UN POST A PETICIÓN DEL OYENTE,
SOBRE LOS PROYECTOS DEL SR. RUIZ GALLARDÓN, MINISTRO DE JUSTICIA DE ESPAÑA
(actualizado a 15 de mayo, fiesta del patrono de Madrid, San Isidro Labrador, con edulcorante musical castizo al final)
(actualizado a 15 de mayo, fiesta del patrono de Madrid, San Isidro Labrador, con edulcorante musical castizo al final)
La anteproyectada
reforma que el Gobierno español aprobó el viernes pasado, 11 de mayo de 2012, respecto de los
alquileres es una fruslería, una nonada, una bagatela, dada la situación económica española. En
ese anteproyecto hay normas perfectamente defendibles (y también criticables). Que
el plazo máximo de disposición de una vivienda con contrato por un año pase de
cinco años a tres y la prórroga también se acorte puede favorecer
razonablemente a los arrendadores con inquilinos problemáticos.
Pero como lo que sucede
es que los arrendadores en potencia de viviendas vacías no encuentran quien se las
arriende o alquile a los precios que exigen, porque o no los bajan y son
demasiado altos o porque ni con una bajada de precios se encuentran arrendatarios,
el mercado inmobiliario de alquiler no se va a arreglar con esa medida. Señores del Gobierno: a ver si lo ven claro, porque, de verdad, es
muy sencillo: lo que ocurre es que la gente común no tiene dinero y, por supuesto, nadie se lo
presta en términos razonables. Además, los que lo tienen, siguen prefiriendo
comprar, salvo quienes están de paso aquí o allá.
Cabe incluso que esta medida de acortar los
plazos de los arrendamientos desincentive el alquiler de vivienda frente a la
compra, que es lo que a los españoles les gusta. Algunos dicen que comprar en
vez de alquilar es una manía que Franco (y añaden que la compartía e insuflaba
también Mussolini) nos metió en la cabeza, a saber, que todos deberíamos ser
propietarios de nuestra propia vivienda. Pues la “manía” está durando mucho más
que el franquismo más recalcitrante y, naciese como naciese, persiste con
fuerza y no la va a contrarrestar dar más facilidades a los arrendadores en un
tiempo en que muchos de ellos buscan un inquilino a todas horas, como andaba
Diógenes con su farol buscando un hombre.
Particularmente curiosa
me parece la idea de reforzar la posición de los arrendadores permitiendo que
los arrendatarios lleven los contratos de arrendamiento de vivienda al Registro
de la Propiedad, con la consecuencia, entre otras, de que,
“siempre que así se señale en el contrato, la falta de pago de la renta
podrá dar lugar a la resolución del arrendamiento, sin más exigencia que un
previo requerimiento notarial o judicial, sin necesidad de obtener una
sentencia declarativa. Una vez cancelada la inscripción del arrendamiento,
se podrá ordenar la ejecución, lo que implica la restitución del inmueble a su
propietario.” [el subrayado es mío]
Este párrafo es
transcripción literal de la referencia oficial del Consejo de Ministros, del
antedicho viernes 11 de mayo de 2012. Quizá ande mi cabeza especialmente espesa, pero no
veo qué relación puede existir entre la publicidad del contrato respecto de
cualquiera (de los “terceros”, de los sujetos ajenos al contrato) publicidad que
la inscripción registral implica, con una cuestión que no involucra a terceros
y que puede surgir por incumplimiento de una parte o, para ser más, exactos,
porque una parte (el arrendador) dice que la otra (el arrendatario) incumple
(no le paga). ¿Qué es eso de que, entonces, tras un requerimiento notarial o
judicial al deudor (presunto), se resuelve el contrato? ¿Acaso el pago de las
rentas se ha de domiciliar en cuenta del Registro de la Propiedad, de modo que
si no se ingresa el dinerito, el Registrador, mutado en pretor, pueda proceder
con tranquila conciencia a declarar resuelto el contrato? (Sólo espero que no
les dé por considerar que el arrendamiento de una vivienda debe entenderse como
un derecho real, porque, en tal caso, además de migrar los arrendamientos de un
Libro a otro del Código Civil, vendrá la Hacienda municipal a cobrar plusvalía
por incremento del valor de los terrenos, cada vez que se alquile)
Item
más: ¿qué significa que, “una vez cancelada la inscripción del arrendamiento”,
se procedería a una “ejecución” consistente en “la restitución el inmueble (de la
posesión del inmueble, querrán decir) a su propietario”. Este misterio no se arregla y ni siquiera se
atisba su significado porque pueda leerse en la citada referencia, acto seguido
de lo transcrito, esto otro, verdadera perla del voluntarismo leguleyo:
“Se
crea, además, un procedimiento judicial acelerado para que en el plazo de diez
días se proceda al pago de la renta debida y se simplifican los procedimientos
judiciales para efectuar los desahucios, duplicando la capacidad de los
juzgados.”
