miércoles, 30 de diciembre de 2009

EL TUNEL CON LOS CARTELES CAMBIADOS (2009-2010)


UNA OPORTUNIDAD PARA DOS COSAS BUENAS


Todavía hay bastante gente que, en estas fechas, te desea "feliz salida y mejor entrada" (aunque algunos, con ironía y buen humor, prefieran soltarte un trabalenguas con esos términos: "mejor entrada y peor salida", p. ej.). A mí nunca me ha gustado ese modo de expresar el tránsito de un año a otro. Para empezar, tiene el tono literario de una estación de metro o cosa parecida, aunque con los carteles cambiados. Se diría que en la tarde-noche del 31 de diciembre nos disponemos a adentrarnos en un túnel del que saldremos inmediatamente después de las 24.00 horas de ese 31 de diciembre, tras devorar ávidamente doce uvas. Y parece una operación cuyo feliz inicio y desenlace dependen de la suerte, que por eso se nos desea tantas veces en estas últimas horas del año.

Encuentro inquietante y nada alentador ese planteamiento del túnel. Porque "salir" bien de un año y "entrar" mejor en el siguiente tiene poco que ver (nada, pienso) con la suerte. Los viajeros del Eurostar del Canal de la Mancha han salido casi siempre del túnel a la hora prevista, pero recientemente han tenido la mala suerte de quedarse atrapados dentro muchas horas. Nada parecido le va a ocurrir a nadie entre el 2009 y el 2010. La realidad y la puntualidad de entrada y salida y están garantizadas. No padeceremos el bucle temporal de "Atrapados en el tiempo" o el "Día de la Marmota" (genial película, por cierto, para mi gusto). El tránsito de un año a otro (en nuestro calendario: no sé en el chino) no es una arriesgada operación que justifique un montón de buenos deseos ajenos y necesite abundancia extraordinaria de alimentos sólidos y de líquidos, más confetti, trompetillas, serpentinas, espumillón, matasuegras, etc.).

No trato de aguarle la fiesta a nadie (ni a mí mismo). Me parece bien, rotundamente bien, que se celebre el año nuevo y el fin del año anterior, que muere de puro viejo. Celebrar con una buena cena la Nochevieja y desearse felicidad el primer día del nuevo año, también con buenos manjares, es cosa buena, siempre que no se haga como un conjunto de supersticiones para que cambie nuestra suerte. Lo que pienso que nos va muy bien es recordar alegremente que estamos vivos. En Viena, a la que nos trasladamos televisivamente millones de personas, avivan ese recuerdo con la genialidad musical de los Strauss y la excelencia orquestal de la Wiener Philharmoniker (aquí no quiero omitir un recuerdo al entrañable Willi Boskovsky, estupendo violinista y para mí el mejor director de los Strauss). No sé si todos allí, en la Grosser Musikvereinssaal, gozarán tanto como otros (como yo mismo, p. ej.). Algunos habrá que acudan por dejarse ver. No hay quien lo impida. En todo caso, a los lectores yo les invito, aunque dispongan de TV, a ver y escuchar esta muy difícilmente superable versión de “An den schönen blauen Donau”, con un ballet extraordinario (el de la Wiener Staatsoper, con Vladimir Malakhov como primer bailarín) y la Wiener Philharmoniker soberbiamente dirigida por Seiji Oshawa, en el concierto de 2002:


Pero la superación del túnel tiene más enjundia y de mucha importancia. Si es cosa buena recordar con alegría que estamos vivos, esto de la “salida” y la “entrada” también nos sirve para recordar que necesitamos hacer balance interior con frecuencia (cada cual con la que le vaya mejor). Y el nuevo año es un buen momento. Estamos vivos, qué bien. Y, ¿qué hacemos con nuestras vidas? ¿Qué hacemos con el tiempo? ¿Qué vamos a hacer (o procurar hacer), que sea distinto o igual, pero que haremos algo o mucho mejor que hasta ahora?

Porque tenemos cada uno nuestro tiempo, no ilimitado. Y no podemos malversarlo, pero tampoco agobiarnos por su limitación y su fugacidad. Lo que nos proponemos hacer, las ilusiones que, sin ser ilusos, mueven nuestros actos hacia sus metas, requieren aprovechar el tiempo, pero también darle tiempo al tiempo.

En este punto, he tenido dos recuerdos muy diversos. El primero, de hace muchos años, es la visita a una bodega en las orillas del Rin. Allí vi escrita en una de las barricas esta frase de Goethe: “Nicht Kunst und Wissenschaft allein, Geduld will bei den Werke sein” (se dice en el Fausto, acto I). “No bastan el arte y la ciencia, las obras salen con paciencia”. Los bodegueros aplicaban esa sentencia a su buen vino. A nosotros nos conviene aplicárnosla para casi todo. Aprovechar el tiempo no se logra con impaciencias. No es bueno “ansiarse” (o estresarse, que es la dolencia de moda) y es pésimo ser atolondrado o dejarse atolondrar. Y no vale la excusa de ser joven. Ser joven es tener mucho horizonte, muchas energías y muchas oportunidades, no disponer de un salvoconducto para malgastar las energías, cometer estupideces y hacer chapuzas. Pero la prisa no es buena. Lo bueno es la diligencia, que no en vano viene etimológicamente del verbo latino diligere, amar. Por eso el amor de calidad es el que está cuidadosa y constantemente en los detalles, no el que se expresa atontolinadamente, como dicen en mi pueblo.

El otro recuerdo, muy diferente, ha sido musical y cinematográfico. He recordado el título de la canción famosa por “Casablanca”: “As time goes by”. He recordado el título y la canción misma. Al pensar sobre el tiempo y su flujo, esa asociación de ideas no ha tenido nada de particular. Pero la canción me ha parecido digna de ser escuchada de nuevo, no sólo por ser una de las grandes canciones de amor (¡y hay muchísimas, extraordinarias!), sino por algunas frases que vale la pena recordar. Sobre todo ésta: “The fundamental things apply as time goes by”, que me atrevería a traducir, muy libérrimamente, así: "las cosas fundamentales se dan con el tiempo”. Sin prisa, pero sin pausa, con paciencia propia (la paciencia ajena, mejor no fomentarla).

Recuerden la canción en esta versión de Frank Sinatra, en la que se omiten las estrofas de introducción:

http://www.youtube.com/watch?v=AY62QByUYJQ

Paz, dentro y fuera de nosotros, en el 2010. Y que cambien muchas cosas. Porque demasiadas cosas no están bien y porque queremos que no nos modernice nadie según su criterio, sino que nos dejen modernizarnos libremente, de verdad.

domingo, 27 de diciembre de 2009

LA NUEVA LEY ESPAÑOLA DEL ABORTO: ALGUNAS COSAS CLARAS


EL “GOBIERNO DE ESPAÑA” NO HA QUERIDO LIBRAR DE LA CÁRCEL A LAS MUJERES QUE ABORTEN, SINO A LOS "EMPRESARIOS" (PRIVADOS) DEL ABORTO

Varios lectores de este blog se han mostrado extrañados de que nunca me haya referido a las novedades legales sobre el aborto. Me voy a explicar.

Cuando, hace muchos años, se planteó la despenalización del aborto en ciertos supuestos, hablé y escribí mucho al respecto. Analicé y comenté detenidamente la Sentencia 53/1985, de 11 de abril, del Pleno del Tribunal Constitucional. Dije lo que me convencía y lo que no me convencía de esa Sentencia y cómo la reforma del Código Penal resultante era un texto tramposo que conduciría a un masivo fraude de ley.

Quedé agotado. Se intentaron dos reformas más, que no salieron adelante. En el último intento antes de éste que ha triunfado, el Gobierno retiró el Proyecto de Ley tras una votación del Pleno del Consejo General del Poder Judicial que fue contraria al texto del informe favorable, aprobado previamente por la Comisión de Estudios e Informes. Publicado está mi voto particular como Vocal de aquel CGPJ. Después, han sucedido muchas cosas en el mundo, pero ninguna de ellas me ha parecido relevante para variar mi criterio o fundamentarlo de otra manera. Y ha ido aumentando mi convencimiento de que estaba dicho todo lo que podía decirse. En consecuencia, tenía la impresión de que nada nuevo ni original saldría de mi cabeza y de mi pluma. Y con nada que se me ocurriese sería posible que se entablara un debate en el que unos escucharan de verdad a otros y fuesen exponiendo los argumentos pertinentes a las posiciones discrepantes.

