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lunes, 12 de marzo de 2012

ESTE CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (CGPJ) NO TIENE REMEDIO NI ARREGLO: ESPECIALISTAS EN NO HACER LO QUE DEBEN Y EN HACER LO QUE NO DEBEN



CUANDO NO INTERESAN NI EL CONFLICTO DE INTERESES NI LAS INCOMPATIBILIDADES...Y CUANDO EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA SE INSTALA EL ESTILO DEL CGPJ
(añadido el 15 de marzo de 2012)

Una Asociación profesional de jueces y magistrados (en adelante, para simplificar, hablaré sólo de jueces) protestó hace unos días al enterarse de que el Ministerio de Justicia ha instituido dos comisiones -una, para la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y otra, para la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)- donde -dice la aludida asociación- no están representados los jueces con experiencia, sino sólo magistrados con historial de política judicial e incluso uno que procede de la Carrera Fiscal. Añadiré que dos Vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) integran esas comisiones, sin que ninguno de ellos acredite especiales conocimientos ni posea una autoridad mínimamente reconocida respecto de la materia correspondiente.
No tengo más conocimiento detallado de la composición de esas comisiones y me parece que en la queja asociativa hay un cierto olvido, pequeño pero importante, de que las leyes son cosa del Parlamento y los proyectos de ley, del Gobierno, sin que se diga en norma alguna, escrita o consuetudinaria, que existe una suerte de derecho a la elaboración de anteproyectos o proyectos legales mediante mecanismos de representación corporativa. Lo que la prudencia impone al Gobierno y al Parlamento es no legislar sin tener en cuenta la experiencia, la realidad, porque aprobar nuevas leyes por aprobarlas, sin que importe su contenido, no es cometido de ningún verdadero legislador, sino un puro vicio de demagogia y despotismo. Frecuente, bastante frecuente, pero no por eso menos abominable. Quien legisla tiene el deber de informarse e ilustrarse para hacer leyes practicables que supongan mejoras, pero eso es una cosa y otra, bastante distinta, que los afectados por la norma tengan algún derecho, escrito o supralegal, a estar representados corporativamente en su elaboración. No hay tal derecho, sin olvidar, por lo demás, que no son pocos los que sobre ciertas materias tienen experiencia, sí, pero no una buena experiencia, sino una experiencia mala, o una experiencia de la que no han aprendido nada bueno. Bastantes experimentados no pueden aportar sino el conocimiento de sus rutinas, en ocasiones poco defendibles racionalmente.
Aclarado esto, no digo que carezca de razón en su crítica la asociación judicial aludida cuando, en un contexto de diálogo y participación representativa que es el mismo Ministerio quien lo ha creado, la comisión ministerial no permite tal participación o la encarna en unas pocas personas poco adecuadas. Pero lo que me parece sin duda más grave de todo ese mejunge de comisiones es que, siendo iniciativas y responsabilidad del Gobierno, del Ejecutivo, participen en ellas con total tranquilidad dos miembros de un órgano constitucionalmente creado para desapoderar al Ejecutivo de sus relaciones con la Justicia y, de este modo, garantizar la independencia de los jueces.
Como se sabe y se ha dicho desde hace mucho tiempo, no es el Ejecutivo el único capaz de influir negativamente en la independencia judicial. Peor aún son los ataques a esa independencia desde dentro de la estructura del Poder Judicial. Pero la Constitución de 1978 se ocupó de esa amenaza no única e “inventó” el CGPJ. El invento y, sobre todo, sus características constitucionales, son, desde luego, susceptibles de crítica.  Pero lo que resulta inaceptable es que los miembros del CGPJ incumplan su papel constitucional y contradigan con su comportamiento el sentido y finalidad del órgano al que pertenecen voluntariamente. No soy yo quien afirma que la Constitución se propuso con el CGPJ desapoderar al Ejecutivo (en concreto, al tradicional y universal Ministerio de Justicia) de sus posibles influencias sobre los jueces. Hay una sentencia del Tribunal Constitucional absolutamente clave sobre el CGPJ: la Sentencia 108/1986, de 29 de julio. Es una sentencia muy comentada y criticada, pero nunca en el punto que acabo de recordar: desapoderar al Ejecutivo como razón de ser del CGPJ. Este punto supone que pertenecer al CGPJ e involucrarse en actividades del Gobierno de la Nación, del Ejecutivo, es un caso clarísimo de conflicto de intereses. Pero de eso (casi) nadie quiere saber nada, aquí y por esos mundos de Dios.
Que no se invoque la cooperación entre los órganos de distintos poderes. Porque la cooperación tiene límites y del mismo modo que no es concebible que en una Comisión legislativa del Congreso o del Senado se sienten Ministros o Secretarios de Estado (o al revés, que en un grupo de trabajo prelegislativo del Gobierno se aposenten parlamentarios), quienes han de velar por la independencia de los jueces -en especial, frente al Ejecutivo y desapoderando a éste- no están para colaborar institucionalmente con el Ejecutivo.  Por si alguno tuviese dudas sobre la colaboración en los casos de las citadas comisiones, vea que, según el art. 108.1 LOPJ, una de las funciones del CGPJ es “informar los anteproyectos de leyes y disposiciones generales del Estado y de las Comunidades Autónomas que afecten total o parcialmente a alguna de las siguientes materias:
a.     Determinación y modificación de demarcaciones judiciales y de su capitalidad en los términos del artículo 35 de esta Ley.
b.     Fijación y modificación de la plantilla orgánica de Jueces, Magistrados, secretarios y personal que preste servicios en la Administración de Justicia.
c.      Estatuto Orgánico de Jueces y Magistrados.
d.     Estatuto Orgánico de los secretarios y del resto del personal al servicio de la administración de justicia.
e.      Normas procesales o que afecten a aspectos jurídico-constitucionales de la tutela ante los Tribunales ordinarios del ejercicio de Derechos Fundamentales y cualesquiera otras que afecten a la constitución, organización, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales.
f.       Leyes Penales y Normas sobre Régimen Penitenciario.
g.     Aquellas otras que le atribuyan las Leyes.”
¿Tiene algún sentido que Vocales del CGPJ ayuden al Ejecutivo a preparar anteproyectos de ley sobre los que después tendrán que votar para los informes preceptivos del CGPJ? La cuestión no es nueva. Siendo Ministro de Justicia el actual alcalde de Zaragoza, Juan Alberto Belloch Julbe, requirió la colaboración de dos Vocales del CGPJ (yo era uno de ellos) para elaborar anteproyectos de leyes. Aunque hay rastro escrito, no lo tengo a mano y no recuerdo las fechas de nuestros contactos, pero tuvo que ser entre el 14 de julio de 1993, en que fue designado Ministro de Justicia y el 5 de mayo de 1994, en que asumió también la cartera de Interior. No tuvimos, ninguno de los dos Vocales, la menor duda de que era impropio trabajar para el Ejecutivo en asuntos que después nos tocaría dictaminar.  Evidentemente, no era cosa de que, llegado ese momento, nos abstuviéramos: ¿nos íbamos a abstener de lo que teníamos como función y deber propios y específicos por habernos dedicado antes a lo que no era nuestra función? Sería contrario a toda lógica. Sería -era- indefendible.
Pero, por si cupiera alguna duda, nosotros no olvidamos lo que decía y dice el art. 117.1 LOPJ: “Los miembros del Consejo General del Poder Judicial desarrollarán su actividad con dedicación absoluta, siendo su cargo incompatible con cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos o no, a excepción de la mera administración del patrimonio personal o familiar. Les serán de aplicación, además, las incompatibilidades especificas de los jueces y magistrados enunciadas expresamente en el artículo 389, apartado 2., de la presente Ley Orgánica.”
¿No está claro este precepto? ¿No es integrarse y participar en comisiones formadas por el Ministerio de Justicia cuando menos una “actividad” distinta de la “mera administración del patrimonio personal o familiar”?
Que un Ministro de Justicia recién llegado no domine el estatuto jurídico de los Vocales del CGPJ no es nada extraño. Que no se pare mucho a pensar en el conflicto de intereses no me asombra lo más mínimo, porque, como ya he dicho, en el conflicto de intereses no piensa nadie para evitarlo: piensan, si acaso, para incurrir en él y para sacarle provecho, no siempre delictivo, pero siempre indecente e inmoral. En cambio, que el Secretario de Estado del Ministerio de Justicia, que lleva años en el ambiente del CGPJ, no repare ni en la lógica de las instituciones ni en los mandatos legales transcritos, carece de toda justificación. Pero es perfectamente explicable según la trayectoria fáctica constante, en no menos constante desprecio de la ley, que viene caracterizando, con muy pocas excepciones personales, a las últimas “ediciones” del Consejo General del Poder Judicial. De los Vocales que han aceptado ese “encargo” del Ejecutivo y del Presidente del CGPJ, Carlos Dívar, que presencia el espectáculo sin otra reacción que la de aplaudir, felicitar y felicitarse, más vale no hablar. La Constitución y la LOPJ les condenan sin remisión.
Y que esto lo esté escribiendo un servidor, mientras que la única asociación judicial crítica con las comisiones no dice nada parecido y las demás asociaciones guardan silencio, es revelador, no sólo del compadreo asociacionil, sino también de la inercia y de la ausencia de sentido jurídico-legal con que la mayoría de los jueces transitan hoy su propia carrera.  Lamento decirlo, pero lo digo con mucha tristeza: de nuevo salvo excepciones, la inmensa mayoría no ven más allá de sus propias narices. ¡Qué pena!  El CGPJ no tiene remedio ni arreglo. Pero, ¿lo tienen las asociaciones judiciales? ¿Lo tiene una Carrera Judicial maltratada, sí, pero también anestesiada y aborregada? ¡Ójala los hechos nos demuestren que van a reaccionar pronto positivamente!

