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domingo, 25 de enero de 2015

“Y LA JUSTICIA, ¿QUÉ TAL?”


SUBSISTE, QUE NO ES POCO, A PESAR DE ESTOS PESARES

Por simple edad y consiguiente historial, es frecuente que a uno le hagan preguntas generales como “y la justicia, ¿qué tal?” o “¿cómo anda la Universidad?”.  Ya se entiende que, sobre estos dos asuntos, tanto si se demandase una respuesta ceñida al momento presente como si se desease una exposición de más vuelos, la ocasión de un encuentro muy breve es inadecuada. Así que hay que contestar de modo escueto y, a ser posible, con algo significativo para el nivel de inteligencia y los conocimientos de quienes preguntan, nivel que, en mi caso, no suele ser bajo.

A la pregunta “y la Justicia, ¿qué tal?” yo diría: “la Justicia, inmarcesible, intacta; la Administración de Justicia ya es otra cosa.” Y ahí se puede acabar la charla. Pero cabe que te digan: “no, claro, me refiero a lo segundo”. Entonces, me parece que hay que dar, en versión escueta o extendida, estas cuatro respuestas:

1ª) “Todavía hay jueces en Berlín”, dicen que exclamó el molinero alemán, al que Federico II, el Grande, Rey de Prusia, había ordenado demoler su molino, cuando los jueces fallaron en favor del molinero y ordenaron la reconstrucción del molino o, según otros, también el mismo Federico: "veo, con alborozo, que todavía hay jueces en Berlín". Haya sido la historia así o no (aunque es muy verosímil), la frase significa que todavía tenemos en España tribunales de justicia que actúan y resuelven como tales, aplicando el Derecho a los casos que les corresponde. Y eso no es poco.  De hecho, a pesar de muchos pesares, es de lo mejorcito que va quedando.

Advierto, sin embargo, serios indicios de un peligroso deslizamiento de los tribunales, en todos los ámbitos (el civil como el penal, por ejemplo), hacia una pretendida “justicia del caso concreto”, que orilla la sumisión a la ley y su interpretación conforme a Derecho y, por supuesto, lesiona la Justicia y la seguridad jurídica. Este fenómeno es comprensible dada la extrema hipersensibilidad que ha motivado y justificado la noticia de tantos casos de tan variada corrupción, pero la reacción que señalo no deja de ser algo indeseable y dañino, como lo son las injustas generalizaciones (p. ej., contra “los funcionarios”) o la explotación corrupta de la indignación ante la corrupción, a la que me referí aquí hace tiempo (http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/04/corrupcion-sobre-la-corrupcion-y.html) y sobre la que habrá que volver con las pertinentes actualizaciones.

Cualquiera que sea la coyuntura, nunca defenderé un “activismo judicial”, porque, en tal caso, aceptaría que quedase en suspenso, cuando menos, una Administración de Justicia mínimamente fiable.

2ª) La Administración de Justicia no recibe —sobre todo en su decisivo escalón primero: los Juzgados— los medios estrictamente necesarios para unas condiciones de trabajo dignas y para una duración aceptable de muchos procesos. En 2014 se han hecho señalamientos de juicio para el año 2017 sobre asuntos de toda clase y hasta para el 2018 en lo laboral y lo penal, pero hace poco aparece la noticia de un Juzgado de lo Social, de Sevilla, que cita para el acto del juicio ¡el 6 de febrero de 2019! Las penurias más sangrantes se extienden: cito de buenísima fuente: “Juzgados sin papel higiénico, sin fotocopiadora, sin personal, que nombren un juez de apoyo pero no le den funcionarios, expedientes archivados en cuartos de baño, pasillos y escaleras, goteras, juzgados sin calefacción o sin aire acondicionado, jueces con infarto, juicios suspendidos por falta de sustitutos, ordenadores con sistemas operativos no solo incompatibles sino antiquísimos, juzgados con carga de trabajo del 150% y hasta del 200%...” No es ésta la situación de todos los órganos jurisdiccionales, pero sí la de unos cuantos, que no son pocos, sino demasiados.

3ª) Por motivos de calendario político-electoral, tras la dimisión de Ruiz Gallardón como Ministro de Justicia, ha cesado también la megalómana e insensata diarrea de reformas legales sobre las anteriores reformas legales, tan próximas a otras previas reformas legales. No tengo la menor duda de que esto contribuirá a que la Administración de Justicia no se precipite en el caos total e incluso se pueda ir restableciendo poco a poco de algunos de sus males. Dos cirugías mayores más y la A. de J. hubiese fallecido a manos del reformismo iletrado y megalómano.

4ª) A todas éstas, el acceso a la Justicia permanece gravísimamente obstruido o impedido en España por la aplicación de la inicua Ley 10/2012, de Tasas Judiciales. Van a cumplirse cuatro meses desde que se nombró nuevo Ministro de Justicia, que inmediatamente anunció la “revisión” de esa ley y ha sido posible que en estos meses el Ministro propusiese e hiciese aprobar una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero, al parecer, no considera necesario y urgente (aunque a todas luces lo sea) eliminar las concretas tasas actuales. Son unas tasas que, dígase lo que se quiera, no tienen una primordial finalidad recaudatoria (que ya sería injusta e inconstitucional, por no atender a la capacidad de los sujetos tributarios: art. 31.1 de la Constitución Española), pues, como hizo notar Verónica Del Carpio, no se permite ni el fraccionamiento ni el aplazamiento. El propósito de las tasas es primordialmente impeditivo y obstructivo del acceso a la Jurisdicción. En materia de estas tasas infames, lo único que se sabe con certeza sobre el comportamiento gubernamental es que, al anunciar una “revisión de la ley”, el Ministro enviaba un mensaje al Tribunal Constitucional para que no resolviese recursos y cuestiones pendientes y ya comenzados a abordar y que, de inmediato y por el momento, el mensaje fue recibido y aceptado. De esto ya me ocupé no hace mucho tiempo: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2014/10/por-que-se-tarda-en-eliminar-unas.html

EL SANGRANTE OLVIDO DE A QUIEN FAVORECEN PODEROSAMENTE LAS ACTUALES TASAS JUDICIALES

Acerca de las persistentes tasas de la inicua Ley 10/1992, me parece muy oportuno, recordar un pasaje de mi muy admirado Jeremías Bentham en su obra A protest against law taxes (Una protesta contra las tasas judiciales), Londres, 1793, que me ocupé de editar, muy bien traducida con introducción y notas. Al final de las páginas dedicadas a explicar las causas de que un impuesto tan injusto fuese finalmente aceptado, en vez de dura y contundentemente repelido, escribía Bentham:

“¿Acaso una especie de camaradería instintiva entre las clases acomodadas no ha podido contribuir en algo, si no a la imposición de la tasa judicial, por lo menos a su consentimiento? Porque las clases acomodadas son las únicas que, bien por su patrimonio, su posición, su educación, su inteligencia o su influencia, están cualificadas para liderar medidas legislativas; y la propiedad característica de la tasa judicial es precisamente que favorece a las clases acomodadas, a los ricos, y justo en proporción a su riqueza. Otras tasas no conceden a nadie una indemnización por los recursos que detraen; la tasa judicial otorga poder a cambio de recursos. El poder para mantener postrados a los que deben ser mantenidos postrados, el poder para hacer el mal y para vanagloriarse sin recato de no hacer todo el daño que ese poder permite hacer. Tales ventajas resultan demasiado valiosas como para no ser apresadas con avidez por la debilidad humana. En un país con libertades políticas y con un sistema de Justicia por lo demás imparcial, esas ventajas sólo pueden obtenerse por un camino tan opaco e indirecto como es éste de las tasas judiciales; quienes están bien equipados para viajar por el camino superan los inconvenientes del trayecto con el más paciente de los consentimientos.” (el subrayado es mío)

Escribí sobre este texto la siguiente nota y me parece también oportuno reiterar lo que apunté:

“Quizás sea éste el pasaje más realista y de mayor dureza crítica de toda la Protesta. Comienza Bentham con cierta suavidad, preguntándose y preguntando al lector si en la aquiescencia ante las tasas judiciales no habrá influido una suerte de “fellow-feeling” entre la gente adinerada (among wealthy). Pero el pasaje asciende en intensidad expresiva (retórica) y acaba con las más duras afirmaciones: las tasas judiciales conceden nada menos que “el poder para mantener postrados a los que deben ser mantenidos postrados, el poder para hacer el mal y para vanagloriarse sin recato de no hacer todo el daño que ese poder permite hacer”. Tal poder, que la debilidad humana no puede dejar de ambicionar y que no puede dejar escapar cuando lo tiene, sólo se logra mediante una vía tan retorcida y opaca como la de las tasas judiciales, especialmente en países, como la Gran Bretaña de 1793 y la España actual, con libertades políticas formales y un sistema judicial imparcial. Los poderosos, los adinerados, aumentan su poder gracias a las tasas judiciales y si el territorio de la Justicia se hace, en general, muy duro de transitar, ellos están perfectamente equipados para transitarlo y, por tanto, consienten las tasas con una paciencia carente de mérito.”