¡Faltaría más que no se
crease, por enésima vez (siendo “n” ∞), “un procedimiento judicial acelerado”! ¡Pero
si hasta el más tonto hace relojes! De manera que, al parecer, el Gobierno
(conjuntados al menos dos Ministerios, entre ellos el de Justicia) cree -pues se trata de una creencia, extraña, pero creencia- que si
se pone en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una ley con un procedimiento acelerado para que el
deudor pague en el plazo de diez días, ocurrirán, por supuesto, dos cosas; una,
que habrá en realidad procedimientos acelerados y, otra, que el deudor -el
arrendatario, en este caso- pagará con una tardanza máxima de diez días. Pagará
aunque no tenga dinero o aunque no quiera buscarlo o aunque, más traicionera y
antijurídicamente, no quiera pagar. Con otras palabras: nos dicen que la aceleración del procedimiento, más otros
inventos ocultos, obrarán el gran milagro, más buscado que la piedra filosofal:
que pague siempre el que debe y todo lo que debe. Si damos con ese invento y lo
patentamos, me parece que la confianza internacional en España se restablecerá
por completo y no importará que pocos se fíen de los bancos españoles y del
Gobierno.
Esta reforma anunciada y algunas otras que luego diré aparecen como naderías, con errores, porque se anuncian al tiempo que la situación económica de España es de extrema gravedad, por culpa de nuestra banca, desprovista de todo control elemental (el del Banco de España, BDE, en el que el Sr. Fernández Ordóñez sólo ha ejercido de cómplice) desde hace mucho tiempo y atenta sólo a seguir haciendo negocio y a disimular la situación real de sus balances. (Vean estos enlaces, si les interesa ampliar: http://www.fedeablogs.net/economia/?p=21953#more-21953; http://www.salaimartin.com/randomthoughts/item/299-%C2%BFse-puede-ser-m%C3%A1s-incompetente?-seguramente-s%C3%AD-pero-es-dif%C3%ADcil-ver-c%C3%B3mo.html. Les aclaro que ESFS significa European Financial Stability Facility o Fondo Europeo de Estabilidad Financiera, mientras que LTRO(s) es el acrónimo de Long Term Refinancing Operation, operación u operaciones de refinanciación a largo plazo)
Esta reforma anunciada y algunas otras que luego diré aparecen como naderías, con errores, porque se anuncian al tiempo que la situación económica de España es de extrema gravedad, por culpa de nuestra banca, desprovista de todo control elemental (el del Banco de España, BDE, en el que el Sr. Fernández Ordóñez sólo ha ejercido de cómplice) desde hace mucho tiempo y atenta sólo a seguir haciendo negocio y a disimular la situación real de sus balances. (Vean estos enlaces, si les interesa ampliar: http://www.fedeablogs.net/economia/?p=21953#more-21953; http://www.salaimartin.com/randomthoughts/item/299-%C2%BFse-puede-ser-m%C3%A1s-incompetente?-seguramente-s%C3%AD-pero-es-dif%C3%ADcil-ver-c%C3%B3mo.html. Les aclaro que ESFS significa European Financial Stability Facility o Fondo Europeo de Estabilidad Financiera, mientras que LTRO(s) es el acrónimo de Long Term Refinancing Operation, operación u operaciones de refinanciación a largo plazo)
