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viernes, 17 de junio de 2011

“LOS INDIGNADOS” Y “EL RÉGIMEN”, HACIA CALLEJONES SIN SALIDA



LOS ERRORES AJENOS NO CONVIERTEN EN ACIERTOS LOS ERRORES PROPIOS

(Actualizado el sábado 18 de junio de 2011, a las 13.30 horas)


Aquí se dijo, con total convicción, que “los indignados” estaban sobrados de razones para expresar su indignación. Se habían expuesto en este "blog", como propias del que firma, muchas razones para el descontento y la protesta. Razones que siguen en pie. Pero también se advirtieron los peligros y los riesgos, que, de no ser evitados, harían estéril la acción de "los indignados" y la privarían de un apoyo social que podía ser inmenso. Inicialmente, el plural movimiento de indignación parecía ser consciente de los riesgos y los peligros. Lamentablemente, poco después, los riesgos y los peligros se convertían en realidades características del “movimiento”. En vez de alertar con firmeza sobre la degeneración del sistema e ir perfilando propuestas de regeneración capaces de suscitar adhesiones entre cientos de miles de ciudadanos maltratados, el "movimiento" pretendió, al menos verbalmente, la destrucción del sistema, ya. Y emprendió, con hechos, una serie de acciones poco respetuosas con los derechos ajenos. No sólo no se respetaban los derechos de quienes se oponían al “movimiento” con muy diversos motivos, sino también los de muchos ciudadanos tan indignados como los ocupantes de plazas y calles.

Pocos días después, la deliberación asamblearia del "movimiento" se agotaba. Nada de extrañar porque, simplemente, no es posible, sociológica y psicológicamente, que se dé una genuina deliberación en un grupo muy amplio de personas. La masa no puede dialogar ni cabe el diálogo dentro de ella. La masa sólo es apta para asentir o disentir respecto de proposiciones muy simples. Siempre ha sido y será así. De modo que, por un lado, abandonaron a “los indignados” ya acampados aquellos promotores iniciales que deseaban proceder conforme a un método de paulatina movilización y de real deliberación. Y, por otro lado, se impusieron los movilizadores de masas. De una masa mucho más proclive a la acción que a la reflexión. Todo lo demás, hasta el espectáculo del “bloqueo” del “Parlament” catalán, deriva de ahí: es, por decirlo en el lenguaje tecnocrático-moderno, pura consecuencia de la dinámica de masas.

No me fío enteramente de los “medios”, que han sido decisivos en convertir en fenómeno social importante lo que perdía potencia movilizadora. Pero testigos directos en distintos momentos me han relatado la transformación de algo que vieron inicialmente digno de respeto y de admiración en un “camping” costroso de radicales y marginales. Algún documento con ideas interesantes emanaba aún de no se sabe qué ámbitos concretos del “movimiento”, pero lo más visible, lo prevalente, era el ataque directo a instituciones y personas representativas del sistema (yo prefiero hablar del “régimen”, algo más concreto, más nuestro), justo después de unas elecciones en las que habían participado voluntariamente millones de ciudadanos. Este hecho incontestable no fue tomado en consideración por el “movimiento”, sino frontalmente rechazado. Y es muy mal síntoma que, para transformar una realidad, ésta sea simplemente negada.

Politólogos, sociólogos e intelectuales varios, bastantes de ellos muy calladitos hasta ahora acerca del "sistema" o del "régimen", han entrado en escena con comentarios sobre el "movimiento" de "los indignados". Casi todos quieren expresar comprensión y apoyo, aunque con matices. Algunos han optado por la loa sin apenas reservas. Otros, por la disculpa de cualquier exceso, fundada en las maldades y errores del "sistema". Con los debidos respetos, dudo mucho de que hayan comprendido -la comprensión es un conjunto de operaciones intelectuales, no la proyección de sentimientos de simpatía- la génesis y el desarrollo del "movimiento". Me parece que confunden la comprensión con una condescendencia que parece buscar, sobre todo, la afirmación de una personal posición progresista. Una vez más, el narcisismo triunfa sobre el rigor intelectual.

Se puede, desde luego, como han hecho esos comentaristas, promover una especie de campeonato acerca de quién ejerce más violencia. Y, en teoría, se puede defender que la violencia de “los indignados”, es inferior a la del sistema o el régimen. Pero, a mi entender, el escenario de la violencia, aunque sólo sea verbal, es siempre el escenario del fracaso de la indignación y la protesta. La forma violenta anula la sustancia. Cabe también discutir “ad nauseam” si la utopía inconcreta no es preferible a la realidad deplorable. Cien mil voces pueden alzarse justificando, por el hartazgo ante la realidad, la apelación a la utopía, que no tiene un rostro constructivo. Pero por muchas que sean esas voces, siempre será más fuerte la realidad articulada que la utopía desestructurada. Lo que significa que la realidad indeseable permanecerá intacta. ¡Valiente victoria!

El “movimiento” de “los indignados” ha cometido un tremendo error, sobre todo en Barcelona. Ese error podría ser considerado menos grave, en sí mismo, que los errores que el sistema o régimen ha cometido, paradójicamente, en esos mismos días. Más elemental y más leve es ponerse bordes que las nuevas pruebas del grave fracaso del “Estado de Partidos” respecto del Defensor del Pueblo y del Tribunal Constitucional, sin renovar desde hace demasiado tiempo por falta de un consenso que, en teoría (y en la realidad), no presenta especial dificultad. Sin embargo, la coacción y la violencia verbal frente a los parlamentarios catalanes, además de innegables (que no nos hablen de “incontrolados”, por favor, que está muy vista esa excusa), resultan mucho más visibles e impactantes que los fracasos del “Estado de Partidos”. La ilegitimidad de ejercicio en ciertos ámbitos del poder político puede aducirse con profusión de datos y argumentos (aquí mismo lo hemos hecho muchas veces), pero nunca esa ilegitimidad hará legítima la violencia y disculpará la ilegalidad de la actuación de “los indignados”, ilegalidad y coacción derivadas de su localización y su actitud, con independencia de quién empujara a éste o quién quisiese “liberar” al perro lazarillo del diputado invidente. Los “medios” que primaron al “movimiento” por su espectacularidad, lo han castigado, en cambio, al mostrar a todos un espectáculo rechazable.

Traer a colación una condición probablemente ilegítima de todos los parlamentarios o de todos los concejales (probablemente ladrones, probablemente prevaricadores, etc), además de ser un ejercicio de generalización demagógica, carece de entidad intelectual para legitimar la violencia, porque los errores ajenos no convierten en aciertos los errores propios. Sostener lo contrario, expresa o tácitamente, es abrazar los sofismas. Mi razón no depende decisoria y exclusivamente de la maldad ajena. Mi acierto táctico y estratégico no depende tampoco de esa maldad, conocida y anterior a mi iniciativa. Es más bien lo contrario: la acción frente a esa maldad será acertada o errónea en la medida en que la conozca y evite que me anule o me debilite.