“Que así era y es la realidad subyacente y que Bentham no incurre en exageración alguna ni su diatriba resulta injusta y ni siquiera algo excesiva, encuentra hoy una confirmación que se me antoja irrebatible. Me refiero a este hecho: los grandes usuarios de la Justicia en España, en un porcentaje que no se ha calculado como lo han hecho en otros países, son las instituciones financieras, las aseguradoras y otras grandes compañías. ¿Acaso las tasas judiciales de 2012 no han implicado e implicarán para ellas un aumento de sus costes? Claro que sí. Pero han guardado y guardan el máximo silencio ante esa realidad. Y no hace falta mucha inteligencia para comprender que las consideraciones de Bentham en este pasaje les son perfectamente aplicables y, por mi gusto, en los mismos términos que utiliza nuestro autor. ¿Qué ha sido del argumento de contribuir al sostenimiento de las instituciones públicas en la medida en que uno se beneficia de ellas?” (el subrayado también es mío).

Sólo añadiré ahora algo que di por sabido y quizás no lo sea tanto para los lectores de este blog, en parte no españoles: que las Administraciones Públicas no pagan tasas, de modo que la reacción jurisdiccional ante sus resoluciones o disposiciones gravosas (que no son sólo las sancionadoras por múltiples conceptos) le puede resultar muy difícil o imposible a numerosos ciudadanos. Por si fuera poco, he detectado algunos comportamientos administrativos que fuerzan acudir directamente a los tribunales sin posible recurso administrativo previo, que no devengaría tasas.

O sea. “la Justicia, estable, dentro de su estado crítico”. Acerca de “y la Universidad, ¿cómo anda?” espero no tardar mucho en escribir algo.

miércoles, 30 de abril de 2014

EL PODER NO QUIERE QUE FUNCIONE LA JUSTICIA Y ACTÚA EN CONSECUENCIA


EN TODAS PARTES CUECEN HABAS EN LA JUSTICIA, PERO NO ES NINGÚN CONSUELO


En España, han sido noticia, en las últimas semanas, Juzgados donde no podía funcionar la fotocopiadora o faltaban grapas. No me he limitado a leer esas noticias, sino que he preguntado a quienes diariamente trabajan en bastantes tribunales y me han confirmado un general estado de penuria de los más elementales medios materiales y, más aún, de personal y, mucho más aún, de personal mínimamente cualificado.
 
No me ha extrañado. Porque este periodo del Ministro Gallardón, dejado a rienda suelta para producir papeles "prelegislativos" espantosos y hacer declaraciones lamentables, está siendo la puntilla para una Administración de Justicia impedida por las tasas para los justiciables y desatendida hasta la indigencia por el Gobierno. Me indigna que las declaraciones oficiales sean ya una deleznable propaganda, burdamente mendaz para quienes sepan algo de lo que ocurre en muchos de nuestros Tribunales.

¿Se planteará siquiera alguna vez que se incurra en responsabilidad por declaraciones engañosas o no veraces y se reprima esa propaganda, exigiendo a los dirigentes políticos y sociales que no sean menos rigurosos que los publicitarios y sus mensajes? ¿Por qué la propaganda política no tiene, cuando menos, los límites establecidos y aceptados para la publicidad?
 
Leo en LE MONDE lo que me limito a transcribir, porque pienso que los lectores de este blog no necesitan traducción (por si acaso, señalo que un greffier es aproximadamente el equivalente del Secretario Judicial en España). Juzguen Vds. las semejanzas. Desde luego, ni Hollande justifica a Gallardón-Rajoy ni éstos a Hollande. Pero este cocimiento transnacional de las habas es muy revelador del fondo de los problemas: la Justicia, condicionada y obstruida, parece que sólo le interesa al Poder (y a los poderes) como chivo expiatorio de muchos males de un tergiversado y trastocado Estado de Derecho y para desviar la atención de la responsabilidad del Poder y los poderes en esos males. Por supuesto, no les interesa que funcione bien lo que controla la legalidad en el ejercicio del Poder y puede acabar sancionando desmanes y corrupciones.

¿Qué dice sobre esta realidad abrumadora "la mejor doctrina"? (lean, si no lo han hecho, el post inmediatamente anterior).
 
Mientras los problemas reales son los reseñados, el patio judicial español (Abogacía incluida) se controla y neutraliza por el Poder haciendo promesas a las cúpulas de ciertas organizaciones y corporaciones y teniendo contentos a unos pocos titulares del Poder Judicial, de los que apenas depende la efectividad de la tutela judicial. ¡Qué lástima!

LE MONDE | 28.04.2014 à 11h24 • Mis à jour le 29.04.2014 à 07h06 |
 
 
Justice: les greffiers en grève contre des «conditions de travail indignes»

 
Par François Béguin
 
 
Pontoise, Nanterre, Versailles… Le doigt sur l'écran de son smartphone, Claude Gigoi fait défiler les photos prises ces dernières semaines lors des rassemblements de greffiers sur les parvis des tribunaux de la région. «Ils font eux-mêmes les panneaux et les slogans», se réjouit la déléguée régionale pour la cour d'appel de Versailles du syndicat des greffiers de France-FO (majoritaire). Une émancipation de l'encadrement syndical qui témoigne, selon elle, du degré de mécontentement chez ses 9 200 confrères.

Greffière auprès du juge des libertés et de la détention au tribunal de grande instance de Paris, où elle s'occupe notamment des rétentions administratives et des placements sous contrôle judiciaire, Claude Gigoi, 40 ans, a choisi de faire grève, mardi 29 avril, pour demander une revalorisation indemnitaire et statutaire. Elle assure avoir reçu des «centaines de mails» de ses collègues faisant état d'une trop faible rémunération, d'un manque de reconnaissance et plus généralement d'une insuffisance des moyens accordés à la justice. «Nous travaillons dans des conditions indignes, dit-elle. On craque, on n'en peut plus.»

 
« ON NOUS PREND POUR DES SECRÉTAIRES »
 

«Un greffier débute avec un salaire mensuel net de 1 500 euros, rappelle-t-elle, alors qu'il est souvent titulaire d'un bac + 4, ou bac + 5.» Elle-même touche 1 800 euros par mois avec quatorze ans d'ancienneté. Avec une telle somme, «impossible de faire vivre une famille en région parisienne». La profession, pourtant indispensable au bon fonctionnement de la justice, est souvent mal connue du grand public. «Les gens ne savent pas ce qu'on fait, explique Claude Gigoi. On nous prend pour des secrétaires, alors que nous sommes des professionnels du droit.»

Elle se souvient qu'à l'école nationale des greffes de Dijon, il y a une quinzaine d'années, ses formateurs lui avaient «vendu» un «métier formidable». Arrivée en juridiction, elle avait mesuré l'ambivalence de cette promesse, et découvert une activité où «il faut savoir tout faire», les tâches les plus qualifiées comme les plus modestes.
 
«Nous renseignons les magistrats, les avocats, les prévenus. On est à l'interconnexion de tout le monde, explique la greffière. A nous de trouver les interprètes, prévoir les extractions, expliquer le système judiciaire à des familles souvent désorientées, vérifier que toutes les personnes qui doivent être incarcérées le sont… Nous sommes incontournables.» Un rôle central qui «a quelque chose de gratifiant et d'excitant, reconnaît-elle. Je travaille dans un service où l'on ne s'ennuie jamais ».
 

«ON EN ARRIVE À ACHETER NOS PROPRES STYLOS»
 

Ces différentes missions, il faut parfois les assurer dans des conditions ubuesques et régulièrement «faire les fonds de tiroir». Le fax tombé en panne? «On sait qu'il ne sera pas réparé.» Les fournitures? « On en arrive à acheter nos propres stylos. Et on ne sait jamais si on aura assez d'enveloppes et de rames de papier pour terminer l'année.» Les cartouches d'encre? « Il y en a moins que d'imprimantes.» Dans son service, «on est à trois par ordinateur car la pièce est trop petite, raconte-t-elle. On joue aux chaises musicales pour consulter nos mails. Heureusement, il y en a toujours un en audience. »

Claude Gigoi se dit favorable à une évolution de son statut, avec plus de responsabilités, comme par exemple s'occuper des divorces par consentement mutuel. «On a le niveau d'études, assure-t-elle. De façon officieuse, on fait déjà beaucoup de choses qu'on ne devrait pas faire. Cela devrait être officialisé de manière à faire sortir le greffier de l'ombre.»

