sábado, 22 de diciembre de 2012

PARA ENTENDER TODO LO QUE PASA...Y LA NAVIDAD NO SUPRIMIDA



 
EL FIN DEL MUNDO YA HA SIDO

 
Nos han tenido distraídos con los neutrinos que viajaban a más velocidad que la luz (para luego descubrir que los cronómetros fallaban), con el calendario maya y los montes de nombres raros (Pech de Thauze; Sirince, Rtanj, etc.) aquí y allá (en Francia, Turquía, Serbia, etc.), donde los “preppers” (los milenaristas de cada año, continuamente expectantes) se iban congregando para ser abducidos por ciudadanos de la Alien Nation; con la humanitaria propuesta de la Asociación Nacional del Rifle americana para brindar protección armada a las escuelas USA; con el “banco malo” que es buenísimo (tan buenísimo que, compuesto por “activos tóxicos”, aun así repartirá dividendos); con la deslocalización de Gerard Depardieu y la generosa oferta de Vladimir Putin de hacerle ruso; con la aparición de 100.000 apps en este año 2012 para los smartphones, que los españoles usan más que nadie en Europa; y, para remate, con la sorprendente iniciativa de elevar 3’9 euros mensuales el salario mínimo en este país.

Pero, en el ínterin de estas distracciones, ha perecido, no ya el Estado de bienestar, sino el Estado como instrumento para aliviar sufrimientos a los más sufrientes, para administrar Justicia a quien la necesite, para regular racionalmente un sistema educativo y mantener funcionando las instituciones educativas necesarias. El Estado no está, en suma, para servir de algo positivo al conjunto de la población. El Estado se mantiene firme sencillamente para financiarse. Y financiado, su función es repartir dolor, especialmente a los funcionarios, que son los efectivos humanos del Estado, pero, a la vez, sus peores enemigos. El Estado no está al servicio de la sociedad, sino al revés y la sociedad es simplemente el territorio para la actividad predatoria del Estado.

El Estado se prepara para reducirse al mínimo, de modo que sólo conste de políticos profesionales, más Notarios y de Registradores, acompañados por Abogados del Estado y Fiscales. Lo demás se privatiza. Se privatiza la nacionalidad, se vende la condición de residente, se privatizan nacimientos, bodas y bautizos, lo judicial se hace administrativo y se lee al revés una Superley llamada Constitución: donde dice “interdicción de la arbitrariedad”, debe leerse “promoción de la arbitrariedad”; donde dice “jerarquía normativa” debe leerse “anarquía normativa”; donde dice “regulación de las incompatibilidades” debe leerse: “eliminación de las incompatibilidades”; donde dice “veinte” debe leerse “siete”; donde dice “Jueces y Magistrados independientes” debe leerse “Jueces y Magistrados eficientes, dependientes del Tribunal Supremo”; donde dice “gratuita” debe leerse “onerosa”; donde dice “con sometimiento pleno a la ley y al Derecho” (las administraciones, los gobiernos) debe leerse “sin sometimiento alguno a la ley y al Derecho”; donde hay una negación debe leerse una afirmación (en vez de “no estarán sujetos a mandato imperativo alguno” léase que “estarán sujetos…”) y donde hay una afirmación (“los españoles son iguales ante la ley”) debe leerse una negación (“los españoles no son iguales ante la ley”, ni son iguales en nada).

La lógica ha desaparecido o ha sido sustituida por lo que, en nuestro antiguo mundo, considerábamos su opuesto o contrario: el absurdo.  Una cosa puede ser y no ser a la vez. Las partes pueden ser mayores que el todo, dos cosas iguales a una tercera son plenamente desiguales entre sí, por ejemplo. Asimismo, en la geometría euclidiana, la línea recta no es la distancia más corta entre dos puntos, los triángulos escalenos pueden ser equiláteros, lo cuadrado puede ser redondo y el ángulo recto hierve a los 45 grados.

El conocimiento no debe fundamentar la acción; la verdad de las cosas es un estorbo global y la democracia, una ilusión obsoleta; la apariencia es la realidad; la imparcialidad y la objetividad son espejismos perturbadores del progreso. Las castas han de robustecerse y consolidarse, en vez de ser eliminadas. Se debe ser juez y parte: nada mejor que juzgar y decidir en causa propia.

El ignorante y el vago deben ser ascendidos y el inteligente y el trabajador, degradados y, finalmente, si no se enmiendan, castigados. El pobre debe ser empobrecido y el rico ha de enriquecerse más. Apláudase la mentira, encómiese el engaño, repruébese la compasión y la generosidad,  vitoréese la codicia habilidosa, despréciese la austeridad discreta.

La libertad era un lujo, con malas estadísticas. Una sociedad de individuos libres y titulares de derechos, algunos inalienables e indeclinables, era un sueño, un delirio excesivo, foco de infecciosas pandemias de rebeldía. Las mujeres y los hombres de este planeta debíamos ser decididamente controlados en los límites de un aprisco sostenible y gobernable por los profesionales del poder. El poder, que es único, tenía que mantenernos a buen recaudo, precisamente para seguir recaudando.

Sí, el fin del mundo ya ha sido. Hace tiempo. Nuestro mundo ha desaparecido y estamos en otro, muy distinto. Y ya es hora de enterarse. Porque quienes se empeñen en aferrarse al mundo extinguido serán multados, proscritos y, si fuere necesario, internados en gulags psiquiátricos o condenados al ostracismo.

PERO LA NAVIDAD AÚN PERMANECE

Con todo, la Navidad permanece tras del fin de aquel mundo. No han tenido tiempo de derogarla por Decreto-Ley. Es un momento mágico en que van a seguir aflorando —están aflorando ahora mismo— los tesoros de la naturaleza humana, tampoco enteramente suprimida y totalmente cambiada: el amor al otro, el consuelo de la amistad y de la familia, el sentimiento de la hermandad general, la compasión, la necesidad del perdón que se pide y se otorga, el anhelo de grandes cosas, el instinto de remediar generosamente las necesidades de quienes sufren más, la pasión por que se dé a cada uno lo suyo. Para los creyentes, esta Navidad intacta añade a todo eso la convicción, inexplicablemente inconmovible pese a la prolongada agonía del mundo, de que hay un Dios, que quiso hacerse Niño y sufrir lo indecible y que, a fin de cuentas, cuida paternalmente de cada uno de nosotros.