La paradoja de la ilegitimidad se ha prolongado en la paradoja del fracaso. El “movimiento” de “los indignados” fracasaba cabalmente cuando el Estado fracasaba también. El “bloqueo” del “Parlament”, el acoso al Congreso de los Diputados y a varios Ayuntamientos son actos sin justificación racional y con nula legitimidad democrática cuando se pretende negar el resultado de unas elecciones limpias. Por su parte, la inacción del Estado ante las coacciones hace patente su incapacidad para cumplir sus propias reglas. Y los responsables políticos de esa inacción fracasan personalmente. En especial, ha fracasado el Vicepresidente primero del “Gobierno de España”, Ministro del Interior y candidato a Presidente, Sr. Pérez Rubalcaba. No estoy defendiendo liarse a palos con “los indignados”. Pero entre la carga policial en toda regla y la inacción total en muchos lugares, una inacción sin explicación, había y hay muchas posibilidades intermedias de reacción. Lo que no podía hacerse es lo que se hizo: colocar el Código Penal, desnudo, a la intemperie del incumplimiento.

Por lo demás, al vocerío de “los indignados” no se está respondiendo con racionalidad e inteligencia. Por parte del “Gobierno de España” y de sus aledaños políticos se oscila entre negar importancia al “movimiento”, como si lo que han hecho en los últimos días fuese igual a lo que muestran -y, a todas luces, no lo es- y anunciar una ”tolerancia cero”. La oposición ha callado, salvo alguna excepción de propuestas medianamente regeneradoras. Pero hemos leído ocurrencias utópicas, inoportunas en grado sumo ante la radicalidad meramente rupturista del “movimiento” de “los indignados”. ¿Por qué el PP propone de pronto que los Magistrados del Tribunal Constitucional sean vitalicios? Aparte de que ese carácter vitalicio no sería, por sí solo, garantía de nada mejor, ¿no se trataría de un cambio para el que habría que reformar la Constitución? En la actual situación de crisis política y de colapso económico, ¿le puede parecer razonable a alguien con un solo dedo de frente abrir el melón de una reforma constitucional? ¿Acaso piensan que nuestra situación imposible podría mejorar en lo más mínimo si, precisamente ahora, nos pusiésemos a discutir sobre Monarquía o República?

Que la Constitución de 1978, aún vigente, no es la mejor Constitución posible ni ha sido desarrollada del modo más prudente y razonable es algo sobre lo que tengo una absoluta seguridad, expresada en cientos de páginas desde 1978. Pero no tengo una seguridad menor de que éste es el momento más inadecuado para poner a España en una informe y desorganizada situación constituyente.

No esperaba yo que “los indignados” en marcha o la latente cólera ciudadana transformase a nuestra clase política, aunque bien lógico hubiera sido que, siquiera por cautela, aumentase un poco la prudencia de nuestros "dirigentes." Por eso, y aun curado de espanto, me ha sorprendido el incremento de su insensatez. En estos momentos, con la protesta de “los indignados” que no cesa y con la preocupación mundial ante el estado de la economía (de la nuestra también), ¿que hacían peleándose el Fiscal General del Estado con el Consejo General del Poder Judicial por una reforma legal penosa, cuando el estado real de la Justicia no les importa? ¿Qué idea ha sido ésa del PP, posterior a la del carácter vitalicio, de designar a los Magistrados del Tribunal Constitucional mediante sorteo? ¿Qué impresión podemos extraer los ciudadanos sobre la traída y llevada Audiencia Nacional, cuando, a petición de la Fiscalía Anti-corrupción (célebre ya por la cantidad de “irregularidades” que comete, judicialmente declaradas), abre una causa penal por si acaso, para que no prescriba un posible delito fiscal del Sr. Botín & family, justo cuando faltan unos días para la prescripción y unas horas para una Junta General del Banco? Lean el “razonamiento” del Juez Andreu: “cabría la posibilidad de que hubiera podido cometerse un delito contra la Hacienda pública, si bien es cierto que los datos ofrecidos por la Agencia Tributaria respecto a los hechos que, indiciariamente, pudieran ser constitutivos de infracción penal se ofrecen desde la perspectiva de su imposibilidad de comprobar si las declaraciones complementarias son o no correctas, y ante la premura de tiempo que supone la posibilidad de la prescripción de los hechos derivados del ejercicio del año 2005; es decir: nos encontramos ante una denuncia interpuesta a prevención de que la regularización practicada por los denunciados no fuese correcta”.

¿Qué nos están diciendo, entre la chulesca Fiscalía y el inefable Juez Andreu, que abre un proceso penal reconociendo la inexistencia de indicios, pero por si acaso apareciesen? ¿Que si la Agencia Tributaria, Unidad de Grandes Contribuyentes, no es capaz de decir en años si está bien, mal o regular una declaración complementaria, el asunto acabará, a prevención, en un Juzgado penal?

Decididamente, si “los indignados” andan de mal en peor, el sistema, “el régimen”, está en manos de personajes varios, todos de indescriptible inidoneidad. Pero, para terminar, vuelvo a lo que me parece un punto clave: no es lo mismo protestar -de cuya legitimidad no tengo duda- que construir algo mejor, aunque sea sólo ligeramente mejor. Y no es lo mismo comprender de veras la protesta que hacer el “hooligan” (o el Don Tancredo) desde el interior del Estado. No soy monárquico en ningún sentido. No me impresiona ni me condiciona el poder económico. Pero cuando no somos capaces, en conjunto, de designar cuatro Magistrados del Tribunal Constitucional y un Defensor del Pueblo, agradezco superlativamente que no tengamos que designar a la cabeza del Estado. Y, por defender mis derechos y los de todos, no puedo aplaudir, sino que debo condenar una monstruosidad antijurídica como la que ha propiciado la Fiscalía Anti-Corrupción. No importa que la víctima sea el todopoderoso Sr. Botín. También él tiene derechos. Y para defender mis derechos frente a él, debo defender los suyos. Ponerse a hablar, más o menos de memoria y grosso modo, de los desmanes de la banca puede constituir un discurso más o menos interesante. Pero ante la barbaridad fiscal y judicial concreta, es cambiar de tema. Y disculpar al "sistema" y al "régimen". ¡Más paradojas!

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P.S. Acabo de leer párrafos literales de dos intervenciones en la Junta General del Santander, a cargo de "indignados" accionistas. Éste es el link para conocerlas: http://www.cotizalia.com/en-exclusiva/2011/indignados-adquieren-junta-santander-muestran-repulsa-20110617-70130.html. No seré yo el que critique esas intervenciones. Y parece que estos "indignados" no se dejarán engañar si, con un maquiavelismo de vía estrecha, este "Gobierno de España", tan maridado con las instituciones financieras, decidiese ahora arremeter contra ellas para congraciarse con "los indignados". ¡Que no, señores del "régimen", que la gente no es tan tonta!

jueves, 30 de diciembre de 2010

GRAN HAZAÑA DE CONDE-PUMPIDO PARA TERMINAR EL AÑO 2010


LA FISCALÍA DE MADRID CULMINA SUS ARDUOS ESFUERZOS INVESTIGADORES CON UNA MERA DENUNCIA A “TODOS” LOS CONTROLADORES. UN PRECEDENTE ORIGINAL.