Mais pour tous les greffiers qui seront en grève mardi, ces nouvelles missions doivent trouver des contreparties salariales. «Nous demandons notre passage de la catégorie B à la catégorie A, comme les infirmières, les instituteurs, les enquêteurs de police, annonce la déléguée syndicale. Le ministère ne nous propose actuellement qu'une augmentation d'une quinzaine d'euros par mois.» Mme Gigoi rappelle qu'elle est amenée à travailler certains dimanches et jours fériés. «J'ai déjà eu une audience qui s'est terminée à 4 heures du matin, dit-elle. Pour la vie familiale, les horaires extensibles, c'est déstabilisant.» Et de glisser que dans un tribunal, les greffiers sont généralement les premiers arrivés et les derniers partis.
 

jueves, 10 de abril de 2014

LA COBARDÍA DEL CONFORMISMO EN EL MUNDO JURÍDICO Y UNIVERSITARIO


EL “BOOM” DE LOS “JURISTAS“ TRENDY

 

No recuerdo en mi vida un tiempo de más conformismo, adocenamiento, dimisión del sentido crítico, cobardía e ignorancia que el que ya dura al menos tres lustros. Me refiero, sobre todo, a España y al ámbito del Derecho. Y también, desde luego, al ámbito de nuestras Universidades.

Como si no pasase en este país nada ética y jurídicamente grave, nada deplorable, discurren clases universitarias y conferencias y se escriben artículos y libros, sin que apenas se alcen voces que expresen con veracidad y claridad un análisis preciso de tantas reformas legales in peius (a peor) y de tantas propuestas indisimulablemente totalitarias, corrosivas para un verdadero Estado de Derecho, que, para ser real, necesita, antes que nada, un Derecho verdadero. Y no es que no haya personas capaces del análisis que se echa en falta, riguroso y crítico, bien fundamentado en los principios jurídicos más sólidos. Las hay. Simplemente, muchas de esas personas no obran coherentemente con su capacidad ni, en muchos casos, con su deber. Callan acerca de todo lo importante e incluso contribuyen a encubrir el diversificado y feroz ataque al Derecho y al Estado del Derecho, porque no sólo no dan noticia de alguna de las muchas manifestaciones de esa agresión multiforme, sino que hablan y escriben de esto y de lo otro como si estuviésemos en una situación general de normalidad. Y sólo por carecer culpablemente de la más elemental información o por sufrir una atrofia intelectual patológica se podría pensar que vivimos tiempos de normalidad, en cualquiera de los sentidos de esta palabra.

No me estoy quejando de que las Facultades de Derecho o los productos editoriales, p. ej., no sean un hervidero de diatribas. No echo de menos una situación de constantes invectivas, de críticas feroces y de quejas y lamentaciones sistemáticas. Tampoco sugiero dejar a un lado el seguimiento de lo más novedoso, en España y en Europa (comenzando, claro es, por la Unión Europea) y descuidar una labor informativa. Me quejo de tanto conformismo ante injusticias clamorosas y ante indisimulables ataques a esa piedra angular del Estado que es su Administración de Justicia. Lo que me entristece, disgusta y preocupa es, por un lado, la incapacidad (muchas veces sólo aparente, fingida) para valorar los cambios y la carencia de un esfuerzo elemental para integrar esos diversos cambios, implantados o proyectados, en lo que, more anglico, llamaríamos la “big picture”, el conjunto del panorama. Y, por otro lado, me entristece, disgusta y preocupa la aceptación silenciosa de esos cambios y del panorama resultante, sea por insensibilidad, por pusilanimidad (ánimo pequeñito, alma pequeña), por el interés de establecer y mantener buenas relaciones con el poder de cualquier tipo o por cualquier otro motivo.

El caso es que, entre la errónea deriva en gran medida propiciada por “Bolonia” (v., aquí mismo, la página http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/p/la-universidad-dimitida.html) y una generalizada idolatría al poder, que ha desalojado todo afán por la verdad, todo empeño por conocer y valorar la realidad, en la mayoría de los ámbitos universitarios y jurídicos ha desaparecido la crítica y la libertad de opinión y de expresión. Se está viniendo a considerar, no ya políticamente incorrecto (que eso sí lo es), sino impropia de un quehacer analítico científico-jurídico, cualquier discrepancia, tanto general o global como parcial o de matiz. Las ocurrencias de reforma se divulgan, se comunican y se explican, pero jamás se critican. Anatema sit, sea anatema quien vea, conozca y exprese amenazas a la libertad personal y a la independencia judicial, a la efectividad de la tutela judicial, a la igualdad, a las debidas y razonables garantías. Y el anatema, formulado de muy diversos modos, es tan eficaz que ha llegado a generar en muchos una arraigada costumbre personal de autolimitación del pensamiento y, en todo caso, de autocensura. Amaestrados, ya no necesitan ulteriores órdenes e instrucciones.

Aunque al poder (político, económico, etc.) le disguste que existan en ámbitos jurídicos algunos individuos combativos y aunque le duela el hígado si esos individuos se agrupan, puede aceptar esos fenómenos en cuanto realidades marginales, similares a los alborotadores anti-sistema y mejor aún si le cabe presentarlos como grupúsculos vandálicos. Al show del pluralismo trucado incluso le vienen de perlas unos cuantos frikies, en estos casos inventados, así etiquetados para neutralizarlos.

¡Ah, pero en la Ciencia jurídica, en la Universidad, nada de abiertos desacuerdos, de claras discrepancias, de fuertes críticas! En los ámbitos científicos y académicos no es que resulte impropio escribir o decir lo que pueda ser considerado insultante o hiriente para el poder, siempre hipersensible: es que no se admite ser claro y tajante: todo ha de ser primordialmente descriptivo, morosamente discursivo, suavón, indirecto. No se pide un lenguaje cortés y que salve las intenciones, no. Lo que, más que pedir, se exige, es aquiescencia general, con máximos eufemismos si, a lo sumo, se pretende expresar la hipótesis de que quizás, tal vez, hubiera podido ser algo distinto en algún aspecto lo que se ha legislado o se pretende legislar o lo se ha resuelto y decidido. Pero ni siquiera está bien visto matizar. Es demasiado atrevido eso de presentarle matices al poder.

Así que el legislador o este o aquel tribunal pueden masacrar el lenguaje, la lógica formal, la jerarquía normativa, los imperativos constitucionales, la equidad, los más elementales criterios de justicia, el respeto a la verdad (¡cómo mienten en las exposiciones de motivos de las leyes o cuando se ponen a hacer una falsificación del Derecho comparado!) y todo buen sentido. Pero, ante tales masacres, el jurista (presunto o verdadero) no puede hablar o escribir con la clara contundencia que una masacre merece. No existen masacres, graves errores, desafueros ni desastres. Ya me entienden: claro que existen y, lamentablemente, son muy numerosos y frecuentes. Pero no se puede levantar acta de su existencia. Para mantenerse correcto y aceptable, para no desentonar en los ámbitos académicos, para escribir y perorar, en un tono (presuntamente) científico, toda crítica ha de pulirse hasta ser irreconocible y cualquier aspereza discrepante está de más y ha de ser severamente limada. Es como si, en caso de ser apuñalados por la espalda, lo único que pudiésemos decir fuese "por favor, no me dé más palmaditas de ánimo".

Así, con sólo pocas y en ocasiones heroicas excepciones, la comunidad jurídico-académica ha guardado silencio ante las denegaciones de justicia masivas de las tasas judiciales introducidas en noviembre de 2012 y ahora callará ante la brutal alteración del sistema de fuentes del Derecho que el Ministro Ruiz Gallardón y el Gobierno de Rajoy Brey (C. de Ministros del 4 de abril de 2014) pretenden producir con una enésima reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Callarán ante la evidencia de nuevos mecanismos para controlar cuanto sea posible al Poder Judicial, aunque resulten tan estrafalarios como la reducción al mínimo de los órganos jurisdiccionales unipersonales, reforma que en ningún país civilizado se ha llevado a cabo. Pero si los lectores quieren entender el sentido de la norma, no se engañen: lo que la explica es que hace tiempo que el poder político-económico no soporta la potestad jurisdiccional de un simple Juez de Primera Instancia o de un simple Juez de Instrucción. La prensa, sin instancias serias de las que nutrirse distintas de la propaganda oficial, traga las atrocidades publicitando un par de señuelos de apariencia progresista (desaparición de los “jueces estrella”, disminución de los aforados, supresión de declaraciones por escrito, p. ej.)