De sostener que se trataba de no sancionar penalmente el aborto en ciertos casos extremos, se fue pasando a una defensa absoluta del aborto, incluso considerado como un derecho subjetivo ilimitado. Sin tener en cuenta la evidencia científica -porque la hay: evidencia en el sentido anglosajón de prueba e incluso en el sentido castellano de lo que es patente- y olvidándose de la doctrina del Tribunal Constitucional en la STC 53/1985 sobre el valor de la vida humana individual desde la concepción, se insinuó primero y después se manifestó sin ambages una posición en la que desaparecía toda relevancia del embrión o del feto, ya por considerarlo una simple parte del cuerpo de la gestante, ya por entenderlo como un “algo” de naturaleza ignota, como vino a defender una señora Ministra.

Esa señora Ministra parecía no saber que, desde hace miles de años (que sepamos, desde el primer código conocido, el de Hammurabi, unos 1800 años a. d. C.), el embrión o el feto ha sido considerado como el “nasciturus”, que nuestro Código Civil equipara al nacido para todos los efectos que le sean favorables. Y, naturalmente, “el nasciturus” nunca ha sido algo de naturaleza incognoscible, porque en tal caso la equiparación con el ser humano nacido hubiera sido un puro capricho y, desde luego, nunca lo fue. Ocurre, además, que el feto o embrión residente en las entrañas de una mujer jamás fue considerado “moriturus” y desde hace ya bastante tiempo, varias ciencias experimentales desvelan sin lugar a dudas su naturaleza humana, de vida humana individual, distinta de la madre, con una dotación genética completa. Como ven, elementalidades sobre las que había que volver, por la ignorancia real o falsa de los cruzados del aborto. Entenderán que, aunque he seguido con sumo interés lo que se descubría científicamente en relación con la vida humana y lo que afirmaban unos y otros acerca del aborto y sus consecuencias y secuelas, el mero pensamiento de escribir de nuevo sobre el tema me producía una insuperable fatiga intelectual y anímica. Hace pocos días, sin embargo, me vinieron a la cabeza tres cosas en cierto modo nuevas, que paso a exponer con suma brevedad.

La primera es ésta: no existe ni puede existir un derecho a la salud. Y por tanto, no existe ni puede existir un derecho a la salud sexual. Como he dicho ya infinidad de veces, un derecho verdadero es un poder jurídico de hacer u omitir algo o de obtener algo (positivo o negativo) de alguien. Nadie tiene el poder de estar sano, porque ni está en su mano la propia salud ni está en manos de otro u otros a los se les pueda exigir. Se pueden tener, porque nos los otorguen o porque los adquiramos (p. ej. suscribiendo un contrato de asistencia sanitaria), derechos a prestaciones médicas o sanitarias determinadas. Pero eso en absoluto es lo mismo que tener derecho a la salud. Por lo mismo, no existe ni puede existir un derecho a tener hijos, un derecho a ser felices o un derecho a la alegría. Y un pretendido derecho a la salud sexual, ¿en qué consistiría y cómo y por quién habría de verse satisfecho?

La segunda idea es la siguiente: miente el “Gobierno de España” y mienten los parlamentarios que le han apoyado y le apoyan cuando afirman que la finalidad de la nueva ley del aborto es evitar que haya mujeres en la cárcel a causa de haber abortado. Desde hace mucho tiempo, la política criminal respecto del aborto miraba, no tanto a las pobres mujeres que habían abortado, como a los profesionales del aborto, a los aborteros y aborteras, que, desde luego, no actuaban gratuitamente. Hay un buen número de recursos legales para evitar la cárcel a las mujeres que abortan. Ninguno de ellos ha sido ni siquiera mencionado por el “Gobierno de España” y por sus “fans” en materia de aborto. Ninguno ha sido manejado en el proceso parlamentario de la nueva Ley.

La verdadera finalidad de la nueva ley es evitar que vayan a la cárcel los empresarios privados del aborto y sus cómplices y encubridores. La nueva ley se relanza decisivamente justo cuando se descubre judicialmente algo que era conocido: el enorme negocio de las "clínicas" privadas exclusiva o casi exclusivamente abortistas, que habían sido legalizadas por el Real Decreto 2409/1986, de 21 de noviembre, sobre Centros Sanitarios Acreditados y Dictámenes Preceptivos para la Práctica Legal de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. El contenido principal de este Decreto era autorizar la práctica de los llamados “abortos de bajo riesgo” (dento de las 12 primeras semanas de embarazo) sin exigir para ellos las instalaciones ordinarias que requiere una Clínica o un Hospital (en concreto, sin exigir quirófanos propiamente dichos). Esta legalización estaba doblemente motivada: favorecer a empresarios políticamente afines y lograr que se cumpliese la genuina finalidad de la despenalización parcial, que no era evitar la cárcel a las mujeres, sino promover el mayor número de abortos posibles. Como en la Sanidad pública no se practicaban apenas abortos (no sólo ni principalmente por "objeción de conciencia", sino sobre todo por lo que llamé "objeción de legalidad: raramente los casos de posible aborto encajaban en los supuestos de despenalización), en esos “centros” privados estaba la clave. Desde el Decreto 2409/1986 pudieron funcionar con tranquilidad y, asimismo, proliferar sin preocupaciones.

Pero yo había acertado en la predicción (muy fácil) de un fraude de ley masivo y en esos centros privados, muy lucrativos, se incumplían tan masivamente el Código Penal y otras normas que, finalmente, saltó en Barcelona el llamado “caso Morín” a finales del año 2007. La opinión pública quedó literalmente horrorizada ante ciertos datos, cifras e imágenes. Y la actividad judicial determinó que fuese inminente llamar a declarar a muchas mujeres, clientes de esos establecimientos. Las declaraciones, aunque no fuesen a terminar necesariamente en condena de las declarantes, harían mucho daño a los abortorios. Y justo en ese momento se echó a andar, a toda prisa, lo que ha acabado siendo ley. De las diligencias judiciales no se ha vuelto a saber nada (como en otros casos anteriores, perfectamente documentados). Y la reciente ley ya blinda a estos prósperos empresarios del aborto.

Tercera idea: si uno se fija bien en distintos factores, diríase que, de hecho, existe una política demográfica en España. No se ha declarado, pero parece poco dudosa.  Y se resumiría así: cuantos menos nacimientos, mejor. Porque abundan los datos favorables a la existencia de dos tesis oficiales muy firmes en el "Gobierno de España" y sus "supporters". Esas tesis son éstas dos: cuantas menos mujeres queden embarazadas, mejor; cuantas más mujeres embarazadas aborten, mejor. Dado el componente hedonista de la cultura dominante, se impulsa máximamente la copulación, en primer lugar entre adolescentes, Pero nada de nuevos niños. Resultado: una de las tasas de natalidad más bajas del mundo (pese cierta recuperación por nacimentos de hijos de emigrantes). Dejo a otros el análisis de las consecuencias sociales y económicas.

miércoles, 23 de diciembre de 2009

UNA NAVIDAD, SEAMOS SINCEROS, BASTANTE ARDUA


PERO, PESE A TODO, ¡ALEGRÍA!

Si uno se toma la Navidad, con su víspera, como un día y medio en que toca estar alegres a causa de una formidable convención social que apenas cabe contradecir, ocurre, por un lado, que uno no sabe o no recuerda nada sobre la Navidad y, por otro, que se encontrará con graves dificultades, sin mínima preparación. Porque, a pesar de bastantes días previos con luces, adornos y publicidad, es frecuente que, concentrados en distintos trabajos, la Navidad nos llegue como de sopetón. Entonces, o incluso si no nos damos de bruces con la Nochebuena, eso de que toque ponerse alegres puede hacérsenos muy cuesta arriba, como una especie de Himmalaya para un apacible senderista de la tercera edad.

