CONTRA LO QUE TODO EL MUNDO CREE, LA LITIGIOSIDAD DISMINUYE
EN ESPAÑA
PERO AUMENTA LA DURACIÓN DE LOS PROCESOS
En el discurso
de su investidura como Presidente del Gobierno, el Sr. Rajoy puso bastante
énfasis en “reducir la litigiosidad”. Días después, el nuevo Ministro, Sr. Ruiz
Gallardón, reclamó también, con bastante dramatismo, la reducción del número de
procedimientos judiciales. Me parece que estas tópicas aspiraciones
(merecedoras de un análisis a fondo, que no tardaré en hacer) se formulan sobre
la base de una creencia muy
generalizada, a saber: que la litigiosidad no deja de crecer en España. Es una creencia falsa porque la verdad o la
realidad no es ésa, sino ésta otra: la litigiosidad ha dejado de crecer en
España hace ya un par de años. Y, en algunos campos, el descenso no es
pequeño. Dicho de otro modo: la crisis económica
no está bloqueando los Juzgados y Tribunales por un tremendo aumento de
la litigiosidad. Desde que la crisis es indisimulable, indisimulada y
gravísima, desde hace ya dos años, la litigiosidad no para de disminuir y, por
tanto, estaría aliviando a los Juzgados y Tribunales. De modo que si hay un “bloqueo”,
será por otras causas.
Por qué, siendo los datos públicos y
oficiales, se sigue con el tópico del aumento de la litigiosidad, es un interrogante
que sólo tiene una respuesta: respecto de la Justicia, casi todo el mundo, comenzando
por los diversos responsables máximos, habla de oídas, sin saber de lo que
habla ni comprobar su "intuición" o primera impresión. Pero no es una simple frivolidad de
escasa monta. Es temeridad, irresponsabilidad y, por añadidura, chulería de
baja estofa cuando se exhiben ínfulas cuasi-mesiánicas. Tener responsabilidades
sobre la Justicia y errar sobre la situación de la litigiosidad es como asumir
el Ministerio de Marina en España y no saber cuántos mares bañan nuestras
costas o aceptar el Ministerio de Agricultura pensando que estamos en un
régimen de lluvias excepcional cuando llevamos meses de sequía y los pantanos
están a la mitad. Si ignorar el precio medio del cafelito mañanero, como le
ocurrió a Rodríguez Zapatero, ya dio mucho que pensar y que hablar, este
resbalón sobre la litigiosidad no es para menos, sino para más.
DEL 2009 AL 2010
En 2010, ya se había producido una
disminución de la litigiosidad en todas las ramas u órdenes de la Justicia,
respecto del año 2009: si se consulta la “Memoria
del Consejo General del Poder Judicial, de 2011” (aprobada por el Pleno el
21 de julio de 2011), en el apartado “Panorámica
de la Justicia durante 2010”, se verá que se abre con una “VISIÓN DE CONJUNTO”, cuyo
primer párrafo dice literalmente lo siguiente:
“En el año 2010 han ingresado 9.355.326 asuntos en los
órganos judiciales con una disminución del
2,2% respecto a los ingresados en 2009. Esta reducción se produce después de
una serie ininterrumpida de crecimientos anuales que fueron especialmente
elevados en 2008 y 2009.”
Después de
insertar una tabla de asuntos ingresados, desde 1999 hasta el 2010, en la
Memoria se puede leer el siguiente párrafo:
“Esto ha provocado que la litigiosidad haya alcanzado
en 2010 la cifra de 199 asuntos ingresados por cada 1.000 habitantes, con una
reducción del 2,8% respecto a la de 2009 (AOS: que fueron 205) En el mismo
periodo el incremento de la población ha sido del 0’6 %.”
Otro documento
importante del CGPJ es el denominado “La
Justicia, dato a dato”, un informe anual, que aprueban los Vocales
encargados de la Estadística Judicial.