Ocurre, en suma, que ha venido a aceptarse como elemento de nuestra vida cotidiana la improcedencia e incluso la imposibilidad de buscar y de decir la verdad, ni siquiera en las Universidades, en las Facultades de Derecho y en sus Departamentos. Quien tiene el empeño de indagar con independencia, de formarse su propio criterio sin someterse a diktats (cosa muy distinta de tener en cuenta opiniones autorizadas) y de expresarse como piensa que se le entenderá mejor, es considerado extremoso, excesivo y, por supuesto, radical. Y ninguno de estos calificativos se acepta que cuadre con el cultivo de la ciencia, incluida la jurídica.

Diré dos cosas. Radical es palabra proveniente del latín radex-radicis, raíz. Pero tener sólidas y profundas raíces me parece algo bueno, mucho mejor que ser desarraigado o poseer unas raíces mínimas. Como vegetales, un olmo, un roble o una encina me parecen más serios que un champiñón de champiñonera, que crece sobre una bandeja con apenas dos dedos de humus (y, para colmo, no sabe a nada).

En cuanto a la Ciencia del Derecho, la tropa de los trendy jurists, ya consolidados, aprendices o en avanzado grado de formación, haría bien en recordar lo que dice Domicio Ulpiano, en Digesto 1, 1, 10, 2: Iurisprudentia est divinarum atque humanarum rerum notitia, iusti atque iniusti scientia. La jurisprudencia —la ciencia del Derecho, la Jurisprudenzes el conocimiento de las cosas divinas y humanas, la ciencia de lo justo y de lo injusto. ¿No es ésta una buena raíz para la Ciencia Jurídica? ¿No es una raíz honda y viva, inmejorable? Pues que tomen nota: cuando se quiere hacer una genuina ciencia jurídica no se puede desconocer la realidad —las divinarum atque humanarum rerum—, desvinculando las normas de lo que ocurre, de la historia y de sus protagonistas, ni menos aún cabe desentenderse de la justicia y la injusticia. Y, sin embargo, ¿cuántos no piensan, o escriben y hablan como si pensaran, que cualquier referencia a lo justo o lo injusto es ajena a la ciencia jurídica e incluso descalifica un escrito como científico? Esto es lo trendy, ésta es la tendencia dominante, a la que se han apuntado tantos escribidores y charlistas sobre temas jurídicos. Y, sin embargo, el cultivo científico del Derecho a cargo de quien prescinda de lo justo y de lo injusto es un imposible. Un profesional del Derecho sin preocupación operativa por lo justo y lo injusto nunca estará ni honrando el Derecho ni haciendo Ciencia jurídica.

En cuanto a la verdad, a su búsqueda y a su expresión libre, suenen de nuevo estas duras y ardientes palabras:

«Si sólo se dijese la verdad, no se podría vivir.  ¿Quién ha dicho esta blasfemia?  ¿Quién es el menguado que sostiene y propala que quien se proponga ser verídico siempre se estrellará? ¿Qué es vivir?  ¿Qué es estrellarse?»

«En todos los órdenes, la muerte es la mentira y la verdad es la vida. Y si la verdad nos llevara a morir, vale más morir por verdad, morir por vida, que no morir de mentira, vivir muriendo.» (Miguel de Unamuno, Ensayos, VI, Publicaciones de la Residencia de Estudiantes, Madrid,  1918, pág. 240)

viernes, 21 de junio de 2013

LOS JUECES “JUSTICIEROS” , ENCUBRIDORES DE LA CORRUPCIÓN DELICTIVA, NO HAN DESTRUIDO LA JUSTICIA


EL BIEN NO SE PUEDE HACER REMATADAMENTE MAL

PERO NO PERDAMOS DEL TODO LA ESPERANZA: LA JUSTICIA, EN ESPAÑA, TODAVÍA ES IMPARABLE

Muchas personas, muchas, han reaccionado con decepción y hasta con ira ante la noticia de la excarcelación de D. Miguel Blesa de la Parra, antiguo Presidente de CAJA MADRID. Comprendo muy bien, me parece, a esas personas, pero se equivocan en muchas de sus afirmaciones, reveladoras de que no entienden suficientemente algunas elementalidades sobre cómo se administra justicia y, además, piensan erróneamente que ya se ha terminado, con la impunidad del Sr. Blesa, la acción de nuestros tribunales en cuanto al manejo de CAJA MADRID que luego evolucionó hasta BANKIA.

Repasen el post inmediatamente anterior a éste: cuando lo escribí yo había leído ya dos autos del Juez D. José Elpidio Silva Pacheco y ambas resoluciones me parecían muy deficientes. Quizá respondían a pruebas contenidas en las actuaciones: eso no podía yo saberlo sin conocer, como no conocía ni conozco, esas actuaciones. Y ya he dicho aquí que, cuando los hechos son complejos, es muy difícil acertar a juzgar desde fuera lo que resuelve un Juez instructor (o un Fiscal). Pero, en todo caso, las resoluciones de D. José Elpidio no motivaban con mediano acierto y expresividad lo que D. José Elpidio decidía y era especialmente endeble la que decretó la prisión provisional incondicional del Sr. Blesa. Sin embargo, había un hecho claro e innegable y absoluta e indiscutiblemente inadmisible en un juez: estar recusado -con la recusación pendiente de ser resuelta- y encarcelar al recusante. Tamaño desmán, tan monstruosa ilegalidad deslegitimaba por sí sola la actuación del citado juez.

Después, a la vista del demoledor auto 504/2013, de la Sección treinta de la Audiencia Provincial de Madrid (véanlo con este enlace:  http://economia.elpais.com/economia/2013/06/19/actualidad/1371650218_772229.html), declarando nulas muchas actuaciones del juez Silva Pacheco, se confirma que este D. José Elpidio probablemente quiera hacer justicia, pero, desde luego, no la hace con un mínimo de respeto a unas reglas jurídicas que ni la Audiencia Provincial ni nadie ha inventado en beneficio del Sr. Blesa y de los delincuentes, sino que la ley tenía y tiene establecidas en garantía de todos. Y no se puede hacer justicia de cualquier forma o “como sea”, porque eso es permitir que cada cual se tome la justicia por propia mano, lo que inevitablemente conlleva injusticias, violencias y, en definitiva, que se haga lo que el más fuerte puede hacer. La llamada “justicia privada” o “autotutela” nos deja a todos en manos de quienes, en cada momento, tenga la sartén por el mango y sean capaces de asestar los más contundentes sartenazos.

Con otras palabras, el auto 504/2013 revela que D. José Elpidio Silva Pacheco es uno de esos denominados “jueces justicieros”, para los que el fin justifica los medios, justificación que entraña saltarse a la torera el Derecho con tal de salirse con la suya. Desde el antaño famoso y notorio “caso Naseiro” tengo dicho y publicado que este tipo de jueces colaboran objetivamente en la impunidad de la corrupción delictiva y contribuyen a que continúe. Los “jueces justicieros” suelen adolecer de una considerable ignorancia jurídica, acompañada del más grande desdén hacia lo que ignoran: a su actitud y su comportamiento les conviene la paráfrasis de los versos de Antonio Machado, injustos con Castilla, pero en sí mismos superlativamente expresivos: desprecian cuanto ignoran.

Colega tengo que, con la mejor voluntad y buena fe, ha disculpado la actuación del juez Silva Pacheco: “por lo menos ha hecho algo”. Pero, aparte de que “hacer algo”, de cualquier forma y modo, no es ni se compadece con la tarea propia de un juez, la cosa, si bien se mira y como indico en los títulos de este “post”, resulta muy sencilla: no se puede hacer el bien rematadamente mal. Nuestras obras buenas pueden ser imperfectas y lo son casi siempre, porque no somos perfectos. Una cierta dosis de mal, de imperfección, está presente de ordinario en lo que, en sustancia y en conjunto, está bien hecho. Pero si la dosis de mal es elevada, si afecta a la sustancia o al conjunto de lo hecho, lo hecho está mal, es malo.

Estas elementalidades metafísicas encuentran un lógico y natural correlato en la teoría y en las normas razonables sobre los vicios jurídicos de los actos. No me extiendo en este punto porque no es necesario y porque, además, los lectores no juristas se aburrirían.