¿Por qué diantres tengo que ponerme alegre? Con todo lo que está pasando y que conozco bien, con todo lo que vivo y que de veras me afecta, ¿qué es esto de olvidarse de pronto de lo que hay y abrir un paréntesis de efusiones afectivas, de estado de ánimo cuasi-eufórico y de fingir sentimientos fraternales, prodigando a diestro y siniestro buenos deseos, cuando nos conformaríamos con que las cosas no fuesen a peor, como es de esperar que vayan, de todas todas, conforme a los más serios diagnósticos?

Desde luego, la Navidad no es un rato en que toca ponerse alegres, por autosugestión, autocompasión o a base de burbujas. La Navidad es la conmemoración del nacimiento de un Niño-Dios, el Hijo de Dios encarnado, que asume incluso los nueve meses de gestación, vive normalmente treinta años y después predica, muere en la Cruz y resucita. Esto es lo que han creído y creemos millones de seres humanos. Esto que muchos creemos (a Dios gracias, no por méritos propios), y otros muchos no creen, ha impregnado, para creyentes y no creyentes, la vida humana en la tierra. No toca ponerse alegres por Navidad (¡menuda matraca!). Por fe viva o apagada o por impregnación, en Navidad toca recordar la alegría que siempre nos corresponde, la alegría que tenemos (o que procuramos tener) siempre. En medio de penas, de sufrimientos propios y ajenos (que, aun sin exagerar, todos tenemos) y de innumerables contrariedades, siempre unidas a las cosas buenas, nos toca estar siempre alegres o, mejor, ser siempre alegres. Porque el Niño-Dios, que luego será el Crucificado, el Máximo Altruista, llama a dar y ayuda a darse. Y dar alegría (teniéndola primero) es como dar la vida sin nada extraordinario que los demás hayan de admirar y agradecer. ¿Es fácil? No, aunque tampoco dificilísimo. Es arduo,sí, y, por eso, la Navidad, como ésta que se acerca, es ardua.

Escribió Schiller y reescribió divinamente Beethoven al final de la Novena: "Brüder, über'm Sternenzelt musss ein lieber Vater whonen!" ¡Hermanos, sobre la cúpula de las estrellas debe vivir -y vive- un Padre amante! Ahí está la clave. En el Padre nuestro amoroso, Padre del Niño de Belén.

Recuérdenlo, escuchando de nuevo An die Freude mediante estos dos links seguidos:

http://www.youtube.com/watch?v=lsFvnL7e1cE&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=cXeZz_SokDA&feature=related

Dicho lo anterior, alégrense también con Tomasa Guerrero, La Macanita, que canta, algo ronca en el segundo, estos dos extraordinarios villancicos flamencos de Jerez:



Pero rematemos con este "Morenito", fabuloso villancico estrenado en el 2006, tal como se cantó en Nueva York. Ea!:


Y AHORA SÍ: ¡FELIZ NAVIDAD!

domingo, 20 de diciembre de 2009

LA PRENSA, LA DOMINACIÓN DE LO CORRECTO Y EL "BOOM" DE LO MEDIÁTICO


RELEER A SOLZHENITSYN (III)

Aun prescindiendo de recientes episodios singularmente sangrantes, ocurridos en España, los ciudadanos comunes llevábamos mucho tiempo advirtiendo fenómenos mediáticos muy negativos. Y, hace algunos meses, recomenzó con inédita amplitud una autocrítica que antes no había sobrepasado ámbitos muy reducidos. Por fortuna, bastantes personas decentes y racionales, con protagonismo en los medios de comunicación, se replantearon, actualizada, la ya clásica cuestión del desequilibro entre el poder de la prensa y su responsabilidad, una responsabilidad que es indudable desde el punto de vista ético y social, pero socialmente inefectiva.

Alexander Solzhenitsyn, en su discurso de Harvard, 1978, dedicaba un apartado entero a la cuestión. La gran novedad reseñable, de 1978 a nuestros días, es Internet, pero, en conjunto, lo que dijo Solzhenitsyn se sostiene intacto y hace pensar.

Releer a Solzhenitsyn, también en estos puntos, contribuirá, espero, a volver a situar a un excelente literato y a un hombre valeroso, inteligente y singularmente perspicaz, en el lugar que le corresponde. Contribuirá, sobre todo, espero, a valorar como un gran bien la libertad de pensamiento y de expresión, elevando el discurso sincero y abajando y arrinconando la sumisión cobarde o perezosa (o ambas cosas) a lo política y culturalmente correcto. Hoy predomina una suavona complacencia respecto de lo que hay, que lo acepta acríticamente o, si acaso, con pequeñas reservas y objeciones, siempre compensadas por una machacona y tópica prédica de la verdad oficial (en la que los valores son tan invocados como en realidad ignorados o conculcados). Y esta "ortodoxia" en los contenidos y en las formas ha llegado a tal punto que debiera hacerla inaceptable en una sociedad presuntamente no desprovista de intelectuales y presuntamente compuesta por personas racionales y libres, que disponen de muchos medios para conocer la realidad y enjuiciarla. Sé bien que este blog es una herramienta muy modesta para ir cambiando las cosas, pero no tengo otra (y, ya puestos, pido a los lectores constantes que difundan el blog si encuentran interesante lo que en él aparece).

Me limito a reproducir, con énfasis tipográfico, como en otras entradas anteriores de este “blog”, los párrafos que Solzhenitsyn quiso dedicar a lo que llamó “la orientación de la prensa” seguidos inmediatamente de otros bajo el epígrafe “una moda en el pensamiento”. Dos asuntos íntimamente unidos.

Les dejo con Solzhenitsyn (aunque abriré alguna observación personal entre corchetes):

”La prensa, por supuesto, goza de la más amplia libertad. (Voy a usar el término “prensa” para referirme a todos los medios de difusión masiva.) Pero ¿cómo utiliza esta libertad?”

“Aquí, otra vez, la suprema preocupación es no infringir el marco legal. No existe una auténtica responsabilidad moral por la distorsión o la desproporción. ¿Qué clase de responsabilidad tiene el periodista de un diario frente a sus lectores o frente a la historia? Cuando se ha llevado a la opinión pública hacia carriles equivocados mediante información inexacta o conclusiones erradas ¿conocemos algún caso en que el mismo periodista o el mismo diario lo hayan reconocido pidiendo disculpas públicamente? No. [AOS: algunos casos conocemos hoy, pero muy pocos.] Eso perjudicaría las ventas. Una nación podrá sufrir las peores consecuencias por un error semejante, pero el periodista siempre saldrá impune. Lo más probable es que, con renovado aplomo, sólo empezará a escribir exactamente lo contrario de lo que dijo antes.”

“Dado que se exige una información instantánea y creíble, se hace necesario recurrir a presunciones, rumores y suposiciones para rellenar los huecos; y ninguno de ellos será desmentido. Quedarán asentados en la memoria del lector. ¿Cuántos juicios apresurados, inmaduros, superficiales y engañosos se expresan todos los días, primero confundiendo a los lectores y luego dejándolos colgados? La prensa puede, o bien asumir el papel de la opinión pública, o bien puede pervertirla. De este modo podemos tener a terroristas glorificados como héroes; o bien ver cómo asuntos secretos pertenecientes a la defensa nacional resultan públicamente revelados; o podemos ser testigos de la desvergonzada violación de la privacidad de personas famosas bajo el eslogan de ‘todo el mundo tiene derecho a saberlo todo’ (Aunque éste es el falso eslogan de una falsa era. De un valor muy superior es el desacreditado derecho de las personas a no saber; que no se abarroten sus divinas almas con chismes, estupideces y habladurías vanas. Una persona que trabaja y que lleva una vida plena de sentido, no tiene ninguna necesidad de este excesivo y sofocante flujo de información).” [AOS: estas últimas palabras encierran dos grandes verdades. La primera es que, aunque con buena técnica jurídica es insostenible un “derecho a no saber”, la expresión sí se sostiene como metáfora expresiva de que la libertad personal puede incluir no ser bombardeados con mensajes banales, informaciones morbosas, publicidad encubierta y noticias sobre acontecimientos de relieve social inventado. Los “informativos” de TV incluyen, casi a diario, comentarios y “reportajes” de ese estilo, en detrimento de una información razonablemente completa de situaciones nacionales e internacionales de gran interés.]