En una versión
resumida en “power point” de ese documento -una versión descaradamente propagandística,
por cierto- hay, sin embargo, una tabla que reproducimos. Aunque los
porcentajes no coinciden exactamente con los de los textos de la “Memoria”, que
copiaremos enseguida, dan una clara idea de que en los cuatro órdenes o ramas
de la Jurisdicción ordinaria se registró en 2010 una disminución de
litigiosidad respecto de 2009.
Un desglose por
órdenes o ramas de la Jurisdicción ordinaria es éste, siempre según la última
“Memoria” del CGPJ:
Jurisdicción
civil:
“En
esta jurisdicción han ingresado en 2010
un total de 1.984.098 asuntos, con una reducción del 2% respecto a 2009,
rompiéndose una serie interrumpida de incrementos desde 2001.”
“Analizando el conjunto de la jurisdicción (AOS: civil)
con las tasas de resolución, pendencia y congestión, observamos un importante
incremento de la tasa de resolución y reducciones en las de pendencia y
congestión, por lo que podemos concluir que esta jurisdicción ha mejorado
situación a lo largo de 2010.” (AOS: es una conclusión muy matizable,
porque, entre otras cosas, no tiene en cuenta otros elementos, que aparecerán
en este “post”)
Atención a estos
dos ámbitos significativos:
“La situación de las ejecutorias ha continuado
empeorando, al haberse producido un crecimiento del 1’8 % de las ingresadas
(por contraste al incremento del 35% del año anterior) Las resueltas se han
incrementado un 6,4% y las que han quedado en trámite en un 17,4%, alcanzando
la cifra de un 1.761.792.”
El mismo
documento define las “ejecutorias” así: “Se entiende por ejecutorias los
procesos mediante los que se materializa lo decidido o resuelto en una
sentencia o en cualquier otro título judicial o extrajudicial que por
imperativo legal lleva aparejada ejecución” Quiérese decir, por tanto, que si
en una sentencia u otro papel han declarado tu derecho, pero el deudor no te
paga o no ejecuta voluntariamente lo que debe, tus posibilidades de que la
Justicia remedie eso, mediante la “ejecución forzosa”, se han visto aún más
reducidas que de ordinario.
“Las ejecuciones hipotecarias, tras los enormes
incrementos del 126,2% de 2008 y del 59% de 2009, se han
estabilizado con un leve aumento del 0,3%, alcanzando la cifra de 93.622.” Enseguida veremos que han disminuido notablemente en
el 2011.
Jurisdicción
penal:
“Después
de muchos años de continuo crecimiento, los 6.639.356 asuntos ingresados en la
Jurisdicción Penal representan una reducción del 1,5% respecto a los ingresados
en 2009.”
Pero, “el número de asuntos resueltos se ha reducido
en un 1,4%, alcanzándose los 6.614.210. Los asuntos que quedaron en trámite al
final del año, 1.183.715, representan un incremento del 2,9% respecto a 2009.”
Jurisdicción
contencioso-administrativa: Un significativo descenso de la
litigiosidad:
“En
la Jurisdicción Contencioso Administrativa han ingresado 287.444 asuntos, un
9,4% menos que en 2009, rompiéndose un periodo ininterrumpido de incrementos
iniciado en 2000.” ”En todos los órganos de la jurisdicción se ha producido una
reducción en el ingreso, especialmente en los Juzgados (del 9’5) y en
las Salas de los TSJ (del 10%).”
Jurisdicción social o laboral:
“El
número de asuntos ingresados en 2010 ha sido de 444.316, con una reducción del
8,3% respecto a los ingresados en 2009.”
DEL 2010 AL 2011
Pero
es que lo que comenzó en 2010 ha continuado, y aceleradamente, en 2011.