Por supuesto, no me he ocupado de las comisiones ésas porque me parezcan decisivas del futuro de España o de nuestra Justicia. Lo que he contado y valorado sólo es un síntoma. Pero ¡qué síntoma, amigos! Uno de ésos que no se pueden pasar por alto. [AÑADIDO: Hoy, 15 de marzo de 2012, me llega información directa sobre esas comisiones, además de encontrarme con que el diario ABC se hace eco de este "post". Sobre las Comisiones, vean http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-3569 y http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-3570. Me importa aclarar que veo nombres de queridos compañeros universitarios y de otros profesionales del Derecho (magistrados, fiscales), que me parecen idóneos. El plazo que se les da, cinco meses, es a todas luces insuficiente.]

viernes, 29 de abril de 2011

CINCO MILLONES DE PARADOS Y AQUÍ NO PASA NADA


UN VIRUS PARALIZANTE, EL “NHNQH”: “NO HAY NADA QUE HACER

Broncas sobre bobadas, a todas horas y en todos los ámbitos durante los últimos días. “Y tú más”, “y tú más”. “Si yo soy corrupto, ¡anda que tú!” “Si yo negocié con ETA, tú también”. “Yo llevo imputados en mis listas, pero tú llevas condenados”. Fútbol: “Pep” contra Mourinho y Mourinho contra “Pep”. Continúan las peleas mediáticas del más bajo nivel y los altercados entre "famosos televisivos", meros profesionales del más rastrero time-share. Y así sucesivamente. Pero inacción absoluta sobre todos y cada uno de los muy serios problemas reales. No se recorta un euro del gasto público inalterablemente desmadrado, no se proponen políticas generales medianamente esperanzadoras respecto de los asuntos de mayor relevancia, nada se hace para reactivar el empleo. Encuestas y más encuestas sobre las inminentes y las no tan inminentes elecciones. Pero siguen las subvenciones a los amiguetes. Insisten los legisladores locos en sus ocurrencias. Continúan las riñas de patio de colegio en la clase política. Y la inflación sube, el gasto público ni siquiera hace ademán de moderarse, el endeudamiento prosigue y el paro no para de aumentar.

Hoy, la malísima noticia de los casi 5 millones de parados es relegada a un segundo plano, en bastantes “medios”, porque, al parecer, lo importante para España y el mundo es que se casa un hijo del “primo Charles” y de Lady Di con Mss. Kate Middleton: invitados, modelitos, “siga la ceremonia en directo”, etc. Y “el Gobierno de España” considera “inasumible” ese dato del paro. ¿Qué quiere decir que es “inasumible”? ¿Qué no lo acepta, que no se lo traga, que se opone a esa realidad y protesta ante ella como se podría oponer y protestar contra la invasión de España por una potencia extranjera? ¡Cualquiera sabe si quieren decir algo y no lo han logrado o si, más bien, dicen lo de “inasumible” para que no sepamos ni entendamos qué piensan o, más probablemente, para disimular que encuentran dificultades insuperables para pensar alguna actuación!

Y luego vienen las insinuaciones sobre la nula fiabilidad del dato del paro, aunque si algún mes baja el paro, entonces la fiabilidad es absoluta. Y los “medios” insertan encuestas a ver si creemos que el paro oficialmente declarado es así, es menor o es mayor. Respuestas para todos los gustos. Y, de tanto en cuando, salta el gran argumento: “si fuesen ciertos los datos del paro, España habría estallado, estaría ardiendo por los cuatro costados, etc.”

Error craso el de esa presunta prueba infalible. Y me parece muy importante analizar y desmontar el "argumento". Aquí no estalla nada ni arde nada. Está todo empapado en la incombustible sopa boba de la desmoralización y el conformismo escapista. Lo que está, eso sí, perfectamente probado es que la inmensa mayoría de los españoles estamos aguantando de todo y no precisamente desde ayer. Los que no encuentran crédito para su trabajo de autónomo o su pequeña empresa, los que han sido ahogados por los impagos (le llaman retrasos, pero son impagos) de las Administraciones y empresas públicas, los agricultores, los profesores de todos los niveles, los litigantes que ven dilatadísimos sus pleitos, los abogados y procuradores absolutamente desconcertados por las “novedades” que enredan y paralizan los trámites, los conductores, los hoteleros y restauradores, los hipotecados, los pensionistas, los fumadores, las familias con problemas de conducta en alguno de sus miembros, los damnificados por una delincuencia que no disminuye sustancialmente, bastantes Jueces y Magistrados vejados por el legislador y agraviados por su máximo “órgano de gobierno”, el Consejo General del Poder Judicial… Todos aguantando sin rechistar. Lo mismo que los ciudadanos de todo tipo indignados por el comportamiento de la “clase política”, ante el recorte implacable de las libertades, ante el aumento de las prohibiciones, ante impuestos injustos y desigualdades obscenas, ante la presión del más intenso y pluriforme conductismo jamás padecido. En todos ellos, en todos nosotros, opera el virus NHNQH, paralizante, por un lado y, por otro, hiperestimulante de la necesidad de distracción. Aunque en número creciente cada día, unos pocos pugnan contra esto o lo otro mediante internet, pero el virus de marras les infecta pocos meses después: “NO HAY NADA QUE HACER”. Y es que, se han ocupado a fondo -los de arriba por su interés, los de abajo por comodidad, por debilidad, por ignorancia, muchas veces en absoluto culpables- de que NO HAYA NADA QUE HACER o así lo parezca.

No funciona seriamente ninguna reacción. Nada tiene trazas de ser enmendado, porque nadie con poder quiere la enmienda. Pero hay que sobrevivir. Es ésta, muy precisamente, una elementalísima ley de vida: procurar sobrevivir. De modo que se tira la toalla, porque mantener la batalla es durísimo, matador y desesperanzador. Comprensiblemente, se da la espalda a una insoportable realidad mediante el recurso a la distracción, suministrada consciente o inconscientemente por todos los causantes de lo insoportable. Éstos, los que no fueron dirigentes ni políticos ni económicos, sino mercaderes de lo público en máximo conchabamiento con lo privado, éstos, o sus fieles sucesores, no paran de aumentar su presión y de proveer distracciones. A distraerse, pues, sin pensar en más o, a lo sumo, esperando, sin motivo ni razón, que pase el temporal, que amaine la borrasca…, que no pasan ni amainan, porque no se trata ni de un temporal ni de una borrasca.

Sin dirigentes responsables ni buenos ejemplos, por miopía y comodidad iniciales, por cobardía de tantos cuando aún era tiempo, por un fomentado y generalizado individualismo egoísta, se ha permitido que llegásemos a la situación en que opera el virus NHNQH, se ha dejado que llegase el momento histórico del “NO HAY NADA QUE HACER”. Yo lo he ido viendo especialmente claro en la enseñanza superior y en la Justicia. El socialismo ha destruido la Universidad pública, abriendo las puertas a unas Universidades privadas, casi todas ellas alejadas de cualquier noción elemental, mínimamente admisible, de lo que es una Universidad, sea quien sea su titular. Han destruido las carreras universitarias, para dar paso a “masters” que, en su gran mayoría, son camelísticos, inidóneos para sustituir lo destruido, sólo adecuados al lucro de unos pocos.

LA JUSTICIA NO PUEDE AMPARARNOS: YA NO QUEDAN MUCHOS JUECES Y MAGISTRADOS CONSCIENTES DE LO QUE SON Y DECIDIDOS A NO SER TRANSFORMADOS EN SIMPLES FUNCIONARIOS

Pero, ¿y la Justicia? ¿No podemos ampararnos, como teóricamente podríamos muchas veces, en el Derecho, en las normas jurídicas razonables y justas que aún subsisten? Mala salida la de confiar en ese amparo, porque Jueces y Magistrados, influidos durante los últimos lustros por un devastador fomento del egoísmo individual y corporativo, difícilmente pueden ya enderezar las cosas, incluso si quieren. Los Jueces y Magistrados, mayoritariamente, no se ven, ni se quieren ver, como depositarios (sí, depositarios, según la Ley Fundamental) del efectivo imperio de la ley. No quieren ya servirnos como garantía ante el abuso y la arbitrariedad: pretenden o se conforman con ser unos funcionarios más, que resuelven conflictos, con mayor o menor respeto al Derecho. Están centrados en su bienestar profesional. Están desincentivados para el supremo servicio de hacer y de hacernos Justicia, que requiere un altruismo indeclinable. No se defienden como Jueces y Magistrados, con las pacíficas armas de las ideas que no cabe abandonar: las ideas del poder independiente y de la Justicia necesaria, firmemente apoyadas, como podrían estar -como están, desde el punto de vista jurídico-, en la Constitución en vigor. Rodeados y presionados por la Administración y por sus propios “jefes” en el interior de la Justicia, flanqueados a todas horas por personas con formación jurídica básica próxima a cero, la mayoría de los Jueces y Magistrados ha tirado la toalla. Y buena parte de ellos mantienen aspiraciones, sí, pero son las de su propia y personalísima mejora personal y profesional, algo que requiere ingresar de algún modo en la subclase política judicial, única estimulada por el Gobierno de la Nación y por el mismísimo Consejo General del Poder Judicial, politizado desde su médula hasta sus últimas terminaciones nerviosas. Esa minoría judicial política, que es la única noticiosa, alimenta el desánimo, la inacción y la pasividad de la mayoría. Muchos Jueces y Magistrados saben que, año tras año, han sido arrinconados, rodeados de condicionamientos y de obstáculos, neutralizados en la impartición de la Justicia. Lo saben bien (en general: algunos tontos hay en todas partes). Pero han decidido resignarse, aceptar, acatar, guardar silencio. Muchos están incluso dispuestos a integrar rediles (los “Tribunales de Instancia”, destructores de la independencia judicial) con pastores que les instruyan a todas horas.