[AOS: Con el invento del “corazón” como tema y del “magazine” como género, ¡cuánto tiempo invierten, que se podría emplear mucho mejor que en difundir frivolidades (en el mejor de los casos)! Y una segunda verdad es ésta: las personas maduras, con un trabajo serio y una vida orientada, no necesitan y generalmente no gustan de chismes y cotilleos, de datos sobre cambios de pareja, cambios de nariz, crisis matrimoniales y detalles triviales de personajes sin relevancia verdadera en ningún plano, como no sea en ése, el “mediático”, que se ha logrado igualar en entidad y sustancia a cualquier otro. Pero digo yo que “los medios” no deberían dejar de ser medios. Vds. me entienden. Hay un exceso de información sobre los personajes que deberían informarnos (pero no sobre ellos mismos) o entretenernos (pero no con discusiones a gritos entre ellos o sobre ellos). Y hemos llegado a la fabricación de personajes simplemente “mediáticos” para informar sobre ellos y para que entretengan a multitudes. Algo económicamente barato y dizque sumamente demandado, pero demandado una vez que, irresponsable y avariciosamente, los que mandan en los "medios" han puesto en marcha la escalada del morbo.]

Precipitación y superficialidad son la enfermedad psíquica del vigésimo siglo y más que en cualquier otro lugar esta enfermedad se refleja en la prensa. El análisis profundo de un problema es anatema para la prensa. Se queda en fórmulas sensacionalistas.”

“Sin embargo, así como está dispuesta, la prensa se ha convertido en el mayor poder dentro de los países occidentales, excediendo el de las legislaturas, los ejecutivos y los judiciales. Entonces, uno quisiera preguntar: ¿en virtud de qué norma ha sido elegida y ante quién es responsable? En el Este comunista, a un periodista abiertamente se lo designa como funcionario del Estado. Pero ¿quién ha elegido a los periodistas occidentales que ocupan esta posición de poder, y por cuanto tiempo, y con qué prerrogativas?”

“Existe todavía otra sorpresa para alguien que viene del Este totalitario con su prensa rigurosamente unificada. Uno descubre una común tendencia de preferencias dentro de la generalidad de la prensa occidental (el espíritu de la época), modelos de juicio generalmente aceptados, y quizás hasta intereses corporativos comunes, con lo que el efecto resultante no es el de la competencia sino el de la unificación. Existe una libertad irrestricta para la prensa, pero no para los lectores, porque los diarios transmiten mayormente, de un modo forzado y sistemático, aquellas opiniones que no se contradicen en forma demasiado abierta con su propia opinión y con la tendencia general mencionada.”

“Sin ninguna censura en Occidente, las tendencias de moda en el pensamiento y en las ideas resultan fastidiosamente separadas de aquellas que no están de moda y éstas últimas, sin llegar a ser jamás prohibidas, tienen muy escasas posibilidades de verse reflejadas en periódicos y libros, o de ser escuchadas en universidades. Vuestros académicos son libres en un sentido legal, pero están acorralados por la moda del capricho predominante. No existe la violencia explícita del Este; pero una selección impuesta por la moda y por la necesidad de acomodarse a las normas masivas, frecuentemente impide que las personas con mayor independencia de criterio contribuyan a la vida pública. Hay una peligrosa tendencia a formar una manada, apagando las iniciativas exitosas. En los Estados Unidos he recibido cartas de personas altamente inteligentes – como, por ejemplo, el maestro de un pequeño colegio lejano- que hubiera podido hacer mucho por la renovación y salvación de su país, pero su país no pudo escucharlo porque los medios no le ofrecían un foro adecuado. Esto da lugar a fuertes prejuicios masivos, a una ceguera que es peligrosa en nuestra dinámica era.” [AOS: en efecto: cuanto mayor sea el dinamismo en el progreso que corresponde a un tiempo histórico, más oportunidad debiera tener el pluralismo real, el de las posiciones discrepantes, incluso extremadamente discrepantes. En la actualidad, encuentro pocos fenómenos tan deprimentes como el nulo rigor del debate sobre cuestiones que corresponden al anchísimo ámbito de las ciencias experimentales, donde se supone que habrían de predominar rotundamente los datos y su comprobación. Sin embargo, en ese amplio espacio, donde se sitúan tantos temas candentes, ¿no hay demasiada presión del pensamiento único, de lo políticamente correcto, que ahoga el debate científico riguroso? A mí me parece innegable ese exceso de presión anticientífica. Habrá que ocuparse de esto monográficamente. Si las verdades científicas (presuntamente) se imponen publicitariamente, padece hasta la cuasi-aniquilación el dinamismo socialmente necesario para un progreso real y duradero. Es decir, para un progreso sostenible, adjetivo de moda.]

viernes, 18 de diciembre de 2009

UN COMPORTAMIENTO JUDICIAL NADA DECENTE


DE NUEVO, GARZÓN Y SUS SINGULARES CRITERIOS ÉTICOS Y JURÍDICOS


En exclusiva, el diario EL MUNDO ha publicado hace unos días tres documentos, dos de ellos cartas de D. Baltasar Garzón, titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5, a D. Emilio Botín, Presidente del Banco de Santander, a propósito de proyectos del Magistrado en USA, de aspecto universitario, pues tienen que ver con la New York University (NYU). A mí, como profesor universitario, no me parece que se trate ni de docencia ni de investigación, sino de divulgación de opiniones varias en el plano de las relaciones públicas y las actividades extracurriculares que muchas Universidades llevan a cabo por motivos diversos. Los textos que EL MUNDO revela son documentos enviados al Tribunal Supremo Español por el Banco de Santander, a requerimiento del Alto Tribunal.

Vean y lean los documentos (un “memo” a Emilio Botín de un directivo en NY del Santander y dos cartas de Garzón a Botín), de conocimiento imprescindible para formar criterio, mediante este link:

http://estaticos.elmundo.es/documentos/2009/12/16/garzon.pdf

D. Baltasar Garzón permaneció en USA de marzo de 2005 a junio de 2006, gracias a una licencia de estudios que, muy excepcionalmente, le concedió el Consejo General del Poder Judicial. Es innegable que, en gran medida, los estudios eran de inglés. Y ya es raro que al titular de un Juzgado Central de Instrucción se le exonere de trabajo para dedicar, durante meses, seis horas diarias de estudios de inglés en Nueva York, mientras cientos de miles de españoles estudian inglés, más o menos horas diarias, en España y sin poder abandonar el trabajo propio de su empleo, sea público o privado. De la comparación con las licencias a otros jueces, no hace falta hablar. No se pueden establecer, porque a ningún otro Juez o Magistrado se le ha ocurrido, que sepamos, solicitar al CGPJ una licencia de ese tipo.

Cinco meses después del regreso de D. Baltasar, le corresponde a su Juzgado conocer de una querella contra D. Emilio Botin. Y D. Baltasar Garzón, pese a la índole de sus gestiones con el Sr. Botín y de los términos de su correspondencia personal con el querellado, inadmite la querella, inadmisión que luego confirma la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

No se plantea aquí si la querella era o no admisible, sino si D. Baltasar Garzón Real no habría actuado conforme a Derecho absteniéndose de conocer de ella. En pliego de descargos ante el CGPJ, Garzón afirmó, literalmente, que no había «ninguna relación directa ni indirecta con la entidad, ni de carácter económico ni de otro tipo». Es innegable que esa afirmación fue contraria a la verdad: había una relación directa con la entidad (más aún: con el máximo dirigente de ella, precisamente el querellado) y el contenido eran solicitudes de dinero, por lo que, salvo que hayamos perdido el juicio, la relación tenía carácter económico.

Conocido todo lo anterior, D. Baltasar Garzón ha emitido, en DIN A4 sin membrete (no como las cartas a D. Emilio Botín) una nota de prensa (“NOTA DE PRENSA DE D. BALTASAR GARZÓN”) cuyo texto, no muy largo, reproduzco literalmente:

“1.- Como es público y notorio, el Grupo Santander, a través de su delegación en Nueva York patrocinó, para el Centro Rey Juan Carlos I de la Universidad de Nueva York, los cursos ‘Diálogos trasatlánticos’ (septiembre-diciembre 2005) y ‘Derechos humanos y seguridad jurídica en Iberoamérica’ (febrero-junio 2006) de los que yo fui director académico.”