Aparte de que nos lo digan quienes no se limitan a pisar su Juzgado, Audiencia
o Tribunal, convencidos de que su
mundo es el mundo, de que su tribunal es la
Justicia, disponemos de otro documento del CGPJ titulado “Datos sobre el efecto de la crisis en los órganos
judiciales: Tercer trimestre de 2011”. En este papel se expone la evolución
respecto del mismo trimestre de 2010. Me parece que será suficiente reproducir unas cuantas frases:
- "Las ejecuciones hipotecarias experimentaron en nuestro país una importante reducción en el tercer trimestre del 2011. Según se desprende del informe Datos sobre el efecto de la crisis en los órganos judiciales elaborado por el Consejo General del Poder Judicial, en los Juzgados de Primera Instancia y en los Juzgados de Primera Instancia e instrucción ingresaron 14.894 ejecuciones, lo que supone un descenso del 23,1 por ciento"
- "A su vez, los 177.892 procesos monitorios iniciados en esos Juzgados muestran una reducción interanual más acusada, del 43,8 por ciento, con bajadas superiores al 50 por ciento en Asturias, Canarias y Madrid". Hay que subrayar que éste es el tipo de proceso civil más frecuente en España desde hace una década.
- Es de señalar, asimismo que “los lanzamientos practicados por los Servicios Comunes han seguido aumentando su número en este tercer trimestre de 2011. Se registraron 10.869 lanzamientos, con un crecimiento del 14,2 por ciento respecto del mismo periodo del año anterior. Por el contrario, los 17.546 embargos practicados por estos servicios suponen un descenso del 32,5 por ciento.“ Así, pues, una importantísima reducción de la ejecución forzosa.
- "Los divorcios consensuados suponen un descenso del 0,6 por ciento. La caída de los divorcios consensuados comenzó a producirse en el segundo trimestre de 2011 (con unas reducción del 5,9 por ciento), cuando estos procesos habían tenido incrementos interanuales durante todo el año 2010. Los divorcios no consensuados implican una disminución del 1,4 por ciento. Es un porcentaje menor que el del segundo trimestre de 2011, bajaron un 4,7 por ciento. Por su parte, las separaciones no consensuadas han presentado un incremento del 7 por ciento, tras cinco trimestres de reducciones interanuales. El comportamiento de las separaciones consensuadas ha sido similar, con un leve aumento del 1,4 por ciento tras cinco trimestres de descensos."
- "También en la Jurisdicción Social, las reclamaciones de cantidad han caído un 5,4 por ciento respecto al tercer trimestre de 2010 al registrarse 32.371 reclamaciones. Son ya ocho los trimestres sucesivos en los que se han producido descensos en este tipo de demandas."
Por tanto, los únicos incrementos significativos registrados en el tercer trimestre de 2011 se limitan a los concursos de acreedores, ejecución de desahucios y demandas por despido, aunque éstas van cayendo mucho.]
AUMENTA DURACIÓN PROMEDIO DE LOS PROCESOS
Mientras disminuían los nuevos asuntos,
en todos los ámbitos jurisdiccionales, con la excepción de la Sala de lo Civil
del Tribunal Supremo (donde el retraso era muy importante) y algún tribunal
más, en 2010 creció la duración de los
procesos respecto de 2009. Parece curioso que eso coincida con un menor
ingreso de asuntos, pero hay que tener en cuenta lo que a comienzos de 2009
estaba por resolver. Las causas han de ser otros factores. Éstos son los datos
oficiales sobre la Jurisdicción civil, la más relevante en cuanto a la presunta
manía de litigar que, al parecer, padecemos los españoles.
DURACIÓN MEDIA ESTIMADA DE LOS PROCESOS CIVILES (en
meses)
2008
2009 2010 Evolución
Primera Instancia: 7’4 7,7 8,4 6,3%
Segunda Instancia: 5’5
5,5 5,8 5,3%
Supremo: 19’4 18,5 13,6 -26,9%
Muchos profesionales
considerarán irreales esas duraciones
promedio. A mí me lo parecen también, pero, en todo caso, hay un
reconocimiento oficial del aumento de la duración.
Y me parece particularmente interesante este
dato sobre diligencias que debían practicar los Servicios Comunes, ejes de la
Nueva Oficina Judicial (NOJ):
“Las duraciones
medias han sufrido importantes incrementos respecto del año 2009: un 21% para
las diligencias unipersonales, un 17,6% para los embargos y un 13,3% para los
lanzamientos.”