La poco discreta y bastante chulesca salida del Sr. Blesa del centro penitenciario puede resultar sin duda indignante. A mí me indignó. Pero el caso CAJA MADRID, como el caso BANKIA, no ha terminado y personalmente a) me niego a darlo por terminado, porque D. José Elpidio no es la Justicia española; b) considero muy probable que el caso prosiga. Dicho quede lo anterior sin prejuzgar por mi parte nada de lo que a los tribunales de justicia corresponde en exclusiva juzgar. Pese a tantos intentos y enredos (como el misterioso informe de la Agencia Tributaria sobre trece inmuebles relacionados con la Infanta Cristina) y pese a los numerosos proyectos patrocinados ahora por el Ministro Ruiz Gallardón, pienso que la Justicia española aún es imparable.

Lo que no tiene que ser imparable es ese conjunto de proyectos, en gran medida comunes a PSOE y a PP, pero intensificados ahora por algunos personajes tenebrosos y reptilíneos, que odian el Estado de Derecho y procuran su total destrucción. En España, hoy, lo exigible es que los fiscales cumplan mejor sus actuales funciones, pero, por muchos motivos, no deben sustituir a los Jueces instructores. Tampoco debe restringirse la acción popular ni conviene eliminar los delitos de corrupción del ámbito del Tribunal del Jurado. El Consejo General del Poder Judicial necesita ser saneado a fondo y puesto en su sitio (también en cuanto a su coste, muy excesivo), pero eso no exige jibarizarlo como se pretende, para que desaparezca, a fin de cuentas, el órgano colegiado que la Constitución prevé para desapoderar al Ejecutivo (y al Estado de partidos) de su influencia en el Poder Judicial.

Ante esos cambios que se propugnan e impulsan, las discusiones teóricas sobre modelos procesales penales no vienen a cuento y son maniobras de distracción y engañabobos, porque aquí y ahora, en esta España convulsa y socavada, lo que está real y verdaderamente en juego no es la posibilidad de mejorar el modelo actual de la Justicia penal o de la Justicia en general. Lo que pretenden y lo que está en juego es la eliminación de aquellos elementos de la Justicia que amenazan el poder de los más fuertes, el arbitrio puro de la cerrada clase político-económica. Hay un test que propuse públicamente hace tiempo y que confirma lo que acabo de afirmar: “en lo relativo al Ministerio Fiscal -dije- empiecen Vds., señores “reformistas”, por hacer a los fiscales tan jurídicamente responsables, en todos los terrenos, como lo son los jueces. Es inadmisible que quepa querellarse por prevaricación contra un juez y no contra un fiscal, por no acusar cuando hay pruebas o por acusar cuando no las hay. Si no acometen esa reforma, no puedo creer en la seriedad y sensatez de ninguna otra y menos aún en la que aumente el poder de los fiscales”. Pero de eso no han hablado ni hablan y sobre eso no han actuado ni actúan. Y es que no quieren una Justicia mejor: quieren que, a base de diversos cambios, la Justicia deje de funcionar. Ya han protegido inicuamente a muchos poderosos con las tasas judiciales. Ahora, con la batería de reformas pendientes, más un nuevo Código Penal que no merece elogio alguno ni recibe una sola crítica favorable, se disponen a dejar a España sin verdadera Justicia. Todos deberíamos hacer cuanto podamos para que no lo logren.

martes, 30 de abril de 2013

LA DICTADURA ABSOLUTA DE LA MAYORÍA ABSOLUTA


TIRO EN LA NUCA AL ÓRGANO DE GARANTÍA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL
 
