LA FISCALÍA DE MADRID CULMINA SUS ARDUOS ESFUERZOS INVESTIGADORES CON UNA MERA DENUNCIA A “TODOS” LOS CONTROLADORES. UN PRECEDENTE ORIGINAL.
El pasado día 10 de diciembre de 2010, la Asociación de Fiscales propinó una nada leve colleja, capón o puntapié a D. Cándido Conde-Pumpido. Ésta que transcribo es la noticia transmitida por la Agencia EFE:
«La Asociación de Fiscales (AF) ha acusado hoy al Gobierno de "injerencia intolerable" en la Fiscalía en relación al caso de los controladores aéreos y ha criticado que el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, asistiera al Consejo de Ministros extraordinario que declaró el estado de alarma.»
«En un comunicado, la asociación mayoritaria en la carrera fiscal ha destacado que el Gobierno carece de facultades para determinar la norma aplicable en la jurisdicción penal y ha considerado que la "mera indicación" al Ministerio Público del derecho a aplicar "supone una injerencia intolerable contraria al principio de imparcialidad" y al propio Estado de Derecho.”»
«El vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, indicó en una rueda de prensa tras la celebración de un Consejo de Ministros extraordinario el pasado día 4 que, "en caso de no asistir al trabajo, estarían incurriendo en un delito de desobediencia tipificado en el código civil-militar".»
«Según la AF, debe ser el Ministerio Fiscal, previa valoración de su pertinencia jurídica, y en última instancia los tribunales quienes determinen si el abandono colectivo por los controladores aéreos es penalmente relevante y si le es de aplicación una norma preconstitucional o el Código Penal de 1995.”»
«Para esta asociación, la presencia de Conde-Pumpido en el citado Consejo de Ministros fue "innecesaria e impertinente" a pesar de que fuera un supuesto de excepcionalidad, "o precisamente por ello", ya que -ha recordado- la Constitución establece la autonomía funcional del Ministerio Público dentro de la división de poderes.»
«El Ministerio Fiscal queda sujeto a los principios de imparcialidad y legalidad, y no al dictamen de criterios políticos, y bajo ninguna circunstancia puede convertirse en órgano consultivo del Gobierno", resalta la AF que recuerda que la relación entre ambos "no es en caso alguno de subordinación".»
«La declaración del estado de alarma -han agregado- supone "una reducción de las garantías y libertades constitucionales, por lo que el Ministerio Fiscal como garante de las libertades públicas, debe mantenerse distante del foro gubernativo en el que se decida su adopción, alejado de posicionamientos políticos adoptados con carácter previo al acontecimiento de los hechos".»
Además de las consabidas barbaridades del informador, en este pronunciamiento de la AF hay algunos aspectos matizables, como, por ejemplo, la contundente afirmación de que el Sr. Conde-Pumpido asistió a un Consejo de Ministros. Eso, desde luego, es lo que afirmó este señor Fiscal General (FG) y algunos portavoces gubernamentales, pero aquí ya sostuvimos algo distinto: 1º) Que el FG no puede participar en el Consejo de Ministros, sino que puede “ser llamado a informar ante el Consejo de Ministros" (art. 9.2 EOMF), cosa muy distinta. Y preguntábamos ¿sobre qué podría haber sido llamado a informar el FGE ante un genuino Consejo de Ministros? ¿Qué información podría proporcionar de la que no dispusiese el Gobierno?; 2º) Que, en realidad, Conde-Pumpido aparecía en un “video” en la web de La Moncloa como participante en una denominada "Comisión Delegada del Gobierno para situaciones de crisis", lo que carece de justificación más aún que una eventual intervención como informante en un verdadero Consejo de Ministros.
Bastante más tendría que decir sobre la repetida “imparcialidad” del Ministerio Fiscal, pero no es el momento para disquisiciones sobre esa verdadera tautología.
No está nada mal, con todo, lo que dice la Asociación de Fiscales. Porque lo grave no es la posición jurídica de la institución Ministerio Fiscal respecto del Gobierno. Según el Estatuto Orgánico (pueden ilustrarse más al respecto con el blog hermano “DOCUMENT-AOS”, que contiene un estudio breve) los miembros del Ministerio Fiscal no son subordinados del Gobierno. El Ministerio Fiscal no es la asesoría jurídica del Gobierno (papel que corresponde a la Abogacía del Estado), sino una institución con autonomía funcional y orgánica y un sólo jefe: el Fiscal General del Estado. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal es una Ley de 1981 (la Ley 50/1981, de 30 de diciembre), muy meditada y laboriosamente consensuada en aquellos tiempos. Lo que complica todo son los malos nombramientos de Fiscales Generales y sus aumentadas facultades, en una reforma del EOMF (la de la Ley 24/2007, de 9 de octubre) que, presuntamente dirigida a dotar de más autonomía al Ministerio Fiscal, lo que realmente hizo es incrementar el poder del Fiscal General.