A Él podemos decirle que sabemos cómo, especialmente ahora en Navidad, está,  como si dijéramos, bajando de las estrellas. Tu scendi dalle stelle. Así lo canta, muy a modo suo,  Lucio Dalla: http://www.youtube.com/watch?v=6q4E2O6fB-4

 

Tu scendi dalle stelle,                                Tu bajas de las estrellas
O Re del cielo,                                           Rey del Cielo
e vieni in una grotta                                   y vienes en una gruta
al freddo e al gelo.
(2 v.)                           al frío y al hielo.

O Bambino mio divino,                               O Niño mío divino
io ti vedo qui a tremar;                                te veo aquí temblar
o Dio beato !                                               ¡O Dios Santo,
Ah, quanto ti costò l'avermi amato!
(2 v. )  ay, cuánto te costó haberme
                                                                      amado!

A te che sei del mondo                               A Ti, que eres del mundo
il Creatore,                                                el Creador,
mancano panni e fuoco,                             te faltó pan y calor
o mio Signore.
(2 v.)                                  O mi Señor.

Caro eletto pargoletto,                                 Querido pequeño elegido
quanto questa povertà                                  cuánto más esta pobreza
più m'innamora,                                            me enamora
giacche per nostro amor tu soffri ancora.   pues que por nuestro amor
                                                                      sufres aún
.

Habrá, pues enseguida, una noche plácida, que nadie nos puede arrebatar, una Notte Placida, como ésta del antiguo villancico italiano: http://www.youtube.com/watch?v=ptkL8MHn9xk  Y podremos quizá proponernos luchar por un nuevo mundo.

 

miércoles, 12 de diciembre de 2012

RUIZ GALLARDÓN DEFORMA LA HISTORIA DE ESPAÑA HASTA HACERLA IRRECONOCIBLE


 
¡QUÉ MALDAD LA NUESTRA!: SI PEDIMOS JUSTICIA, JUDICIALIZAMOS: EL MÁXIMO PECADO CIUDADANO
(actualización, a 13 de diciembre de 2012: ¡ACABÁRAMOS!: RESULTA QUE EL MINISTRO ES SÁDICO)



El pasado día 27 de noviembre de 2012, se nos informaba de que, con ocasión de la Asamblea General de las Cámaras de Comercio, Alberto Ruiz Gallardón, Ministro de Justicia del Gobierno de la Nación, había «lamentadola tradición española de judicializar cualquier conflicto”».

Con esta lamentación, Alberto Ruiz Gallardón exhibía de nuevo su enciclopédica ignorancia sobre casi todo y, en especial, tergiversaba una tradición histórica que él, personalísimamente, podría lamentar con superlativa originalidad, pero no deformar hasta el extremo de negar la Historia de España. Es muy penoso tener que demostrar lo evidente (que es, en español y en sentido estricto, lo que resulta patente y no precisa demostración) y resulta agotador verse diariamente en la tesitura de combatir las más rotundas falsedades. Así que no me entretendré demasiado, porque, de lo contrario, hay un dilettante sin escrúpulos intelectuales y morales que me tendría siempre ocupado en salir al paso de mentiras, sofismas y falacias, sin que por ello percibiese yo un más que merecido “plus” de penosidad.

D. Felipe González (FG) y sus otrora numerosos partidarios nos dieron la murga, durante bastantes años, con la presunta “judicialización de la política”, un concepto acuñado al hilo de procesos penales seguidos contra personas que ocupaban cargos políticos en el partido y en el gobierno de FG. No digo yo que nunca se haya dado un evento procesal que supusiese judicializar lo político: a veces ha sido incluso una ley aprobada por políticos sin demasiada finura jurídica la que ha metido a los jueces en berenjenales políticos difícilmente enjuiciables con parámetros jurídicos. El fenómeno aquel que tanto preocupaba a FG era, simplemente, el de la reacción de los tribunales de justicia ante hechos que parecían delictivos y que, en efecto, acabaron declarándose tales, con imposición de las correspondientes penas a quienes se logró identificar como responsables. No se judicializó la política, sino que las instituciones reaccionaron conforme a la ley frente una criminalización de la política. Hoy, ante casos penales relativos a la actuación de políticos, nadie habla ya de “judicialización de la política”: se reconoce que estamos ante la acción de la justicia frente a la corrupción política que consista en pura delincuencia.

Ruiz Gallardón ha dejado atrás, muy atrás, a FG. Decir que existe una “tradición española de judicializar cualquier conflicto” es una retorcida manera de referirse a la tradición española de acogerse a la Justicia, de la que se viene disponiendo en España desde hace siglos, sin necesidad de ser millonario. Alberto Ruiz Gallardón es muy libre de considerar negativo que, durante siglos, los españoles, aunque careciesen de propiedades y de derecho de sufragio, no careciesen de audiencias que, en nombre del Rey o con autoridad propia conferida por el pueblo, escuchasen a las personas en conflicto y resolviesen lo procedente en buen Derecho. Pero un Ministro de Justicia se asemeja a un engendro diabólico si, como tal Ministro, considera una “lamentable tradición española” que los habitantes de España hayan podido y aún puedan (aunque sea por pocos días) recurrir a los tribunales de Justicia.

“Judicializar” es un palabro de connotaciones peyorativas, que busca desprestigiar el recurso a la autoridad judicial presentando a quienes acuden a los tribunales como personas cuando menos molestas, pero de ordinario abusivas y desconsideradas, que tratan de movilizar los esfuerzos de jueces y otros servidores públicos para tareas que no les son propias. Pero movilizar a los jueces para que resuelvan conflictos a los que son aplicables normas jurídicas no es “judicializar. “Judicializar” sería someter a veredicto de los jueces discrepancias sobre el arte pictórico, la genialidad musical, la belleza arquitectónica, el ingenio humorístico o el gusto por el jamón de cerdo ibérico frente a la gula ante la mortadela o las salchichas alemanas. ¿Hay acaso una “tradición española” de llevar a los tribunales de justicia lo que no son pretensiones de tutela jurídica, sino discusiones y diferencias de criterio de toda índole, ajenas al Derecho? No, absolutamente no. Lo que ha habido en España, y de lo que todavía hay muchos restos, es una tradición nada lamentable sino bendita y laudable: la de que se llevan a los tribunales los agravios, lo que consideramos injusto, ilícito e ilegal, en vez de resignarse el débil frente al fuerte o incluso el poderoso ante quien le supera en poderío. Lo que no ha habido es una tradición de nombrar sheriff del condado al pistolero al servicio del dueño del saloon, de las minas y de las grandes fincas del condado. Ha habido, por el contrario, una tradición de apego al veredicto de los jueces, reconocidos como aplicadores del Derecho. Aunque otros muchos derechos de los españoles no estuviesen aún reconocidos o satisfactoriamente protegidos, no ha faltado a la generalidad de ellos el amparo de los tribunales. Ésa es la verdadera tradición española. Ésa es nuestra Historia, tergiversada por RG como si fuese el más atrevido de los agentes de la leyenda negra (que la hubo, como Julián Marías se ocupo de aclarar en su España inteligible. Razón histórica de las Españas).