LA CONSTITUCIÓN, DE NUEVO A LA BASURA
 

Hoy, 29 de abril de 2013, cansado de las proezas totalitarias que un pretendido partido humanista-cristiano y liberal le permite al ignorante Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón; asqueado hasta la náusea del inmovilismo dontancredista del Presidente del Gobierno, que nombró y mantiene al mayor ignorante e inepto que nunca ocupó la cartera de Justicia, debo, sin embargo, reseñar aquí la aprobación en el Congreso de los Diputados de un proyecto de ley lamentable, que he calificado en los titulares de este post. El “rodillo parlamentario” que está aplicando el Partido Popular, completamente descabezado  -lo saben mejor que nadie quienes militan en él y muchos de sus dirigentes, aunque no lo digan en público ni dentro del partido, porque nuestros partidos no son democráticos- no tiene nada que envidiar al “rodillo” que se aplicó en la época del esplendor socio-felipista, provocando las más duras y repetidas quejas de los “populares”.
Pero, por agotamiento moral e intelectual, me permitirán que me limite a copiar lo que ya dije en este mismo blog sobre la hazaña ahora perpetrada por Ruiz Gallardón y sus cooperadores necesarios. Ahí va.
«Hay ocurrencias contra-constitucionales en otros terrenos, que siempre han interesado en este blog. Hay ocurrencias —¡asómbrense!— desde el mismo Gobierno de la Nación. El Ministerio de Justicia, encomendado al Sr. Ruiz Gallardón, está empecinado en unas reformas contrarias al funcionamiento de la Administración de Justicia y en otras contrarias, no ya a los excesos insufribles del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), sino al designio constitucional, mejor o peor perfilado, pero en sí mismo suficientemente claro y legítimo, de un órgano de garantía de la independencia judicial, concebido como órgano colegiado compuesto por juristas de peso. »
«La hipertrofia y la corrupción de ese órgano, no debidas principalmente a la Constitución, sino a que las ha permitido y promovido la misma clase política (con la complicidad y el estímulo de corporativismos exacerbados), no se combaten ni sirven de justificación al nuevo CGPJ que promueve el Sr. Ministro, miembro en cuerpo y alma, desde su juventud, de esa clase política. Algunos cambios del proyectado nuevo CGPJ obedecerían a criterios atinados y plenamente acordes con la CE —por ejemplo, que el CGPJ vuelva a dedicarse sólo a lo que le corresponde y que carezca de otra potestad reglamentaria que la interna—, pero, en otra gran parte, responden a criterios que, quizá serían defendibles en un proceso constituyente, pero que, a mi parecer —y éste es un tema del que algo entiendo—, resultan incompatibles con el diseño constitucional y opuestos a él.»
«El CGPJ puede y debe ser sometido a una estricta dieta de gasto y ser centrado en sus funciones constitucionales. Pero ahora, con lo que quiere Ruiz Gallardón, el CGPJ pasaría a ser un órgano muy débil, muy funcionarizado, bastante ministerializado y, de hecho, una especie de apéndice del Tribunal Supremo.»  ….  «El CGPJ tendría que estar presidido por un Magistrado del TS, Vicepresidido por otro Magistrado del TS y condicionado absolutamente en la acción disciplinaria por otro Magistrado del TS. Los 20 Vocales compatibles, que nunca estarían en el CGPJ, únicamente irían a (a)probar todo y sólo lo precocinado por el Mando Supremo y a obrar las dietas.»
«Me parece necesario hablar ya muy claro de una situación de rebelión contra-constitucional —no del todo abierta, sino en parte soterrada, pero real y muy intensa— que dura más de treinta años y que viene provocando importantes problemas institucionales en España y a España. Me refiero a que el Tribunal Supremo nunca ha aceptado que la Constitución Española de 1978 optase legítimamente por crear dos órganos: el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional (TC). En el proceso constituyente de la CE se discutió expresamente al respecto y se optó de manera muy clara por un gobierno de la Magistratura (de toda ella) claramente desligado del Ejecutivo (CGPJ) y por no constituir al Tribunal Supremo también en Tribunal Constitucional, sino crear un Tribunal distinto. Sin duda —lo he estudiado con detalle y a fondo y está publicado sin ninguna refutación— las relaciones, los límites y las separaciones funcionales entre los dos altos Tribunales (TS y TC) han sido y son difíciles, porque no se establecieron —después de la Constitución— del mejor modo posible y también porque no se nombró, en demasiados casos, a juristas de talla. Pero la opción constitucional era legítima y podría funcionar en el futuro, siempre que algunos preceptos constitucionales (a los que ya apunté como muy problemáticos durante el proceso constituyente) se interpretasen con sensatez.» (post del 25 de enero de 2013)
En otro post anterior, de 8 de julio de 2012, había dejado escrito esto otro:
«Es evidente que el Ministro ha escogido para su plan -que, bien mirado, supondría eliminar un órgano constitucional, debilitando institucionalmente la independencia judicial- el momento histórico del sumo desprestigio de ese órgano, un momento en el que muchos ciudadanos comprarán fácilmente el proyecto del Ministro, porque, en vista de la politización partidista y de la corrupción del CGPJ, cientos de miles claman incondicionadamente: “¡fuera el CGPJ!”. Yo aquí he clamado “¡fuera este CGPJ!”, que no es lo mismo. Porque si la guía de los cambios profundos fuese eliminar lo que tiene hartos a los ciudadanos, ahí está el Centro de Investigaciones Sociológicas, señalando, mes tras mes, que los partidos políticos y la clase política son el segundo problema de este país, de modo que, conforme al criterio oportunista y anticonstitucional del Ministro, se deberían suprimir los partidos políticos y, por ejemplo, reducir el número de Diputados al mínimo constitucional de 300, de los cuales la inmensa mayoría podrían ser puramente nominales, concentrando en unos pocos el poder de decisión, despreocupándose de las incompatibilidades y de las retribuciones de esa inmensa mayoría, reduciendo los Plenos a la mínima expresión y, en definitiva, prescindiendo de la idea de que cada Diputado representa, sin sujeción a mandato imperativo alguno, a todo el pueblo de España
«De la crisis política y social -a la que subyace, como a la económica, una situación de grave y continuada infracción ética por los dirigentes políticos- se sale, no eliminando instituciones, sino refundándolas sobre sólidas bases de decencia y respeto a la verdad y al Derecho. Descartada hoy, como por diversos motivos la descartamos muchos (y entre otros, el Gobierno y la oposición), una reforma constitucional, no cabe eliminar el CGPJ, como tampoco eliminar el Congreso de los Diputados, a base de cambios que sólo mantendrían esas instituciones nominalmente. Nunca fui, desde que se proyectó, un gran entusiasta de la Constitución vigente, pero se me puede considerar un partidario acérrimo, un "fan" de ella frente a la opción de despreciarla y burlarla y también frente a la idea de que nuestra crisis política se debe a la Constitución. Por el contrario, se debe, no a fallos de diseño de esta Norma Fundamental, sino a errores de interpretación y, sobre todo, a la corrupción jurídica y política con que, una y otra vez, ha sido aplicada formalmente, pero materialmente vulnerada. »
«Así que, por decirlo coloquialmente, cargarse definitivamente el CGPJ, en vista de la enorme cantidad de veces en que se ha vulnerado la Constitución al renovarlo y en vista de la constante infracción de la Constitución y de las normas que regulan su funcionamiento, no sería ninguna regeneración y ninguna reforma: sería la consagración y el reforzamiento del “Estado de partidos”, agente decisivo de la agonía del CGPJ. Me viene a la cabeza, como símil, la idea de que unos cárteles del narcotráfico lograsen, en vista de su terrible e imparable criminalidad, que se eliminara la policía 
«Aplaudo con entusiasmo que un nuevo CGPJ se limite a las funciones que le atribuye la Constitución entendidas racionalmente de modo estricto. La “política judicial”no puede ser otra de la que derive del cumplimiento de las leyes, comenzando por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Me parece de perlas que las retribuciones -hoy entre las más altas de todo el Estado- del CGPJ se reduzcan notablemente (ya lo sugerí con más concreción en el “post” al que he puesto enlace) y no digamos otras prebendas. Es perfectamente posible y por completo necesario (no sólo por motivos económicos) que el CGPJ deje de ser el mastodonte actual: sobran funcionarios de todo tipo. Pero la misma Constitución establece que las funciones constitucionales del CGPJ las desempeñe un colegio de al menos 20 Vocales (casi siempre, además, con un Presidente que, elegido por ellos, nunca hasta ahora lo ha sido de entre ellos) y no puede haber un tal órgano colegiado si la capacidad de decisión se sustrae o se minora a la gran mayoría de esos 20 miembros y se concentra en unos pocos. La Constitución se habría violado y no puedo aceptar ese remedio, por que es peor, mucho peor que la enfermedad
«Que el Ministerio afirme que las funciones esenciales del CGPJ le seguirían correspondiendo al Pleno sencillamente no es verdad: el ejercicio de la potestad disciplinaria vendría condicionado por la acción de un Promotor de la Acción Disciplinaria, que no tendría que ser Vocal, pero sí Magistrado del Tribunal Supremo o jurista con 25 años de ejercicio profesional. Y si, como se lee en el informe de la comisión de expertos, ese señor o esa señora acusaría ante la Comisión Disciplinaria que actuaría como tribunal, pero se suprimen, siempre según los expertos, los recursos de alzada al Pleno contra las decisiones de las Comisiones, Vds. me dirán.»
«Se equivoca también grandemente el Ministro … al proponer que, excepto el Presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ (doble condición que concurre en una sola persona: arts. 122.3 y 123.2 CE), todos los demás Vocales sigan ejerciendo su profesión jurídica: los doce Vocales “Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales”, en sus Juzgados y Tribunales y los ocho “abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia”, en sus despachos del más diverso tipo: los abogados con sus pleitos, los Fiscales, los Abogados del Estado y los Catedráticos, por ejemplo, con sus asuntos habituales. Yo no tengo dudas de que para hacer los mejores nombramientos, resolver sobre las posibles faltas de disciplina y dirigir la inspección de los Juzgados y Tribunales es sumamente conveniente toda la lejanía y la desimplicación posibles. El CGPJ gobierna a los Jueces y Magistrados y no es bueno que los gobernantes también sean gobernados ni parece sensato que abogados en ejercicio decidan quién ocupa tal o cual plaza de Juez o Magistrado. Este criterio favorable a la incompatibilidad es, ciertamente, discutible, como casi todo, pero, aunque el Ministro y sus áulicos consejeros no se hayan dado cuenta, el criterio de la incompatibilidad es el asumido expresamente por la Constitución. Es muy claro lo que se lee en el art. 122.2 CE: “2. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros…” No tendría ningún sentido esa mención específica de un régimen de incompatibiilidades si el texto constitucional estuviese abierto a que los miembros del CGPJ careciesen de incompatibilidades. Pero si hay incompatibilidades, no es posible que, excepto el Presidente (o éste y unos pocos más), los Vocales no perciban una retribución fija.»
«Otro punto negro, negrísimo a mi juicio, del proyecto de nuevo CGPJ es exigir legalmente que el cargo de Presidente del Tribunal Supremo (TS) tenga que recaer en quien ya ostente la categoría de Magistrado de ese Tribunal, lo que no exige la Constitución Española, cabalmente porque no quiso que la Presidencia del TS tuviese que recaer necesariamente en alguno de sus Magistrados. Es verdad que el art. 123.2 CE dice que “el Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que determine la ley”, de modo que a ésta se remite la Constitución, pero también es verdad (o, como suele decirse en la jerga forense, “no es menos cierto”) que la CE pudo exigir que el Presidente del TS fuese Magistrado del TS y no lo exigió ni lo exige. Que de ordinario lo haya sido, bien está (aunque unos cuantos Presidentes procediesen más del ámbito académico que del estrictamente judicial), pero la innovación cierra la puerta a que, en alguna ocasión, se pueda llevar a algún jurista eminente, no Magistrado del TS, a la presidencia de ese órgano. Cerrar esa puerta me parece muy equivocado.»
«Para más inri, se crearía una figura, la de Vicepresidente del Tribunal Supremo, que, dice el Ministerio sobre el informe de la comisión de sabios, sería "elegido por el Pleno, entre la terna que proponga el primero [el Presidente]. El vicepresidente, que no forma parte del CGPJ, le sustituirá en caso de vacante, ausencia o enfermedad." Podría presidir el CGPJ un "alto mando" del TS, no perteneciente al CGPJ. Genial.» (post de 12 de julio de 2012)
Como lo que han aprobado ahora en el Congreso de los Diputados es sustancialmente lo mismo que anunciaba en esos textos, vale hoy, dies nefas (¡otro más!) de 29 de abril de 2013, lo que en ellos quedó dicho. En lo relativo a seguir haciendo depender del Parlamento la designación de todos los Vocales, frontalmente en contra de lo que decía el programa electoral del Partido Popular y de lo que ratificó el mismo Ruiz Gallardón tras ser nombrado Ministro, no hace falta que diga nada: es otro episodio más de los ya incontables incumplimientos de programa. Pero aquí no vale la imposibilidad como excusa o la necesidad como justificación, como cuando se han subido impuestos que se aseguró que no se subirían. Aquí es una reforma institucional en sentido absolutamente opuesto y contrario a la que se anunció.
Sólo una cosa más, para que los lectores estén informados completamente. Nada de lo que hace Ruiz Gallardón es culpa de él. La culpa es siempre de otros, de su partido y de su Gobierno. Estableció las tremendas tasas judiciales por exigencias de Montoro; dio su placet a Moliner, el actual Presidente del TS y del CGPJ, por imperativos superiores; quiere reformar los registros por imposición de un Registrador pariente próximo del Presidente Rajoy y esta jibarización del CGPJ se debe a un deseo del mismo Presidente Rajoy, que no ha perdonado al CGPJ la defenestración de Dívar. Todo esto, que Ruiz G. me consta que dice, son mentiras. La mentira le ha poseído tiempo ha. Lo mismo que a Juan Alberto Belloch Julbe, hoy gran amigo de Ruiz G. Ambos buenos colegas de Cándido Conde Pumpido, a quien, en efecto, prefiere Ruiz G. en el TC, por encima de Juan Antonio Xiol Ríos, Presidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo. ¡Qué ensalada, amigos!


