lunes, 3 de febrero de 2014

UNA IMPUTACIÓN DE LA POLICÍA PARA DESTRUIR LA JUSTICIA

LO QUE NO ES JUSTICIA NI PERIODISMO NI POLICÍA


Voy a ser brevísimo. Acabo de ver en el diario EL MUNDO (y después están "repicando" en todos los medios la misma "noticia") estos grandes titulares:

La Policía implica a Álvarez-Cascos como perceptor de comisiones de la trama Gürtel

Vaya por delante que hace tiempo que no pongo la mano en el fuego por nadie del mundo del dinero y de la política, aunque también me guardo mucho de prejuzgar negativamente a ninguna persona.  Pero si es cierto lo que se dice en EL MUNDO sobre la denominada UDEF, tampoco puedo -tampoco podemos- poner la mano en el fuego por nuestra policía, lo que es de extrema gravedad, más aún que no poder fiarse de muchos pretendidos periodistas. Si Francisco Álvarez Cascos ha recibido comisiones ilícitas y delictivas, muy bien estará que se le acuse y se le condene. Pero no de este modo: no por la policía ni por ningún medio de comunicación. No por quien no tiene el deber y la responsabilidad de acusar y de condenar.
 
Si la denominada "Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal", además de investigar, imputa y condena ante la opinión pública, porque sus informes son públicos, ¿para qué queremos jueces y magistrados y procesos penales y preceptos legales, Constitución incluida?
 
Si aceptamos que el deshonor y el descrédito absolutos, que son durísimas condenas para mí y supongo que para cualquier lector habitual de este blog, se impongan de esta manera, cualquier día podemos, cualquiera de nosotros, ser víctimas del delito de calumnia, con todas sus tremendas consecuencias, también laborales y económicas. El delito no se puede combatir impunemente cometiendo delitos. Y eso es lo que ocurre en casos como éste, que traigo a colación por su especial claridad.
 
En "El Confidencial", Carlos Sánchez ha publicado un artículo de mucho interés sobre la prensa española, en la que lo menos relevante es el título. Les recomiendo que lo lean, porque hay mucho conocimiento de causa en ese texto y mucha sensatez en el análisis. Ya imaginan, por lo que aquí llevo dicho, qué largos párrafos suscribo por completo. Les dejo el enlace, con la recomendación de lectura: http://blogs.elconfidencial.com/espana/mientras-tanto/2014-02-02/pedro-j-ramirez-suicidio-o-asesinato_83840/
 
Noten algo que no suele llamar la atención cuando, por el contrario, es altamente significativo: el anonimato. ¿Quién es la UDEF? ¿Acaso escriben (muy mal, por cierto) informes los entes: las "unidades", los "servicios", los "negociados", las "agencias", etc? No: los papeles los escribe siempre alguien, aunque sean muy reservados. Que no se admitiesen en ninguna parte papeles no firmados, anónimos, ni informaciones de referencia sobre anónimos, sería una radical medida, muy saludable para no ir cometiendo fechorías.
 
Para terminar, por hoy: vengo observando que los asuntos en que menos se cumple una mera sombra del secreto del sumario son aquéllos que se siguen en el ámbito de la Audiencia Nacional. Desde su creación, me ha disgustado, como tribunal penal especial, la Audiencia Nacional. Se puede justificar la especialidad respecto de terrorismo o bandas criminales, porque sólo cabe proteger especialmente a unas pocas personas. Pero la competencia sobre delincuencia económica es a todas luces excesiva y concentra un poder enorme. Y ya lo dijo muy claramente -entre otras muchas cosas lúcidas- Lord Acton: Power tends to corrupt and absolute power corrupts absolutely.
 
 

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Nо estoy del todo deacuerdo con el art�culo, sin embarǥo me parece bien el contenidο dell mismo.Saludos ;)

Para informarse mas :: Mar

Unknown dijo...

Saludos, Andres. Sigo su blog (intermitentemente) desde hace un tiempo. Mi pregunta no viene a colación de este post (mas que tangencialmente) pero no se me ocurríadonde formulártela::
Segun la legislación actual en España, ¿Puedo grabar en audio una clase en la que yo soy alumno?
Mi interes principal es grabar una serie de aseveraciones de caracter político que suele hacer el profesor, y, si procede, presentarlas como prueba para quejarme de su actitud. Ni el profesor ni el resto de alumnos serían conscientes de ser grabados en audio. La grabación se realizaría en un aula de clase de un centro público. Todos los alumnos somos mayores de edad. Obviamente yo siempre estaría presente como alumno. La grabación se realizaría unicamente en audio. ¿Valdría como prueba? gracias y un saludo

Andrés de la Oliva Santos dijo...

A mí me parece que una clase es pública (no habría invasión de la intimidad) y que el hecho de grabarla tampoco atenta contra la propiedad intelectual, porque eso exigiría atribuir el contenido a persona distinta de quien es grabado o utilizar en propio provecho el trabajo ajeno. Tampoco se me ocurre que la traída y llevada protección de datos personales se pueda oponer a la grabación, porque lo que se dice en una clase no es ningún dato personal. No veo por qué podría jurídicamente privarse a esa grabación de valor probatorio. No dudo de que otros opinarán en sentido contrario, pero las opiniones que conozco en tal sentido me parecen infundadas. Recuerdo un documento oficial de mi Universidad en contra, pero no logro encontrarlo.