Pero hoy es otra la noticia. Hoy, los incesantes paseos por España de D. Cándido Conde-Pumpido, voceando los graves delitos de los controladores y los escasos pero activos coros de algunos subordinados, haciendo eco a las acusaciones públicas -que no procesales- de D. José Blanco, más las investigaciones y citaciones tan cacareadas días atrás -hubo una semana especialmente intensa- parecen haber dado un fruto: la Fiscalía de Madrid ha denunciado a todos los controladores, según unos medios o a todos los controladores de Barajas y Torrejón, según otros. Tanto da. No voy a hablar del ratón que parieron los montes, que está muy visto. Esto es, más bien, como si la Gran Gallina Ponedora, ganadora del concurso mundial, se hubiese alzado, finalmente, toda ufana, de su rincón habitual, esponjando las alas y las plumas, para terminar dejando al descubierto un huevito de gorrión. Ridículo y penoso.
Y aunque pueda parecer un original e interesante precedente para mover la maquinaria policial y de la Justicia, no es tal. Si cualquiera de nosotros acude al Juzgado de Guardia y pone una denuncia a “los estafadores”, a los “defraudadores fiscales de Madrid”, a “los prevaricadores” o, concretando más, a los “Alcaldes malversadores de caudales públicos” o “a todos los Ministros y Secretarios de Estado que prevariquen”, no tengo ninguna duda de que nos mandarían a paseo sumariamente. Pero al Fiscal de Madrid, leal súbdito de Conde-Pumpido, no le da vergüenza una denuncia así. Descartada la sedición prevista en el art. 544 del Código Penal, la Ley que vienen esgrimiendo es la Ley 209/1964, de 24 de diciembre, Penal y Procesal de la Naveg ación Aérea y, más en concreto, su art. 20, párrafo segundo, que considera reos del delito de sedición a los “empleados de aeropuertos que, en número suficiente para perturbar el servicio, abandonen colectivamente sus funciones en la aeronave o el aeropuerto, en actitud de protesta, desobediencia coactiva o represalia contra el Comandante o Jefe respectivo.” Todos los controladores ajenos a una situación así, pueden estar perfectamente tranquilos: los que no estaban de servicio en ningún aeropuerto, aquellos que por el cierre decretado por AENA no pudieran incorporarse a sus puestos, los que se iban del aeropuerto porque había acabado su turno. Y habrá que ver, respecto de los que se fueron, si en verdad les resulta aplicable ese precepto.
Yo no soy partidario de la inmunidad ni de la impunidad de nadie. Soy, al contrario, resueltamente partidario de que el que la hace, la pague, controladores aéreos incluídos. Lo que quiero transmitir con estas noticias es que, para ciertos titulares de los poderes públicos, la ley no es una ordenación racional que hayamos de cumplir todos por igual, sino un arma arrojadiza de una política absolutamente ignara, inepta y sin escrúpulos de clase alguna: ni éticos, ni estéticos, ni, por supuesto, jurídicos. Ha pasado casi un mes y los que galleaban sobre la rigurosa aplicación de la ley no han sido capaces de articular una acusación seria y no han hecho otra cosa que esa denuncia ridícula y vergonzosa. Si la hiciese un particular lego en Derecho o un mal abogado, el ridículo recaería sobre él. Pero si la hace el Ministerio Fiscal, el ridículo es lo de menos. Lo grave es el desprestigio de una institución importante y necesaria. El Estado mismo se desprestigia. Y este país, esta Nación llamada España, no andan sobrados ahora de credibilidad.
1 comentario:
Curiosa esta manera de imputar "al bulto", así como diluir el principio de taxatividad de los tipos penales en pro del titular mediático.
En Hispania todo es posible: desde que una sociedad pueda delinquir, por mor del legislador; hasta que el delito en cuestión pueda ser el de alcoholemia, por obra y gracia de una Fiscalía ocurrente.
Esperamos sus análisis y comentarios en este año que brota, profesor, siempre provocadores de reflexión; válidando con su fino verbo la definición de Ulpiano -citando a Celso- sobre el Derecho: ius est ars boni et aequi (el derecho es la la técnica de lo bueno y de lo justo). Gracias, Feliz año y un anónimo abrazo.
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