Los españoles no hemos tenido durante siglos ninguna tradición de llevar a los tribunales disputas o conflictos impropios del trabajo de los jueces, discusiones y agravios sin dimensión jurídica. Por tanto, hemos “judicializado” lo que era judicial o, lo que es igual, no hemos “judicializado” nada. Hemos acudido a los jueces, pese a todos sus defectos, porque confiábamos en ellos y porque no era económicamente inasequible recurrir a ellos. Esa no es una lamentable tradición española. Es una tradición para sentirse orgullosos y decididos a que prosiga.

Pero, de pronto, como una maldición —que nada tiene que ver con nuestros pecados colectivos, reales, dudosos o inventados: nada tiene que ver con haber gastado más de lo que se tenía o haberse endeudado más de lo razonable, etc.—, ha aparecido un Ministro de Justicia (nunca jurista, sino exclusivo profesional de la política desde su muy joven juventud) que considera “lamentable”, totalmente negativa, nefasta, la descrita inclinación multisecular de los españoles a recurrir a los jueces y que, además, quiere destruir la realidad derivada de esa inclinación poniendo precios elevadísimos al acceso a los tribunales de Justicia. A eso, este relamido y pretencioso político lo compara ¡con la Revolución Industrial! Nadie había llegado tan lejos en el ejercicio de la auto-idolatría.

A la hora de los conflictos jurídicos, de las injusticias, de las ilegalidades, ¿qué quiere este Ministro de Justicia que hagan los españoles, en vez de acudir a los tribunales? ¿Quiere que zanjemos los conflictos a navajazos o a tiros? ¿Quiere que recurramos a quienes brindan eso que se ha llamado “protección”, por la que hay que pagar, voluntariamente o la fuerza? Supongo —por mi buena intención, no por las palabras y las obras del Ministro— que Ruiz Gallardón no quiere que nos demos a la “autotutela”, a la mal llamada “justicia privada”, es decir, que nos tomemos por propia mano lo que nos parezca justo o que contratemos sicarios que rompan las piernas al deudor recalcitrante. Entonces, ¿qué quiere? Quiere imponernos —así, imponernos— que recurramos a la mediación de terceros. A mí me parece bien que se nos inste a hacer todo lo posible para alcanzar acuerdos que eviten procesos judiciales, pleitos. Pero no me parece bien, sino muy mal y no me parece moderno, sino anticuado y regresivo, que la mediación sea obligatoria con carácter previo al recurso a los tribunales o en medio ya de procesos judiciales. Y conste que eso no lo exige la Directiva 2008/52, del Parlamento Europeo y del Consejo.

Seguramente el Ministro habrá caído en la cuenta de que existen en España unos profesionales, los abogados, que procuran, de ordinario, que sus clientes lleguen a un acuerdo y no sea necesario pleitear. Pero, en no pocas ocasiones, las personas que se consideran perjudicadas injustamente por otras no quieren, incluso por la propia naturaleza del conflicto, un resultado parcialmente satisfactorio pero parcialmente insatisfactorio. Quieren exponer unos hechos y que se apliquen a esos hechos las normas jurídicas. No quieren resolver un conflicto, sino una sentencia justa, una tutela jurisdiccional frente al despojo, al desamparo, al daño que se les ha causado ilícitamente. Ni a éstos se les debe imponer una mediación que no quieren ni a todos se les debe obligar a pasar por el mediador —persona física o institución— como paso previo ineludible a recurrir a los tribunales. Se trata sólo, en una gran mayoría de casos, de una pérdida de tiempo y de dinero.

¿No hay nadie al lado del Ministro de Justicia que le pueda recordar la Ley 34/ 1984, de 6 de agosto, de reforma urgente de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que, entre otros muchos cambios, dispuso, como decía su E. de M., “conferir al acto de conciliación, que, como demuestra la experiencia, ha dado resultados poco satisfactorios, un carácter meramente facultativo”? Se eliminó en 1984, con general satisfacción, la exigencia de un acto de conciliación previo (en definitiva, un intento de llegar a un acuerdo que evitara el proceso). La conciliación se transformó en facultativa, en voluntaria y aún subsiste con esa naturaleza. Así que yo digo: bienvenidos sean los mediadores, individuales o institucionales, siempre que recurrir a ellos no sea obligatorio.

Soy consciente del abuso, cometido por muchos (no por mí), de la paráfrasis de Cicerón en su primera Catilinaria. Pero, ante este Ministro, que miente y engaña una y otra vez, la verdad es que está plenamente justificado preguntar:

Quo usque tandem abutere, Adalberte, patientia nostra? Quamdiu etiam furor iste tuus nos eludet? Quem ad finem sese effrenata jactabit audacia?

¿Hasta cuándo, Alberto, abusarás de nuestra paciencia? ¿Durante cuánto tiempo aún nos superará tu locura? ¿A qué extremos se arrojará tu desenfrenada audacia?