lunes, 25 de febrero de 2013

EL GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR EXPERIMENTA EN SERES HUMANOS VIVOS CON LAS TASAS JUDICIALES




YA NO QUEDA NADA DE RESPONSABILIDAD: NI POLÍTICA NI JURÍDICA

EL DECRETO-LEY 3/2013, DE 22 DE FEBRERO,  SOBRE TASAS JUDICIALES, RECONOCE LA INIQUIDAD ANTERIOR Y NO LA CORRIGE DE VERDAD
 


Vamos a poner estas tasas judiciales para sacar dinero a la gente o impedirles pedir justicia, a ver qué pasa”: 22 de noviembre de 2012 (entra en vigor la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses). Tres meses después: “Uf, nos hemos pasado: rebajemos “sustancialmente” esas tasas y no impidamos a tanta gente demandar o recurrir”: 24 de febrero de 2013 (entra en vigor el Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita). ¿Este modo de legislar y contra-legislar no significa experimentar con seres humanos vivos, sin ningunas precauciones ni previsiones de efectos de los experimentos? Piénsenlo bien. A mí  me parece indudable que el Gobierno y los grupos parlamentarios del Partido Popular han jugado y van a seguir jugando con las vidas de muchos españoles, seres humanos. Y aunque suene muy duro, me parece objetivo afirmar que esos seres humanos les han preocupado menos que los “hamsters” o los monos utilizados en laboratorios.

 
El día 23 de febrero de 2013, el Boletín Oficial del Estado español publica el Decreto-Ley (en adelante, DL) 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita. Son las “grandes rebajas” a que me referí en el “post” anterior, de 21 de febrero. Como se verá, vale, tras confirmarse esas “rebajas”, casi todo lo que dije en ese post (solamente resulta ahora clarísimo que la rectificación no ha sido una iniciativa del aún Ministro de Justicia, sino una decisión de la superioridad).

--  Me permitiré reiterar dos puntos que considero esenciales:

Poner impuestos al hecho de acudir a la Justicia es una iniquidad inaceptable cuando esos impuestos son disuasorios u obstativos para quienes no andan sobrados de dinero líquido, que son millones de españoles, personas físicas o representantes de personas jurídicas en situación de estrechez económica. Se podrían aceptar unas tasas muy bajas, que nunca pudiesen tener esos efectos disuasorios u obstativos y se podría aceptar —aunque al Estado le resultase difícil gestionarlo—, dentro del marco de esas tasas muy bajas, gravar más a los que tienen más y gravar menos o mucho menos a quienes tienen menos o mucho menos.”

El DL no responde satisfactoriamente a este planteamiento. Las tasas, aun rebajadas, no dejarán de tener los efectos disuasorios e incluso obstativos. Sostener lo contrario es ignorar la estrechez de recursos dinerarios en que viven la mayoría de los españoles, porque es pequeña la ampliación de la asistencia jurídica gratuita. Tampoco las nuevas tasas son proporcionales a las posibilidades económicas.

-- Dije también:

“… era y es absolutamente arbitrario establecer una presunción de litigiosidad temeraria, como la que pretendía justificar el efecto disuasorio de las tasas.”

La Ley de Tasas, tras el DL, persiste, aun sin decirlo expresamente, en esa presunción, que continúa siendo arbitraria.

-- Hay un tercer punto, general y preliminar, sobre el que me parece inoportuno callar: el DL de las "rebajas" es el fruto de una movilización de sectores de la sociedad civil, que no han podido ser enteramente desoídos. Una cosa es no sentirse satisfechos con el DL y otra, muy distinta, dejar de reconocer que la sociedad civil ha ganado una batalla, aunque la guerra no haya terminado.

Dicho lo anterior, no voy a dedicar este “post” al resultado de costes de litigar que el DL supone, porque eso requiere un análisis detenido del contenido del DL, que necesita más tiempo y porque me parece de menos importancia que lo que enseguida diré.

NINGUNA RESPONSABILIDAD POLÍTICA

POR MENTIR Y ENGAÑAR

El 21 de febrero de 2013 dije también aquí mismo que la sociedad civil no debería tolerar la mentira, aunque a los padres constitucionales no se les ocurriese que la Constitución tuviera que prohibirla de modo expreso. Añadí que la mentira, en materia de finalidad e importe de los impuestos, no es otra cosa que un atraco en busca del dinero, al abrigo del Estado, sin correr los riesgos que corre el atracador común.
 


Pues bien: se dijo que las tasas judiciales de la Ley 10/2012 se establecían para sufragar los costes del servicio de asistencia jurídica gratuita y a propósito de este punto han insistido con ocasión del DL. Se ha manejado la cifra de 306 (tres cientos seis) millones de euros. Pero esta cifra nunca se ha explicado o justificado de ninguna forma. Esa cifra de 306 millones de euros era y es una estimación por completo arbitraria porque, con la estadística judicial del 2011 ya conocida, podría haberse intentado una estimación muy aproximada, pero la parte variable de la tasa (el 0’5 por ciento de la cuantía del asunto inicialmente, el 0’1 por ciento tras el Decreto-Ley 3/2013) impedía e impide incluso tal aproximación. Y aún más la impedía e impide la inexistencia de cálculos acerca del influjo de las tasas en el total de la litigiosidad.

En el post anterior decía:


“Hay países en que un Ministro se tiene que ir a su casa si miente sobre una multa de tráfico y dice que conducía su mujer cuando era él quien estaba al volante.”

Aquí han mentido y engañado y no con una finalidad venial, sino para atracar (lo han reconocido con el DL: así se) al ciudadano en apuros o, si no llevaba dinero, para dejarle sin Justicia. ¿Acaso ahora se plantean los responsables del desafuero —o les plantean nuestros atentos y concienzudos forjadores de la opinión pública, teóricamente indispensables ellos para una sociedad democrática— dimitir, irse a su casa, volver a su trabajo o ponerse a buscarlo? No, estimados lectores. La responsabilidad política ha desaparecido, con la aquiescencia de la inmensa mayoría de los opinadores de los “medios” y con la complacencia de los “medios” mismos, que ni siquiera editorializan el reconocimiento del error gravísimo que fue la ocurrencia depredadora de la Ley 10/2012. A nada que se piense con un cerebro simplemente superior al de un pez, se verá claramente que el DL supone ese reconocimiento, aunque diga lo contrario.

SEÑORES DEL GOBIERNO: ASUMAN LA

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR

LOS DAÑOS CAUSADOS A LOS QUE NO

PUDIERON LITIGAR Y PERDIERON SU DERECHO

En el párrafo segundo de la Disposición Transitoria Primera del DL, se lee lo siguiente: “Las cantidades abonadas en concepto de tasas devengadas conforme a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, desde su entrada en vigor, hasta la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, por quienes hubieran tenido reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita de acuerdo con los nuevos criterios y umbrales previstos en esta norma podrán ser restituidas, una vez reconocido el beneficio de justicia gratuita, a través de un procedimiento que habrá de iniciarse a instancia de los interesados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. A estos efectos, el interesado deberá acreditar tanto el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente como del abono de la tasa judicial devengada conforme a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.”

Dicho con menos palabras, el DL dispone que a quien pagó las tasas conforme a la redacción originaria de la Ley 10/2012 y resulta que, tras modificarse el régimen de asistencia jurídica gratuita, tendría derecho a ésta y, por tanto, no tendría que pagar tasas, a ése se le devolverán las tasas pagadas si lo pide.

Se reconoce así que debe resarcirse a quienes vieron mermados sus recursos indebida e injustamente. Bien. Pero hay quienes, a causa de la Ley 10/2012 antes del DL, sufrieron un mal mayor que esa merma de recursos económicos. Hay quienes, por no poder pagar las tasas judiciales, ahora rebajadas, no pudieron demandar o recurrir: se quedaron sin Justicia. Y es perfectamente posible que hayan transcurrido, mientras tanto, plazos de caducidad o de prescripción, de modo que ahora ya no se puedan plantear recurrir o demandar con alguna posibilidad de éxito. El DL no prevé indemnizar a éstos, no permite resarcirles por los perjuicios que les causó una Ley ahora reconocida como injusta en gran medida. Así, a la irresponsabilidad política, agravada con las nuevas mentiras del preámbulo del DL, se añade la irresponsabilidad jurídica.