Aunque de nada sirve llorar sobre la leche derramada, no ha podido ser más desastrosa la gestión por el Gobierno de la penúltima crisis financiera o bancaria en España, con todos los focos sobre Bankia y su Banco Financiero y de Ahorros (BAF), con anuncios graves, desmentidos peores y un baile de cifras contradictorias en medio de ese barullo impropio de dirigentes con medio dedo de frente. Se puede no conocer el negocio bancario, como, sin duda, no lo conoce el Sr. Rajoy, pero no se puede desconocer tanto el mundo, confundiéndolo con el electorado español. La queja, casi unánime, sobre el penoso espectáculo gubernamental que parecía terminar (no ha terminado) el 11 de mayo de 2012, no es de ésas que resultan fáciles, por hechas a balón pasado. Aquí, sin ir más lejos, se había insistido ya muchas veces sobre la necesidad -primera necesidad- de hablar mucho menos y hablar sin contradicciones, pero explicarse en serio. No parar de declarar vaciedades y de contradecirse a todas horas es cosa penosa a la que nos han acostumbrado a la fuerza a los españoles. Pero tiene un precio altísimo para nosotros -del que se salvan los charlatanes descoordinados, que nunca pagan nada, gorrones institucionales- porque el trato dispensado a los españoles como electores les resulta insufrible a los analistas económicos serios de todo el mundo y a los protagonistas más activos de la globalizada economía. Y éstos pueden reaccionar y reaccionan.
Dicen que el Gobierno
tiene, desde el principio, un problema de
comunicación. Desde luego que sí. Como acabo de recordar, nos hemos cansado de
repetir aquí que las cosas, los sacrificios, se debían explicar a la ciudadanía y no
por una multitud de pretendidos voceros con discursos muy incompletos e
incoherentes, sino por alguien dotado de autoridad, que supiera de qué habla.
Pues, como suele decirse, que si quieres
arroz, Catalina. Nada, aunque parece que en los últimos días, el Ministro
de Economía, Sr. Guindos, es el
único encargado de hablar. Pero, ¿no sabe hablar a los españoles de modo que la
mayoría le entienda? ¿No sabe explicar por qué el llamado sistema
financiero sigue en gravísima crisis y por qué es tan importante continuar empeñados
en su salvación, con el esfuerzo del Estado, es decir, de todos? Si no lo sabe,
malo. Si lo sabe (o lo sabe Montoro
o quien sea) y no lo hace, peor. Estamos con la fuerte sospecha, cercanos ya de
la certeza, de que el famoso problema de comunicación del Gobierno no consiste
en acertar en cómo explicarse, sino
en saber qué decir. Ante las críticas
anteriores a esos párrafos de la referencia del Consejo del 11 de mayo, algunos
-sobre todo juristas, lectores de este blog- pueden pensar que lo que digan
desde Moncloa en esos textos es irrelevante y que lo importante es lo que digan
los preceptos legales. Disiento de ese criterio. Las referencias, declaraciones
o comunicados gubernamentales, si tratan de una futura ley, están cabalmente
para informar de modo inteligible a cualquier ciudadano con mediana cultura,
aunque no sepa Derecho, de lo que pretende esa ley. Mi experiencia de muchos años es ésta: lo que
mal se expresa es, generalmente, porque está mal concebido.