El pasado día 10 de diciembre de 2010, la Asociación de Fiscales propinó una nada leve colleja, capón o puntapié a D. Cándido Conde-Pumpido. Ésta que transcribo es la noticia transmitida por la Agencia EFE:

«La Asociación de Fiscales (AF) ha acusado hoy al Gobierno de "injerencia intolerable" en la Fiscalía en relación al caso de los controladores aéreos y ha criticado que el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, asistiera al Consejo de Ministros extraordinario que declaró el estado de alarma.»

«En un comunicado, la asociación mayoritaria en la carrera fiscal ha destacado que el Gobierno carece de facultades para determinar la norma aplicable en la jurisdicción penal y ha considerado que la "mera indicación" al Ministerio Público del derecho a aplicar "supone una injerencia intolerable contraria al principio de imparcialidad" y al propio Estado de Derecho.”»

«El vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, indicó en una rueda de prensa tras la celebración de un Consejo de Ministros extraordinario el pasado día 4 que, "en caso de no asistir al trabajo, estarían incurriendo en un delito de desobediencia tipificado en el código civil-militar".»

«Según la AF, debe ser el Ministerio Fiscal, previa valoración de su pertinencia jurídica, y en última instancia los tribunales quienes determinen si el abandono colectivo por los controladores aéreos es penalmente relevante y si le es de aplicación una norma preconstitucional o el Código Penal de 1995.”»

«Para esta asociación, la presencia de Conde-Pumpido en el citado Consejo de Ministros fue "innecesaria e impertinente" a pesar de que fuera un supuesto de excepcionalidad, "o precisamente por ello", ya que -ha recordado- la Constitución establece la autonomía funcional del Ministerio Público dentro de la división de poderes.»

«El Ministerio Fiscal queda sujeto a los principios de imparcialidad y legalidad, y no al dictamen de criterios políticos, y bajo ninguna circunstancia puede convertirse en órgano consultivo del Gobierno", resalta la AF que recuerda que la relación entre ambos "no es en caso alguno de subordinación".»

«La declaración del estado de alarma -han agregado- supone "una reducción de las garantías y libertades constitucionales, por lo que el Ministerio Fiscal como garante de las libertades públicas, debe mantenerse distante del foro gubernativo en el que se decida su adopción, alejado de posicionamientos políticos adoptados con carácter previo al acontecimiento de los hechos".»

Además de las consabidas barbaridades del informador, en este pronunciamiento de la AF hay algunos aspectos matizables, como, por ejemplo, la contundente afirmación de que el Sr. Conde-Pumpido asistió a un Consejo de Ministros. Eso, desde luego, es lo que afirmó este señor Fiscal General (FG) y algunos portavoces gubernamentales, pero aquí ya sostuvimos algo distinto: 1º) Que el FG no puede participar en el Consejo de Ministros, sino que puede “ser llamado a informar ante el Consejo de Ministros" (art. 9.2 EOMF), cosa muy distinta. Y preguntábamos ¿sobre qué podría haber sido llamado a informar el FGE ante un genuino Consejo de Ministros? ¿Qué información podría proporcionar de la que no dispusiese el Gobierno?; 2º) Que, en realidad, Conde-Pumpido aparecía en un “video” en la web de La Moncloa como participante en una denominada "Comisión Delegada del Gobierno para situaciones de crisis", lo que carece de justificación más aún que una eventual intervención como informante en un verdadero Consejo de Ministros.

Bastante más tendría que decir sobre la repetida “imparcialidad” del Ministerio Fiscal, pero no es el momento para disquisiciones sobre esa verdadera tautología.

No está nada mal, con todo, lo que dice la Asociación de Fiscales. Porque lo grave no es la posición jurídica de la institución Ministerio Fiscal respecto del Gobierno. Según el Estatuto Orgánico (pueden ilustrarse más al respecto con el blog hermano “DOCUMENT-AOS”, que contiene un estudio breve) los miembros del Ministerio Fiscal no son subordinados del Gobierno. El Ministerio Fiscal no es la asesoría jurídica del Gobierno (papel que corresponde a la Abogacía del Estado), sino una institución con autonomía funcional y orgánica y un sólo jefe: el Fiscal General del Estado. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal es una Ley de 1981 (la Ley 50/1981, de 30 de diciembre), muy meditada y laboriosamente consensuada en aquellos tiempos. Lo que complica todo son los malos nombramientos de Fiscales Generales y sus aumentadas facultades, en una reforma del EOMF (la de la Ley 24/2007, de 9 de octubre) que, presuntamente dirigida a dotar de más autonomía al Ministerio Fiscal, lo que realmente hizo es incrementar el poder del Fiscal General.

Pero hoy es otra la noticia. Hoy, los incesantes paseos por España de D. Cándido Conde-Pumpido, voceando los graves delitos de los controladores y los escasos pero activos coros de algunos subordinados, haciendo eco a las acusaciones públicas -que no procesales- de D. José Blanco, más las investigaciones y citaciones tan cacareadas días atrás -hubo una semana especialmente intensa- parecen haber dado un fruto: la Fiscalía de Madrid ha denunciado a todos los controladores, según unos medios o a todos los controladores de Barajas y Torrejón, según otros. Tanto da. No voy a hablar del ratón que parieron los montes, que está muy visto. Esto es, más bien, como si la Gran Gallina Ponedora, ganadora del concurso mundial, se hubiese alzado, finalmente, toda ufana, de su rincón habitual, esponjando las alas y las plumas, para terminar dejando al descubierto un huevito de gorrión. Ridículo y penoso.

Y aunque pueda parecer un original e interesante precedente para mover la maquinaria policial y de la Justicia, no es tal. Si cualquiera de nosotros acude al Juzgado de Guardia y pone una denuncia a “los estafadores”, a los “defraudadores fiscales de Madrid”, a “los prevaricadores” o, concretando más, a los “Alcaldes malversadores de caudales públicos” o “a todos los Ministros y Secretarios de Estado que prevariquen”, no tengo ninguna duda de que nos mandarían a paseo sumariamente. Pero al Fiscal de Madrid, leal súbdito de Conde-Pumpido, no le da vergüenza una denuncia así. Descartada la sedición prevista en el art. 544 del Código Penal, la Ley que vienen esgrimiendo es la Ley 209/1964, de 24 de diciembre, Penal y Procesal de la Naveg ación Aérea y, más en concreto, su art. 20, párrafo segundo, que considera reos del delito de sedición a los “empleados de aeropuertos que, en número suficiente para perturbar el servicio, abandonen colectivamente sus funciones en la aeronave o el aeropuerto, en actitud de protesta, desobediencia coactiva o represalia contra el Comandante o Jefe respectivo.” Todos los controladores ajenos a una situación así, pueden estar perfectamente tranquilos: los que no estaban de servicio en ningún aeropuerto, aquellos que por el cierre decretado por AENA no pudieran incorporarse a sus puestos, los que se iban del aeropuerto porque había acabado su turno. Y habrá que ver, respecto de los que se fueron, si en verdad les resulta aplicable ese precepto.