“2.- Ni en su origen, ni en su finalidad, ni en su utilización, la financiación de esos cursos se diferenció de las [sic] que habitualmente se llevan a cabo, tanto en centros universitarios de España como de otros países, por parte de empresas y entidades financieras.”

“3.- Ninguna cantidad de dinero procedente de los fondos habilitados por el Banco de Santander para ese patrocinio fue destinada, directa o indirectamente, a mi retribución. Tampoco intervine en la gestión o administración de tales fondos. Esos cursos fueron organizados aprovechando mi estancia en Nueva York para otras funciones académicas y de investigación, cuya retribución se efectuaba con cargo a las dotaciones presupuestarias, tanto de la Escuela de Leyes como de la Cátedra Juan Carlos I de la Universidad de Nueva York, según acuerdo cerrado con estas instituciones tiempo antes de que existiera el proyecto de los dos cursos que luego patrocinó el Grupo Santander.”

“4.- Hago expresa reserva de las correspondientes acciones que me asisten contra todos quienes están presentando una versión manipulada de esos hechos con la finalidad de difamarme.”

“Madrid, 17 de diciembre de 2009.”

Aunque la historia que relata D. Baltasar Garzón no la admitiría, sin comprobación minuciosa, ninguna celosa Fiscalía y ningún celoso Juez de Instrucción, pues es indudable ahora, tras la nota, que Garzón recibe remuneración de la NYU y Garzón recauda dinero para la NYU, aquí damos por bueno lo que dice. Pero, además de que la comunidad científica no tenía noticia de las “otras funciones académicas y de investigación” atribuidas a D. Baltasar Garzón y de que tampoco se conocen los resultados de su investigación, que, conforme a la praxis universal, no se considera existente mientras no se somete a público escrutinio, lo que la prensa y nosotros estamos ahora considerando es un aspecto, si se quiere menor, pero no irrelevante, de los hechos documentalmente acreditados. Ese aspecto es el de la decencia e incluso la legalidad de haber resuelto, sin abstenerse, en una causa penal que se pretendía incoar contra D. Emilio Botín, tras haber mantenido con D. Emilio Botín una relación como la que se desprende de los documentos entregados por el Banco de Santander al Tribunal Supremo y que ahora todos conocemos. La cuestión de si D. Baltasar ha sido financiado por el Grupo o Banco de Santander podría ser investigada, pero no es la que aquí se examina. Aquí se trata de si, por decencia y por interpretación afinada de las causas de abstención y recusación del art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debió abstenerse en el trance procesal ya dicho. Además, ¿resulta decente haber dicho al CGPJ lo que Garzón le dijo y ha quedado transcrito?

Al respecto, ya he adelantado mi opinión en el titular. Persiste el misterio de la abismal diferencia de trato que el CGPJ dispensa a D. Baltasar Garzón y al resto de los Jueces y Magistrados españoles. Como Vds. pueden deducir de otras entradas de este “blog”, a mí no me pilla de sorpresa esa “discriminación positiva”. Es un elemento más para ratificarme en mi convicción de que el CGPJ está permanentemente situado al margen de la ley, de la equidad y de la justicia.

miércoles, 16 de diciembre de 2009

NO ES DELITO SALVAR LA VIDA A HAIDAR

(DOS AMIGOS QUE DISCREPAN)


Imagino a los lectores de este blog cansados del "caso Haidar". Yo también lo estoy, aunque aquí no estemos siguiendo las peripecias políticas, sino ocupándonos de cuestiones de suma importancia. Con todo, prometo que, salvo grandes novedades, pasaré enseguida a otros temas. Hoy, por lo que de inmediato diré, comprenderán que tengo que insistir.

Mi querido compañero, eximio penalista y gran amigo, Enrique Gimbernat, Catedrático de la Complutense hasta hace pocos meses y hoy ejemplo de Profesor genuinamente emérito, publica en el periódico EL MUNDO, del día 15 de diciembre de 2009, un segundo artículo sobre el “caso Haidar”. Insiste Gimbernat en su rotunda posición, ya expuesta en el mismo periódico, según la cual salvar la vida a Aminatu Haidar, contra su voluntad, no sólo no sería lícito, sino que constituiría un delito “contra la libertad”. Si el asunto les sigue interesando -y, en principio, supongo que sí, porque se trata de un tema básico- lean, por favor, el texto de Gimbernat en este enlace:

http://www.elmundo.es/opinion/tribuna-libre/2009/12/21531902.html

Me parece que Gimbernat no se refiere al breve artículo mío publicado por ABC el pasado día 11 de diciembre. Porque yo no soy el Vicepresidente del actual CGPJ y mucho menos, si cabe, el “Gobierno de España” (quienquiera que lo personifique) y ésos son los sujetos pasivos expresos de la discrepancia de Gimbernat y de su reafirmación en lo que ya había opinado. Además, en absoluto he recurrido al “estado de necesidad” como justificación de un delito contra la libertad, que, según Gimbernat, se cometería contra Aminatu Haidar. Ocurre, no obstante, que Gimbernat y yo no pensamos igual sobre la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, “básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica” y discrepamos rotundamente en la conclusión sobre el “caso Haidar”. Él considera delictivo y punible no respetar la voluntad libre de Aminatu Haidar (y de cualquier otra persona en situación jurídicamente pareja) y yo no veo delito alguno en salvar la vida de esa persona o de cualquier otra en similar situación. Más aún, pienso que esa vida debe ser salvada.

Así las cosas, podría callarme. Y eso es lo habitual en estos tiempos: ahora y desde hace ya bastante no hay polémicas, sino que cada cual defiende su posición, con frecuencia toma nota del discrepante para ponerlo en una lista negra de enemigos o adversarios o, en algunos casos, considera el desacuerdo como ataque personal y, en vez de callar y pensar, utiliza la cabeza para embestir o arremeter en una diatriba sin altura intelectual, sin cortesía ni elegancia y, por supuesto, sin considerar los argumentos del otro. Pero, entre otros rasgos comunes, Gimbernat y yo compartimos un estilo universitario e intelectual que nos permite poder discrepar abiertamente con argumentos, sin que eso suponga, no ya enfrentamiento personal, sino el más mínimo menoscabo de nuestra muy añeja amistad.

Por tanto, como el asunto es muy serio e importante, son varias las razones de peso para explicar mejor mi posición y por qué no me convence lo que Enrique Gimbernat sostiene. A partir de aquí, lo que escribo da por sentado que mis lectores han leído antes al maestro penalista. Y voy a procurar no alargarme en exceso.

En primer lugar y dada la fuerza de los ejemplos, afirmo que no tengo objeciones sustanciales que formular a casi todos los que Gimbernat propone: arrojar propiedades ajenas que lastran la avioneta (propiedad de unos frente vs. vida de otros), pagar a ETA el rescate por un secuestrado (ayudar a banda armada vs. libertad y vida), trasplante de riñón forzoso mediante asalto inesperado y secuestro del mismo Gimbernat (integridad física y libertad vs. vida del trasplantado) e incluso aborto contra la voluntad de la madre (vida del nasciturus vs. vida de la madre). Pero estos ejemplos no me parecen ilustrativos de la cuestión latente en el “caso Haidar”. Porque en la situación de Haidar no veo bienes jurídicos de unos frente a bienes jurídicos de otros ni derechos de un sujeto frente a posibles o seguras lesiones del interés social o público. En el “caso Haidar” se suscita un interrogante que sólo concierne a bienes jurídicos de la misma Haidar. Diríase, si bien se mira (y, desde luego, mirar he mirado mucho, aunque quizá no haya visto todo), que lo único que se ventila es si la libertad de Haidar de provocar su muerte merece un respeto absoluto. Obviamente, yo entiendo que no. Y me parece, honradamente, que no estoy solo al sostener ese criterio, como después se verá.

Un único ejemplo de los propuestos por Gimbernat se refiere a los bienes jurídicos de un mismo sujeto: el del paciente con un melanoma en estado precoz, que, pese a altísimas probabilidades de curación si consiente la cirugía, se niega a ser operado. Aquí Gimbernat invoca la Ley 41/2002 y hay que volver sobre esa Ley, que Gimbernat denomina, abreviadamente (no digo que sin razón, pero sin que el texto de la Ley le apoye, porque trata de muchos otros temas), “Ley de Autonomía del Paciente”.