Y de las Universidades, donde teóricamente se cultivaría el espíritu crítico, centros del saber que no se oculta ni se condiciona ni se rinde, tampoco podemos esperar que se constituyan en motores de renovación, de cambio, quizá lentos, pero perseverantes y seguros. Quedan, sí, muchos universitarios no personalmente enfangados en la interesada promoción de la mentira (o las medias verdades, es lo mismo) que fundamenta los abusos; quedan muchos no vendidos ni alquilados a lo que, en cada momento, interesa a los poderes reales, precisamente los que nos han conducido a la situación globalmente insoportable. Pero esos muchos universitarios individualmente sanos, carecen ya de suficiente intensidad en su amor a la verdad y a la limpieza. Y no se movilizan. Aguantan mecha, como si dijéramos, incapaces de articular un ¡BASTA YA! colectivo. Han firmado cartas, declaraciones y manifiestos, que ni siquiera han merecido acuse de recibo. Y, llegados al borde de la degradación (estimulada por intereses oscuros, como está sucediendo con la Universidad Complutense), ya no se plantean movilizarse. Ante todo porque(como les ocurre a los Jueces) bastante tienen con apechugar, a diario, con lo que les exige una caterva de necios y mediocres (y vagos), armados con el BOE para imponer su “política educativa”, que nada tiene que ver con educar. El poderoso lobby seudopedagógico-psicológico-sociológico, al que no le interesa si los futuros graduados serán capaces de hacer la “o” con un canuto, ha empastado a la perfección con la subclase política educativa y, más en concreto, universitaria.

Así veo la realidad, lo siento mucho. Es una realidad que me parte el alma. Pero no puedo negarla, sino que debo, mientras mantenga esta tribuna (cosa de la que ya dudo, por cierto), reconocerla y decirla. La verdad es que se necesitan resortes morales muy potentes (casi diría, excepcionales) para seguir en la batalla. Me parece bueno, necesario, ser conscientes de ello. Me parece mucho mejor que ignorar la dureza de la realidad y la muy consolidada fuerza de los adversarios. Y comprendo y disculpo por completo a los exhaustos, a los cansados, a los que ya no se encuentran con fuerzas. Aunque entre ellos no pueden contarse los que nunca han batallado o se han dado por vencidos a las primeras de cambio: tantos quejicas actuales. Los que llevamos mucho tiempo en la pacífica pelea, sí tenemos derecho al retiro. Porque, bien mirado, no hemos acabado contagiados del virus NHNQH (“no hay nada que hacer”). No hemos portado nunca ni portamos ahora ese virus: ocurre, sencillamente, que, en realidad, apenas hay nada que hacer (aunque, por otra parte, esté casi todo por hacer o rehacer).

Los combatientes veteranos tenemos muy bien ganado el derecho a retirarnos. Entre unos y otros y pese a nuestros empeños, nos han llevado a un estado de cosas tremendo, donde no tiene cabida, para personas informadas y medianamente experimentadas, ningún optimismo infantil o adolescente, ilusorio, basado con frecuencia en un voluntarismo optimista con fuertes dosis de moralina. Si se sigue resistiendo activamente, que sea con plena y madura conciencia y entendimiento de lo que hay.

No nos engañemos ni engañemos. Y no aceptemos nuevos bandos de “buenos” y “malos” que no pueden formarse con serio fundamento, ni histórico ni moral ni intelectual. Resurgen, sí, los odiadores, religiosos, deportivos, políticos e ideológicos, con una misteriosa maldad y con la máxima inoportunidad. Pero, lamentablemente, resurgen asimismo militancias opuestas con muchas lagunas intelectuales, también con defectos morales y con dosis de oportunismo, sin capacidad para volar alto y largo. NO HAY NADA QUE HACER y TODO ESTÁ POR HACER. Con matices importantes, que evitan la plena exactitud del diagnóstico, las dos afirmaciones están sólidamente fundadas. Es posible optar por hacer lo que poco que está a nuestro alcance. Es sin duda mejor que optar de inmediato, desde el primer momento, por el silencio, la pasividad y la sumisión. Y es incluso mejor que no hacer nada, aunque le sobre a uno la legitimación para retirarse. Pero, en este caso, realismo sin victimismo.

lunes, 17 de enero de 2011

LA LEY “NO INTERPRETABLE” Y LA VIEJA HISTORIA DEL “JUSTIZKLAVIER”


OTRA APORTACIÓN INTELECTUAL NOVEDOSA DE DOÑA LEIRE PAJÍN

(Del Estado de Derecho al Estado de Software)

Mientras estudio el “Anteproyecto de Ley Integral para la Igualdad de trato y la no discriminación”, que por fin ha aparecido como tal, puede ser de interés para los lectores de este “blog” conocer una nueva aportación intelectual o doctrinal de Dña. Leire Pajín, nuestra increíble pero cierta Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Debo aclarar, para evitar malentendidos, que no le tengo ninguna ojeriza a Dña. Leire Pajín ni la he tomado con ella. En absoluto. Si está apareciendo con mucha frecuencia en este “blog” es por dos causas objetivas. La primera consiste en que la Sra. Pajín es titular de unMinisterio de casi todo”, porque entre la Salud, concepto en incesante expansión, la Política Social, noción tan abarcante que bastaría con ella para hacer difícilmente delimitable un Ministerio, una Consejería o una Comisaría de la UE y la Igualdad, que se da o no se da a todas horas y en todas partes, cualquier titular de ese Ministerio tiene atribuciones para actuar sin reposo alguno. La segunda causa objetiva es que Dña. Leire Pajín en concreto, se concede, de hecho, poco reposo en su actuación verbal y es, a gran distancia del segundo, el miembro (o “la miembra”, si así lo prefiere en consideración a su actual Secretaria de Estado, Dña. Bibiana Aído) del “Gobierno de España” (“GdE”) que más habla, al menos en público y para el público. Es la “declarante” máxima de este “GdE”.

Pero concurre, además, una tercera causa, en la que entra en juego ya mi apreciación subjetiva. Y es que, siendo la Sra. Pajín la que más habla de nuestro “GdE” y de nuestro universo político y público, es, de lejos, el personaje más heurístico del Gobierno y de ese universo. Me parece que alguna vez he aludido aquí a la prolongada crisis del pensamiento contemporáneo, en el que la heurística brilla por su ausencia. La heurística (del griego εὑρίσκειν, euriskein: inventar) es la capacidad de innovar, de inventar, de decir y de hacer algo nuevo. El pensamiento moderno será muy moderno, todo lo modenno que se quiera, pero es muy aburrido: no aporta novedad alguna, plagado de refritos y de regurgitaciones de tópicos antiquísimos. Para disimular la crisis del pensamiento, se ha tenido que inventar el “pensamiento débil”, al que, así presentado, no es lógico reprocharle nada. En este panorama desértico, a duras penas sobresale, de vez en cuando, algún sincretismo (también del griego συγκρητισμος, que une el prefijo συν: con, juntamente, a la vez, y el verbo κεράννυμι, kerannumi: mezclar, en especial agua y vino), es decir, alguna mixtura de ideas de diversa e incompatible procedencia.

Pues bien, en este secarral de ideas, Dña. Leire Pajín resulta ser una Campeona de la Heurística. Es casi la única en suministrarnos nuevos conceptos, ideas originales, planteamientos creativos. De ahí la frecuencia de mis “post” con ella de protagonista.

Sin ir más lejos, Dña. Leire ha lanzado hace poco varias significativas novedades. La primera y muy principal, de la que me ocupo hoy, ha sido la noción de ley “no interpretable”. El histórico día 12 de enero de 2011, a propósito de la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco (abreviadamente Ley anti tabaco), Dña. Leire ha puesto en circulación este pensamiento jurídico, hasta ahora inédito: el de una norma positiva no susceptible de interpretación.

Desde hace décadas, se consideraba que todo precepto legal, a la hora de pensar o de ejecutar su aplicación, requería un trabajo de comprensión, más o menos difícil, de lo preceptuado, así ordenase, prohibiese o permitiese hacer u omitir esto o lo otro en tales o cuales circunstancias. Habría que entender bien las circunstancias, el “esto” o el “lo otro” y la orden, la prohibición o el permiso. Habría que entender, antes, a quiénes está dirigido el precepto o norma, quiénes son sus destinatarios. Y a todos esos esfuerzos de comprensión, de entendimiento, se les denominaba con una sola palabra: interpretación. Se había convenido que el viejo aforismo “in claris non fit interpretatio” (es decir, cuando el texto legal es claro, no se intepreta) era un error, incluso un grueso error.

