DAÑOS
GRAVES PARA LA IMAGEN Y LA REALIDAD DE NUESTRA JUSTICIA
CAUSAS
DE LO LAMENTABLE Y LEGITIMACIÓN PARA QUEJARSE
Advertencia previa: quien vaya a leer este post pensando que, por sus no flamígeros titulares y su arranque de índole histórica, voy a quitarle importancia, como algo deplorable, a la situación de que dos Magistrados (uno de ellos, ponente) no ya afines (la afinidad interior es irrelevante), sino públicamente vinculados al Partido Popular (PP) juzguen un caso de graves acusaciones de corrupción en el PP, se equivoca de medio a medio. Quien después de leer este post piense algo parecido, siento decirlo, pero no ha entendido nada. Lo que va escrito tras esta advertencia muestra y demuestra exactamente hasta que extremo de perversión se ha llegado, justamente porque muestra y demuestra que hay que decidirse, de una vez por todas, a cambiar un sistema que permite una situación tan superlativamente indeseable que es imposible de arreglar inmediatamente con los instrumentos de nuestro Derecho, que son los mismos de otros ordenamientos jurídicos civilizados, que no disponen de más o distintas herramientas.
Uno puede usar su libertad de opinión y expresión para sollozar e indignarse literariamente ante lo indeseable. Respeto esa opción (¡cómo no respetar el desahogo ante lo deplorable!), pero no comparto que esa opción sea ni la única admisible y legítima ética y jurídicamente ni pienso que sea la más conveniente y útil si se quieren evitar esas situaciones indeseables. Al menos tan legítimo como expresar indignación y clamar contra lo indignante es exponer las causas de lo que produce indignación y hasta ganas de echarse a llorar. Y me atrevo incluso a pensar, con no poco apoyo lógico-metafísico, que no sirve de gran cosa lamentar los efectos sin determinar las causas y proponer, propugnar y clamar para que las causas se eliminen. Nadie quiere seriamente remover un efecto si no quiere actuar sobre su causa. Lo que va seguido a esta advertencia es precisamente ese clamor contra las causas de lo deplorable y una propuesta radical para eliminarlas, eliminación que, sospechosamente, eluden por completo bastantes de los indignados.
Que el titular de este blog POR DERECHO y autor de este post deplora la noticiosa situación creada es tan palmario y obvio como que lleva muchos años clamando contra la politización de la Justicia en todas sus formas. Quizás el lógico cansancio de esos muchos años le inclina, me inclina, más al énfasis en las causas que a una explosión airada de desacuerdo con lo inmediato, que requiere más gasto de energías, que ya son muy justitas. Porque también resulta, no sólo indignante y deplorable, sino muy cansado, casi agotador, aguantar el considerable número de indignados que en estos días se asoman a protestar airadamente del tribunal del "caso Gürtel" cuando han sido responsables, por acción o por omisión, de la causa o serie de causas y concausas que han conducido al tribunal del "caso Gürtel". Por otra parte, textos que deploran lo que sucede los hay muchos y muy expresivos. Análisis mínimamente a fondo del por qué de lo que sucede, no he visto hasta ahora ninguno. Mi libertad de opinión y de expresión se orienta a intentar ese análisis y también, aunque subordinadamente, a aclarar suavemente -la irritación, ya lo acabo de apuntar, desgasta mucho- que no cabe prescindir de la historia, de la coherencia y del sentido de la responsabilidad.
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En 1985 fue cambiado el
sistema de designación de los 12 vocales del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) que han de ser Jueces o Magistrados, atribuyéndola al Parlamento (6 al
Congreso y 6 al Senado) y no a los resultados de unas elecciones entre los
Jueces y Magistrados en activo. Desde entonces, no han dejado de producirse
fenómenos indeseables para la apariencia y la realidad de la Justicia en
España. Yo me mostré sumamente preocupado y crítico con ese cambio de la LOPJ
de 1985 y escribí al respecto en numerosas ocasiones (éstas, prensa aparte,
fueron las primeras: "Nuevo panorama de la Administración de Justicia según
la Ley Orgánica del Poder Judicial", en Boletín del Colegio de Abogados
de Madrid (BCAM), núm.
