A PROPÓSITO DE MATRIMONIOS CIVILES Y “DIVORCIOS EXPRESS” ANTE LOS
NOTARIOS
Si se cree que el
matrimonio es un sacramento, no por eso deja de requerir un contrato y el sacerdote
es sólo un testigo cualificado, especialmente apto para dar fe, ante la Iglesia,
del matrimonio, del que la misma Iglesia católica enseña que son “ministros” los
mismos contrayentes o, dicho de otro modo, que lo hacen ellos y no el cura. Todos
los matrimonios son protagonizados por los que se casan. Así que, en los
matrimonios civiles, tanto da que el testigo sea un alcalde o concejal como un
notario. Más aún: es específico de los notarios dar fe de lo que presencian, lo
que no constituye la ocupación principal ni típica de los alcaldes, concejales
o capitanes de barco. Luego, los matrimonios se pueden festejar –que no celebrar
o hacer-
nada, poco o mucho, por decisión de sus protagonistas, sean matrimonios
católicos, de otros cultos o civiles. Hay
parejas que se casan en una capilla lateral, con muy pocos invitados, como las
hay que, tras pasar por el Ayuntamiento, festejan después el acontecimiento con
pocos o numerosos invitados, de muchas formas distintas y ni qué decir tiene
que con muy pocos, bastantes o muchos gastos. De manera que la cuestión del testigo del matrimonio puede y debe resolverse
con independencia de la del festejo social y sus gastos, debate desatado
enseguida tras el último “globo sonda”.
Y es que parece que el
método legislativo actual incluye, ante todo, el “globo sonda” socio-mediático,
a base de “filtraciones” y lo que se lanza a la opinión pública no es un
borrador de regulación ni nada parecido, sino una idea simple y suficientemente
llamativa, que frecuentemente debe conectar con un conjunto de normas: los “cabos
sueltos” del “globo sonda”. El debate social difícilmente identifica bien el
“globo”, sino que fácilmente se enmaraña con los “cabos sueltos”. Y así,
se piensa enseguida, por ejemplo, que quedaría muy poco lucido el matrimonio
celebrado en el despacho de la notaría como si se fuese a firmar un préstamo
hipotecario.
Se mezclan asuntos
diversos. No se me ocurre más que una cuestión perfectamente planteable
respecto del mero acto de celebración de un matrimonio civil: el coste de ese
acto, ¿sería mayor o menor ante Notario que ante un concejal? Pero esta
pregunta no puede tener aún ninguna respuesta, porque la intervención notarial
en la celebración de matrimonios no está prevista en sus aranceles y la
provisión de fondos para gestiones complementarias es imposible de calcular.
Lo mismo que dar fe del
casamiento (separable del festejo), podrían también los notarios dar fe de
decisiones unilaterales de separación o divorcio que, por sí solas, tuviesen legalmente
previstos unos efectos determinados, una vez inscritos los hechos relevantes en
el Registro. Y, por supuesto, ante Notario se pueden ya hacer constar acuerdos
sobre cuestiones económicas que dependan de la voluntad de quienes se casan o
de quienes se separan o se divorcian. Mucho más dudoso -por decirlo suavemente-
resultaría que la custodia de los hijos menores y visitas, etc., dependiese sin
más ni más de lo que acuerden los consortes, solos o ante Notario. Y también
sería muy discutible -otro eufemismo- que se atribuyese a los Notarios tener en
cuenta, respecto de los menores, cuál es su voluntad y preferencia, para
decidir después lo que sea más conveniente para los chicos. Eso, ahora, nada
tiene que ver con la celebración del matrimonio ante una autoridad municipal,
que, por supuesto, carece de competencia, atribuida a los Juzgados de
Familia o, en ciertos casos, a los de Violencia contra la mujer (por
disposición legal que debería revisarse, como casi todo lo relativo a esos
Juzgados especialísimos).
Una primera conclusión
es no mezclar un posible cambio circunscrito a la celebración de los matrimonios o uniones como los PACS franceses (Pacte Civile de Solidarité) con las
vicisitudes posteriores, que no dependen de uno solo de los contrayentes, sino
que suponen una controversia entre ellos, así como las que afecten a hijos
menores, en las que el bien del menor es lo que se debe buscar y para lo que no
es suficiente siquiera el acuerdo de los mayores de quienes los menores venían
dependiendo, por lo que resulta oportuna la intervención decisiva de una
autoridad ajena e imparcial (acierte ésta más o menos). Esa autoridad son ahora
los jueces. Y deben seguir siéndolo, sin duda alguna.