Yo no soy partidario de la inmunidad ni de la impunidad de nadie. Soy, al contrario, resueltamente partidario de que el que la hace, la pague, controladores aéreos incluídos. Lo que quiero transmitir con estas noticias es que, para ciertos titulares de los poderes públicos, la ley no es una ordenación racional que hayamos de cumplir todos por igual, sino un arma arrojadiza de una política absolutamente ignara, inepta y sin escrúpulos de clase alguna: ni éticos, ni estéticos, ni, por supuesto, jurídicos. Ha pasado casi un mes y los que galleaban sobre la rigurosa aplicación de la ley no han sido capaces de articular una acusación seria y no han hecho otra cosa que esa denuncia ridícula y vergonzosa. Si la hiciese un particular lego en Derecho o un mal abogado, el ridículo recaería sobre él. Pero si la hace el Ministerio Fiscal, el ridículo es lo de menos. Lo grave es el desprestigio de una institución importante y necesaria. El Estado mismo se desprestigia. Y este país, esta Nación llamada España, no andan sobrados ahora de credibilidad.

jueves, 2 de diciembre de 2010

"WIKILEAKS" GOTEA SOBRE ESPAÑA: CONDE-PUMPIDO AL DESCUBIERTO


LAS "PRESIONES" IMPORTAN MENOS QUE LA DISPOSICIÓN ANTE ELLAS Y SUS RESULTADOS
(Al final, importantes posdatas sobre la Justicia)

Pensaba publicar enseguida -y lo haré sin tardanza- la segunda y más importante "entrada" o "post" sobre "TRANSFORMA ESPAÑA" ("lo de los empresarios y el Rey"), pero no quiero callar ante la revelación, no enteramente nítida, como suele ocurrir con las filtraciones o "leaks", pero suficientemente clara (y, por supuesto, enteramente verosímil), de que el Gobierno de los EE.UU. presionó en diversas ocasiones a las autoridades responsables de ciertos procesos penales seguidos en España y que afectaban a intereses estadounidenses. En realidad, ante lo que no quiero callar, más que ante las presiones referidas, es ante el descaro con que el actual Fiscal General del Estado ha acogido  las revelaciones de "Wikileaks".

Asociaciones de jueces e incluso una de fiscales han pedido que se aclare minuciosamente el asunto. Y tienen razón. Porque lo más grave no es que un Embajador o un alto cargo del Gobierno estadounidense presione de distintas maneras, en el "caso Couso" o en el de vuelos de la CIA para trasladar individuos de todo el mundo al limbo jurídico de Guantánamo (aún sin desmantelar, por cierto: Obama y todos sus asesores siguen sin verlo claro). Mucho, muchísimo más grave y de mucho más interés -un interés máximo- para los ciudadanos españoles es si el Fiscal General del Estado y, con su apoyo, el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional se dejaron presionar. Y hay una información muy concreta, en el diario EL PAÍS, según la cual, muy concretamente, un concreto informe de la Embajada americana en Madrid, de 19 de julio de 2007, afirma que el Sr. Conde-Pumpido ha hecho saber a los amigos USA que él quiere archivar el "caso Couso". Lo que, por cierto, fue plenamente armónico con el comportamiento de la Fiscalía de la Audiencia Nacional (no entro a enjuiciar el asunto, que no he estudiado suficientemente).

Pero hay un cable del Embajador, fechado 2007-07-19 16:48:00, en el que, entre otras cosas (es el informe sobre un "lunch" y un largo despacho del Sr. Conde-Pumpido con "Ambassador Eduardo Aguirrre"), puede leerse lo siguiente:

"Regarding the Couso case, in which a Spanish journalist was killed by a US tank shell during the invasion of Baghdad in April 2003, Conde-Pumpido said that he continues to do what he can to get the case dismissed, despite public pressure from the family, leftist group, and the press. On the CIA flights issue, he said that the case is moving forward at its own pace, but is unlikely to provide any surprises." (la cursiva es mía)

Hay otros muchos cables relativos a los contactos con Fiscales e incluso con Magistrados. Gómez Bermúdez, por ejemplo, el mismo pensionado por Rubalcaba con el distintivo rojo a la Cruz del Mérito Policial, tiene a bien informar telefónicamente de inmediato al encargado de negocios Llorens sobre la decisión de la Sala de lo Penal de la AN de archivar provisionalmente la causa contra tres militares USA por el caso Couso. Al día siguiente, otra conversación telefónica. Y también habla Mr. Llorens con el Fiscal Jefe  de la AN, D. Javier Zaragoza.

Vean -vale la pena- los productos más hispánico-judiciales de "Wikileaks" mediante este link:

http://www.elpais.com/documentossecretos/ambito/domestico/

Curioso me parece que el lunes 29 de noviembre de 2010, Conde-Pumpido, antes de que EL PAÍS publicase todos esos documentos, el todavía Fiscal General del Estado explicara a otro diario nacional que "a veces traslada información a EEUU, pero que siempre son datos públicos facilitados a petición de la embajada". Es evidente que al Sr. Conde-Pumpido le avisan de lo que va a aparecer. Y, ya avisado, miente como un bellaco, porque de ninguna manera se limita a trasladar "datos públicos" a la Embajada USA. Y vuelve a mentir cuando, el 1 de diciembre de 2010, niega que el Ministerio Público o la Fiscalía de la Audiencia Nacional hayan prestado labores de asesoramiento jurídico a EEUU para evitar el procesamiento de militares norteamericanos en las causas judiciales abiertas en España. Los cables diplomáticos filtrados revelan a las claras que no se trata sólo de información constante, sino también de predicciones y de consejos (aconseja también, por ejemplo, cómo debe "lidiar" el US Gov. con el Juez Pedraz, que aparece como filtrador de papeles sumariales a la prensa, cosa que no me asombra). El Sr. Zaragoza miente lo mismo que su superior jerárquico. Se cumplen así, sarcásticamente, los constitucionales principios de "unidad de actuación y dependencia jerárquica", que rigen al Ministerio Fiscal (art. 124.2 de la Constitución Española). Es de lo poco de nuestra Constitución que ha aumentado su fuerza imperativa.