5-1986, septiembre-octubre, págs. 33-59; "La nueva Ley Orgánica del Poder
Judicial: análisis jurídico general y constitucional", en Revista de
Derecho Procesal, núm. 1-1987, págs. 7 a 53; "En torno a la crisis de la
Administración de Justicia", en BCAM, núm. 4/1990, de julio-agosto,
págs. 11-29).
En este mismo blog me he
ocupado muchas veces del tema. Pienso que es muy conveniente, casi necesario,
repasar la historia, los antecedentes, porque lo que hoy ocurre se explica por
lo que se hizo y se omitió ayer. Les selecciono, para el recordatorio de la
historia reciente, sólo tres post, que ordeno de más antiguo a más próximo. Ahí
van los títulos y los enlaces, para facilitar la lectura:
Al repaso que recomiendo
se debe añadir ya el dato legal (art. 467 LOPJ y 122.3 CE) de que todas las
designaciones parlamentarias de Vocales requieren el voto favorable de tres
quintos de los miembros del Congreso o del Senado. Esto significa algo de
suma importancia: que los Vocales que se dicen (con motivo, pero inexactamente) propuestos por el Partido
Popular (PP), por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), por Convergencia
i Unió (CiU), por el Partido Nacionalista Vasco (PNV), etc., son designados, no
sólo con los votos (que serían insuficientes) de esos concretos partidos, sino
también con los votos de Diputados o Senadores de los demás partidos, votos que
tienen todos (no debería ser necesario decirlo) el mismo valor. En la
designación de los Vocales, también los judiciales, hay, pues, una clara
corresponsabilidad de las fuerzas políticas con representación parlamentaria.
Hay, para esa designación corresponsable, una previa negociación de cuotas y de
nombres y, finalmente, un pacto con nombres y apellidos. Es el “Estado de
partidos” en su apogeo: exactamente lo que el Tribunal Constitucional en su
famosa Sentencia 108/1986, de 29 de
julio, señaló como peligroso y contrario al propósito de la Norma Fundamental:
“Ciertamente, se corre el riesgo de
frustrar la finalidad señalada de la Norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus
propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles
en otros terrenos, pero no en éste, atiendan sólo a la división de fuerzas
existente en su propio seno y distribuyan los puestos a cubrir entre los
distintos partidos, en proporción a la
fuerza parlamentaria de éstos. La lógica del Estado de partidos empuja a
actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen
de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y
señaladamente, el Poder Judicial.”
Las
propuestas de Vocales por este o aquel partido las conocemos por la prensa. La
prensa no suele mentir ni equivocarse al informar del origen de las
candidaturas de esta o aquella persona, pero jurídicamente no existen las
propuestas de PP, PSOE, etc., porque las propuestas vienen siendo presentadas
al alimón por varios grupos parlamentarios previamente concertados y sólo el
apoyo de los Diputados o Senadores de esos grupos las hace viables y determina
la designación. Son, jurídica y políticamente, propuestas de varios partidos, de modo que todos los partidos proponentes de las propuestas son jurídica y políticamente responsables de ellas. Así, todos han contribuido a la politización de quienes designan, aunque algunos de los Jueces y Magistrados designados (no todos) ya se habían politizado ellos mismos de modo lamentable al vincularse antes, por propia iniciativa, a este o a aquel partido, al buscar ser amigos políticos de este o de aquel partido y procurar que este o aquel partido les considere amigos. Así se gesta, entre unos y otros, la politización que luego es muy visible.