Así las cosas, así la res
publica, sé que muchos de los lectores del blog esperan que diga algo de lo
que se propone el Gobierno en materia de Justicia. Y si he de decir la verdad,
estoy seguro de que el Gobierno, lo que se dice el Gobierno, carece por completo de propuestas y
obetivos sobre la Justicia. Más centrados, ¿qué se propone el Ministro del ramo,
el Sr. Ruiz Gallardón? Se propone -lo
pienso sin incurrir en temeridad alguna- ser
visible de vez en cuando (cosa, por cierto, que, de no haber dejado el
Ayuntamiento de Madrid, tendría muy fácil). Quiere ser visible como dirigente y como dirigente importante. Eso,
supongo que todos lo comprenderán, no guarda una necesaria relación directa con
nada de la Justicia, con su realidad diaria y su futuro. De modo que el Sr.
Ministro se dedica a insistir en cuatro ideas prestadas (por el Sr. Dívar y su entorno, casi todas):
1ª) “Tremenda litigiosidad en aumento”, lo
que justifica cualquier cambio que se afirme dirigido a paliar ese aluvión y
los miles de millones (20.000 ha dicho Ruiz
Gallardón hace poco: ¿de dónde saca estas cifras, propias de un mini-rescate bancario?)
que la Justicia retiene improductivos (aunque todo eso sea falso, no importa);
2ª) Subir brutalmente el coste de la
Justicia para los litigantes, gente malvada que litigan por capricho, lo
que justifica convertir nuestra Justicia bastante asequible en asequible sólo a
los ricos; 3ª) Vender el “humo” de los medios
para resolver controversias alternativos de la Justicia, como si esos
medios no existiesen (desde 1889 tenemos en el Código Civil el amplio art.
1809, sobre la transacción) hasta que los han descubierto los caraduras de la
subclase política judicial y ciertos pequeños pero influyentes “lobbys”; 4ª) Hacer nuevas grandes leyes, porque las vigentes -así lo dijo, cuando es
falso de toda falsedad: lo he demostrado públicamente: http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemeroteca/madrid/abc/2012/01/30/014.html-pertenecen
a otro siglo y, en realidad, porque hacer nuevas grandes leyes es el sustitutivo baratísimo de ingresar en el G7 o de
inaugurar obras públicas importantes, cosa vedada como logro personal a un
Ministro de Justicia.
De las grandes leyes,
en un nuevo texto de Ley Orgánica del Poder Judicial nada es de esperar que no sean las ideas del entorno de la cúpula del CGPJ
actual -es decir, del entorno del Sr.
Dívar: un yermo de doctrina y de práctica jurídica. Albarda
sobre albarda: “Tribunales de Instancia” para no dejar Jueces unipersonales
“sueltos” por ahí, aunque no haya país del mundo civilizado sin Juzgados
unipersonales. Y regurgitación de la Nueva
Oficina Judicial, grandioso invento que sólo ha sufrido pequeñas “disfunciones”.
En cuanto a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ya se van decidiendo -incluido
el Fiscal General del Estado y varios ilustres miembros de la Comisión
designada al efecto, que en privado y en público habían opinado en sentido
contrario- por lo que, al parecer, consideran poco menos que inevitable -no sé
por qué: nadie me lo explica racionalmente desde que lo lanzó en España un
preboste de la era felipista-: la “instrucción
al Ministerio Fiscal”. Pero como no es posible tal cambio, harán una
ley con una vacatio legis (periodo de
no vigencia) de cinco o diez años. La harán, no obstante y, así, ya nos habremos
“modernizado”. En realidad, no habrá ninguna modernización: lo que habrán hecho,
con la manía de las Alternative Dispute
Resolutions (ADR), nacida y lanzada desde los EE.UU. (en concreto, desde
Harvard University), con el poder creciente del Ministerio Fiscal y con la Justicia para quien la pague, es imitar la Justicia de los EE.UU., es decir, una
Justicia establecida sobre un modelo de
hace mucho más de un siglo y rotundamente fracasada. ¿Por qué no se leen
despacio, estos liberales, la Exposición de Motivos de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, en la que Alonso
Martínez explica tantas veces y tan claramente la necesaria desconfianza a
dejar en manos del Fiscal la suerte de los procesos penales? Se me ocurre esta
sugerencia por si todavía queda alguien a quien le disguste negar su propia
opinión y apoyar el lamentable paripé de Ruiz Gallardón, que configura los
“pluralismos” de sus comisiones legisferantes según sus numerosas filias y fobias (con vetos injustificables) y
al que se le da una higa la Justicia, en la que nunca ha tenido arte ni parte.