La realidad, sin exageración alguna, es que Conde-Pumpido carece de escrúpulos jurídicos y morales y, ante documentos que no existe el menor motivo para pensar que sean falsos o falsificados, se atreve, con su pétrea faz, a "insistir en que los jueces y fiscales españoles actúan con `absoluta independencia, no se dejan influir por nadie y no admiten ningún tipo de presión ni injerencia'". ¿Por qué este Generalísimo de la Fiscalía osa equiparar públicamente a los fiscales con los jueces, cuando esa equiparación, como él sabe, es improcedente desde todos los puntos de vista? Porque no tiene vergüenza. Los cables que EL PAÍS publica muestran incluso cómo el mismo Conde-Pumpido explica al "Ambasador" la diferente posición de unos y otros servidores públicos, para dejar claro qué es lo que él puede y quiere hacer.

El Sr. Conde-Pumpido ha pretendido despachar lo que dicen varios detallados documentos USA, que le atribuyen hechos concretos, relatan concretas afirmaciones y revelan su concreta y constante actitud, con un par de afirmaciones generales, ambas mendaces. Sin duda, pensó que en la presente España de Monipodio, saldría del lance con el miura arreando dos mantazos. Pero no, y aunque tardemos algo en verlo, a este lamentable Magistrado metido a Fiscal General le ha cogido el toro y le ha dejado con la popa al descubierto, con el ipurdi al aire. La imagen es histórica e irreversible y le perseguirá sin remedio.

¿Hay delito en esos comportamientos de C-P? No lo veo. E incluso apenas se advierten presiones. No hacían mucha falta. Lo que hay, desde luego, es compadreo (en este caso, con USA; otras veces, con otros Estados), mucho compadreo y mucha indignidad. La indignidad de la simbiosis con el Ejecutivo, el único poder del Estado. Pero indignidad habrá también, muy negra y muy repartida, si este sujeto, Conde-Pumpido, es elevado a los altos altares del Derecho, como Magistrado del Tribunal Constitucional, por el consenso del PP y el PSOE en el Congreso. Y aunque los Sres. Diputados y las Sras. Diputadas gocen de inmunidad, en esa propuesta de nombramiento (el "cambio de cromos" de que ya hablé aquí: "Cándido Conde-Pumpido por Enrique López; v. "post" de 11 de octubre de 2010: "EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE ESPAÑA: “RENOVARLO” PARA REMATARLO", segunda entrega) sí encuentro elementos criminales: los del delito de nombramientos ilegales. Porque el Sr. López, que al PP le vale "un Conde-Pumpido", no reunía ayer, ni reunirá durante un par de años, los requisitos legales para ser Magistrado del Tribunal Constitucional.

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Dos postdatas: 1ª. Tal como aquí se predijo, el Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite, por falta de legitimación, los recursos de la Asamblea de Madrid y del "legislativo" de La Rioja contra la decisión de la Mesa del Senado de excluir la candidatura de D. Enrique López.

2ª. OFICINA JUDICIAL (pinchen la etiqueta "Oficina judicial" para ver "post" de este blog al respecto). Según un despacho de Europa Press, "Jueces para la Democracia (JpD) ha hecho un llamamiento, en un comunicado, para atajar 'con urgencia' las 'vicisitudes' de la Nueva Oficina Judicial. Precisamente, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha anunciado este miércoles en el Congreso de los Diputados que la Nueva Oficina se estrenará en ocho ciudades más el próximo año."

"'Resulta poco razonable implantar una organización de apoyo sin participación efectiva de los titulares de la actividad destinataria del mismo, ni de sus órganos de gobierno, ni de la comisión asesora mixta designada a tal fin', ha reprobado la asociación, que ha criticado que los jueces se sienten 'meros observadores' de un proceso tan 'trascendente' para su trabajo diario. 'Celebramos la reacción del CGPJ delimitando un nuevo marco de responsabilidad profesional del juez, acordando, tras constatar la situación y la solicitud de las cuatro asociaciones judiciales al respecto, la inmediata exigencia al Ministerio de Justicia para la imprescindible coordinación en el proceso que se inicia, y la creación de un grupo asesor de apoyo a los jueces afectados', ha dicho."

"Tras ello, ha mostrado su 'total solidaridad' con los jueces destinados en Murcia y Burgos y ha reclamado que éstos tengan acceso 'permanente' información ya que son coprotagonistas de este 'profundo cambio'. Dicho esto, ha solicitado la adopción 'urgente' de las medidas oportunas que corrijan las 'actuales dificultades' y eviten 'a la mayor brevedad' los desfases generados durante la implantación.'"

"Después de criticar el 'injustificable' retraso que ha sufrido la creación de las nuevas oficinas judiciales, JpD ha tildado de 'inaceptable' que las aplicaciones informáticas, los protocolos de actuación procesal o los acuerdos internos hayan sido acordados 'unilateralmente' sin la 'mínima participación del poder judicial'. En su opinión, los aspectos que afectan a la actividad estrictamente jurisdiccional se deben reservar en favor de los propios magistrados."

"Asimismo, ha reclamado la 'inmediata' intervención del CGPJ para resolver 'adecuadamente' los conflictos de competencias y "fijar las interpretaciones disponibles".

Ante esta penosa noticia, yo no me refocilo ni me regodeo. Porque más vale darse cuenta muy tarde del camelo y del engaño (a Secretarios, Jueces y Magistrados, a todos ellos) que no darse cuenta nunca.  De todas formas, resulta asombroso que personas tan inteligentes no vieran venir el caos y la dependencia judicial derivada del aislamiento y del desapoderamiento de funciones jurisdiccionales, consecuencia directa de las leyes de 2003 y 2009. Al parecer, ante los afines políticamente, algunos pierden de inmediato cualquier atisbo de capacidad crítica. Archiasombroso resulta que estos inteligentes miembros de JpD, aun diciendo lo que dicen, no sean capaces de reconocer que el "profundo cambio" ha consistido en unas leyes que disponían exactamente todo aquello de lo que ahora tanto se quejan. Estos finos juristas consideran que las disposiciones legales erróneas se pueden arreglar con una "inmediata intervención del CGPJ", porque, según la peculiar idea del Estado de Derecho del presidium de JpD, el órgano más politizado de España puede enmendar lo que llaman "conflictos de competencias" (son, en realidad, las competencias que las leyes han establecido, en contra de la razón, eso sí). Porque -y esta es la mayor hazaña argumental de los pseudo-progres- hay unas "interpretaciones disponibles" para deshacer el entuerto de esas dos leyes. No sé exactamente lo que pasa en Murcia y Burgos, pero deseo fervientemente que los Jueces y Magistrados de allí, por su bien, no se acojan a la protección de ningún "grupo de apoyo" dependiente del CGPJ y jaleado por JpD. A buen seguro que esos Jueces y Magistrados saben defenderse mejor con su propio caletre y por sus propios medios. 

lunes, 11 de octubre de 2010

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE ESPAÑA: “RENOVARLO” PARA REMATARLO (y II)


EL “CAMBIO DE CROMOS” POLÍTICOS
(actualización a 14 de octubre de 2010)

Vamos con el segundo hecho, ya adelantado en el post anterior, que remataría al Tribunal Constitucional (TC). Desde luego, con el hecho primero sería suficiente para el letal resultado y este segundo únicamente supondría, en términos taurinos, la puntilla o el descabello. Pero vale la pena tratarlo, no sólo para airear que lo que se pretende hacer con la menor publicidad -que corra el aire siempre es saludable en los asuntos públicos-, sino porque lo que ahora nos va a ocupar encierra cuestiones jurídicas y políticas de entidad más que suficiente.

