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martes, 7 de julio de 2009

EL CATALÁN Y LA "APORÍA DE GABILONDO": LO QUE NO ES Y, A LA VEZ, SÍ ES

LA EXCLUSIVA DEL CATALÁN NO ES "PROBLEMA DE LA LEY", SINO DE SER "LENGUA VEHICULAR"...SEGÚN LA LEY QUE "VEHICULA" EL CATALÁN


Debe existir una buena razón para que una lengua (y, en especial, la propia) pueda recibir el horrísono adjetivo de "vehicular" sin el rechazo inmediato de quienes aún distinguimos lo eufónico y lo cacofónico. Y la razón que se me ocurre sería que ese horrísono adjetivo designe a aquella lengua que, de hecho, sirve socialmente de vehículo de comunicación, a diferencia de la oficial, preceptiva o preceptuada.
Sucede en muchas partes del mundo que grupos de personas, más o menos extensos, disponen de dos lenguas vehiculares, es decir, usan de hecho dos lenguas como vehículos de comunicación. A veces, sólo una de ellas es oficial o preceptiva. Pero no faltan casos en que las dos lenguas "vehiculares" son preceptivas u oficiales (es el caso del catalán y el castellano, según el art. 3 de nuestra Constitución). También ocurre que dos lenguas son oficiales para los ciudadanos de un país y, sin embargo, de hecho no son las dos "vehiculares" para todos esos ciudadanos. No hay más que pensar en Bélgica o en Canadá, por ejemplo. Muchos canadienses sólo hablan inglés y no hablan francés. Para ellos, la lengua "vehicular" sólo sería la inglesa, como sólo lo es el flamenco para muchos belgas que tampoco hablan francés.
En Cataluña, desde hace mucho tiempo, han sido y aún son "vehiculares" el catalán y el castellano. Porque, de hecho, los catalanes, sin esfuerzo especial, se comunicaban -y aún se comunican- en catalán y en castellano. A mí me parecía fantástica y envidiable esa realidad. Sin especial esfuerzo, los catalanes tenían (y muchos siguen teniendo) una lengua universal y otra de ámbito mucho más reducido, digna de respeto y afecto, entrañable y protegible. Era una ventaja enorme de los catalanes, pero una de esas ventajas irreprochables, porque no derivan de iniquidad alguna, sino de la naturaleza y de la Historia.
Es verdad que la condición de esas lenguas vehiculares y oficiales no es constitucionalmente idéntica. Todos los ciudadanos del Estado español tienen el deber de conocer el castellano, deber que no se predica de las demás lenguas oficiales, como el catalán. El catalán, como el vascuence o euskera y el galego, es objeto de un derecho (a hablarlo y escribirlo).
Así las cosas, leemos en EL MUNDO (sin posterior rectificación) unas declaraciones del Ministro de Educación, D. Angel Gabilondo Pujol, a propósito de la recentísima Ley de Educación de Cataluña, que impone el conocimiento del catalán sin ocuparse ni preocuparse apenas por el castellano. El Ministro explica ese aspecto de la ley con las siguientes palabras: "Eso es la lengua vehicular. No es un problema de la ley". Recuerda que "hace trece años que en Cataluña el catalán es la lengua vehicular" y apunta que "cada familia, dentro de la organización del centro, ha de seguir las disposiciones legales, que es la asunción de esa lengua vehicular". "Quiere decir -nos aclara- que la enseñanza está tramada o articulada en torno a una lengua y a partir de ahí, la ley garantiza el conocimiento de otras".
Si "no es problema de la Ley" catalana de Educación lo que esa ley dispone sobre la lengua catalana y lo que esa ley no dispone sobre el castellano; y si, como parece insinuarse, la inexistencia de problema deriva de que la ley tenía que reconocer la realidad de "lengua vehicular" del catalán, está bien que la Ley se ocupe del catalán, pero está muy mal, Constitución aparte, que la Ley sea incoherente con algo real e innegable, a saber: que, de hecho, en Cataluña también el castellano es "vehicular". Si la ley educativa catalana tuviese que reconocer lo que hay en Cataluña como lengua, no podría declarar ni establecer la exclusividad del catalán y menos como "lengua vehicular".
No sé si el Ministro se ha hecho un lío con la noción de "lengua vehicular" (porque, para mí, el catalán es "vehicular" en Cataluña desde hace muchísimo más que trece años) o si estamos ante un agujero negro intelectual que devora palabras, términos, conceptos, ideas e incluso lenguas y realidades sociales enteras.
Si bien se mira, ambas posibilidades son compatibles y el lío puede ser un efecto del agujero negro. Porque vean: aunque, según el Ministro de Educación del "Gobierno de España", la exclusividad del catalán en la citada Ley no sea "problema de la ley", según ese mismo Ministro, que también es Catedrático de Metafísica, "cada familia, dentro de la organización del centro, ha de seguir las disposiciones legales, que es la asunción de esa lengua vehicular".
Resulta, pues, que toda familia en Cataluña ha de asumir "esa lengua vehicular", porque "ha de seguir las disposiciones legales" (o sea, la Ley en cuestión) y la asunción de "esa" concreta lengua vehicular es lo que la ley dispone. Así que "lengua vehicular" no sería la que se usa de hecho a causa de la libertad de expresión de los miembros de una determinada población, sino la lengua que se determina por "disposiciones legales". Es decir, que la ley nada tiene que ver con la exclusividad del catalán como "lengua vehicular" ("no es un problema de la ley"), pero, a la vez, son unas "disposiciones legales" las que imponen la asunción del catalán como pretendida "lengua vehicular" única.
Cualquiera diría que estamos ante un galimatías de campeonato. Pero la cosa parece estar meridianamente clara para el Sr. Ministro, porque insiste: si bien la exclusividad del catalán no es "problema de la ley", "la enseñanza está tramada o articulada [por la ley, digo] en torno a una lengua y a partir de ahí, la ley garantiza el conocimiento de otras."
En esta frase hay, al final, una discrepancia con la verdad, pero en todo lo que dice el Ministro hay algo infinitamente más importante: un caso de excepción o exclusión del "principio de no contradicción". Este Ministro, que es Catedrático de Metafísica, ha dado a luz lo que bien se podría denominar "la aporía de Gabilondo".
Mientras tanto, ahí sigue, formalmente vigente, el artículo 3 de la Constitución Española de 1978:
"1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla." "2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos."
Otro Catedrático y Ministro, éste de Derecho Constitucional y de Justicia, respectivamente, ya sabe que el Estatut de Catalunya, en el que se apoya la Ley catalana de Educación, es "sustancialmente constitucional". Si yo tuviera algo de "espíritu de cuerpo", abrazaría sin vacilación los criterios de los dos Ministros-Catedráticos. Pero es sabido que bastantes Catedráticos carecemos de ese espíritu (como no sea respecto de los "pata negra": los que opositamos con seis ejercicios y, aún así, con reservas) y, en cambio, estamos infectados del espíritu crítico.
En mi caso y con esa infección, concluyo que la Filosofía y el Derecho ceden ante el federalismo asimétrico (FA) y la geometría electoral variable (GEV). Porque FA y GEV son necesidades políticas y la lógica metafísica y la Constitución no rigen en estado de necesidad... de los políticos. ¿De qué comerían? Y, por supuesto, para el FA y la GEV, resulta irrelevante que los catalanes pierdan la ventaja de ser de naturalmente bilingües y pasen a ser vehicularmente monolingües.

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