Hasta ahora, hasta la imperiosa proclama de la Sra. Pajín, la opinión común era ésta: por claras que sean las palabras de un texto legal, siempre hay que poner las palabras del texto en relación con el contexto, siempre conviene conocer los antecedentes, siempre importa tener en cuenta la realidad social del tiempo en que esas palabras han de ser aplicadas, siempre se debe pensar en el espíritu y finalidad de la norma y siempre hay que ponderar la equidad. Así, p. ej., innumerables normas no son aplicadas conforme a su estricta literalidad, porque el resultado sería absurdo o radicalmente inicuo. Se evitan estos resultados con un entendimiento de la letra de un precepto relacionado con los elementos mencionados, a los que se ha venido llamando criterios de interpretación o criterios hermenéuticos. La hermenéutica (también del griego ἑρμηνευτική, interpretación) es la ερμηνευτική τέχνη, la hermeneutiké tejné, el "arte de explicar, traducir, o interpretar”, que se refiere a textos del lenguaje humano.

Desde 1974, contiene nuestro Código Civil, en su Título Preliminar -un conjunto de preceptos considerados por los juristas como cuasi-constitucionales- un artículo 3, dedicado entre otros al modo de aplicar las normas, del siguiente tenor:
  • “1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.”
  • “2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la Ley expresamente lo permita.”
En los más diversos documentos jurídicos y durante las últimas décadas, quizá sea el art. 1.1 del Código Civil uno de los preceptos más citados. Pero todo eso se debe considerar sujeto a revisión desde que Dña. Leire Pajín, Campeona de la Heurística, ha propuesto, con su habitual fogosidad, la idea de “ley no interpretable”. Porque evidentemente, la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, la reciente ley anti consumo de tabaco, no presenta características distintas de otras leyes. Si esa Ley 42/2010 es “no interpretable”, podrían ser “no interpretables”, asimismo, la Ley Hipotecaria y la Ley de Caza, por ejemplo. Debemos pensar, por tanto, en panoramas nuevos, como el de la aplicación automático-informática del Derecho, sin mediación de intérpretes.

Hace unos treinta y cinco años, mi admirado Profesor Prieto-Castro ya me hablaba con alguna frecuencia, con su característico y casi permanente humor (“fáustico”, lo calificaba él) de la idea de un aparato denominado “Justizklavier” (piano de la justicia, literalmente), que había sido propuesto, tiempo atrás, para dictar sentencias automáticamente. Sin duda era aplicable a otras resoluciones. Y ocurría, en efecto, que el escritor satírico austríaco Alexander Roda Roda (1872-1945) hacía tiempo que había dado narrado una visión en la que un potentado mogrebí (así lo decía Roda Roda) recibía la visita de un extraño que quería venderle un revolucionario invento con el que se podría jubilar anticipadamente, por ejemplo, a todos los abogados, jueces y picapleitos. El inventor había desarrollado un “Justizklavier” que funcionaba como un piano, con las teclas negras para circunstancias incriminatorias y las blancas para los elementos de descargo, eximentes y atenuantes. El aparato permitía obtener el veredicto de inmediato, tras pulsar las teclas adecuadas. Cabía, además, para evitar el aburrimiento de un excesivo determinismo, añadir un elemento aleatorio de corrección, lo que acercaría los resultados del piano a la realidad. En el cuento de Roda Roda, el potentado se mostraba muy satisfecho con elJustizklavier”, pero al final no lo compraba porque el inventor había olvidado añadir alJustizklavierdos pedales, uno con la indicación “piano”, para “infractores partidarios del Régimen”, y otro con la indicación “forte”, para “partidarios de la oposición”.

No sé qué pensará hacer Dña. Leire Pajín con su revolucionaria idea de las leyes no interpretables. Pero, en nuestros tiempos, el “Justizklavier” ya ha sido sustituido ventajosamente por los principales elementos informáticos: el hardware y el software, denominaciones que no tienen nada que ver con los pedales omitidos. A mí no se me ocurre cómo aplicar una ley sin interpretarla. Pero no se me tiene que ocurrir nada que sea parecido, porque ya lo he visto. Ya he visto cómo los textos de una ley, de un Decreto o de una Ordenanza Municipal pueden ser sustraídos a la interpretación jurídica y, por tanto, convertidos en “no interpretables”. Basta una adecuada “aplicación informática”.

Si Vds. se topan con aplicaciones informáticas para, por ejemplo, hacer u obtener lo que una norma positiva les manda o les otorga, bien fácil es que la aplicación informática prescinda de matices normativos que requerirían interpretación. Como no puede consignarse más que lo que la aplicación informática prevea, lo demás no cuenta. ¿No se han encontrado con estos inventos informáticos para autoliquidaciones de impuestos de toda clase? ¿Han podido siempre dejar constancia de datos relevantes conforme a la Ley o a la Ordenanza fiscal? Yo, desde luego, tengo la experiencia de que las aplicaciones informáticas pueden omitir y omiten extremos que complican las cosas, aunque estén claramente previstos en la norma, de ordinario en favor del administrado. Suerte tiene uno, mucha suerte, si, ante los defectos de la “aplicación”, se desplaza a la sede administrativa correspondiente y encuentra allí un funcionario, que se considera servidor público y una de dos: o dispone de una aplicación informática mejor que la del mero súbdito o es capaz de reconocer que la aplicación informática está mal hecha y permite, con impresos o sin ellos, echar mano del bolígrafo y acogerse a la ley o a la Ordenanza fiscal en su integridad. Por desgracia, no es infrecuente que en la Administración y en la empresa -sobre todo las instituciones llamadas crediticias- lo que uno se encuentre son personas para las que sólo vale la aplicación informática… si es que el “sistema” no se ha “colgado”.

No sé cómo la aplicación de una ley puede hacerse sin interpretarla. Pero sí sé que cabría lograr un resultado parecido si todas las normas positivas contuvieran una Disposición Adicional, que yo denominaría, sincera y honradamente, “Disposición Adicional Primera y Principal”, más o menos en los siguientes términos: “La presente Ley [o el presente Decreto, el presente Reglamento, la presente Orden o la presente Ordenanza] se aplicará en todo caso conforme a los instrumentos informáticos que establezca la Dirección General de Informática de la Presidencia del Gobierno.” La cosa se redondearía con un Reglamento del Consejo General del Poder Judicial aprobando el uso obligatorio, por Jueces y Magistrados, de aplicaciones informáticas para dictar todo tipo de resoluciones judiciales. Así pasaríamos del "Estado de Derecho" al "Estado de Software", mucho más moderno (pasaríamos, digo, y probablemente digo mal, porque ya casi hemos pasado).  Pero ahí queda mi aportación, para que resplandezca la realidad de las cosas. Todavía dirán que no hago más que criticar.

viernes, 6 de agosto de 2010

LA CULPA (DE TODO) ES DE LOS JUECES


PERO EL PODER JUDICIAL ME PARECE, A DISTANCIA, EL MEJOR DE LOS TRES


Si mato a mi hermano es un delito grave. Si mato a mi hermana del mismo modo que a mi hermano, es un delito más grave. A simple vista resplandece la igualdad promovida por el Presidente Zapatero y su Ministra, Dña. Bibiana Aído. Y si siguen muriendo mujeres a manos de sus maridos, sus compañeros, sus novios y sus “ex” (maridos, compañeros o novios) y si se siguen cometiendo homicidios o asesinatos o de vez en cuando se cometen fratricidios, la culpa no es del Código Penal ni de la ley especial sobre violencia de género. Son leyes perfectas, en su función preventiva y en su función represora (si es que ambas pueden separarse). Tenemos un Código Penal, de 1995, “el Código Penal de la Democracia”, tan perfecto que sólo ha sido reformado 21 veces (esperen que entre en vigor la última y verán). ¿De quién es, entonces, la culpa de esas muertes? ¿Acaso de los que matan? Dejemos esta cuestión a un lado, de momento. Porque, al parecer, la culpa principal es de los jueces.

Hoy, un señor, que desempeña el curioso cargo de “Delegado del Gobierno para la Violencia de Género”, echa la culpa a los jueces por imponer sólo 369 pulseras GPS cuando hay más de 500 mujeres en situación de alto riesgo de maltrato. Y los jueces se defienden como pueden, pero resulta que, en definitiva, son los jueces y no ese señor “Delegado del Gobierno para la Violencia de Género”, quienes han sido colocados por la ley en el trance de valorar, y no precisamente a ojo, las situaciones de alto riesgo. Si a los jueces no se les aportan elementos de juicio serios para hacer esa valoración, no se deben dedicar a colocar pulseras GPS a troche y moche. Lo reconoce así hasta la Presidenta de otro organismo clave y sumamente necesario (“al revés te lo escribo para que me entiendas”), que es el “Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género”, anexo del elefantiásico Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Y la Sra. Presidenta de ese Observatorio añade algo de buen sentido: “no puede girar todo en torno a los brazaletes”. No sé si tamaña infracción de la corrección política no le va a costar un gran disgusto a la Sra. Presidenta.

