguar su filiación. La democracia formal ─esto es, como forma de gobierno; no material, como ideal al que aspirar, que constituye una utopía─, hija del racionalismo, es precisamente una técnica de limitación del poder mediante dos instrumentos: 1) la separación de poderes; y 2) la representación.<br /> Las citas de Lord Acton que usted ha reproducido, fantásticas, como ya he dicho, no aluden más que al primero de estos instrumentos. En efecto, el título que usted utiliza en uno de los epígrafes del texto («El poder nunca debe ser absoluto, sino, siempre, dividido, limitado y delimitado») viene a recordarnos ese requisito fundamental para controlar al poder. Está formulado con mayor puridad en Montesquieu ─que lo tomó de Locke─, que habla de frenar el poder con poder ─igual que el diamante se corta con diamante─, y en los debates constituyentes americanos, que siguieron la estela de este genio del pensamiento, en los que uno de los diputados desarrolla esta idea proponiendo «que las ambiciones vigilen a las ambiciones», esto es, crear una relación tal entre los distintos poderes en la que nazcan los celos entre ellos ─ejecutivo y el legislativo, ya que el judicial es presque nul─, que se controlen y vigilen entre ellos.<br /> Ese requisito, que tan bien es cumplido en Estados Unidos ─sin soslayar todos los defectos que caracterizan hoy su sistema político: sistema procesal penal, financiación de los diputados, entre otros muchos; y el hecho de que no haya hecho nada por exportar su modelo al exterior, todo lo contrario─, no se da en ningún lugar de Europa, salvo en Suiza. En Europa decidieron, ya desde la Revolución francesa, no seguir la vía de Montesquieu, por anticuada ─¡ja!, como si la voz atronadora de un clásico pudiese apagarse en menos de cincuenta años─, y, de la mano de Sieyès, siguieron la propuesta de Rousseau. La propuesta de éste es descabellada, pues está centrada en un concepto que exige una fe ciega en la voluntad general. La democracia es, para esté, únicamente un procedimiento mediante el cual se extrae de la suma de voluntades individuales esa voluntad general. Ésta es algo diferente tanto de aquélla ─la suma de voluntades individuales─, incluso si fuesen unánimes; es inasible, y por eso el propio Rousseau piensa que no puede ser representada. No puede extrañar que este concepto de la voluntad general sea un de origen religioso, pues está tomado de la Teodicea de Malebranche.<br /> La Revolución francesa fracasa. Aunque el vocabulario político que hoy utilizamos proviene de ella, esas voces cobijan hoy significados diferentes y en ocasiones antagónicos de los que con tanto mimo cinceló la Ilustración. En ese sentido, la Revolución francesa actuó como un filtro para el pensamiento político, como un mal puente que une esa obra de la Ilustración con la actualidad, y sobre sus postulados ─los de la Revolución─ aún vivimos. Pero esa idea rousseauniana de la voluntad general pervivió, y está es hoy carne y sangre en el Estado de partidos. Sigo con este breve recordatorio histórico en el siguiente hito histórico: la Segunda Guerra Mundial. Tras la victoria de los aliados, había que diseñar para los perdedores del conflicto un sistema político que pudiera ser conducido con facilidad por unos completos inútiles, políticamente incultos, que habían sido aplastados por el nazismo y el fascismo y que hoy pasan por ser grandes estadistas: Adenauer y De Gasperi.Jorgenoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post-76601195747770101712014-11-05T01:58:05.114+01:002014-11-05T01:58:05.114+01:00Me descubro profesor. Quizá me adelante en mi apre...Me descubro profesor. Quizá me adelante en mi apresurado análisis, sin esperar a este segundo comentario.<br /><br />Es usted, sin duda, una de esas pocas personas que nos permiten seguir creyendo.<br /><br />Gracias.<br /><br />P.D. Gracias por su recomendación, "La democràcia en América" es para mi una referencia.Ángelnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post-32844119264961707952014-11-03T21:24:15.063+01:002014-11-03T21:24:15.063+01:00A csc: ¡Claro que buscar el éxito no es negativo! ...A csc: ¡Claro que buscar el éxito no es negativo! "Santificar el éxito" es algo muy distinto. Y no es nada bueno porque lo contrario (un peligro mucho menor, menos real) sería aún peor.<br /><br />La discrecionalidad (que puede tener algunos ámbitos admisibles)está implícita en la oscuridad e inestabilidad de las reglas, que, por cierto, siempre necesitarán interpretación. La interpretación de las normas jurídicas es tan insoslayable que hay normas jurídicas sobre la interpretación, normas hermenéuticas muy razonables.<br /><br />No hay problema con la longitud de su comentario. Muchas gracias.Andrés de la Oliva Santoshttps://www.blogger.com/profile/01537443726090054226noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3183634337846237013.post-82439383746671878042014-11-03T20:31:25.844+01:002014-11-03T20:31:25.844+01:00En general me gusta mucho el desarrollo que ha hec...En general me gusta mucho el desarrollo que ha hecho y con este post ha clarificado mucho el anterior, solamente le pondría un pero a la máxima de no santificar el éxito.<br /><br />Quizás es cierto que santificar el éxito como el fin último de la existencia sea negativo, pero lo contrario no es menos perjudicial. No podemos permitirnos una sociedad conformista, ya que eso acaba anestesiandola y haciendola retroceder.<br /><br />El problema del éxito es similar al del poder, la búsqueda del éxito no es negativa, ya que el avance de los individuos hace avanzar a toda la sociedad. El problema está en la definición de lo que se considera éxito y los medios que se consideran éticamente correctos para conseguirlo.<br /><br />Una sociedad que avanzó muchísimo por una buena gestión del éxito privado fue la república romana. Se fomentaba entre los patricios el hacer carrera y conseguir éxitos personales que repercutieran en la grandeza de Roma, y ese mecanismo les llevó a dominar el mundo.... pero al final esta misma búsqueda del éxito personal acabó con la república.... por lo que volvemos al punto más importante del post, lo fundamental es la RESPONSABILIDAD. Para mí, la responsabilidad individual ya que considero que cuentos como el de la responsabilidad social corporativa y similares no son más que eso, cuentos.<br /><br />En cuanto al político corrupto, debería ahondar en la discreccionalidad del poder como otra de las fuentes de corrupción, de hecho creo que es la más importante ya que es el mecanismo por el que se entrega todo el poder sobre algo a una sola persona, como por ejemplo el concejal de vivienda y la ubicación de las parcelas edificables. Y donde hay discreccionalidad aparece la corrupción porque ese es el puesto al que aspira el corrupto. <br /><br />Una legislación sin reglas perfectamente claras y no interpretables es lo que propicia la aparición de esos nichos de corrupción. Hay que evitar que se cumpla el aforismo de hecha la ley hecha la trampa.<br /><br />Disculpe la extensión del comentario... no deseo apropiarme de su blog.cschttps://www.blogger.com/profile/07876658516457877788noreply@blogger.com