Sentado lo anterior, veamos
el ultimísimo episodio indeseable, que es el siguiente: el llamado “caso Gürtel”
(lo más nuclear de él), un caso penal que afecta a dirigentes del Partido
Popular, va a ser juzgado, entre otros, por un Magistrado que fue sucesivamente
Letrado, Vocal y portavoz del CGPJ (con innegable sesgo político) (del 2001 al
2008: prolongaron su periodo legal, por falta de acuerdo de los partidos
mayoritarios para la renovación prescrita). A ese Magistrado, sumamente
involucrado con el PP de modo público, se le nombró después, por clarísima
influencia y prolongada determinación de los dirigentes del Partido Popular,
Magistrado del Tribunal Constitucional, cargo del que tuvo que dimitir al
estrellarse tras saltarse un semáforo en rojo con más alcohol en sangre del permitido.
Otra de las personas llamadas a juzgar el “caso Gürtel” es una Magistrada que
también fue Vocal del Consejo General del Poder Judicial, del 2008 al 2013,
asimismo designada por el Senado a propuesta (en el sentido aclarado) del
Partido Popular. Esta Magistrada ha protagonizado gestos públicos de cercanía
política a ese partido, gestos a mi parecer nada acertados y aceptables (en algunas
resoluciones judiciales suyas mediáticamente discutidas no voy a entrar, porque
nunca lo hago cuando no conozco bien los casos).
Y así, anteayer, ayer y
hoy tenemos, por todas partes, una noticia titulada más o menos así: “Dos
(incluso tres, según algún medio) Magistrados elegidos por el Partido Popular
(“conservadores”, rezan otros titulares) juzgarán el caso Gürtel”.
No voy a lanzar sobre
esos dos o tres Magistrados una suerte de presunción de prevaricación futura, que
se fundaría en un temerario juicio de intenciones, pero la situación que
protagonizan es, como he dicho, penosa e indeseable, porque indudablemente resta
mucha confianza en la imparcialidad judicial para juzgar el caso de marras y
permite denostar con demagogia y falsedad a toda la Justicia en España, lo que
es muy injusto para centenares de Jueces y Magistrados que trabajan
honradamente. Pues bien: esa indeseable situación y sus lamentables
consecuencias no se darían, insisto, si el Consejo General del Poder Judicial
no hubiese sido sometido a sucesivas reformas in peius (a peor), comenzando por la que, con la Ley Orgánica del
Poder Judicial, de 1985, derogó la Ley Orgánica 1/1980, de 10 de enero, del
Consejo General del Poder Judicial. Otras reformas posteriores, incluida la
última (comentada en los “post” citados), no han hecho sino agravar aún más las
cosas, con tenaz resistencia a remover la desviación primigenia, pese a promesas
electorales incumplidas, como la del PP antes de las últimas elecciones
generales.
Por si este ultimísimo
episodio de los jueces del “Gürtel” no fuese suficiente, hay otras situaciones
preocupantes. Vean, por ejemplo, cómo el micro-CGPJ presidencialista del Sr. Lesmes (resultado de la reforma
efectivamente realizada, en vez de la prometida, por el PP) ha designado
Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia nada menos que al ex–Consejero
de Justicia de la Comunidad de Valencia bajo la presidencia del Sr. Camps, D. Fernando de Rosa, de magro historial judicial y
muy notable e innegable implicación política. Y, para colmo de rarezas con super-tufo
político, Juan Alberto Belloch Julbe,
el ex–Vocal del CGPJ, ex–Ministro de Justicia, ex–Ministro de Justicia e
Interior (¡rarisima avis incluso en
España!) y Alcalde de Zaragoza hasta hace dos días, escenifica una vuelta a la
Judicatura, precisamente a la Audiencia Provincial de Zaragoza, cuando aún era
Alcalde, vuelta que no se producirá realmente mientras no agote su mandato como
Senador (pero el micro-Consejo presidencialista del Sr. Lesmes le asigna plaza cuando es incompatible, porque a los
incompatibles les permiten concursar: ¡qué cosas!). Vean y lean el acto
protagonizado por Belloch, que se
me antoja surrealista: algo así como “vuelvo, pero hoy no: ¡mañana!”, que diría José Mota:
http://www.20minutos.es/noticia/2434016/0/belloch-dice-que-tiene-sensacion-volver-casa-al-regresar-carrera-judicial/
Los hechos de los aludidos
Magistrados del “caso Gürtel” no encajan en ninguna causa de abstención o
recusación (si lo dudan, repasen las 16 causas del art. 219 LOPJ) y la
abstención tiene que tener el mismo fundamento legal que la recusación. Además,
resultaría jurídicamente muy problemático añadir (con reforma de ley orgánica)
una nueva causa en el sentido de impedir a los Jueces y Magistrados ex–Vocales
juzgar ciertos casos en razón de su procedencia remota (no siempre ligada a
este o a aquel partido). ¿Acaso la solución podría consistir en establecer que
los Vocales que constitucionalmente han de ser Jueces y Magistrados no pueden
volver a ejercer como tales? NO. Rotundamente, no: en tal hipotético caso, los
Vocales que deben ser Jueces y Magistrados precisamente para representar a la
Carrera Judicial tendrían que abandonarla, lo que sería un despropósito lógico
y contrario a las previsiones y prescripciones constitucionales.