Porque, para el Gobierno y para el Parlamento, el que maridos, compañeros, novios y “ex” hayan matado a mujeres y lo sigan haciendo, incluso crecientemente, pese al Código Penal y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, “de Medidas de Protección Integral contra la Violencia Doméstica y de Género”, no tiene que ver con que los homicidas y asesinos se droguen legalmente, mezclen drogas y alcohol o carezcan de un suficiente sentido ético o moral (tanto da). Y esto, a su vez, no tiene nada que ver con que se fomente la ausencia de ética o moral y con que, cada dos por tres, se proclamen “derechos” tan absurdos como el “derecho” a ser feliz y, en definitiva, el “derecho” a no ser nunca molestado por nada. No tiene nada que ver y no depende nada de que se oscurezcan e ignoren, día tras día, los deberes morales y jurídicos (p. ej., el de respetar la vida humana). No guarda relación alguna con estar promoviendo a todas horas el placer individual como bien supremo. Ni con estar denostando a todas horas a la religión mayoritaria, burlándose de sus mandamientos. Ni con promover la Alianza de las Civilizaciones, comprendida (mejor, preferida) la que desprecia y maltrata sistemáticamente a la mujer. Esas muertes, en número creciente, tienen que ver y dependen de los jueces; ellos tienen la culpa, porque no dictan suficientes órdenes de alejamiento y no imponen suficientes pulseras con GPS (no cuenta el pequeño detalle de que no haya policía para tanta gente a la que vigilar).

¿Para qué sirve el Ministerio de Igualdad y el cargo de “Delegado del Gobierno para la Violencia de Género”, con categoría de Dirección General y dos Subdirecciones a su cargo? Para qué sirve “un presupuesto de 31.077.440 euros, un 9,73% más que en 2009. Esta subida, junto a la del año pasado, supone un incremento presupuestario de un 106% en dos años” (datos de la web ministerial). Ahora ya sabemos para qué no sirve ese presupuesto: para disminuir la violencia homicida de género. Y también sabemos para qué sirve el “Delegado del Gobierno”: para echar la culpa a los jueces cuando no desciende, sino que crece, lamentable y tristemente, esa violencia homicida.

Y es que, al parecer, han judicializado la felicidad y toda infelicidad es error o ineficacia de la Justicia o, mejor, de los jueces. Desde hace años, el Gobierno con su iniciativa legislativa y el Parlamento con sus ponencias, enmiendas, deliberaciones y votaciones, se han entusiasmado con una nueva fórmula para la felicidad de todos y de cada uno. La nueva fórmula consiste en no preguntarse por las causas de los sucesos indeseables y en no actuar, por supuesto, sobre esas causas (por claras que sean), sino en limitarse a declarar delictivos los sucesos indeseables. Noten que acabo de escribir “declarar delictivos” y no “tipificar como delitos”, porque eso de tipificar es muy laborioso y tiene inconvenientes. Hay que echarle horas a tipificar de verdad, es decir, a describir con detalle la conducta hipotética (protagonistas, acción, circunstancias, resultado concreto o riesgo específico, etc.) que se quiere sancionar con una pena. Y se corre el riesgo de haberse equivocado en la descripción, por acción o por omisión. De modo que, por ejemplo, el Gobierno propone y el legislador dispone declarar delictivo que un funcionario infrinja la ley conscientemente o que un particular incumpla la ley tributaria, la legislación urbanística, las normas relativas al medio ambiente y lo que perjudique al accionista de una sociedad anónima. O se decide por el diligente legislador que los jueces apliquen medidas de seguridad a los sujetos peligrosos, o que dejen sin efecto esas medidas, según la personalidad de los sujetos.

Y así, con lo que llaman “tipos abiertos” (en realidad, la negación del tipo y del Derecho penal: el dominio de la inseguridad jurídica más grave y el arbitrismo más injusto) o con exceso de los llamados “conceptos jurídicos indeterminados”, se fuerza legalmente a los jueces penales a resolver sobre asuntos tributarios, urbanísticos y ecológicos, propios, en todo caso, de los tribunales contencioso-administrativos. Para todo esto se dispone de la inestimable ayuda de una Fiscalía, a ser posible especial, que, más o menos a su criterio, criminaliza o no las infracciones tributarias, ecológicas, urbanísticas o mercantiles. Pero ahí tenemos a los jueces penales decidiendo también sobre la personalidad, sobre lo que es mejor para miles de menores de edad o sobre si una decisión empresarial de indemnizar es conforme al mercado o se ha pasado de esa raya en perjuicio del posible dividendo.

¿Que no se logra con ese método la sociedad feliz? ¿Que se cometen -se siguen cometiendo- en ella cosas atroces? La culpa es de los jueces. Lo coherente, si se pretendiese judicializar la armonía familiar, la ética en los negocios, el respeto a leyes no penales y la prevención de la paz y de la seguridad ciudadana, sería convenir que, a cambio de arrojar tamaña responsabilidad sobre los jueces, sus decisiones se acatasen sin rechistar. Pero, ¿cómo aceptar una infalibilidad a todas luces inexistente, aunque, para ahorrarse esfuerzo, se legisle como si existiese? No. El Ejecutivo y el Legislativo lo tienen claro: para trabajar ellos menos y sin esfuerzo, imponemos a los jueces decisiones propias de seres infalibles. Y después, cuando fallan (en los dos sentidos), la culpa es de los jueces. ¡Astuta jugada política!

No soy yo sospechoso precisamente de indulgencia sistemática con los jueces y con sus decisiones. Nuestra Justicia deja bastante que desear (aunque hay cientos de países en que no existe Justicia o sólo hay una caricatura de ella y una buena docena de importantes naciones donde la Justicia no es mejor que la nuestra o es por el estilo). Pero acabo de darme cuenta -y quiero compartirlo con Vds.- de que si se compara lo que se llama “Poder Judicial” con el Ejecutivo (el “Gobierno de España” e incluso los autonómicos) o con el Legislativo (el Congreso, el Senado, la Asamblea autonómica), gana, con una amplia diferencia de tanteo, el Poder Judicial. En el año 2009, 4836 Jueces y Magistrados resolvieron más de 9 millones de asuntos. Media docena de ellos han sido noticia crítica. Los demás han debido resultar aceptables. Es algo más de lo que los otros dos poderes del Estado pueden exhibir (engañando o mintiendo, además).

No debo olvidarme, para terminar, del interrogante que deje en el aire al principio: ¿qué culpa de los homicidios y de los asesinatos “de género” corresponde a los que mataron? Aquí aparecen unos sabios (y, de entre ellos, bastantes penalistas) y, al negar la libertad individual, el libre albedrío, echan la culpa al mal ambiente del barrio, del grupo escolar o de la comunidad, al paro, a la tele-basura o a la desestructuración de la familia (porque ahora reaparece la familia desestructurada, en vez de alguno de los tipos de “nuevas familias”), con lo que exoneran al marido, compañero, novio o “ex”, del mismo modo que, en la delincuencia que no es “de género”, también los delitos serían culpa del paro, de los juguetes bélicos, de la violencia televisiva y de la pandilla. Estos sabios, sin embargo, no llegan a proponer que se castigue al barrio, al ambiente familiar o al ramo laboral con alto paro. Después de negar la culpabilidad individual, aceptan, por motivos funcionales, utilitarios, que se castigue a individuos concretos. No me extiendo más sobre los desarrollos de esta teoría, que tiene ya muchas décadas. Pero seguro que los lectores comprenden que nuestros problemas de delincuencia, "de género" o genérica, no son del todo ajenos a esa teoría.

domingo, 11 de julio de 2010

LA SENTENCIA SOBRE EL ESTATUT DE CATALUNYA: BALANCE GENERAL Y ACTITUD ACONSEJABLE


DESCALABRO PARA EL NACIONALISMO Y OPORTUNIDADES PARA ABOGADOS Y JUECES
(Actualización a 12 de julio de 2010, al final de este post: Montilla no entiende nada y Zapatero se las arregla para no pronunciar la palabra "España" ante los Campeones del Mundo)


Una vez publicado el texto de la Sentencia del Tribunal Constitucional (TC) español sobre el recurso de 98 Diputados del Partido Popular contra el reformado Estatuto de Autonomía de Cataluña (en adelante, “Estatut”), más cinco extensos votos particulares, me parece estar en condiciones de presentar a los lectores de este “blog” un balance general de esa sentencia. También considero de gran importancia que se adopte ante ella una actitud general acertada. Abordaré la actitud que considero atinada, por varias razones, al final de este “post”, tras el anunciado balance general.