A mí no me parece
serio, ya lo dije, reunirse personas de pareceres muy diversos una vez a la
semana para hacer unas nuevas grandes
leyes en seis meses. Lo voy a decir más claro: me parece una burla a la
idea misma de ley. Y, por supuesto, no se tratará de textos hechos con la
máxima participación, porque no enviarán a las Facultades de Derecho y a los
Colegios de Abogados, etc, los borradores, con un plazo amplio para recibir
sugerencias y estudiarlas en serio. No: de lo que se diga semanalmente por los
expertos, tomarán nota algunos asesores contratados, que irán haciendo papeles.
Sé muy bien de qué me hablo. Pero, como se dice ahora, esto es lo que hay. Comprendan los lectores del blog que no me
interesen los detalles de esta deriva. Se me ocurren ocupaciones más fructíferas
y, por supuesto, veo asuntos mucho más importantes por los que preocuparme.
De modo que esto, que
es lo que hay, lo digo por si a
alguien le parece relevante mientras estamos como estamos, de nuevo al borde
del rescate o de la quiebra. Ahora se registra unanimidad sobre la
insuficiencia de las medidas económicas del viernes pasado. Ahora, desde fuera,
no se fían de nuestras Comunidades Autónomas (CC.AA.). ¿Se puede reprochar esta
desconfianza? ¿Resulta serio que el tamaño de la máquina estatal con esas
CC.AA., que nos cuesta endeudarnos hasta el próximo siglo, al paso que vamos, siga
tratándose con “no consentiré que las CC.AA. no nos hagan caso”?
Lo digo por última vez:
no me interesan nada los planes de Ruiz Gallardón. A él no le ha interesado identificar
los problemas reales actuales más acuciantes de la Justicia, para pensar al
menos en algún modesto analgésico. Y ni siquiera ha defendido que la Justicia
no estaba para recortes si se quería que su calidad y su duración no cayesen en picado, con
gravísimas repercusiones económicas. Con eso me parece dicho todo. Pero como termino al borde de la fiesta de San Isidro, patrón de Madrid, que es mi pueblo, les dejo (especialmente a los madrileños y a amantes de esta Villa y Corte), para endulzar el mal trago, un trío de enlaces castizos, que culminan con un schottis insuperable. Son de LA CHULAPONA, espléndida zarzuela de Moreno Torroba. Ahí van:
http://www.youtube.com/watch?v=TnYpwj5uJxc&feature=relmfu
http://www.youtube.com/watch?v=P9wdpLhRq-A&feature=related
http://www.youtube.com/watch?v=P9wdpLhRq-A&feature=related
http://www.youtube.com/watch?v=4Mi2h_LJtms&feature=related
Metidos ya en San Isidro, me apetece obsequiarles, como “propina musical”, en esta noche de calurosa primavera, con una magnífica versión, dirigida por mi favorito para música española, Enrique García Asensio, del “Coro de románticos” de DOÑA FRANCISQUITA, una pieza menos castiza quizá que las de LA CHULAPONA, pero también muy madrileña y de máxima calidad musical, debida al genio musical de Amadeo Vives, natural de Corbató, provincia de Barcelona. ¡Benditos tiempos en que la música no conocía de “nacionalidades”!
http://www.youtube.com/watch?v=r6uFw7JUlU0&feature=related
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