Mi posición al respecto es clara: Cuando inicia su huelga de hambre, Aminatu Haidar no era ni “paciente” ni “usuaria” en el sentido de esa Ley y conforme a las expresas definiciones que la misma ley ofrece. Y, ahora que ha ingresado voluntariamente a causa de dolores estomacales, es "paciente" respecto de esa dolencia, pero no en cuanto a la huelga de hambre, que sigue manteniendo. Pero no son sólo las definiciones el elemento determinante de mi posición. A ellas se añade, como dije y reitero, que esa Ley no trata de la vida y de la muerte, sino de la enfermedad y de la salud. Haidar, cuando inicia la huelga de hambre, no es alguien que, pensando no gozar de buena salud, se ha dirigido a un centro sanitario, público o privado. Ahora mismo, Haidar se ha puesto en manos de los médicos para conocer por qué siente esos dolores y qué podría la Medicina hacer por ella. Pero, en cuanto a la huelga de hambre, Haidar sigue sin ser una paciente que, ante la información que se le suministra sobre su estado, puede rehusar el tratamiento que médicamente se le aconseja como preferible o rehusar todo tratamiento. Haidar era y sigue siendo una persona que ha decidido suicidarse, bajo condición, pero suicidarse. No es, para lo que aquí nos importa, una enferma ante uno o varios tratamientos posibles, sino una persona que ha resuelto quitarse la vida. Y la Ley 41/2002 está dirigida a regular lo que se les debe a los enfermos en los centros sanitarios, en relación con su salud. No veo razonable que esa Ley se extrapole y se aplique a los suicidas.

A mi entender,Gimbernat absolutiza la “autonomía del paciente”. Así, la negativa a recibir un tratamiento o a someterse a una operación, que se reconoce por esa “autonomía” (o libertad) a los “pacientes” y a los “usuarios” del sistema de salud (que son personas que se han reconocido enfermos y han entrado en ese sistema) la transforma Gimbernat en un poder absoluto, de toda persona, incluso sana, sobre su propia vida. Un poder absoluto, digo, porque, por un lado, carecería de todo límite y, por otro, no podría ser en ningún caso contrariado sin que el responsable incurriese en un delito y, concretamente, en un delito contra la libertad. Que personalmente no vea yo clara semejante extrapolación, porque no la considero conforme a la finalidad y al ámbito de la ley, tal como ella misma los declara, no me parece fruto de un capricho o de una inclinación ideológica o ética que me influya. El poder absoluto de toda persona sobre su propia vida sería cabalmente el “derecho a la propia muerte”, un derecho cuya existencia ha negado el Tribunal Constitucional (TC).

Tengo serias dudas de que la Ley 41/2002 haya sido certera, precisa y completa en los pocos preceptos que dedica al “consentimiento informado” de los pacientes como requisito de tratamientos sanitarios. Pero mi posición no se funda en una crítica a la Ley, que sería perfectamente legítima, sino en la necesidad de interpretar certeramente esa Ley y de situarla en concordancia y armonía con el resto del ordenamiento jurídico, Constitución incluida. Si, conforme a la Constitución, la libertad personal no permite la construcción de un “derecho a la propia muerte” es, sin duda, porque esa libertad (y su concreción en la “autonomía del paciente” que se reconoce a los pacientes y usuarios del sistema sanitario) no es absoluta. Ni la libertad digna de protección y respeto alcanza a cualquier conducta voluntaria de la persona libre ni la “autonomía” personal (o capacidad de darse a sí mismo normas) es de tal intensidad o de tal fuerza que neutralice los deberes que las normas del Derecho objetivo imponen a unas personas respecto de otras. Con otros términos: uno no puede hacer cualquier cosa que libremente decida con la razonable seguridad de que los demás han de respetar siempre su decisión ni con la seguridad de que su voluntad libre exonera a los demás de sus deberes.

Hay algo que apuntala, pienso, mi posición sobre la dimensión constitucional del asunto: en el caso de la STC 154/2002, de 18 de julio, el Tribunal afirma que las dos decisiones judiciales autorizando a los médicos a realizar una transfusión de sangre contra la voluntad del menor gravemente enfermo (y luego fallecido) y de sus padres, todos ellos Testigos de Jehová, no merecen el menor reproche constitucional. ¿Cómo podría ser así, si la transfusión, no voluntariamente admitida, fuese reprochable penalmente, por contraria a la libertad?

En nuestro Código Penal, no aparecen más “delitos contra la libertad” (Título VII del Libro II) que “las detenciones ilegales y secuestros” (Capítulo I, arts. 163-168), “las amenazas” (Capítulo II, arts. 169-171) y las “coacciones” (Capítulo III, art. 172). Obviamente, el “delito contra la libertad” a que se refiere Gimbernat sería el de coacciones, del art. 172. 1 CP, que dice así:

“1. El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.”

Cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior, salvo que el hecho tuviera señalada mayor pena en otro precepto de este Código.”

A la vista de este precepto legal, a mí también se me ocurre un ejemplo: paseando por Madrid, advierto que alguien se dispone a tirarse al vacío desde el Viaducto. Se lo impido físicamente, mientras trato de disuadir al inminente suicida. Éste persiste en su propósito, pero yo se lo impido. Dice Gimbernat que alimentar forzosamente a Haidar sería un delito contra la libertad y supongo que, en concreto, un delito de coacciones. Entonces, sería también un delito de coacciones impedir al suicida, inmovilizándole contra su voluntad, arrojarse al vacío. Yo no pienso que haya delito, sino lo contrario. Al que se quiere tirar desde el Viaducto no le compelo a efectuar lo que no quiere, pero sin duda le impido hacer lo que quiere. Ahora bien, ¿le impido hacer algo que no quiere y que, además, “la ley no prohibe”? Esto último ya no me parece que sea rotundamente afirmable, porque, aunque no sé de ningún precepto legal concreto que expresamente prohiba el suicidio, es razonable, según nuestro ordenamiento jurídico, considerar el suicidio como un comportamiento jurídicamente ilícito. Mas, sobre todo, y mucho más importante que la anterior es esta otra consideración: que aplicar ese tipo penal al que impide que alguien se suicide suponer negar que estemos “legítimamente autorizados” para impedir que alguien se quite la vida. No lo veo así, sino todo lo contrario. Si la libertad personal no llega a constituir un “derecho a la propia muerte” y si la vida de una persona es -que lo es- un bien jurídico constitucionalmente digno de protección, porque es el supuesto ontológico de todos los demás derechos y si el suicida no es ningún “paciente” o “usuario” de hospitales y clínicas, ¿no estamos todos legitimados (o "legítimamente autorizados") para impedir la muerte del que quiere suicidarse? A mí me parece que sí. ¿O se dirá que "legítimamente autorizados" remite estrictamente a la figura administrativa de la autorización? Con esa forma de leer las normas jurídicas, que en absoluto atribuyo al maestro Gimbernat, se incurriría en una estrechez de miras tal que la decisión de cualquier jefe administrativo acabaría siendo más relevante que las normas constitucionales de eficacia directa.

Desde luego, si alguna vez se aplicase el art. 172.1 CP y se condenase por coacciones al que impide que una persona se tire por el Viaducto, me permitiría considerarlo una aberración jurídica. Y si Enrique Gimbernat no pensase lo mismo, en nada disminuiría mi consideración y mi afecto, que son máximos.

lunes, 14 de diciembre de 2009

NO EXISTE UN "DERECHO A LA PROPIA MUERTE"


EL JURAMENTO HIPOCRÁTICO Y EL PARTENÓN

(A propósito del "caso Haidar")



El “caso Haidar” presenta dos aspectos muy distintos. Por un lado, el político, que, a su vez, cabe considerar desde el punto de vista de la política española (si el “Gobierno de España” hizo bien en dejar entrar a Aminatu Haidar y, después, en intentar trasladarla al El Aaiun y ahora, en sus gestiones o en su falta de gestiones) y desde el punto de vista de la política internacional (la autodeterminación del Sahara, la posición de Marruecos, el papel histórico de España y de otros países, etc.).