PSOE y PP anuncian un “cambio de cromos”, repito, en la candidatura de Magistrados del TC por designación del Congreso de los Diputados, una vez consensuados ya los correspondientes al Senado. Concretamente, se trataría de “yo, PSOE, admito la candidatura de Enrique López López, Magistrado, si tú, PP, admites la de Cándido Conde-Pumpido Tourón, Magistrado del Tribunal Supremo” (en adelante, D. Enrique L. y D. Cándido CP, para abreviar). En la actualidad, D. Enrique L. es Magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, mientras que D. Cándido CP se encuentra en situación administrativa de “servicios especiales”, por desempeñar el cargo de Fiscal General del Estado.

Veamos los antecedentes y circunstancias relevantes en relación con estos dos candidatos, porque este blog se lee fuera de España y porque, dentro de España, bastantes personas no tienen por qué estar al corriente de la legislación y la vida judicial.

Ante todo, como primer antecedente, los requisitos jurídico-positivos de idoneidad para ser Magistrado del Tribunal Constitucional:

El artículo 159.2 de Constitución española (CE) dispone que “los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.”

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), en su artículo 18, se expresa en términos ligeramente diversos, señalados en cursiva, que son los siguientes: “Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre ciudadanos españoles que sean magistrados, fiscales, profesores de universidad, funcionarios públicos o abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional o en activo en la respectiva función.”

La diferencia entre CE y LOTC -guste o no y se considere más o menos ortodoxa- se encuentra en la exigencia de quince años “en activo en la respectiva función”, inciso del art. 18 LOTC aplicable a servidores públicos: “magistrados, fiscales, profesores de Universidades públicas u otros funcionarios públicos”. La LOTC se expresa así desde su aprobación, en 1979, de modo que no cabe sospecha de reciente reforma legal interesada. Y no se ha discutido nunca la constitucionalidad de ese precepto por añadir algo a lo que dice el art. 159.2 CE.

Sentado lo anterior, pienso, en primer lugar, que los términos “en activo” suponen precisar la exigencia temporal de la Constitución en la misma dirección en que lo hace el art. 29.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Ley 50/1981, de 30 de diciembre) cuando dispone que “el Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído previamente el Consejo General del Poder Judicial, eligiéndolo entre juristas españoles de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión.” Estas dos leyes -ambas fruto de un laborioso consenso entre la UCD y el PSOE de entonces- coinciden en preocuparse, aunque de distinta manera, en que los quince años de antigüedad en el ejercicio de un oficio jurídico sean reales y no el fruto de equiparaciones.

[INCISO: En el famoso caso del nombramiento de D. Eligio Hernández como Fiscal General del Estado (FGE), la clave de la postura contraria a la legalidad del nombramiento -que personalmente expuse al oírse preceptivamente al CGPJ, del que entonces formaba parte- era que los años en que D. Eligio había desempeñado el cargo de Gobernador Civil (o Delegado del Gobierno, tanto da) no podían considerarse como de ejercicio efectivo de ninguna profesión jurídica (no tanto como años de ejercicio como juez, sobre lo no podía caber duda alguna). Después de que los seis Vocales discrepantes del mayoritario informe favorable del CGPJ fuésemos puestos de vuelta y media (sobre todo por uno de los demás Vocales, insultador y difamador profesional, aunque nunca de modo que quede constancia para que el difamado e insultado pueda demandar o querellarse), la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en Sentencia de 28 de junio de 1994, declaró contrario a Derecho y nulo ese nombramiento (conste de nuevo mi aprecio personal a D. Eligio, que ocupaba sitio a mi lado en los Plenos del CGPJ hasta su ilegal nombramiento como FGE).]

Por lo dicho, los términos “en activo en la respectiva función” pueden ser entendidos como relativos a una situación administrativa, sin que lo sucedido en torno a D. Eligio H. constituya un precedente en sentido propio, porque se trata de cargos distintos con requisitos establecidos en normas distintas. Respecto de Magistrados, son cinco las posibles situaciones administrativas que se establecen en la Ley Orgánica del Poder Judicial: “servicio activo, “servicios especiales”, “excedencia voluntaria”, “suspensión de funciones” y, desde 2007, “excedencia por razón de violencia sobre la mujer” (!).

Aplicación de los requisitos a los candidatos: D. Cándido CP ha estado en servicio activo en la Carrera Judicial al menos 21 años (1981-2004) contando sólo desde que alcanzó la categoría de Magistrado (1981). Cumple, pues, sobradamente el requisito de tiempo en activo como Magistrado. En cuanto a ser “jurista de reconocida competencia”, puede ser considerado tal por la doble circunstancia de haber accedido a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo (1995) y de ser autor o coautor de cierto número de publicaciones, que no hace falta valorar según la interpretación constante de la expresión constitucional y legal “jurista de reconocida competencia” (o “jurista de reconocido prestigio”, en otros casos) (nunca he estado de acuerdo con esa interpretación, puesto que "jurista" no es el Licenciado o Doctor en Derecho, pero he de reconocer la consolidada degradación del sentido de esa palabra).

En cuanto a D. Enrique L., dejando a un lado lo de “jurista de reconocida competencia”, ingresa en la Carrera Judicial el 21 de junio de 1989. Permanece en situación de servicio activo, como titular de tres Juzgados distintos, hasta el 11 de mayo de 1998. Por tanto, algo menos de 9 años. Desde el 11 de mayo de 1998 hasta el 3 de julio de 2001, desempeña el puesto de Letrado del Consejo General del Poder Judicial. Para el desempeño de ese puesto, hubo de dejar la situación administrativa de servicio activo en la Carrera Judicial y pasar a la situación de “servicios especiales” (así se disponía ya con toda claridad en el art. 352, letra b, de la LOPJ) Vuelve al servicio activo el 3 de julio de 2001, como titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de León.