No veo a los notarios
-y seguramente ellos tampoco se ven- resolviendo los asuntos litigiosos
matrimoniales o de familia. Si las controversias en estos asuntos –atribuidas a
los jueces en todos los países que conozco- se quisiesen administrativizar y
convertir en asuntos de la denominada “jurisdicción voluntaria”, confiados a no
jueces, se cometería, a mi parecer, un tremendo error en distintos planos. Y,
conforme a nuestra Constitución (CE), ninguno de los litigantes podría
carecer de tutela judicial, antes o después (art. 24.1 CE), es decir, que los
tribunales de justicia no pueden -ni deben- ser excluidos.
No son estas aclaraciones
tan elementales, aunque quizá resulten útiles, lo que me mueve principalmente a
escribir hoy sobre el último “globo sonda”, sino, sobre todo, que el “globo” se
haya lanzado a la opinión pública en relación con al “colapso de los Juzgados”,
con la carga de trabajo que pesa sobre los órganos jurisdiccionales españoles.
Porque es ridículo pensar que los asuntos matrimoniales y de
familia son decisivos en el célebre “colapso”,
cuando no representan siquiera un 10% de
los asuntos ingresados en la jurisdicción civil durante el último año del que
se tienen cifras: de los 1.984.098 asuntos civiles que entraron en los
tribunales en el 2010, en este mismo año los nuevos asuntos familiares y
matrimoniales sumaban 156.831, muchos de ellos nunca asumibles por los
notarios (para empezar, los 19.139 que correspondieron a Juzgados de
Violencia contra la mujer). La invocación del “colapso”, con el añadido recalcitrante -porque ya hemos demostrado
que es falso- de seguir hablando del aumento de la litigiosidad, que no hace
sino disminuir desde 2008 (lo saben en los Juzgados y en los despachos de
abogados, sean grandísimos, medianos o unipersonales), está sirviendo lo mismo
para un roto que para un descosido. En los Juzgados de Familia, lo que da más trabajo es lo que nunca podrían hacer ni alcaldes ni notarios: las controversias posteriores al matrimonio, a la separación o al divorcio (lo que en la jerga forense llaman "ejecución").
Aunque en la reciente Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil (BOE de 22 de julio), el art. 58.1 establece expresamente que "la celebración del matrimonio en forma civil corresponde a los Alcaldes o a los Concejales en quienes aquellos deleguen" (ley muy desafortunada por muchos motivos, que el PP contribuyó a aprobar), no seré yo quien se oponga a que, meses después, se disponga que los Notarios quiten ese trabajo a los ediles
en el sentido que he tratado de precisar, por más que la Federación
Española de Municipios y Provincias (FEMP) no haya pedido socorro ante un “colapso”
de las administraciones municipales a causa de los casorios. Los Notarios -lo
sabe media España- están en una situación muy apurada a causa de la crisis
económica. De manera que me parece bien que la situación se les alivie con un razonable
trabajo adicional a costes asequibles. Pero de ahí a pensar que la asunción de
esta función en el ámbito matrimonial va a ser relevante para arreglar nuestra
Justicia -o para recuperar a las notarías- media la distancia inconmensurable
que habría mediado entre el hundimiento del Titanic y su reparación a flote y posterior navegación hasta el
puerto más próximo. Los notarios pueden lograr quizá algo semejante a la
salvación de unos cuantos pasajeros más del Titanic, como una docena adicional de botes neumáticos que
hubiesen estado disponibles, tras chocar con el iceberg.
Ahora mismo, nuestra Justicia no se está yendo a pique como el Titanic, pero tiene averías y hasta vías de agua bastante preocupantes, aunque no tan tremendas como la causada en el Costa Concordia por el criminal payaso Schettino, un idiota, vanidoso y creído, navegante inepto y promocionado incomprensiblemente para mandar tamaño barco, cuando no se le podría confiar ni el barquito del estanque del Parque del Retiro (¿se investigará quiénes, cómo y por qué pusieron en el puente a ese patético cobardón, inútil y mentiroso?) (Y, ¡cuidado todos!, que aunque haya pocos barcos como el Costa Concordia, abundan los “capitanes” como Schettino en todos los mares, también en los judiciales).