¿Por qué diablos sigue afirmando este servidor de la iniquidad —no exagero: las tasas que ha impuesto, con la ayuda racionalmente inexplicable de su partido y de sus parlamentarios, son lisa y llanamente inicuas— que nuestra litigiosidad es “desproporcionada”? ¿Quién es él, con todos sus colaboradores, para juzgar sobre proporción o desproporción entre la litigiosidad real y unas “verdaderas” necesidades de tutela judicial que experimentan los que tienen derecho a acceder a los tribunales españoles? ¿Cómo puede seguir engañando en la comparación con Francia, que en este blog ya se llevó a cabo con toda seriedad (v. http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2012/01/gran-patinaje-del-nuevo-ministro-de_18.html), sin arrojar, en modo alguno, los resultados que Ruiz Gallardón inescrupulosamente se atreve a esgrimir? ¿Cómo, por último (provisionalmente, última mentira), se atreve este indocumentado a afirmar que en Europa pagan los ciudadanos para litigar unos precios públicos que, en promedio, son tres veces superiores a los de nuestras malditas tasas? Y, si así fuese (que no lo es, ni por lo más remoto), ¿serían justas y razonables para los españoles las tasas gallardonianas (porque no estamos hablando de tasas en general, sino de las concretas tasas que se han aprobado aquí)? Ese simplismo que unifica las enormes diversidades que la Justicia presenta en los países europeos y que desemboca en una descarada invención, no está basado en ningún estudio (de hecho, están ahora buscando datos europeos en el Ministerio gallardoniano) y acaba de recibir un mentís, implícito pero contundente, cuando varias asociaciones judiciales han apoyado expresamente la oposición judicial española a las recientes tasas. ¿Se atreverían jueces frances, alemanes y belgas, etc., a declarar ese apoyo si supieran, como lo sabrían si fuese cierto, que en España la Justicia les cuesta a los españoles un tercio de lo que les cuesta a los europeos?

Si el Sr. Ruiz Gallardón se pone a hablar de dineros y Justicia, no habrá más remedio que ocuparse de tan sustancioso aspecto del conjunto de cambios —todos, sin excepción, increíblemente, para mal, para francamente peor— impulsados por RG en términos de dinero y Ruiz Gallardón. Lo dejo para otro día.
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ACTUALIZACIÓN (13 de diciembre de 2012): GOBERNAR, A VECES, ES REPARTIR DOLOR, había dicho ayer D. Alberto Ruiz Gallardón (RG). Y yo había escrito todo lo anterior sin enterarme. Pero ahora sí: ahora está más claro lo que ocurre. Sucede que el Ministro, en cuanto Ministro, es sádico. Debíamos haberlo visto claro hace tiempo porque, sin duda, lo de repartir dolor lo ha venido haciendo y lo hace el Ministro de Justicia con extraordinaria soltura y superlativa generosidad. Es sólo lo de “a veces” lo que me extraña un poco. RG reparte dolor todos los días.

Pero hay que reconocer el ingenio y hay que proclamarlo con los más potentes altavoces: ALBERTO RUIZ GALLARDÓN HA INVENTADO EL BLINDAJE PERFECTO DEL DÉSPOTA. Nadie había alcanzado tamaña perfección intelectual protectora del arbitrio puro del gobernante. Nadie, desde Calígula a Gadafi, pasando por Hitler, Stalin, Ceaucescu y Mao Tse Tung, nadie había imaginado un argumento tan redondo. Piénsenlo: El gobierno causa dolor y el que está dolido no puede criticar legítimamente al gobierno. Corolario: cuanto más dolor produce el gobierno, menos crítica legítima al gobierno cabe esperar del dolorido. Más breve: cuanto más te duela lo que hace el gobernante, menos puedes criticarle. ¡Espléndido argumento! Maquiavelo, con su pragmático cinismo defensor del poderoso, era un querubín, un niño de coro, un monaguillo, al lado de RG.

Es así que a los jueces les tiene que doler que (como a otros, a mí mismo, por ejemplo) les hayan quitado la paga extraordinaria, luego (ergo) las críticas contra las tasas judiciales —las de Gallardón, no las que éste inventa que se cobran en el resto de Europa— se deben a que están dolidos. De donde se sigue que esas críticas son infundadas, reprobables, corporativistas y miserables. No les haga caso nadie (y a mí tampoco).

La doctrina gallardoniana del dolor asociado al gobierno no deja de despejar dudas y hacernos ver con claridad lo que nos espera. Hasta ahora se decía: “después de cornudo, apaleado”. Y no, lo acertado es: “después de apaleado, cornudo”. Primero se apalea y luego viene el escarnio. Palos dolorosos al súbdito (ése que se creía ciudadano) y después se le desprestigia, se le deshonra, se le anula.

Yo entendía que un Ministro de Justicia cometiese, según los jueces, un error, incluso un grave error y fuese por ellos criticado. Entendía que pudiese tener razón el Ministro y no los jueces. Pero no entendía que un Ministro de Justicia, para defenderse de las críticas de unos jueces, insultase y desprestigiase públicamente a todos los jueces, que son los encargados de impartir o administrar Justicia, algo que le debería importar a un Ministro de Justicia. Ahora lo entiendo casi todo: gobernar es causar dolor y, por tanto, si el Ministro quiere seguir siéndolo, tiene que seguir causando dolor: primero te suprime la extra de Navidad (daño económico, dolor material) y después te suprime la libertad de expresión (daño o dolor moral). Y si sigues sin entender el mecanismo, el gobernante (el Ministro RG) te seguirá infligiendo dolor: mentirá, engañará, te desprestigiará aún más. Así se entiende también que las tasas judiciales absolutamente excesivas ideadas por un Ministro sean presentadas por el mismo Ministro (un sádico, en cuanto Ministro) como consecuencia de una petición de los mismos jueces, para sus pensiones o para incremento salarial. Es que el Ministro tiene que causar más dolor a los jueces. Si a mí se me ocurre decir “Sr. Ministro, ¿en qué quedamos? ¿Propugnó Vd. esas tasas porque eran buenísimas o porque le presionaron los jueces que después las han criticado?"¿Acaso cedió Vd. ante presiones corporativistas?", seré un perfecto idiota si pienso que el Ministro no sabrá cómo salir del apuro. Primero, mi crítica es ilegítima, deleznable, porque a mí también me han quitado la extra de Navidad. Después, el Ministro, como tal, procurará pegarme donde más me duela. Y así hasta que estemos perfectamente convencidos de que calladitos estamos más guapos y que “quien bien te quiere, te hará llorar”. Somos como niños y todo lo que hace el gobierno es por nuestro bien. De manera que sólo nos queda irnos a un rincón y cantarle bajito, a este excepcional Ministro, aquello de la copla:

No me quieras tanto,
Ni llores por mi;
No vale la pena
Que por mi cariño.
Te pongas así
.”

sábado, 1 de diciembre de 2012

SIGUEN MINTIENDO: EN GENERAL, LA LITIGIOSIDAD CONTINÚA DISMINUYENDO EN ESPAÑA… Y LA DURACIÓN DE LOS PROCESOS SIGUE AUMENTANDO