No era difícil, hace unos días, a la vista de la parte dispositiva o “fallo” de la sentencia, más las diversas reacciones inmediatas, inclinarse a pensar que la sentencia, en conjunto, era desfavorable para los propósitos soberanistas y nacionalistas de la mayoría de la clase política catalana (v. “entradas” de 29 y de 30 de junio de 2010). El modo en que son designados los Magistrados del TC, las múltiples presiones y el método, típico del TC, de apurar las posibilidades de salvar al máximo la constitucionalidad, han influido, como era de esperar, en una extensa y farragosa sentencia. Se sabía que en ningún caso resultaría satisfactoria para todos. Empieza por no serlo para cinco de los diez Magistrados, que han presentado votos particulares, cuatro discrepantes y uno concurrente. Para los Magistrados discrepantes, el Estatut adolecería de más normas inconstitucionales y la sentencia presentaría condescendencias con el Estatut que consideran improcedentes en Derecho. El voto concurrente, del abogado Gay, viene a decir lo contrario. Con todo, se confirma plenamente que la sentencia supone un decisivo fracaso del soberanismo catalán. Me refiero, como en todo este "post", al plano jurídico, que era y es muy decisivo para toda España. Ahora no me ocupo del problema político, sino del problema que la constitucionalidad del Estatut suponía para el Estado de Derecho.  

Por supuesto, no he tenido tiempo disponible para leer los centenares de páginas ya publicadas. Sí he podido hacer, aquí y allá, “catas” suficientes para lo que ahora diré. Después, no me voy a dedicar enseguida a la lectura completa, por distintas razones poderosas (uno tiene otras cosas que hacer, más apremiantes e incluso más gratas). Y menos aún me propongo someter a los lectores más fieles de este “blog” a un serial temático sobre el Estatut y la sentencia. Hay temas menos plúmbeos y de mayor interés. Por eso, anuncio que este balance general y sus comentarios son, de momento, cuanto cabe esperar que se diga aquí sobre el Estatut y la sentencia. Me parece preferible que otros análisis, más concretos, aparezcan sólo en la medida en que surjan cuestiones importantes a las que haya que dar respuesta.

Vamos, pues, con el balance general. Estaba claro que unos y otros procurarían ver en una extensa sentencia los aspectos positivos para sus respectivas posturas y, a ser posible, unos y otros gritarían o cantarían victoria. Pero el contenido del Estatut incluía una serie de puntos abiertamente inconstitucionales, de aspecto muy marcadamente soberanista, de sesgo independentista incluso, sobre los que iba a resultar ineludible pronunciarse. La clave para juzgar la sentencia en su conjunto y considerarla positiva para el nacionalismo catalán o para una elemental defensa de las normas constitucionales estaba en lo que el TC resolviese (y cómo) sobre esos puntos. Pues bien: ya han visto Vds. que ni los “fans” más recalcitrantes del Sr. Zapatero, principal y decisivo impulsor de este Estatut, ni las fuerzas políticas nacionalistas, soberanistas e independentistas se han atrevido, tras conocerse el texto, a cantar victoria. De hecho, el "Gobierno de España" guarda silencio riguroso mientras termino este "post", tras la multitudinaria manifestación de Barcelona (Ministro Caamaño: ¿cómo no ha logrado Vd. convencer al President Montilla de que el 98 ó 99 por ciento del Estatut ha sido considerado constitucional?).

Como ya adelanté, la sentencia se ha confirmado contraria a la existencia de una Nación catalana. Ese era, es y será el punto principal. No hay más Nación, en sentido propio, que la Nación española. El texto de la sentencia es suficientemente contundente en este punto crucial para las pretensiones soberanistas de la clase política representada por el Partit des Socialistes de Catalunya, Convergencia i Unió y Esquerra Republicana de Catalunya. Lo que el fallo de la sentencia contiene se ve luego confirmado y remachado en el texto que ahora se conoce.

Decisivo, asimismo, era lo que el TC resolviese sobre un Poder Judicial propio de Catalunya, dado que la Constitución Española (CE) establece, sin lugar a dudas, que si bien las Comunidades Autónomas poseen Ejecutivo y Legislativo propios (con limitaciones, pero propios), carecen por completo, en cambio, de Juzgados y Tribunales propios y de Poder Judicial propio. A la vista del fallo, ya entendí (v. “post” del 4 de julio de 2010) que la sentencia era muy contraria al Estatut en este punto e incluso me pareció entre patética, ridícula y absurda, la tesis del “Gobierno de España”, lanzada antes de conocerse la sentencia completa, según la cual se haría por Ley Orgánica (en concreto, la del Poder Judicial: LOPJ) lo que no se pudiese hacer mediante el Estatut.

El texto completo de la sentencia confirma sin lugar a dudas que no cabe Poder Judicial propio en Catalunya y no por una formalidad sobre el tipo de norma, sino porque la Constitución lo impide directamente. Si el único Poder exclusivo y excluyente del Estado, de España como Nación, se hubiese consentido o disculpado de algún modo en la sentencia, la “indisoluble unidad de la Nación española” en que se fundamenta la Constitución (art. 2), se hubiese visto, no ya comprometida, sino abierta y duramente lesionada. Un segundo punto crucial en el que el soberanismo y el nacionalismo salen inequívocamente derrotados.

Un tercer punto era el de la lengua. Los nacionalismos utilizan la lengua (incluso reinventándola, si hace falta) como instrumento imprescindible de su política. En Cataluña, natural y espontáneamente bilingüe (lo que les ha convenido y les conviene hasta desde el punto de vista económico más prosaico, pero contra lo que han conspirado y conspiran muchos políticos catalanes), se ha estado arrinconando el castellano-español (no quiero reproducir la fuerte discusión constituyente sobre el tenor del art. 3 CE) e imponiendo el catalán, cuando la Constitución dice, con bastante claridad, que “el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla” y que “las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.” (la cursiva es mía).

El Tribunal Constitucional (TC) establece que es "inconstitucional y nulo" el artículo 6.2 del Estatut, "en su pretensión de imponer un deber de conocimiento del catalán equivalente en su sentido al que se desprende del deber constitucional de conocimiento del castellano". Afirma asimismo el TC que las Administraciones Públicas catalanas "no pueden tener preferencia" por ninguna de las dos lenguas. Son los particulares quienes tienen el derecho de utilizar tanto el catalán como el castellano en su relación con los poderes públicos "en perfecta igualdad de condiciones". La sentencia admite que "el catalán debe ser lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza, pero no la única que goce de tal condición, predicable con igual título del castellano en tanto que lengua asimismo oficial de Cataluña.” Por si no estuviese claro, el TC afirma, literalmente, que "desde ahora hemos de dejar sentado en nuestra argumentación que, como principio, el castellano no puede dejar de ser también lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza". Bilingüismo, pues, con igualdad de catalán y castellano.

En este tercer punto clave, por tanto, la causa del soberanismo pierde indiscutiblemente la batalla del Estatut (digo “la batalla”: otra cosa es la guerra, a la que después me referiré).

A mí, estos tres puntos me parecen, por sí solos, suficientes para concluir que el balance de la sentencia es muy negativo para el soberanismo y positivo para el constitucionalismo. O, con otras palabras, negativo para una Cataluña separada y positivo para la España, Nación única que reconoce y consagra la vigente Constitución de 1978.

Habrá quien diga que lo anterior es poesía o música celestial y que la clave está en la relación bilateral Cataluña-España pretendida en el Estatut y en la materia económica. Sin desdeñar ni menospreciar esos asuntos, más decisivos para nuestro futuro eran y son los tres puntos que he escogido.

De todas formas, es de señalar que, en lo económico, la sentencia tampoco acepta varios planteamientos del Estatut. De hecho, elimina la capacidad legislativa de la Generalitat para establecer tributos locales, porque considera que la creación y regulación de los tributos locales es "una potestad exclusiva y excluyente del Estado que no permite intervención autonómica". En cuanto a la famosa “bilateralidad” o relación bilateral igualitaria entre Cataluña y España, la sentencia afirma que “el Estado siempre ostenta una posición de superioridad respecto de las Comunidades Autónomas”. Se acepta por el TC una cierta bilateralidad en cuanto “manifestación del principio general de cooperación, implícito en nuestra organización territorial del Estado” y con tal de que no sea “excluyente de la multilateralidad”, sin entenderla como una relación entre entes políticos en condición de igualdad, capaces de negociar entre sí en tal condición.

Interesante resulta también que el TC, aunque admita como constitucional la Disposición Adicional Tercera, sobre inversión del Estado en infraestructuras con utilización como índice de la participación de Cataluña en el PIB durante siete años, establece que sólo corresponde al Estado determinar cuáles deben ser los esfuerzos fiscales de Cataluña y de las demás Comunidades autónomas, puesto que es el Estado el único garante de la solidaridad. De este modo, se elimina del texto estatutario el punto en que se condicionaba la aportación catalana a que el resto de comunidades realizaran un esfuerzo fiscal similar. Será, pues, el Estado, quien seguirá determinando el grado de solidaridad de cada autonomía y el nivel de de prestación de los servicios públicos fundamentales.

Dicho todo lo anterior, no piensen que la sentencia me parece excelente, casi perfecta. No es así. Ya adelanté aquí (v. “post” de 29 de junio de 2010) mi rotunda discrepancia con la abundancia de pronunciamientos que salvan la constitucionalidad a base de establecer la interpretación debida de numerosos preceptos del Estatut. Comparto las afirmaciones y argumentos contenidos en varios de los votos particulares discrepantes. Sin embargo, entiendo que el Tribunal Constitucional, enfrentado a un texto que nunca debió ser aprobado, no ha terminado dictando una sentencia deshonrosa para su función, sino una sentencia sustancialmente decente, que merece ser tomada en consideración, a partir de ahora, en todos sus términos.

