UNA INQUIETANTE PROPUESTA PARA UNA JUSTICIA SIN RETRASOS
Según EFE, que lo transmitía el día 24 de noviembre de 2009 sin que después haya mediado rectificación o matización, el actual Presidente del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Don Carlos Dívar, ha propuesto una fórmula para lograr la Justicia que todos deseamos, la que resuelve los asuntos "sin dilaciones indebidas", por utilizar la excelente fórmula constitucional. La propuesta de Dívar es ésta: "un ordenamiento jurídico que confíe en los jueces y quite 'tantos garantismos' que existen en los procesos que provocan retrasos en la Justicia".
Todos los medios de comunicación coincidían en lo de "tantos garantismos" y también en añadir lo siguiente: "Dívar ha hecho hincapié en que la imagen de la Justicia está deteriorada debido a que "llevamos décadas en la que la Administración de Justicia ha sido dejada, con procedimientos muy antiguos". "No todo es dinero en la vida. Hacen falta medios económicos, hacen falta nuevas unidades de jueces, pero un juez no se improvisa, tiene que tener vocación y amor a la Justicia y ambas cosas no se consiguen de repente".
D. Carlos Dívar, además de ser generalmente considerado como buenísima persona, ha sido tenido siempre por hombre de acreditada discreción, esto es, capacidad de discernimiento. Carece de afán de notoriedad y, por tanto, no se le conocen declaraciones atrevidas y "alegres", a las que, en cambio, son muy propensos quienes gustan de micrófonos y focos. Por todo eso, debo suponer que lo que dijo, y acabo de reproducir, lo dijo completamente en serio. En consecuencia, me lo tomo en serio y, como siempe se debe distinguir entre el interior de las personas y su comportamiento externo, me permito discrepar rotundamente de su propuesta, al menos en la formulación que se nos ha transmitido.
Durante muchos años, el Sr. Dívar ha ejercido discretísimamente, como debe ser, el oficio de Juez Central de Instrucción. Ésa es, con mucho, su más extensa e intensa experiencia como Magistrado-Juez, en una función que requiere manejar el Código Penal y buena parte de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Quizá eso explique que hable de "procedimientos muy antiguos", los penales, puesto que la Ley de Enjuiciamiento Criminal data de 1882. Pero resulta, que, como sin duda sabe el Sr. Dívar, aunque no es menos dudoso que lo olvidó, existen otras tres grandes leyes procesales; la Ley de Enjuiciamiento Civil, del año 2000; la de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 1998, y la de Procedimiento Laboral, de 1995. Las tres han sido reformadas después de sus respectivas aprobaciones iniciales. Pero es que, además, los procesos penales más frecuentes (el mal llamado "procedimiento abreviado" y los denominados "juicios rápidos") se rigen por regulaciones que datan, enteramente, del año 2003. Y la última reforma, que afecta a las cuatro leyes citadas, es la producida por la Ley 13/2009, del pasado día 3 de noviembre de 2009.
De modo que, a mi entender, no es cierto que "la Administración de Justicia ha sido dejada, con procedimientos muy antiguos". En cierto sentido (porque Dios deja las leyes al libre albedrío de los hombres y probablemente D. Carlos Dívar no quiera afirmar lo contrario), se podría decir que nuestra Justicia ha sido dejada de la mano de Dios, pero, desde luego, el legislador, lejos de dejarla de su mano, no ha parado de reformar la Justicia española. No puedo, por tanto, pensar, como Dívar, que la "imagen de la Justicia" (que a mí me importa muchísimo menos que su realidad) se debe a la vejez del ordenamiento jurídico español.
Pero lo que más importa preguntar, ante la propuesta de Dívar, es a qué numerosos "garantismos" ("tantos garantismos"), pretendidamente retardatarios de nuestros procesos, se refiere el Presidente del TS y del CGPJ. Porque una afirmación-exclamación (¡"tantos garantismos"!) tan expresiva suscita toda clase de dudas. Y no me parece bueno que quien preside el TS y el CGPJ arroje sobre nuestro entero ordenamiento procesal la sospecha de que entraña un exceso de garantías tan grave que, por un lado, supone falta de confianza en los jueces y por otro, es la causa principal de las "dilaciones indebidas". Gran cosa sería que D. Carlos Dívar concretase "garantismos" supérfluos y retardatarios, ofreciendo una buena docena de ejemplos. Cuando precisamente la Sala de lo Penal del TS acaba de quejarse públicamente de la parca regulación procesal de la garantía del secreto de las comunicaciones, la aclaración resulta aún más importante.
Para terminar, estoy plenamente de acuerdo con D. Carlos Dívar en que "no todo en la vida es dinero" y en que "un juez no se improvisa". Pero aunque coincido, también plenamente, en lo muy deseable que sería que todos los jueces tuviesen "vocación y amor a la justicia", dudo mucho de que eso, que, sin duda, no se consigue de repente, como Dívar dice, sea algo que se consigue con el paso del tiempo, como Dívar sugiere. A lo largo de muchos años, he hablado con muchos Jueces y Magistrados y he visto y leído lo que hacían y cómo lo hacían. He visto y sigo viendo, a Dios gracias, Jueces y Magistrados que, a pesar de los pesares, siguen trabajando con vocación y con amor a la justicia (que es conocimiento del Derecho, sin que valga la bondad justiciera). Pero no conozco ni me hablan hablado de un solo Juez ni de un solo Magistrado (varones o mujeres), que, carentes inicialmente de vocación y de amor a la Justicia, hayan adquirido esos elementos maravillosos por el paso del tiempo, por usucapión.
Por lo demás, de los "tantos garantismos" supuestamente perturbadores a la apelación a la vocación y al amor a la justicia aprecio en el discurso de Dívar un salto cualitativo enorme. Porque lo primero, de ser cierto y una vez convenientemente identificado, podríamos arreglarlo. Pero no se me ocure, en cuanto a la vocación y al amor a la justicia, ningún sistema de valoración previa ni de evaluación continua. Sí se me ocurren fenómenos que destruyen ambos elementos. Y miren por dónde, en esa destrucción tiene mucho que ver el CGPJ. E incluso tiene que ver el que se improvisen, no Jueces, pero sí Magistrados de altos Tribunales.