 
PARA REMEDIARLO, LAS NUEVAS TASAS ESTABLECEN LA JUSTICIA COMO LUJO



A los datos sobre litigiosidad desde el 2009 al 2010 y al tercer trimestre del 2011, (aunque con algunos relativos al 2008) que ya ofrecí en este blog el 6 de enero de 2012 (post titulado ALGO BÁSICO SOBRE NUESTRA JUSTICIA Y ALGUNA PISTA DE LO QUE EN ELLA OCURRE (I). CONTRA LO QUE TODO EL MUNDO CREE, LA LITIGIOSIDAD DISMINUYE EN ESPAÑA. PERO AUMENTA LA DURACIÓN DE LOS PROCESOS: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2012/01/algo-basico-sobre-nuestra-justicia-y.html), añado ahora las últimas estadísticas oficiales, extraídas de la última Memoria elaborada y publicada por el Consejo General del Poder Judicial. Se comparan los datos totales del 2011 con los del 2010, aunque, respecto de la duración promedio de los procesos, la comparación se extiende hasta el 2007.
 
Hoy me limito prácticamente a reproducir literalmente lo que dice esa Memoria. Pero si, en general, el número de procesos de nuevo disminuye -y bastante en lo civil y mercantil- y la duración promedio de los procesos de nuevo aumenta (salvo en lo contencioso-administrativo, que baja un poco), parece conclusión ineludible que algo anda mal en nuestra Justicia y que lo que no anda bien no es cosa de quienes, como sostiene el olímpico Ministro de Justicia, se empeñan en inundar los tribunales con demandas y recursos temerarios, por litigopatía o delirio querulante y dada la pretendida baratura de la Justicia antes de la Ley de Tasas.
 
De lo que no anda bien, Ruiz Gallardón no ha querido ni quiere saber nada. Para intentar tapar la desnudez jurídica y política y la insensibilidad total que con la Ley de Tasas ha mostrado, el Ministro impulsa y prepara a marchas forzadas una reforma cosmética de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. En teoría, esta gratuidad llegará a unos pocos más (en vez de 2 IPREM, el límite pasaría a 2’5 IPREM), pero con mayores obstáculos para demostrar que reúnen los requisitos e inéditas limitaciones al ejercicio de acciones, como si se diese por sentado que quienes puedan beneficiarse de la reforma abusarán de ella en cuanto acudan a los tribunales más de tres veces al año, por ejemplo.

 
Jurisdicción Civil

Datos globales
 
La jurisdicción civil ha presentado en 2011 una fuerte reducción, del 10%, respecto a 2010 en el número de asuntos ingresados. Los 1.770.947 asuntos ingresados son muy inferiores a los ingresados en 2009 y sólo superan levemente al número de ingresados en 2008.

En los juzgados de primera instancia el ingreso en la primera instancia civil se ha reducido de una manera muy significativa, un 12,3%, muy superior a la reducción apreciada en 2010 que fue del 2,2%. Los juzgados de lo mercantil muestran un incremento del 2,8% y las audiencias provinciales, que en 2010 habían visto reducido su ingreso en un 0,2%, lo han incrementado en 2011 un 8,7%.

El número de procedimientos monitorios presentados en los juzgados de primera instancia y primera instancia e instrucción ha tenido una fuerte reducción, del 23,6%, en 2011, pasándose de los 895.127 a 683.704. El resto de asuntos contenciosos civiles se ha mantenido estable (una reducción del 3,2%). A pesar de ello, el porcentaje de los monitorios respecto al total de asuntos contenciosos ingresados sigue siendo muy alto, del 55,5%, superándose el 60% en Canarias, 62,2%, y Navarra, 60,3%.
 
La situación de las ejecutorias ha continuado empeorando a pesar de que el número de las ingresadas ha decrecido el 6,2%, y el de resueltas ha aumentado el 17,4%. Las que han quedado en trámite han aumentado un en un 7,7%, alcanzando la cifra de 1.896.983.
 
[Se entiende por ejecutorias los procesos mediante los que se materializa lo decidido o resuelto en una sentencia o en cualquier otro título judicial o extrajudicial que por imperativo legal tenga aparejada ejecución.]
 
Las ejecuciones hipotecarias, después de los importantes crecimientos que mostraron hasta el primer trimestre de 2010, han tenido en 2011 una reducción del 16,9%.

 
Duraciones medias de los procesos (en meses)

[La Estadística Judicial no proporciona medidas directas de las duraciones de los procesos. Sin embargo, a partir de los números de asuntos ingresados, resueltos y pendientes al finalizar cada periodo, y utilizando un modelo matemático basado en las hipótesis: a) se resuelve antes lo que ha ingresado antes; b) los asuntos ingresan uniformemente en cada periodo; c) los asuntos se resuelven uniformemente en cada periodo, se pueden obtener estimaciones de las duraciones medias de los asuntos terminados cada año, permitiendo hacer comparaciones entre años y entre territorios. Se dan todas las duraciones medias en meses.]
 
Salvo en los juzgados de familia, que las han mantenido constantes, los órganos de la primera instancia civil han sufrido un apreciable aumento de las duraciones de los asuntos terminados en 2011:

 
                                                    2011    2010     2009     2008      2007

Jdos. 1ª Instancia                          8,0       7,7       7,3        6,9         7,2

Jdos. Familia                                4,4       4,0       4,0        4,0         4,1

Jdos. 1ª Instª. e Instrucción            9,9      9,3       8,6        8,1         8,1

Total Primera Instancia Civil    8,6       8,3       7,7       7,4          7,4


Respecto a los procedimientos ordinarios y monitorios los tiempos medios de resolución se vienen incrementando desde el año 2008:
 

2011   2010       2009      2008     2007

Ordinarios   14,5     13,2        12,2      11,6       11,4

Monitorios    8,6      8,1           7,7        7,4        8,3

 
La duración media estimada de las ejecutorias civiles ha sido de 31,5 meses.

Las duraciones en las Audiencias Provinciales civiles han tenido un leve incremento.

 
2011  2010    2009    2008   2007

Recursos                           6,0      5,8       5,5      5,5     5,2

 
Jurisdicción Penal

Datos globales


Han ingresado en la Jurisdicción Penal 6.542.545 asuntos, un 1,5% menos que en 2010. En cuanto a la duración de los procesos, no se ofrecen aquí datos, porque los que publica el CGPJ son, sin exageración, ininteligibles.