Ha existido, durante mucho tiempo, el riesgo cierto de que el Tribunal Constitucional pasase por alto o disculpara disposiciones del Estatut abiertamente contrarias a la Constitución. De hecho, tanto el Sr. Zapatero, principal responsable del Estatut descaradamente secesionista y ventajista salido de Barcelona, como el todavía Ministro de Justicia (Francisco Caamaño, que pulió el Estatut en Madrid cara al Parlamento español, el constitucionalista del 98 % de constitucionalidad), flanqueados por Vicepresidentes, Ministros y otros personajes y personajillos diversos, afirmaron una y otra vez que el Estatut era plenamente constitucional e impulsaron centenares de declaraciones en el mismo y contundente sentido. Cada una de esas declaraciones era una presión pública al TC. La existencia de esas presiones es un hecho que ahora, cuando no han surtido el esperado efecto, no puede ser olvidado. Los esfuerzos de algunos Magistrados y su firmeza en medio de vicisitudes muy difíciles, que sólo ellos conocen plenamente, tampoco puedo dejarlas en el olvido. Por lo que valga, que conste mi gratitud, como jurista y como ciudadano.

Es de suma importancia, pienso, que los defectos que se consideren cometidos en la sentencia del TC sobre el Estatut y las consiguientes discrepancias no conduzcan a una descalificación global de esa sentencia, como las que ya se han producido. Primero, porque esa descalificación global no sería justa. Segundo, porque las consecuencias indeseables de la vigencia del Estatut hasta la sentencia y los desafueros que posteriormente quizá se perpetren pueden ser eficazmente combatidos sobre la base de esa sentencia, vía cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por Juzgados y Tribunales (a su vez propuestas por las partes de muchos procesos), con recursos contencioso-administrativos contra normas autonómicas no conformes a lo declarado en la sentencia del TC (pienso, por ejemplo, en la guerra de la lengua, que seguirá) e incluso mediante recursos de amparo que fuercen al mismo TC a plantearse la llamada autocuestión de inconstitucionalidad. Jueces serios y abogados concienzudos y estudiosos tendrán oportunidades de defender el Estado de Derecho, a partir de lo que la sentencia dispone y dice.

Algún día desaparecerá el actual “Gobierno de España”. Para los siguientes Gobiernos, esta sentencia del TC debe ser una referencia de obligada actuación. Si se hacen leyes contrarias a lo que la sentencia afirma y dispone, será deber del Gobierno recurrir nuevamente al TC.
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Actualización a 12 de julio de 2010: Vean cómo el President Montilla no ha entendido nada y tampoco ha tenido a nadie capaz de hacérselo entender. Simplemente, reproduzco la noticia:

"El presidente de la Generalitat, José Montilla, ha afirmado este lunes que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut está 'llena de ofensas gratuitas que no tienen efecto jurídico, pero sí el efecto de tocar las narices'. '¿Tienen que reiterar tantas veces la indisoluble unidad de España? ¿Por qué? Hay cosas que ya figuran en el Estatut, pero la sentencia se recrea en ellas'. "

Y ahora viene lo más democrático y lo más respetuoso con el Estado de Derecho:

"Montilla ha negado que la sentencia ponga en riesgo el desarrollo de la Ley de Educación de Catalunya (LEC), ni la aprobación esta semana en el Parlament del proyecto de ley de veguerías y del Área Metropolitana de Barcelona (AMB)."

"Lo ha dicho después de que la sentencia concluyera que es obligado que el catalán y el castellano sean reconocidos por los poderes públicos como 'vehiculares', y negara al Parlament la capacidad para crear 'vegueries' si se alteran los límites provinciales."

"Dado que esta semana el Parlament prevé debatir el proyecto de ley de 'vegueries' y el del del AMB, Montilla ha destacado que la sentencia no debe alterar su aprobación: 'Las leyes deben aprobarse; puede que con algunas observaciones del Consell de Garanties Estatutàries, pero no a la luz de lo que diga la sentencia'."

"A la espera de recibir las conclusiones de un informe jurídico que la Generalitat ha encargado a sus expertos, el presidente de la Generalitat también ha opinado que la sentencia no debe poner en riesgo el despliegue de la LEC, tanto en lo relacionado con la lengua como el proceso de inmersión. Ha recordado que el propio conseller de Educación, Ernest Maragall, ya se pronunció en este sentido." (...)

"El diputado del PSC en el Congreso Daniel Fernández ha apostado este lunes por la unidad de los partidos catalanes tras la manifestación pro Estatut del sábado, pero ha recordado que su partido solo participará en esta unidad si es para defender 'el íntegro desarrollo del Estatut' que se votó en referéndum, y no la independencia de Cataluña."

Lo que dice D. Daniel Fernández está muy bien, pero si lo que afirma el Tribunal Constitucional no le importa al líder del PSC, President Montilla (aquejado de severa hipersensibilidad nasal), porque lo que le  importa es lo que diga, si acaso, el Consell de Garanties Estatutàries (órgano que, por cierto, bien podría haber tocado las narices al Tribunal Constitucional, pero no lo ha hecho) y lo decisivo es "un informe jurídico (...) encargado por la Generalitat a sus expertos" y, sobre todo, lo que ya dijo el conseller Maragall, si lo que afirme el TC no es importante y sólo lo es lo que diga la Generalitat, eso de no querer la independencia de Cataluña es el descaro de la independencia a beneficio de inventario, es decir, la relación bilateral ventajista Cataluña-España en plano de igualdad, a la que ha dicho NO el Tribunal Constitucional. Yo ya planteé en este "blog" que deberíamos pensar en facilitar a estos demócratas titulares de poderes públicos no sometidos al Derecho una buena independencia, con salvaguarda de los derechos de los catalanes que quieran seguir siendo españoles. Un poco visceralmente -porque los juristas, al fin y al cabo, también tenemos vísceras (y narices)- estas declaraciones del President Montilla me reafirman en aquel planteamiento.

Mientras tanto, el Sr. Zapatero, Presidente del "Gobierno de España", claramente atribulado por la sentencia sobre el Estatut y, sobre todo, por la situación que le puede crear el PSC tras la sentencia sobre el Estatut, ha recibido en La Moncloa a la selección española de fútbol, un grupo humano de buenas personas y excelentes profesionales, que merecidamente han ganado el campeonato del mundo, discreta y prudentemente dirigidos por D. Vicente del Bosque. En estos momentos y desde anoche, hay centenares de miles de banderas españolas, quizá más de un millón, en las calles de España, incluida Barcelona (muy justamente contentos por la contribución de los extraordinarios jugadores del Barça) y Bilbao, por ejemplo. Está claro que los españoles, en una manifestación colectiva nunca vista, querían enseñar su bandera sin que les llamaran "fachas". Pues bien (o mejor; pues mal, muy mal): sea porque Zapatero no entiende lo que dice la Constitución Española vigente, sea porque está ante todo preocupado por Montilla y el PSC, el Presidente del "Gobierno de España" se las ha arreglado para no pronunciar la palabra "España" ni para referirse a su bandera (ha hablado de "la bandera que habéis defendido") ni en ningún otro momento de sus palabras. Ha tenido que ser el capitán de la selección, Iker Casillas (desde hace tiempo, a mi modesto entender, el mejor portero del mundo) quien hablase de España en La Moncloa y terminase sus palabras con un ¡Viva España!

No es de extrañar que hace dos días, ya apareciese en nuestra prensa una viñeta con un señor portando este cartel: "EL PULPO FOR PRESIDENT". Claro que sí. La fiesta sigue. Y yo sigo sin entender por qué el Ministro Caamaño, el constitucionalista del 98 ó 99 % de constitucionalidad del Estatut, no está en Barcelona explicándole a Montilla lo que de verdad ha dicho el TC. Zapatero debería tener a Caamaño en Barcelona, "full time", hasta que no convenza a Montilla. Añadido: Un anónimo comunicante me dice que el informe de los expertos de la Generalitat no coincide con lo que he escrito aquí. No me extraña nada la falta de coincidencia, pero me extraña que si ese informe es tan convincente siga el President tan desconsolado y Zapatero tan empeñado en ofrecerle satisfacciones y garantías.

domingo, 7 de marzo de 2010

ETA Y VENEZUELA: UN EXTRAÑO Y OSCURO EPISODIO


LO QUE PLANTEA UN AUTO JUDICIAL LO ZANJA, AL PARECER, UNA NOTA DEL MINISTERIO DE AA. EXTERIORES ESPAÑOL, QUE REPRESENTA TAMBIÉN A VENEZUELA
(actualizado a las 23.57 h. del mismo domingo 7 de marzo de 2010)

Una resolución judicial (un Auto) en la instrucción de un proceso sobre terrorismo etarra generó hace unos días un más que notable revuelo por afectar al régimen venezolano de Hugo Chávez y a un afirmado apoyo a ETA, que no constituía, por otra parte ninguna novedad: ya se habían publicado informaciones sobre el reparto de grandes núcleos de etarras entre México y Venezuela. Pero, otra cosa era que un juez afirmase como muy probable la connivencia de Venezuela con la clara conexión ETA-Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Como era de esperar, el Caudillo venezolano respondió con exabruptos y sin miramientos ni respeto mínimo al “Gobierno de España” ante la mera noticia de que dicho “Gobierno de España” se disponía a pedirle “explicaciones”. El incendio estaba en marcha. Pero, enseguida, el bondadoso Ministro Moratinos, buenísima persona donde las haya, se apresuró a aclarar dos extremos: 1º) que el diálogo con el militar venezolano y su régimen continuaría porque estaba dando “buenos resultados”, que no concretó y que, personalmente, no soy capaz de adivinar; 2º) que no se habían pedido “explicaciones” al Caudillo bolivariano, sino información, no sin la aclaración, al parecer muy necesaria, de que la resolución judicial aluda no era cosa del “Gobierno de España”. Hoy, el “Gobierno de España” y el venezolano han dado por zanjado el asunto en la muy expeditiva forma que se verá.