El despotismo no tiene límites. Pero no podrá continuar demasiado tiempo.

jueves, 21 de febrero de 2013

UN CHALANEO INDIGNO PARA DISIMULAR LA INIQUIDAD DE LAS TASAS JUDICIALES


EL TRUCO DE LAS “REBAJAS” DE

GALLARDÓN
 

PARA QUE FUNCIONEN LA

DEPREDACIÓN Y LA DENEGACIÓN DE

JUSTICIA

Es un doble truco: Truco A) Le cobro una enormidad por un producto durante dos meses. Y al cabo de los dos meses, le anuncio que sólo le cobraré un 20% de la enormidad. Truco B): Finjo la supresión del Parlamento y presento la gran rebaja como inminente (porque, al parecer, dos leyes, dos, no una, serán modificadas de la noche a la mañana por una instrucción o un email ministerial). Ejemplos de funcionamiento real del “truco”: 1) Le cobro 100 euros por consumir lo que sea en cualquier bar y, además, un 0’5 % de lo que cueste la concreta consumición. Le tengo dos meses así, sin café o con un "café solo" a 103 euros. Y luego aparezco con una oferta fantástica: sólo le cobraré 4 euros por un "café solo" (que le venía costando 1’20 euros)… dentro de unos meses. 2) Le cobraba 800 euros fijos por apelar y 1200 euros fijos por recurrir en casación. Y le cobraba un plus del 0’5 % de la cuantía. Pues bien, ¡mire Vd. qué ganga!: ahora le seguiré cobrando los 800 o los 1200 euros, pero con un plus de 0’10 % según la cuantía. De modo que lo que antes le salía a Vd. por 11.300 euros ahora se lo dejo en 5.600.

Para cualquiera con un mínimo sentido crítico, lo único que esta novedad supone es el reconocimiento de que Vds., Sr. Ruiz Gallardón & Co., pretendían expoliarnos por un artículo de primera necesidad y ahora se conforman con explotarnos por el mismo producto: la tutela judicial, la Justicia. Vds. han visto que la “compra” de ese “producto” descendía vertiginosamente e indignaba hasta al más pasota y, visto lo visto, se proponen seguir vendiéndonos la Justicia a un precio alto, aunque menos alto, a ver si la indignación se calma y el truco funciona, de modo que hasta quedan Vds. como unos Benefactores de la Patria.

No otra cosa es lo que el día 20 de febrero de 2013 nos cuenta Alberto Ruiz Gallardón, al alimón con Dña. Soledad Becerril, Defensora del Pueblo (DP). Pero el doble truco puede funcionar cuando debería ser visto como lo que es, una desvergüenza tramposa y depredadora.

De modo que a ver si me expreso con claridad y lo ven claro los lectores y los parientes, amigos y allegados de los lectores de este modesto blog, POR DERECHO.

Poner impuestos al hecho de acudir a la Justicia es una iniquidad inaceptable cuando esos impuestos son disuasorios u obstativos para quienes no andan sobrados de dinero líquido, que son millones de españoles, personas físicas o representantes de personas jurídicas en situación de estrechez económica. Se podrían aceptar unas tasas muy bajas, que nunca pudiesen tener esos efectos disuasorios u obstativos y se podría aceptar —aunque al Estado le resultase difícil gestionarlo—, dentro del marco de esas tasas muy bajas, gravar más a los que tienen más y gravar menos o mucho menos a quienes tienen menos o mucho menos. Pero no era y no es eso lo dispuesto en la Ley 10/2012 de Tasas Judiciales, aprobada con los únicos votos del Partido Popular en virtud de un proyecto de ley propuesto por el Gobierno por iniciativa del aún Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.

Pero también era y es inicuo gravar por igual —muy fuertemente— a los muy desiguales en recursos monetarios. Era y es inicuo gravar por igual a los grandes usuarios de la Justicia y a las personas físicas que ocasionalmente se vean en el trance de pretender la tutela de los tribunales de justicia. Y era y es absolutamente arbitrario establecer una presunción de litigiosidad temeraria, como la que pretendía justificar el efecto disuasorio de las tasas. Naturalmente, el Derecho —Constitución Española de 1978 incluída— no ampara ni la iniquidad ni la arbitrariedad.

Tampoco la sociedad civil debería tolerar la mentira: la mentira masiva y reiterada, aunque la Constitución no la prohiba, está muy mal. Hay países en que un Ministro se tiene que ir a su casa si miente sobre una multa de tráfico y dice que conducía su mujer cuando era él quien estaba al volante. Además, la mentira, en materia de finalidad e importe de los impuestos, no es otra cosa que una estafa perpetrada al abrigo del Estado. O quizá sea más claro afirmar que es, en términos del lenguaje ordinario, un atraco en busca del dinero, sólo que sin correr los riesgos que corre el atracador ordinario: que le peguen un tiro y que le encarcelen.

Sin embargo, se dijo que las tasas judiciales de la Ley 10/2012, que —hay que decirlo, dentro de esta necesaria aclaración: ahí están, ahí siguen, provocando diarias denegaciones de justicia y así seguirán durante meses, en el mejor de los casos— se establecían para sufragar los costes del servicio de asistencia jurídica gratuita. Mentían en esto todos los responsables de esa Ley, porque la finalidad de esas tasas era y es claramente recaudatoria de todo lo que pueda recaudarse, sin más, pues el importe total de lo que se recauda con las tasas ingresa en el Tesoro Público y se hará con él lo que diga la Ley de Presupuestos (cuyo contenido futuro se ignora, como es natural) (lean bien el art. 11 de la Ley 10/2012). Ni uno solo de los responsables de esa Ley vergonzosa, promovida por un personaje desprovisto de vergüenza, ha explicado el coste de ese servicio ni menos aún, claro está, ha justificado que las tasas judiciales tengan la cuantía que tienen.

Esto, si se relacionan las tasas con la asistencia jurídica gratuita. Pero es igualmente válido —es decir, la mentira de los responsables de la Ley 10/2012 existe igualmente— si las tasas pretenden obtener recursos económicos para costear (parcial o totalmente) la Justicia. En este supuesto, ni se ha explicado ese coste ni se han justificado las tasas judiciales de la Ley 10/2012, que se tramitó sin memoria económica.

El 20 de febrero de 2013, el Ministro Ruiz Gallardón afirma acceder a las propuestas de la DP y anuncia unas “rebajas sustanciales” de las tasas. No es verdad —diga lo que diga ahora la DP: las cosas constan por escrito— que el Ministro haya accedido a sus propuestas. Concretamente, ni anuncia la supresión de tasas en los recursos contencioso-administrativos contra actos sancionadores de las Administraciones Públicas ni anuncia la eliminación de las tasas para los recursos de suplicación y casación en el orden jurisdiccional social, como la DP expresamente solicitaba.

Hay, sí, en el anuncio del Ministro —del que no podemos fiarnos, porque ha anunciado con más publicidad y solemnidad que en este asunto grandes iniciativas de cambio y luego ha propuesto exactamente lo contrario— rebajas que parecen sustanciales. Por ejemplo, la de bajar la parte variable de ciertas tasas del 0’50 % de la cuantía al 0’10%. Pero como tenemos muy fundadas razones para no fiarnos de un especialista en causar dolor a los demás en todos los puestos de gobierno que ha desempeñado —¡hay que ver cómo ha dejado el Ayuntamiento de Madrid!—, lo importante del anuncio de rebajas es que demuestra contundentemente la finalidad exclusivamente recaudatoria de lo que sea que las malditas tasas judiciales han tenido desde el principio, impuestas sin cálculos ni justificación de ninguna clase y con la única finalidad de obstaculizar a la gente corriente el acceso a la Justicia. Si no hubiese sido y no fuese así, no se podrían anunciar ahora rebajas tan pretendidamente sustanciosas. Y si las tasas judiciales de la Ley 10/2012 se hubiesen en verdad establecido en relación con el coste de la asistencia jurídica gratuita, la también meramente anunciada “sustancial” ampliación de esa asistencia gratuita, de ser realidad, obligaría a subir las tasas. Todo queda al descubierto con este chalaneo. El truco deja paso a la trampa.

Mientras tanto, el acceso a la Justicia sigue perfectamente abierto para los poderosos de toda clase, que siempre han sido la compañía predilecta, casi diríamos que la compañía natural, de este lego impenitente en Derecho, el Sr. Ruiz Gallardón, que es, eso sí, un señor importantísimo, que un día ya muy lejano ganó plaza en el escalafón de la Carrera Fiscal (y que, por una ley aprobada a hurtadillas, posee hoy en esa Carrera toda la antigüedad correspondiente a su dilatada e ininterrumpida trayectoria política).