Por lo demás, lo relativo a la jurisdicción penal no es propiamente “litigiosidad”, porque, aunque se ejercite la mal llamada acción civil ex delicto, el número de los procesos penales no responde a decisiones de la gente de pedir tutela judicial en razón de sus derechos e intereses legítimos, sino a la criminalidad conocida e investigada con el éxito de que se pueda acusar a alguien. Por eso es un sofisma monumental de Ruiz Gallardón alegar que, excluidos los procesos penales, las tasas sólo afectan a algo más del veinte por ciento de la "litigiosidad".

 
Jurisdicción Contencioso Administrativa

Datos globales

En la Jurisdicción Contencioso Administrativa han ingresado 289.902 asuntos, un 1,5% más que en 2010.
 
Se han resuelto 287.515 asuntos, 4% menos que en 2010. El número de asuntos en trámite a final de año, 380.398, ha sido un 0,9% superior al de 2010.

Duraciones medias de los procesos (en meses)
 
La duración media de los asuntos terminados en los últimos años en los Juzgados de lo Contencioso ha sido:

             2011    2010   2009    2008     2007

Juzgados de lo Contencioso          12,9    12,0     14,1     10,6     10,2

Duraciones medias estimadas

                          2010     2011      Evolución

1ª Instancia      15,5       15,9             3,0%

2ª Instancia      12,0       13,4            12,1%

Supremo          17,5        18,1             3,5%

 
Jurisdicción Social

Datos globales

Después de la importante reducción producida en 2010, del 8,5%, en el número de asuntos ingresados, los 437.691 asuntos sociales ingresados en 2011 representan una reducción del 1,5% respecto a los ingresados en 2010.
 
También se ha reducido el número de asuntos resueltos, pasándose de los 402.467 de 2010 a los 391.588 en 2011, un 2,7% menos. El número de asuntos pendientes al final del año ha aumentado un 8,5%, quedando en 303.342.

Duraciones medias de los procesos

La duración media de los procesos en los Juzgados de lo Social muestra la siguiente evolución:

        2011     2010      2009    2008   2007

Juzgados de lo Social      8,6       7,7         6,4        5,4     5,5

 
Duraciones medias estimadas
 

  2010    2011    Evolución

1ª Instancia    7,7          8,6    12,0%

2ª Instancia    6,8          6,7    -1,2%

Supremo        10,1         9,8     -2,8%

 

Con toda seguridad, estos datos no le importan nada en absoluto a D. Alberto Ruiz Gallardón. Pero habrá quien los considere interesantes y reveladores de los extremos de mentira y engaño a que es capaz de llegar el Ministro y su "núcleo duro".

sábado, 24 de noviembre de 2012

TASAS ANTI-JUDICIALES, APAÑO PARA LOS PSEUDO-“DESAHUCIOS”, PRESOS CHINOS EN LIBERTAD Y JUECES EN MANIFESTACIÓN Y ASAMBLEA


 
UN PANORAMA LAMENTABLE DE NUESTRA JUSTICIA, CON EL MINISTRO DEL RAMO EN SU OLIMPO Y EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, AUSENTE


LAS TASAS ANTI-JUDICIALES. APARECE EL FÜHRERSPRINZIP. UN SUCESO (LA FALTA DE IMPRESOS) QUE, DIFUNTO YA EL ESTADO DE DERECHO, PODRÍA INSPIRAR UNA IMAGINATIVA “SOLUCIÓN POLÍTICA”.— Se promulgó la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses:  http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-14301. Entró en vigor el día 22 de noviembre de 2012, con tanta prisa para aclarar que los servidores de la Justicia no tendrán paga extraordinaria de Navidad, como inutilidad recaudatoria, porque los impresos para autoliquidar las tasas, papeles que son cosa del Ministerio de Hacienda, no existen por el momento y pueden tardar. Habitual descoordinación gubernamental. Pero el Secretario General de Justicia, Jefe nacional de los Secretarios judiciales en el Ministerio de Justicia, dicta la Instrucción 5/2012, de 21 de noviembre, en la que dispone: “Hasta tanto no se produzca la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden ministerial a la que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, los Secretarios Judiciales de todo el territorio nacional no exigirán, en ningún caso, la presentación del justificante de autoliquidación de la tasa para dar curso a los escritos procesales que se presenten.”

Ha sido objeto de rechifla este suceso de estreno de las tasas judiciales que, en realidad, son tasas anti-judiciales, porque no permiten la tutela judicial, sino que la impiden. Y aunque cualquier cosa que nos cause cierto regocijo es bien recibida en estos tiempos, lo de este Secretario General  resulta, si bien se mira, algo jurídicamente espantoso porque este Jefe nacional de los Secretarios Judiciales, más que instruirles (es decir, explicarles cómo son las cosas), les ordena no aplicar una ley en vigor. A mí me parece como si, de pronto, apareciese el Führer y, conforme al Führersprinzip, se situase por encima de la ley y sus mandatos se erigiesen en fuente superior del Derecho objetivo. La diferencia sería que aquí no está proclamado formalmente el Führersprinzip. Poca cosa. Ahora se proclama y santas pascuas. Lo que yo he pensado inicialmente que los Secretarios Judiciales tendrían que hacer, con la ley en la mano, es requerir de subsanación a partir del momento en que los impresos estén disponibles. Dije que seguramente así lo harían  los que no se dejasen  intimidar  por una tal “Instrucción”. Pues rectifico: al menos tan defendible como eso -más, me parece- es dar curso a los escritos  que  les presenten,  no porque lo diga el Jefe nacional, sino porque la ley, aunque  formalmente vigente es de imposible aplicación y ad  impossibilia  nemo tenetur (nadie tiene que autoliquidar mientras eso sea imposible).

Pero si volvemos a un plano jocoso y suponemos que se ha declarado definitivamente muerto y sepeliado al Estado de Derecho, la falta de impresos y la autoridad del referido Jefe nacional podría ser el punto de partida para resolver el grave problema de las nuevas tasas antijudiciales. Un problema doble: por un lado, el problema político de que el tremendo error de la Ley 10/2012 no puede rectificarse, porque la rectificación es simplemente impensable en nuestra clase política. Y, por otro lado, el problema social y de justicia, que es la imposibilidad de acceder a la justicia a causa de la Ley 10/2012, efecto a todas luces indeseable.