Por tanto, lo que hay que
hacer es impedir que los nombramientos de Jueces y Magistrados como Vocales del
CGPJ se tiñan políticamente e impedir, aún más, todo cuanto favorezca la
designación de amigos políticos en la Judicatura. Es que en la Judicatura no
debe haber, ni parecer siquiera que hay, “amigos políticos” y para eso es necesario
que todo gesto de contaminación política (como lo es cobrar cualquier dieta del
Ejecutivo o trabajar para el Ejecutivo o intervenir en fundaciones ligadas a
partidos políticos o simplemente asistir a ciertos actos) esté claramente
prohibido y sea debidamente sancionado. Las “concesiones” a la libertad de pensamiento
y expresión de Jueces y Magistrados en materias políticas, discutibles y
discutidas, se tienen que acabar, dejándose de monsergas: ha de estar
meridianamente claro para quien quiera ser y seguir siendo miembro de la
Magistratura que esa decisión suya libre —la de ser juez, que no es un funcionario
más, sino un singularísimo servidor público— tiene el precio de renunciar al
ejercicio de ciertos derechos, por el bien de una Justicia que sea y parezca
ser imparcial. Sí: estoy defendiendo la vieja idea de que los Jueces y
Magistrados no deben meterse en política.
Es una idea muy vieja: la pueden encontrar, implícita, pero clara, en el Libro
V de la Ética a Nicómaco, de Aristóteles.
Y naturalmente, no considero que sea meterse en política, para un juez, exponer
los problemas con que se encuentra para desempeñar su función, opinar sobre
reformas legales en curso o finalizadas y otras actuaciones semejantes. No
propugno en absoluto unos jueces sordos, ciegos y mudos. Estoy seguro de que me
entienden.
Por último, quiero decir
que de todo lo recordado en este post se sigue la muy dudosa legitimación (lo de "muy dudosa" es
un suavizante, un eufemismo) para clamar contra este indeseable episodio del “caso
Gürtel” de quienes son corresponsables del estado de cosas que genera tales
episodios. Tal vez algunos de quienes ahora gritan sobre el “caso Gürtel” no
sean responsables de todos y de cada uno de los pasos contrarios a una Justicia
que sea y parezca imparcial. Pero lo son de los pasos principales y no veo libre
de responsabilidad sustancial a ninguna de las más importantes entidades
políticas (ya las he mencionado) que han tenido representación en Congreso y
Senado. Se libra UPyD. Las cosas como son y han sido.
¿Y por qué es importante
la legitimación para la protesta? Porque si no se exige legitimación, los que
causan un daño pueden presentarse como víctimas del daño que han causado. Y porque
si la legitimación se hace irrelevante, la responsabilidad social, moral y
política se desvanecen. Y esas dos consecuencias son mendaces, injustas y corrosivas para
la Res Publica, muy nocivas para toda
la sociedad.