Antecedentes. El pasado día 24 de febrero, el Juez titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6, Eloy Velasco, dicta auto de procesamiento contra seis ciudadanos españoles y siete colombianos (presuntos miembros de las FARC) por delitos de terrorismo atribuibles a ETA.

El Juez afirma que "obran diligencias en este procedimiento que ponen de manifiesto la cooperación gubernamental venezolana en la ilícita colaboración entre las FARC y la ETA". Entiende que esa circunstancia se da especialmente en el caso del presunto miembro de ETA Arturo Cubillas Fontán, uno de los procesados. Cubillas está casado desde 1990 con la "venezolana Goizeder Odriozola Lataillade", quien ha ostentado cargos públicos en el gobierno venezolano del presidente Hugo Chávez, y él mismo [Cubillas] fue nombrado en 2005 "director adscrito a la Oficina de Administración y Servicios del ministerio de Agricultura y tierras Venezuela".

Según el auto, el presunto activista ha sido "responsable del colectivo de ETA en esa zona de América desde el año 1999, encargándose de coordinar las relaciones con las FARC y la participación de integrantes de la ETA en cursillos de explosivos y armamentos y en la difusión de técnicas de guerrilla urbana terrorista".

Fontán es acusado por el juez Velasco, junto a los miembros de las FARC Edgar Gustavo Navarro Morales y Víctor Ramón Vargas Salazar de "un delito de conspiración para cometer homicidios terroristas". El presunto miembro de ETA también está acusado, junto a otros activistas de la banda armada vasca, de los delitos de tenencia de explosivo.

El juez dicta este auto en el marco de una investigación sobre la supuesta ayuda de ETA a las FARC para atentar contra personalidades colombianas en España. La investigación había comenzado en diciembre del 2008 a iniciativa de la fiscalía "a raíz de la información que se obtuvo en el ordenador de Raúl Reyes", número dos de las FARC, que había muerto en una operación contra las FARC en Ecuador en marzo del mismo año.

El Auto me parece formalmente poco cuidadoso, pero lo que se afirma en él es de suma gravedad y tampoco puedo decir que no exponga los “indicios racionales de criminalidad” que deben provocar el procesamiento. Si alguien está especialmente interesado en el tema, puede leer íntegramente el Auto mediante este enlace:

http://estaticos.elmundo.es/documentos/2010/03/01/auto_farc_eta.pdf

Ante el Auto, parezca mejor o peor fundado, caben diversas actuaciones procesales. Por de pronto, recurrirlo. Luego, con el respeto y discreción con que estas resoluciones han de ser tratadas por el Ejecutivo, podría estudiarse la colaboración que el “Gobierno de España” ha de prestar al juez que requiere la detención de sujetos con fines de extradición. Pero, en vez de respaldar, como cuestión de principio, al poder judicial español, el “Gobierno de España” ha situado públicamente el auto en un ámbito de análisis crítico: la Asesoría Jurídica del Ministerio de Asuntos Exteriores. Y sin esperar -que nadie sepa- los resultados de ese análisis, presentado como necesaria criba de una resolución, se ha producido, el 6 de marzo de 2010, el siguiente

“Comunicado conjunto de los Gobiernos del Reino de España y de la República Bolivariana de Venezuela”

“La Dirección General de Comunicación Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación hace público el siguiente comunicado:

“Los gobiernos de España y Venezuela ratifican su más enérgica condena al terrorismo en todas sus formas y manifestaciones.”

“El gobierno venezolano refuta y desmiente las informaciones publicadas sobre una supuesta colaboración con la organización terrorista ETA, cuyas actividades rechaza sin paliativos.”

“Ambos gobiernos reiteran su compromiso de seguir colaborando en los ámbitos judicial y policial, implementando efectivamente los instrumentos de cooperación existentes.”

“España y Venezuela declaran su firme voluntad de profundizar su relación amistosa y fructífera, basada en una amplia cooperación en todos los ámbitos, incluyendo el de la lucha antiterrorista.”

A mí, al menos, me llama la atención que se anuncie un comunicado conjunto y resulte que el papel así denominado es emitido exclusivamente por una Dirección General de un Ministerio español. Porque esa Dirección General podría ser mera transmisora del comunicado, pero si es conjunto, al menos dos personas deberían aparecer como responsables. Y mucho más llamativo aún me resulta que, sin seguirse ningunos trámites judiciales, esa Dirección General del Ministerio de Asuntos Exteriores del “Gobierno de España” afirme que “el gobierno venezolano refuta y desmiente las informaciones publicadas sobre una supuesta colaboración con la organización terrorista ETA”…etc.

¿Ante quién refuta y desmiente el gobierno del Caudillo Chávez lo que dice una resolución de un Juez español? Obviamente, lo procedente y deseable sería un mentís y una refutación en sede procesal, ante el Juez que ha dictado el Auto y para los que hubiesen de intervenir en el mismo proceso por vía de recursos o en otros momentos procesales. Pero no es eso lo que sucede, puesto que el Auto sigue en manos de los asesores jurídicos del bondadosísimo Moratinos. Por tanto, es el “Gobierno de España” el que considera fundada la desconocida refutación venezolana. Y eso produce la impresión -así lo presenta toda la prensa española- de que el asunto lo da por zanjado nuestro Gobierno. Es cosa verdaderamente notable que un asunto judicial se zanje por una “nota conjunta” gubernamental que luego resulta ser emitida por el mismo país del juez del caso.

No puedo descartar que el auto del Juez Central de Instrucción nº 6 contenga extremos merecedores de un análisis por los asesores jurídicos del Ministerio de AA. Exteriores. Pero puedo asegurar sin vacilación que una nota como la transcrita no es la respuesta jurídica apropiada a un Auto de procesamiento, a órdenes internacionales de detención y a una petición de información. Esta insólita reacción merece ser estudiada, aunque sólo sea como fenómeno muy extraño, por todos los estudiosos del Derecho procesal e internacional público. Por el momento, la impresión más intensa es ésta: el “Gobierno de España” de nuevo se sale de su sitio y los pies de algún ministro pisan sonoramente profundos y oscuros charcos. Quizá es que, entretenidos en analizar el Auto, los asesores jurídicos del Ministerio de AA.EE. no tenían tiempo de aconsejar al bondadoso Moratinos que se abstuviese de chapotear donde no debía.


ACTUALIZACIÓN: Aunque el "Gobierno de España" considere zanjado algo, uno tiene ciertas dudas. Ésta es la noticia de final de la tarde: "El ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Nicolás Maduro, asoció este domingo al juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco con "la mafia del ex presidente José María Aznar" y "lo peor del Partido Popular" por el auto en el que acusa a Caracas de connivencia con ETA y las FARC."

"Al pasar los días quedan más claras las circunstancias que rodean tal acusación", aseguró Maduro en una entrevista a la cadena venezolana Televen. Según el titular de Exteriores de Venezuela, el juez Eloy Velasco "está asociado a la mafia del ex presidente José María Aznar, a lo peor del Partido Popular y a sectores de la ultraderecha, hijos directos de la dictadura franquista".

"Tras responsabilizar a Colombia de "aupar" el contencioso surgido entre España y Venezuela, Maduro aseguró que cualquier comunicación que sea recibida desde España será evaluada y respondida en los "justos términos que traiga esa comunicación".

"No obstante, insistió en que el auto de Velasco es una "ligereza" que le tocará evaluar a España, pues el Gobierno venezolano no tiene nada que explicar al respecto. "Tenemos un Gobierno apegado al derecho internacional (. . . ) así que la pelota está en el campo de España", argumentó."
 
"Le toca al Gobierno, a instituciones y a la sociedad española reaccionar con firmeza ante el chantaje de sectores vinculados al Gobierno colombiano y a los mecanismos de información e inteligencia de los Estados Unidos", agregó. Maduro denunció una campaña sistemática reflejada en medios de prensa como 'El País' y 'El Mundo' que "trata de sembrar odio, desprecio hacia la figura de Hugo Chávez como líder y hacia el Gobierno que dirige, que busca dañar las relaciones entre ambas naciones". 

HERMOSO COLOFÓN DIPLOMÁTICO AL COMUNICADO CONJUNTO ARRIBA TRANSCRITO. ¿No intervendría en redactarlo el Sr. Maduro? El bondadoso Moratinos seguirá dialogando, porque ese diálogo da "buenos resultados". Pero algunos pocos pensaremos que, ante estas palabras del Ministro venezolado, si el "Gobierno de España",  no habla alto y claro al Caudillo bolivariano y no defiende al juez español, será porque se está valiendo de Chávez y de Maduro para atacar a ese juez propio. Este sería el protocolo secreto del "comunicado conjunto".