Al margen del Derecho, ya supuestamente difunto, la falta de los impresos sería una señal del cielo indicando cómo arreglar el asunto y liquidar los dos problemas. Podríamos decir: el Gobierno, el Partido Popular y el Ministerio de Justicia se habían empeñado, mediante la Ley 10/2012, en regular determinadas tasas. Pues bien, vale, ya están reguladas. Y se respeta la regulación: no se toca. Pero, mediante la omisión indefinida de los impresos, la Ley 10/2012, que queda intacta, no se aplica. Ya el Jefe nacional aludido ha señalado el camino: una cosa es la regulación legal y su vigencia y otra, la aplicación. A decir verdad, inaplicar por no disponer de impresos sería un resultado carente de belleza jurídica, pero ya hemos convenido que el Derecho queda a un lado. Y el resultado práctico sería satisfactorio, cediendo unos y otros un poco cada uno: los ciudadanos nos tragamos una regulación inicua y el Gobierno, el Partido Popular y el Ministerio de Justicia aceptan no aplicar la regulación. En caso de necesidad política, este resultado —al fin y al cabo no tan novedoso, porque no sería la primera regulación legal que no se aplica— podría adornarse y afianzarse con un gran "pacto de Estado" de todos los grupos parlamentarios para que no se diseñen o impriman o distribuyan los impresos. Lo único que debería evitarse, para no complicar la situación, es que el Ministro de Justicia siguiese haciendo declaraciones sobre la bondad de la Ley 10/2012. Aunque no lo crea, a él le favorecería considerablemente su propio silencio.

Si esta idea, que me ha brindado la omisión de los impresos, no es aceptada, la batalla va a ser muy dura.  Ya en serio, la lucha va a ser dura, muy dura, sobre todo, para los justiciables en potencia que no puedan pasar a ser justiciables en acto. Pero me parece que será dura también para la contraparte y que, en concreto, el Ministro de Justicia, por altivo y olímpico que sea y que se ponga, va a pasar por muchos tragos desagradables, pero plenamente merecidos. Además del anunciado recurso de inconstitucionalidad a cargo de parlamentarios del PSOE, los jueces van a tener mucho que decidir. Lo explicaré aquí sin mucha tardanza.

APAÑO PARA LOS PSEUDO-“DESAHUCIOS”.— A raiz del suicidio de un deudor hipotecario, el Partido Popular se reúne con el PSOE para tratar el asunto que llaman de los “desahucios”, sobre el que hasta algún Obispo se pronuncia. En realidad, no se refieren a los verdaderos “desahucios”, que son los desalojos del ocupante de una vivienda que pretendidamente la disfruta como arrendatario, por iniciativa del arrendador, porque el arrendatario o inquilino incurre en alguna causa de resolución del arrendamiento (generalmente, el impago del alquiler), sino del desalojo del propietario de una vivienda, porque quien le prestó dinero para comprarla lo hizo con la garantía de la vivienda y el propietario-deudor no le paga. No son “desahucios”, sino “ejecuciones hipotecarias”. Como el préstamo con garantía hipotecaria no es ninguna novedad, sino algo que, en principio, ha beneficiado a innumerables prestamistas y prestatarios durante varios siglos, no parecía muy prudente esperar un invento mágico que no proclamase la más que discutible bondad de no pagar lo debido, por mucha prisa y ganas que pusiesen PP y PSOE para evitar las consecuencias del impago, consecuencias sin duda onerosas, pero también conocidas y previstas. El suicidio es una tragedia horrible, pero muchas personas, lamentablemente, se suicidan por los más diversos motivos y en las más diversas circunstancias, de modo que desactivar la elemental obligación de pagar aquello que uno se ha comprometido a pagar en vista de los suicidios, ya consumados o amagados, es algo que se debe pensar muy despacio y muy bien.

Con esto no digo que las condiciones de los préstamos hipotecarios hayan sido y sean siempre conformes al Derecho, la justicia y la equidad. Más bien puedo honrarme de haber cuestionado, públicamente y por escrito, ciertos privilegios bancarios en materia de préstamos, que, sin embargo, acabaron considerándose absolutamente ortodoxos por el mismísimo Tribunal Constitucional. Lo que digo es que no todos los préstamos hipotecarios han sido y son antijurídicos e inicuos y que, en principio, los deudores los han contraído voluntariamente. Y que es válido y socialmente imprescindible desde la Antigüedad el principio que se expresa así: pacta sunt servanda: los pactos han de ser cumplidos.

Como quiera que, además de todo lo anterior, los distintos Gobiernos habían permitido que los bancos atrajesen dinero —mucho dinero: se ha dado la cifra de 425.000 millones de euros— contra la entrega de papelitos (las cédulas hipotecarias) a sujetos que se hacían acreedores de los bancos sobre la base de los préstamos hipotecarios concedidos por esos bancos, nada tiene de extraño que, al final, no hubiese consenso PP-PSOE y el Gobierno actual, solito, acabase ese parto de los montes contra los mal llamados “desahucios” con el alumbramiento de un ratón: el Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios (v. http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/16/). Dar un respiro a unas cuantas personas amenazadas de ejecución hipotecaria no está mal, pero está muy mal que nada eficaz se haya hecho, desde hace años, para eliminar cláusulas abusivas, para no otorgar “hipotecas basura” y para disuadir el endeudamiento por encima de las posibilidades del deudor. Muchas cosas han fallado desde hace mucho tiempo por parte de muchos: bancos, reguladores, Gobiernos, deudores, asociaciones de defensa de usuarios de banca, por ejemplo.

PRESOS CHINOS EN ESPAÑA, LIBERADOS POR LA SECCIÓN TERCERA DE LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL.— Según una extendida interpretación, con altos avales, si a Vd. le detiene la policía, en 72 horas le tiene que liberar o ponerle a disposición del Juez, que tendrá otras 72 horas para decidir si le libera o decreta prisión provisional, conforme a los requisitos del art. 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal  (LECrim).  Si a Vd. le detienen por orden judicial, sólo podrá estar detenido 72 horas, frente a las 143 horas y 59 minutos en caso de detención por iniciativa policial: esto de que la policía pueda causar una privación de libertad en calidad de detenido más larga que la acordada, en la misma calidad, por un juez, ya le resultará un tanto extraño e incluso paradójico a cualquier lego en Derecho, como me lo parece a mí, que no soy tan lego. Quede esto dicho de paso, aunque viene a cuento de un Auto de 22 de noviembre de 2012, por el que el magistrado Alfonso Guevara (ponente) y otros dos magistrados, han puesto en libertad a Kay Yang, presunto miembro, y miembro directivo, de la denominada “mafia china” en España, porque el Juez Instructor, Sr. Andreu, habría prolongado excesivamente la detención, confundiendo la policial con la judicial. Y la consecuencia es que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la AN declara viciado de nulidad absoluta e insubsanable el Auto de prisión dictado por el Instructor. Dejo aquí un enlace para que, el lector más interesado y versado en Derecho, pueda leer íntegro el Auto de la AN: http://www.abc.es/espana/20121122/abci-ping-libertad-201211221433.html