“Diligencias
unipersonales” es el nombre, mezcla de “modernez” y cursilería ridícula, con
que ahora se designa a las notificaciones. La NOJ ha logrado, en un año,
tamaños retrasos en notificar ciertas resoluciones, en embargar bienes y en
desalojar a los desahuciados.
Continuaré.
Porque, leído lo dicho por el nuevo Ministro de Justicia, que nos comparó con
Francia (ya se lo contaré), habrá que hablar un poco de Francia y sus cifras.
Y, por supuesto, de otros datos, donde quizá encuentren Vds., como yo, alguna
pista de lo que ha estado y está pasando y, muy probablemente, seguirá pasando
con nuestra Justicia.
Don Andrés:
ResponderEliminarQue la litigiosidad está descendiendo, y mucho más abruptamente de lo que demuestran las estadísticas (ya se sabe, lo del pollo y medio pollo) es un hecho que conocen, de primera mano, todos los despachos de abogados de dos años a esta parte, disminución que se produce precisamente como consecuencia de los efectos de una crisis tan prolongada: disminución de la actividad económica, falta de recursos para litigar, o la simple desaparición de clientes-empresas.
Dado que los datos, que Ud. aporta en su artículo, son públicos, me parece una irresponsabilidad hacer ese tipo de declaraciones, y una tontería, ¿cómo pretenden disminuir esa litigiosidad? Dado que no está en las manos del Ministerio de Justicia que seamos más "buenos", ¿pretenden dificultar el acceso a la Justicia siguiendo la estela, por ejemplo, de la Ley 37/2011, al dificultar el acceso a la apelación? Terminarán pagando los de siempre.
En cuanto a la duración de los procesos, mi última actuación en 2011 fue una audiencia previa, celebrada un año después de la interposición de la demanda, en la que el juzgado señaló la celebración del juicio para mediados de junio de 2013 (sí, he dicho 2013, no es una errata) si para entonces estamos vivos, claro, como soltó el procurador en el acto, por lo bajo pero audible. Y mi primera actuación en 2012 ha sido una denuncia ante el CGPJ, un año y medio, cinco escritos, y dos visitas después de que solicitara una determinada actuación, una simple petición de información al acreedor preferente, para ver si merece la pena o no continuar con el procedimiento de ejecución, y estoy casi tan seguro de que entonces lo merecía como que ahora no.
Por eso me ha dado la risa, aunque la verdad es que no tiene ninguna gracia, cuando el recién estrenado ministro ha tenido la ocurrencia, a mi juicio, de decir que el problema es el mes de agosto, que habría que eliminar como vacaciones judiciales; otro varapalo, dicho sea de paso, a los despachos pequeños, que parece que el único interés fuera convertir a la mayoría de los abogados en empleados a sueldo de grandes despachos.
Todos sabemos cual es el problema, Don Andrés, y lo que ocurre es que no son capaces de afrontarlo.
En cuanto a la duración de los procesos civiles el dato estadístico del CGPJ es incorrecto totalmente. En muchísimos Juzgados españoles hay un retraso de meses entre la presentación de la demanda y la admisión de la misma, que es cuando en puridad comienza la litispendencia. Estamos hablando de entre tres y seis meses, nada más y nada menos. Un dato más del "éxito" de la NOJ. Pedro Martínez Albarracín. Abogado.
ResponderEliminarParafraseando el Eclesiastés: Hay un momento para todo en Justicia y un tiempo para cada cosa y para cada persona bajo el sol.
ResponderEliminarUn tiempo para implantar sistemas informáticos que funcionen y sean racionales; un tiempo para formar personal funcionario e interino de suerte que éstos no entorpezcan la labor de aquellos que sustituyen; un tiempo para matar injusticias y un tiempo para impartir justicia con el debido sosiego, estudio y tranquilidad para el juzgador, ajeno a alardes, productividad o imperativos análogos; un tiempo para demoler lo mal hecho, vía recursos; un tiempo para edificar, con buena doctrina legal; un tiempo para lamentarse de lo mal que está todo, y un tiempo para bailar… para arrojar piedras… para recogerlas… para abrazarse sin compadreos ni chanchullos … para separarse, y no dar lugar a habladurías (la mujer del César…) … para buscar sosiego o luz en la Doctrina; … para guardar empatías o afinidades personales (Justicia ciega); tiempo para callar… otro para hablar…
Los procuradores y letrados también necesitan un tiempo para rasgar y coser, amar y odiar; además de esta guerra diaria, un tiempo de paz. Dejemos que agosto, en honor a Augustus, siga siendo tiempo de Pax Romana.