Ahora mismo, nuestra Justicia no se está yendo a pique como el Titanic, pero tiene averías y hasta vías de agua bastante preocupantes, aunque no tan tremendas como la causada en el Costa Concordia por el criminal payaso Schettino, un idiota, vanidoso y creído, navegante inepto y promocionado incomprensiblemente para mandar tamaño barco, cuando no se le podría confiar ni el barquito del estanque del Parque del Retiro (¿se investigará quiénes, cómo y por qué pusieron en el puente a ese patético cobardón, inútil y mentiroso?) (Y, ¡cuidado todos!, que aunque haya pocos barcos como el Costa Concordia, abundan los “capitanes” como Schettino en todos los mares, también en los judiciales).
Puestos a confiar asuntos a los notarios y ya que otros han sacado el
tema, se me ocurre que en la anunciada Ley de Mediación bien podría reconocerse
a los notarios -no hablo ya de sus Colegios, sino de cada uno de los notarios-
un importante papel (aunque, desde luego, no exclusivo) como mediadores en controversias civiles y mercantiles. Se aprovecharían así las cualidades humanas y los conocimientos jurídicos de los notarios. Y cuando
se llegase a un acuerdo, éste, en muchos casos, sería un título ejecutivo
aceptable gracias a la fe pública notarial.
Pero a lo que voy principalmente con este “post” es a que el “colapso” actual en la Justicia es por caos, por un desorden excepcional
en la Justicia, mucho más que por número de asuntos. No digo que los Jueces y
Magistrados (y, sobre todo, los Jueces) no estén sobrecargados. Lo que digo es
que el desorden interno es un
factor mucho más influyente, el más influyente. El desorden era menor cuando el
número de asuntos que llegaban a los Juzgados, a las Audiencias y a los
Tribunales, en verdad no dejaba de aumentar. Con esto no pretendo atacar el modelo de Nueva Oficina Judicial (NOJ), sobre
el que ya he dicho lo que tenía que decir y es asunto que me aburre. Lo de los modelos se lo dejo a los teóricos del modelismo social, a los diseñadores y
tutores de cursos sobre la NOJ, a los confeccionadores de protocolos, a los animadores externalizados de gestores
y tramitadores, a los diseñadores de
aplicaciones informáticas judiciales y, en definitiva, por supuesto, al
dinámico dúo Ministerio-Consejo General del Poder Judicial (por cierto, he
comprobado, desde ordenadores y con “servidores” muy diferentes, que al entrar
en la web del CGPJ es muy frecuente que internet se cuelgue).
Ya lo he dicho en el “post” anterior: no tengo ninguna pretensión de que
las cosas de la Justicia en España vayan por aquí o por allá. Si digo que el
“colapso” es por caos interno en los Juzgados y Tribunales (sobre todo en los Juzgados) carezco
de segunda intención. Sólo tengo una primera intención, que es decir lo que me
consta que ocurre cuando veo que se está engañando a los ciudadanos y pienso
que si me quedara quieto, callado o ágrafo, parecería que estoy conforme con
las mentiras y los engaños, que los doy por buenos o justificados. Y lo que ocurre
en la realidad, aunque contraríe a quienes se involucraron e ilusionaron mucho
con el modelo teórico que se
presentaba como la solución, es que
tenemos un gran desorden en la base orgánica de la Justicia. Ése es el “colapso de los Juzgados”. Eso es lo que
habría que afrontar, en vez de culpar a los justiciables, a los litigantes,
acusándoles de los nuevos pecados mortales: litigar
demasiado, abusar de la segunda
instancia. Pero no, la clave es reducir los plazos a los litigantes (a sus
Abogados) y hacer más cara o menos segura la Justicia. Y todo, paradójicamente,
en nombre del “servicio público de la Justicia”. No, así la Administración de Justicia
no serviría mejor a quienes la necesitan, sino a los propósitos de quienes,
fuera de ella y sin protagonizarla de ningún modo, viven de ella. Me parece
demasiada distorsión, con excesivo engaño, para quedarme callado. Si me equivoco, lo que es posible, que no sea por el silencio.