Pero hay una faceta completamente diversa del “caso Haidar”, que es médico-legal y ética. A propósito de la situación presente y venidera de Aminatu Haidar, en huelga de hambre desde hace muchos días, se ha suscitado si era o no legalmente posible, ante un previsible rápido deterioro de la salud de Haidar, que no tardaría en concluir con su muerte, someter a esta persona a alimentación forzosa.

No me he ocupado, ni me ocuparé, del primer aspecto. No sé suficiente sobre ese tema. Me he ocupado, en cambio, de la cuestión de la permitida o debida actitud médica, conforme a nuestro Derecho, ante la cada vez más cercana muerte de Haidar. A toda prisa, aunque no sin documentarme, escribí un artículo que el periódico ABC publicó el pasado viernes 11 de diciembre de 2009. Puede leerse en http://www.abc.es/20091211/opinion-tercera/legalismo-erroneo-caso-haidar-20091211.html

Aunque recomiendo leer ese breve texto a quien esté interesado en la cuestión ética y legal (que trasciende, con mucho, el “caso Haidar”), en ese artículo de ABC sostengo, en resumen, que, además de ser inaplicable a Aminatu Haidar la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, “básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica”, la libertad personal, cuando decide acabar con la propia vida, no merece, jurídicamente (ni éticamente), un respeto que neutralice los deberes de protección y salvaguarda de la vida. En ese artículo recuerdo que en varias ocasiones el Tribunal Constitucional ha negado la existencia de un “derecho a la propia muerte” (v. STC Pleno, 27-6-1990, nº 120/1990; STC Pleno, 19-7-1990, nº 137/1990; STC Pleno, 18-7-2002, nº 154/2002, en la que se afirma, expresivamente, que “el derecho fundamental a la vida tiene “un contenido de protección positiva que impide configurarlo como un derecho de libertad que incluya el derecho a la propia muerte”).

Sólo si se olvida todo eso se puede llegar a considerar la llamada “autonomía del paciente” como “derecho a la propia muerte” o, lo que sería igual, como un “derecho al suicidio”, ante el que los médicos no sólo no podrían, sino que no deberían, so pena de incurrir en delito, prescribir una alimentación forzosa. Cuando se “lee” la Ley 41/2002 con la miopía jurídica de no conocer su finalidad y ámbito específicos y de no ponerla en relación con el resto del Ordenamiento jurídico español, se producen “razonamientos” tan poco razonables como el de defender que a los presos sí se les puede evitar la muerte por inanición y no, en cambio, a las personas libres o como el de sostener que se podrá actuar únicamente cuando el huelguista de hambre pierda la conciencia (lo que coincide con un grave, y quizá irreversible, deterioro de la salud).

Añadiré, a lo dicho en ese artículo, algo que, por razones de espacio, finalmente suprimí: que no han desaparecido del Código Penal los delitos de “omisión del deber de socorro”, uno de ellos específico de los profesionales de la salud (art. 196 CP) y que incluso se sigue considerando un mal la inducción o cooperación necesaria al suicidio (art. 143 CP).

Añadiré también ahora qué me movió a escribir urgentemente. Primero, procurar deshacer la impresión que en muchos ciudadanos comunes, no conocedores del Derecho, podrían producir las afirmaciones de ciertos magistrados y de diversas "fuentes jurídicas" no identificadas. No sería raro que esos ciudadanos pensaran que los “razonamientos” de los juristas pueden estar completamente divorciados de los dictados de la razón que suelen usar los legos en Derecho, hasta el punto de resultar incomprensibles según parámetros habituales del buen sentido o sentido común. Y el Derecho no es así. Pero, en segundo lugar y sobre todo, me dí prisa en escribir sobre la faceta médico-legal y ética del “caso Haidar” al leer que la Organización Médica Colegial, mediante un portavoz no identificado primero y, después, por boca del presidente del Comité o Comisión de Deontología médica, dictaminaba que, por respeto a la libertad, sería delictiva la alimentación forzosa.

Pensé y sigo pensando que esa opinión, además de jurídicamente errónea, implica un desapego letal de los deberes y de la responsabilidad profesional de todo médico. Excelentes médicos así lo entienden y me lo han confrmado, para mi gran consuelo. Estaría muy justificado el “turismo sanitario” hacia países y regiones en que aún no se haya prescindido (en último término, por comodidad) del juramento hipocrático, formulado hace 2500 años (aprox.) por Hipócrates, que no era un bioético, sino un simple médico, serio y sabio, que abrió a cuantos quisieran la enseñanza de la medicina, confinada hasta entonces en ámbitos iniciáticos. Y he recordado después haber oido o leido, hace muchos años, que prescindir del juramento hipocrático sería como convertir el Partenón de Atenas en polvo de mármol para hacer baldosas de terrazo.

Por supuesto, el tema da para mucho más. Alguna vez habrá que volver sobre él.

viernes, 11 de diciembre de 2009

ANTE LA CRISIS, ACERTAR CON LA LIBERTAD Y POTENCIAR LOS DEBERES


RELEER A ALEXANDER SOLZHENITSYN (II)


Después de los párrafos transcritos en una entrada anterior, Solzhenitsyn abre expresamente la cuestión de “la orientación de la libertad”. Para Solzhenitsyn, como para centenares de autores y millones de ciudadanos de toda raza, edad, sexo, en los cinco continentes, ahora y desde que comienza la historia humana, la capacidad de elegir por uno mismo, que es algo de inmenso e insustituible valor, puede orientarse erróneamente o acertadamente. Puede impulsar el bien o el mal. Los asesinos pueden ser tan libres como los mártires. La libertad no hace buena cualquier elección. Sólo determina que sea una elección libre, de la que, por ser libre, es responsable el sujeto que elige.

De nuevo, en negrita con sólo algún resalte en cursiva, propongo releer una parte del discurso de 1978 en Harvard: “A world split apart”:

En la sociedad occidental actual se ha revelado la desigualdad que hay entre la libertad para las buenas acciones y la libertad para las malas. Un estadista que quiera lograr algo importante y altamente constructivo para su país está obligado a moverse con mucha cautela y hasta con timidez. Miles de apresurados (e irresponsables) críticos estarán pendientes de él. Constantemente será desairado por el parlamento y por la prensa. Tendrá que demostrar que cada uno de sus pasos está bien fundamentado y es absolutamente impecable. El resultado final es que una gran persona, auténticamente extraordinaria, no tiene ninguna posibilidad de imponerse. Se le pondrán docenas de trampas desde el mismo inicio. Y de esta manera la mediocridad triunfa con la excusa de las restricciones impuestas por la democracia.”

“En todas partes es posible, y hasta fácil, socavar el poder administrativo. De hecho, este poder ha sido drásticamente debilitado en todos los países occidentales. La defensa de los derechos individuales ha alcanzado tales extremos que deja a la sociedad totalmente indefensa contra ciertos individuos. Es hora, en Occidente, de defender no tanto los derechos humanos sino las obligaciones humanas.”

“Por el otro lado, a la libertad destructiva e irresponsable se le ha concedido un espacio ilimitado. La sociedad ha demostrado tener escasas defensas contra el abismo de la decadencia humana; por ejemplo, contra el abuso de la libertad que conduce a la violencia moral contra los jóvenes bajo la forma de películas repletas de pornografía, crimen y horror. Todo esto es considerado como parte integrante de la libertad, y se asume que está teóricamente equilibrado por el derecho de los jóvenes a no mirar y a no aceptar. De este modo, la vida organizada en forma legalista demuestra su incapacidad para defenderse de la corrosión de lo perverso.”

“¿Y qué podemos decir de los oscuros ámbitos de la criminalidad? Los límites legales (especialmente en los Estados Unidos) son lo suficientemente amplios como para alentar no sólo la libertad individual sino también el abuso de esta libertad. El culpable puede terminar sin castigo, o bien obtener una compasión inmerecida, todo ello con el apoyo de miles de defensores en la sociedad. Cuando un gobierno seriamente se pone a erradicar el terrorismo, la opinión pública inmediatamente lo acusa de violar los derechos civiles de los terroristas. Hay una buena cantidad de estos casos.”