En el mismo año 2001, por R. D. de 1223/2001, de 6 de noviembre, es nombrado Vocal del Consejo General del Poder Judicial, cargo que ocupa hasta finales de septiembre de 2008 (aunque accede a plaza de Magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en junio de 2005), cuando toman posesión los actuales Vocales, nombrados por RR. DD. 1574 y 1575, de 22 de septiembre. Al hallarse necesariamente en situación de “servicios especiales” durante esos casi siete años, a los años antes referidos (menos de 9) sólo cabe añadir 5 meses más de servicio activo, con lo que suma apenas diez "en activo".

Así, pues, cuando varios parlamentos autonómicos proponen al Senado, en septiembre de 2008, la designación de D. Enrique L. como Magistrado del TC, D. Enrique L. no tiene cumplidos 15 años en “servicio activo” como miembro de la Carrera Judicial. Vienen a faltarle prácticamente 5 años. Al parecer, tanto el PP como el mismo D. Enrique L. entienden en su momento que cabe contabilizar, para los dichosos 15 años, el tiempo en que fue Vocal del CGPJ. No es así. Pero es que, por añadidura, se olvidan, al parecer, de que, además, se encontró en "servicios especiales" de 1998 a 2001, como Letrado del CGPJ (y son tres años que añadir a los casi siete como Vocal del mismo CGPJ). En el Senado, la Mesa, con informe de los Servicios Jurídicos de esa Cámara, consideró que D. Enrique L. no cumplía el requisito legal de los 15 años. Se presentan varios recursos ante el TC contra esa decisión.

Expondré lo que pienso. Sin duda, los casi siete años como Vocal son, en el caso de D. Enrique L., años de dedicación a la Justicia en razón de su condición de miembro de la Carrera Judicial en el CGPJ. Más aún, en la Sentencia 108/1986, de 29 de julio, del Pleno del Tribunal Constitucional, se afirma con toda claridad que la razón de ser de los 12 Vocales judiciales es representar a la Carrera Judicial. No cabe decir lo mismo, naturalmente de los algo más de tres años en que fue Letrado del CGPJ.

En todo caso, se ha de entender que un Magistrado que ha estado escasamente 10 años en situación de “servicio activo” como Magistrado es inidóneo para un cargo que legalmente exige “más de quince años…en activo en la respectiva función”. En primer lugar, porque casi siete años de un Juez o Magistrado en el CGPJ suponen casi siete años de no ejercicio de la función jurisdiccional, que, más tres años anteriores como Letrado del mismo CGPJ, hacen un total de diez años sin ejercer función jurisdiccional y sin hallarse en servicio activo. En segundo lugar, ocurre que, puestos a equiparar el tiempo que un Juez o Magistrado pasa en situación de “servicios especiales”, hay que atenerse conforme al art. 354.2 LOPJ, que dice así: “a los jueces y magistrados en situación de servicios especiales se les computará el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de ascensos, antigüedad y derechos pasivos. Tendrán derecho a la reserva de la plaza que ocupasen al pasar a esa situación o la que pudieren obtener durante su permanencia en la misma.” La antigüedad de que aquí se habla es la antigüedad en la Carrera Judicial: de eso nunca ha existido duda alguna. Pero esa antigüedad en la Carrera no es, a todas luces, lo que exige el art. 18 LOTC.

Se equivocan de medio a medio quienes piensan que hay un "truco" en la candidatura de D. Enrique L., consistente en que, cuando se abra la renovación de Magistrados del TC que corresponde al Congreso de los Diputados (la que le toca al Senado está señalada para el próximo mes de noviembre), D. Enrique L. ya habrá cumplido los quince años en activo como Magistrado. Eso sólo sería cierto si los quince años de marras dependiesen sólo de los casi siete años que D. Enrique L. ocupó el puesto de Vocal del CGPJ. Pero, como ya he dicho, hay que contar también, como tiempo en que no estuvo "en activo" en la "respectiva función" (la función jurisdiccional), los tres años largos que median entre el 11 de mayo de 1998 y el 3 de julio de 2001, en que fue Letrado del CGPJ, en situación de "servicios especiales". Por descuidados y chapuceros y por no saber, no cuentan o no saben ni contar. No hay "truco" que valga. Lo único posible es un nombramiento ilegal, salvo que esperen al año 2013.

No seré yo quien haga profecías -aunque no resulte muy difícil en este caso- sobre lo que el TC puede resolver en esta controversia en virtud de los recursos (supongo que de amparo) que se le han planteado contra la decisión del Senado. Confío, por la salud del Estado de Derecho y por la aunque sea postrera dignidad del TC, que no se amparen en posibles precedentes de suma laxitud (llamémosle así, piadosamente) en la exigencia del requisito de los 15 años al designar anteriores Magistrados del TC. Y quiero hacer notar, sobre la suerte de algunos recursos de amparo, cuán dudoso resulta que alguien distinto de D. Enrique L. esté legitimado para pedir amparo al TC, pues eso exige presentarse como titular de un derecho fundamental, titularidad que, a todas luces, no poseen los órganos autonómicos que presentaron a la vez la candidatura de D. Enrique L.

Sea de los 15 años lo que fuere, el meollo del asunto de esta historia de "cambio de cromos" son unos cuantos muy chocantes y muy negativos aspectos, que, para no alargarme más, enumero seguidamente:

1º) Que el PP, de entre todos los experimentados juristas de España, se limite, por coincidencia de todas las asambleas legislativas autonómicas en que tiene mayoría o influencia, a proponer los nombres de las mismas dos personas, no me parece el modo más serio y eficaz de contribuir a que una renovación del Tribunal Constitucional lleve a este órgano a personas de alta categoría y prestigiosa trayectoria jurídica. Centrarse empecinadamente en el ex-Presidente del TS y del CGPJ, D. Francisco Hernando (en su día introducido en el TS por D. Antonio Hernández Gil vía “quinto turno”) y en el ex-Vocal y ex- Portavoz de ese mismo CGPJ, D. Enrique L., es favorecer, muy a las claras, la idea del CGPJ como un importante escalón en suerte de carrera política en el mundo de las instituciones jurídicas del Estado. Me parece una contribución tan importante como deplorable a la consolidación del muy indeseable “Estado de Partidos”.

2º) Empecinarse en la candidatura de D. Enrique L. ha sido y sigue siendo, por parte del PP, algo imprudente y de un nada disimulado sesgo político, puesto que, cualquiera que sea el desenlace oficial de la discusión acerca de si D. Enrique L. cumple los traídos y llevados 15 años, lo que no se puede discutir en serio es que su trayectoria como jurista resulta sumamente parca en relación con el cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional (10 años en activo en cuatro Juzgados) y, en cambio, esa trayectoria -aún corta, dada la edad de D. Enrique L.- es proporcionalmente abrumadora en posiciones propias de lo que ahora llamaré política judicial: 3 años de Letrado del CGPJ y otros casi 7 años de Vocal de ese mismo CGPJ, como Portavoz, para más “inri”, con no pocas comparecencias discutibles y discutidas, porque lo que es legítimo decir como ciudadano y como Vocal, no es tan legítimo decirlo como portavoz de un órgano constitucional (lo mejor es que no haya portavoz: para eso está el Presidente). Si D. Enrique L. llegase al TC le perseguirían, a todas horas, las declaraciones públicas que hizo sobre diversos asuntos controvertidos: recusaciones probables, por tanto.