Lo que me llama la atención de ese Auto es que, sin mención de ninguna causa legal de nulidad absoluta del Auto de prisión provisional ni reproche alguno al Instructor sobre incumplimiento de los requisitos del art. 503 LECrim para la prisión provisional, se adopte esa decisión con el único soporte de una Sentencia del Tribunal Constitucional (TC), la STC  180/11, de 21 de noviembre de 2011, sentencia a la que, con notable exageración, el Auto de Guevara considera dotada de fuerza vinculante en razón del art. 5.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). El Sr. Instructor ha podido seguramente cometer errores jurídicos a propósito de la detención del Sr. Kay Yang, pero eso, a mi entender, conduciría a reprochar esos errores y no, en cambio, a viciar de nulidad radical el auto de prisión. Con esta idea y mi consiguiente perplejidad, leo despacio y entera la STC 180/11 (BOE de 21 de diciembre de 2011) y resulta, ¡oh sorpresa!, que esa Sentencia declara nulos autos de un Juzgado de Instrucción y una Audiencia Provincial relativos a la detención, pero nada dice de la nulidad de un auto de prisión provisional. Así que, frente a lo que afirma la Sección, el caso de la "liberación judicial" del Sr. Kay Yang no es ni mucho menos idéntico al que se planteó y se resolvió en la STC 180/11, porque en este último caso no estaba en juego la nulidad de un auto de prisión. Sólo este dato ya convierte en lamentable el Auto de la Sección que preside D. Alfonso Guevara.

La moraleja bien puede ser ésta: hay bastantes sentencias y otras resoluciones judiciales que no entiende el pueblo, mayoritariamente compuesto por legos en Derecho, y que, sin embargo, son decisiones razonables y  justificadas a la luz de algunos conocimientos jurídicos incluso elementales y fáciles de entender por los legos tras una buena explicación. Pero otras veces sucede que la gente no entiende (no entendemos) ciertas resoluciones y sentencias porque no son inteligibles para nadie. Esto ocurre, por ejemplo, cuando los tribunales, lejos de cuidar que las garantías sean eficaces, incurren en un hipergarantismo formalista.

JUECES EN LA CALLE Y EN ASAMBLEA CONSTITUYENTE.— El día 23 de noviembre de 2012 ha registrado el acontecimiento insólito de unos jueces en manifestación ante el Ministerio de Justicia, apoyados por todas las asociaciones judiciales y compañados por fiscales y representantes de la Abogacía española. En una ya remota ocasión, hubo jueces con toga a la puerta de sus tribunales. Esta vez iban de paisano, han esgrimido pancartas y carteles y han gritado una protesta inequívoca. Han llegado a cortar la calle. Verdaderamente inédito. Por otra parte, está en marcha, al margen de las asociaciones judiciales, una “Asamblea Nacional de Jueces”, definida por un buen juez como “sistema de democracia judicial basado en el principio un juez/un voto, sin mediatización de partidos políticos, CGPJ o cualquier otro grupo de presión”.

Ha sido justo e inteligente por parte de los jueces —y digno de nuestro agradecimiento— que hiciesen visible como gran problema de la Justicia (por delante de los que les afectan a ellos directamente) el de las tasas anti-judiciales, que, al fin y al cabo, reducirían notablemente su trabajo. Con todo, y aunque comprenda lo que sucede, como enseguida se verá, no puedo aplaudir sin ninguna reserva el conjunto de la actual “movida” judicial. Hay un cambio en la mentalidad de muchos jueces que dista mucho de parecerme positivo y al que aquí (y en publicaciones especializadas) me he referido varias veces (la más directa quizá en la segunda parte de este post: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2011/04/cinco-millones-de-parados-y-aqui-no.html9.  Ese cambio de mentalidad consiste en que se consideren funcionarios como otros cualesquiera e incluso proletarios. No son ni una cosa ni otra y la pérdida de su identidad y de la conciencia de la dignidad y trascendencia de su función —pérdida que no es necesaria para defender sus derechos: al contrario— nos causa mucho daño a todos. No me gusta tampoco que las asociaciones judiciales, causantes por acción y omisión de muchos de los problemas de los jueces, se pongan ahora al frente de su protesta, aunque ya se ve que hay un movimiento al margen de ellas.

Sin embargo, está fuera de toda duda que sucesivos Gobiernos y varias “ediciones” del  Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a base de reformas legislativas lamentables, a golpe de ocurrencias insensatas y, sobre todo, sin mostrar ningún deseo de conocer la realidad de nuestros tribunales y de quienes en ellos desempeñan papeles primordiales (jueces y secretarios judiciales, sobre todo), han propiciado —con la inestimable ayuda de unas asociaciones judiciales convertidas en “lobbys” de intereses muy particulares y mezquinos, que no han reaccionado ante muchas tropelías— un enorme descontento general, no demasiado bien analizado por quienes lo sufren, pero muy real e intenso. La situación general era muy mala, y muy fea podríamos añadir, cuando llega al poder el Partido Popular y cuando, al formar Gobierno, el Sr. Rajoy nombra Ministro de Justicia a D. Alberto Ruiz Gallardón. Y este Ministro faraónico y olímpico no ha hecho sino empeorarla, absolutamente de espaldas a la realidad problemática y, en concreto, a las causas y motivos de un creciente descontento, que no ha hecho ni amago de conocer en serio. Ahora, no cabe esperar que Ruiz Gallardón recapacite lo más mínimo y, con el Presidente del Gobierno centrado y concentrado en el lío europeo (y mundial), parece que nadie —ni siquiera la Vicepresidenta primera, más sensible a lo que sucede— puede forzar al Ministro a que, en cumplimiento de su deber, se ponga a escuchar y a estudiar, por si acaso tuviese que rectificar actitudes y proyectos. El Ministro, muy lamentablemente, es presa de una patológica terquedad por la que no le interesa más realidad que la suya propia, según su personal idea.