Esto que la maquinaria judicial funcione a todo trapo las 24 h para ser competitivos es un gran sofisma. Pero claro, también la demagogia necesita su tiempo, me temo.
Lisias
Estimado Profesor de la Oliva
ResponderEliminarFíjese en la exposición de motivos de la Ley 37/2011 de reciente publicación
“Los datos estadísticos más recientes sobre entrada de asuntos en nuestros tribunales acreditan que en los últimos tiempos se ha producido una subida exponencial de la litigiosidad. Así, el número de asuntos ingresados en todas las jurisdicciones durante el año 2009 ha tenido un crecimiento cercano al 33 % con relación al número de asuntos ingresados 10 años antes. En algunos órdenes jurisdiccionales el volumen de entrada ha sido especialmente intenso, como en el civil, que ha doblado la entrada de asuntos en esa misma década.
El sobrevenido aumento de la litigiosidad es indicativo de la confianza cada vez mayor que los ciudadanos depositan en nuestra Administración de Justicia como medio para resolver sus conflictos y pretensiones, pero al propio tiempo ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir profundas reformas para asegurar la sostenibilidad del sistema y garantizar que los ciudadanos puedan disponer de un servicio público de calidad”.
¿Miente el legislador? o es una simple excusa para justificar lo injustificable.
Cierran el acceso a la apelación en las impugnaciones de costas (vaya disparate), ahora en los verbales de cuantía hasta 3000 y porque no se atrevieron con los sumarios, modifican las cuantías elevándolas para evitar apelaciones y casaciones (ya veremos como acaba el reciente Acuerdo TS 30-12-2011, mucho me temo que restringiendo), exigen un depósito "disuasorio" cuando es claramente recaudatorio en la DA 15ª LOPJ o una tasa en el monitorio alegando que se utiliza fraudulentamente para evitar ordinarios y verbales...
Y no hablo de la trascendencia constitucional del art. 50 LOTC porque sería para cerrar el TC por falta de trabajo...
Realmente ¿no estamos ante la solución fácil? ¿no caben todos en atrio? pues cierra las puertas.
Lo cierto es que dado el altisimo índice de revocaciones en la instancia (al menos en civil por lo que me consta) la conclusión es clara: es sin duda el peor servicio de España y en el futuro será aún peor porque la doble instancia y los recursos la verdad es que son el único remedio de muchos ciudadanos
Atentamente
Miguel Guerra Pérez
Profesor Asociado de Derecho Procesal. Abogado y Director de SEPIN proceso civil
Sí, Prof. Guerra Pérez, la "agilización", motivada con mentiras y mentirosa, ella misma,en su denominación, supone que las cosas no tienen trazas de ir ligeramente a mejor, si no todo lo contrario.
ResponderEliminarEntre partisanos, mentirosos e ignorantes han logrado en sólo un lustro un deterioro tremendo. El TC está para cerrarlo del todo si no se produce pronto una reacción, aprovechando la renovación pendiente. Pero los indicios no apuntan que la renovación no vaya a ser otra cosa que rutina del "Estado de partidos" y de la desmoralización social.
Muchas gracias por ese excelente ejemplo de mentira o ignorancia que es la E. de M. de la ley de "agilización". Las últimas leyes las leo el mínimo indispensable (previa ingesta de antieméticos, protectores gástricos y algún "orfidal") y yo me había saltado esa pieza, verdaderamente vomitiva.
Por cierto, las estadísticas y los índices oficiales señalan un porcentaje alto de confirmaciones. Haga su propia comprobación.