En resumidas cuentas, con una visión más bien rastrera de las altas instituciones jurídicas del Estado, el PP, entre centenares de miembros de la Carrera Judicial con prestigio e indiscutible experiencia en activo, apuesta, como si en esa apuesta España se jugase el Estado de Derecho, por uno solo de ellos, de bajo perfil profesional y, para colmo, de dudosa idoneidad legal. Puedo asegurar aquí que no paro de encontrarme -en los distintos ambientes profesionales en que me muevo- con profesionales del Derecho que, desde mucho antes del anuncio del “cambio de cromos”, no encuentran explicación racional a la terquedad de esa “apuesta” del PP (o, más bien, de quien sea en el PP) por D. Enrique L. Yo tampoco encuentro tampoco ninguna explicación racional, pero no me asombro porque estoy cierto de que no existe razón y el motivo de la terquedad debe ser de otra naturaleza, que no conozco con detalle, pero que, tratándose de lo que se trata, será político-partidista y alicorta.

3º) Es revelador que el PSOE, firme durante años en el rechazo de D. Enrique L., aparezca ahora aceptándole, siempre que el PP se avenga a promover a la magistratura del TC al actual Fiscal General del Estado, D. Cándido CP. ¿De qué es revelador? De que al PSOE no le importa nada, en realidad, que no concurran los requisitos legales para el nombramiento de D. Enrique L, al que no se han cansado de tachar de ultra-conservador (definición errónea, por cierto) y que han considerado, no sin razón, demasiado politizado e inmerso en el PP.

Todo eso, más la escasa trayectoria profesional de D. Enrique L., se le da una higa al PSOE. Todo eso deja de ser objetable si el PP acepta a D. Cándido CP (por cierto, una de las personas con nombre propio más contradictorio con su temperamento y carácter que he conocido). La politización de la Justicia ha sido programática en el PSOE, en perfecta coherencia con sus raíces históricas como primer partido marxista en España, por más que siempre haya acogido a unas cuantas personalidades no marxistas sino social-demócratas (no me refiero al en su día converso Felipe González, sino a personalidades de fuste, de tiempos pretéritos, más algunas actuales, que, por supuesto, no gobiernan con ZP). Desde hace tiempo, esa politización es disimulada programáticamente en el PSOE, pero prosigue inalterada en su praxis. Con todo, este episodio es muy destacable como especialmente vergonzoso, porque deja enteramente al descubierto que el Derecho carece de valor para el PSOE y sólo es concebido y utilizado como mero instrumento para alcanzar y ensanchar el propio poder. Leen las normas un día con este significado y después con el significado contrario según convenga (uso alternativo del Derecho) o, si la norma es demasiado clara, sencillamente prescinden de su existencia.

4º) Pero quizá resulte aún más chocante y revelador que todo lo anterior que el PP acepte el “cambio de cromos”, como parece que lo ha aceptado, porque no han negado el acuerdo con el PSOE y de hecho, en ambientes del PSOE lo que ahora se preguntan es quién será el próximo Fiscal General, con lo que dan por hecho ese “cambio de cromos”. D. Cándido CP, con toda su trayectoria judicial (en la que no faltan sombras), presenta un perfil político sumamente acusado para cualquier observador informado e independiente, un perfil que es indeseable para los Magistrados del TC. Y el PP, con mejores o peores argumentos y con más o menos oportunidad, ha estado quejándose una y otra vez de la impregnación política de la actuación de D. Cándido CP., hasta anteayer mismo, como si dijéramos.

Tengo por cierto que varios miembros del MF, a las órdenes de D. Cándido CP, han utilizado su posición para operaciones político-judiciales claramente dirigidas al descrédito del PP. ¡Ojo! No estoy diciendo que todas las escandaleras públicas de corrupción protagonizadas por militantes o ex-militantes del PP hayan sido o sean puros montajes de la Fiscalía a cargo de D. Cándido CP., porque todos esos militantes y ex-militantes hayan sido o sean ejemplares en la aplicación del Derecho y en el manejo de los fondos públicos. Lo que digo son dos cosas distintas: 1ª) Que algunas detenciones impulsadas exclusivamente por la Fiscalía y debidamente publicitadas han quedado absolutamente en nada cuando han llegado a la autoridad judicial; 2ª) Que en el seno de varios procesos penales no desprovistos de indicios racionales de criminalidad, el Ministerio Fiscal (y, más frecuente y claramente, la llamada Fiscalía anti-corrupción) han actuado como si para ellos no rigiesen los preceptos legales aplicables en materias sensibles. Es casi un dogma para esa Fiscalía que todo vale, lo que les equipara a los “corruptos” que persiguen. Aquí ya he tratado con detalle algunos de esos casos.

Ocurre que, pese a todo lo anterior, se ha anunciado que el PP cambiaría “cromo” con el PSOE: D. Cándido CP por D. Enrique L. De manera que PP y PSOE (sobre todo PSOE) entienden que un candidato al que el Senado pone serios reparos jurídicos, no los tendría para el Congreso, como si los requisitos fuesen distintos (cuando, obviamente son idénticos) o como si los Servicios Jurídicos del Congreso fuesen a discrepar de los del Senado (ambos dos servidos por miembros del cuerpo de Letrados de las Cortes) o como si se hubiese ya establecido que el TC va a dar la razón a D. Enrique L. y a sus fervientes patrocinadores del PP.

Mi conclusión final es doble: por un lado, muy mala renovación -lo he dicho al principio: la puntilla o el descabello para un TC prácticamente mortinato- será la que incorpore al TC tanto a D. Enrique como a D. Cándido. No se trata de dos verdaderos juristas con genuino prestigio como tales y con una trayectoria de independencia respecto de los partidos políticos. Son dos miembros de lo que en otro lugar he llamado subclase política justicial. Por otro lado, si el PSOE carece de dignidad y del mínimo respeto a una institución constitucional de tanta importancia como la que debería tener el TC, el PP no le va en eso a la zaga al PSOE. No sé -ni me hace falta saberlo- si en el PP son exactamente tan desvergonzados como en el PSOE. Diría, en todo caso, que los cerebros del PP son mucho más gilís. ZP no se chupa el dedo tanto como Rajoy y sus huestes.

Como dijo el Conde de Romanones: "¡Joder, qué tropa!". ¡Y qué horizonte nos preparan Gobierno y Oposición! Pero me atrevo a decir, porque los ciudadanos no somos tan gilís, que, a medio plazo, no es tampoco deslumbrante el horizonte que se prepara, a sí misma, la tropa esa. Porque no siempre vamos a resignarnos con lo que hay.