El sesgo de la libertad hacia el mal se ha producido en forma gradual, pero evidentemente emana de un concepto humanista y benevolente según el cual el ser humano – el rey de la creación – no es portador de ningún mal intrínseco y todos los defectos de la vida resultan causados por sistemas sociales descarriados que, por consiguiente, deben ser corregidos. Sin embargo y extrañamente, a pesar de que las mejores condiciones sociales han sido logradas en Occidente, sigue subsistiendo una buena cantidad de crímenes; incluso hay considerablemente más criminalidad en Occidente que en la pauperizada y legalmente arbitraria sociedad soviética. (Es cierto que hay una multitud de prisioneros en nuestros campos de concentración acusados de ser criminales, pero la mayoría de ellos jamás cometió crimen alguno. Simplemente trataron de defenderse de un Estado ilegal que recurría al terror fuera de un marco jurídico).”

Supere el lector una probable impresión, causada por la fuerte influencia de la corrección política y cultural dominante, de estar ante un discurso "carca", muy conservador. Matices y observaciones secundarias aparte, Solzhenitsyn, con cuarenta años de gulag a sus espaldas, está ejemplificando el coraje y la valentía para decir honradamente a Occidente, en el templo progresista de Harvard, lo que él ve, que en sustancia, son, a mi parecer, verdades como puños. Dos ideas fuerza de esta parte del discurso se muestran hoy tan actualísimas como importantes. La primera es que la libertad, aunque es un supremo bien en sí misma y la privación de la libertad es un mal, no tiñe necesariamente de bondad toda conducta libre, activa u omisiva. Los parámetros de bondad o maldad de nuestro comportamiento están, en gran medida, fuera e incluso por encima de la libertad. Hasta el más recalcitrante de los relativistas funciona con tales parámetros, los haya encontrado aquí o allá. Las personas que de verdad carecen de ellos son sociópatas (los hay) y nutren, entre otros oscuros escalafones, el de los serial killer, los asesinos en serie. Además de que la generalidad de las personas los sienten y los viven, hay criterios -valores, han dado en ser llamados- que se aceptan casi universalmente como válidos y necesarios: decir la verdad es bueno, aunque sólo sea porque mentir y engañar no está bien, lo que se aprecia con suma claridad cuando uno es engañado con mentiras o medias verdades. Tampoco está bien apuñalar o patear y, de nuevo, eso se ve muy claro si a uno le apuñalan o patean. Y la fidelidad conyugal es buena: el que es infiel quizá no lo tenga claro durante un tiempo, pero al engañado no hay que convencerle de la maldad de la infidelidad.

Honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere, célebre definición que Ulpiano proporciona de los preceptos jurídicos (básicos) es, por ejemplo, una pequeña lista de criterios de bondad que casi nadie discute: vivir honradamente, no dañar al otro, dar a cada uno lo suyo. No interprete nadie esta referencia a Ulpiano como si intentase yo sugerir un posible germen de una moralidad universal y consensuada. Lo que quiero decir es que resulta insostenible, y es, de hecho, irreal, la vida humana en sociedad sin reglas y convicciones morales que guíen la conducta de la gran mayoría de las personas. Y cuanta mayor sea la elevación de esas reglas, mejor será la convivencia, mejor funcionarán las estructuras legales, que, sin elevación moral en la mayoría de la población, se degradan primero y después se acaban corrompiendo fétidamente. Más genuina será, en concreto, la democracia, puesto que es la forma de gobierno y organización social que requiere mayores dosis de altruismo.

Un ejemplo principalísimo, por más tópico que sea, es el que en el anterior pasaje de su discurso señala Solzhenitsyn: la criminalidad rampante, que no se ha atenuado desde 1978, sino todo lo contrario. No hay Código Penal, ni leyes penitenciarias ni procesales capaces de contener –simplemente contener- la violencia, la avaricia, la mentira y el engaño que se enseñorean de unas sociedades desmoralizadas, en las que a los niños no se les inculcan, ante todo por sus padres (con palabras, ejemplos y reprensiones claras), valores morales sólidos, sino que, al contrario, desde pequeñitos se les crea y se les fomenta un ambiente favorable a la facilidad de adquisición de todo bien material, a la pronta satisfacción de todo capricho, al logro de metas sin esfuerzos serios y perseverantes. Si a los niños y a los adolescentes (con una adolescencia larguísima, comercial y educativamente promovida) se les “inyecta” individualismo egoísta en dosis masivas, ¿de qué podemos extrañarnos? Si, siempre en una atmósfera de pura comodidad, se droga al niño poco espabilado y se droga también al que parece que está “hecho de rabo de lagartija”, como antes decían las madres, y eso ocurre porque lo quieren unos pobres padres poco dispuestos a los sacrificios de la educación de sus retoños y lo consienten pediatras y psiquiatras infantiles que no ven más allá de las tristes narices de sus “especialidades” (?), si a los niños, a los adolescentes y a los jóvenes (¡vaya concepto de “joven”, tan confortable como ridículo, se ha instalado en nuestra sociedad!) se les bombardea con halagos y se les disculpa sistemáticamente, de modo que, de hecho, cualquier fracaso siempre es culpa de otros (de los profesores, p. ej., cuya autoridad es nula ante los mismos padres) y cualquier contratiempo, en vez de ser algo superable y común en la vida humana, siempre ha de considerarse intolerable, ¿por qué nos sorprenden los excesos del botellón, la iniciación y la inmersión en la droga, la violencia gratuita, la mala salud de tantos chicos y chicas, machacados por todos esos y otros elementos, mal dormidos, mal comidos, aburridos, masificados, incultos bárbaros cuando no analfabetos funcionales?

Lo dije hace muchísimos años y lo repito ahora, porque, desdichadamente, está ahora aún más claro que hace veinte años: vivimos en una sociedad que rechaza muchos fenómenos negativos, pero no está en absoluto dispuesta a actuar sobre las causas de esos fenómenos. No quiere los efectos y no sólo no rechaza suficientemente las causas de esos efectos, sino que quiere decididamente las causas. Las defiende, se aferra a ellas.

Si a esta situación social añadimos una clase dirigente que rehúsa reflexionar en serio sobre las causas de lo que reconoce que es lamentable, que rechaza todo intento de rectificación y que, más aún, promueve sin cesar la vida irresponsable del niño, del adolescente y del joven, el sesgo de la libertad hacia el mal, como decía Solzhenitsyn, inexorablemente nos conduce a una indisimulable decadencia social, económica e incluso física.

Es preciso reconocer que tenemos todos potencialidades perversas, que no conviene fomentar, aunque bastantes de ellas no se sancionen penalmente. El buenismo, el “buen salvaje”, es una idiotez, desmentida, a todas horas y en todas partes, por los hechos. Con reformas de leyes y con nuevas leyes apenas nada se puede arreglar. Hace falta lograr, de muy diversos modos, que en la sociedad se restaure un verdadero respeto general a imperativos morales elevados.

Segunda idea madre, íntimamente emparentada con la anterior, en este pasaje del discurso de Solzhenitsyn: el hombre no es sólo (y me atrevería incluso a afirmar que no es primordialmente) un sujeto de derechos. El hombre es, ante todo, el destinatario de muchos deberes. La noción de deber –deber jurídico, deber moral, deber cívico- debe recuperar la primacía. Y eso en absoluto debilitará la titularidad de los derechos. Sencillamente, supondrá deshacer un desequilibrio perdido durante demasiado tiempo y que ha generado un auténtico cambio antropológico, tan extraordinariamente perturbador que está destruyendo al Estado y convirtiendo a millones de ciudadanos en sujetos incapaces de esfuerzo, de superación, de iniciativa, de madurez. El olvido masivo de los deberes es un fenómeno catastrófico, agudizado por la constante invención de nuevos falsos derechos, que por ser falsos, no pueden ser satisfechos y sólo generan frustraciones. No terminaré sin recordar lo que, con mucha razón (razón jurídica: ratio iuris), sostenía aquel gran Maestro español del Derecho, Federico de Castro y Bravo: que el concepto jurídico primario no es el de “derecho”, sino el de “deber”.

sábado, 5 de diciembre de 2009

RELEER A ALEXANDER SOLZHENITSYN (I)


ANTE LA CRISIS, CORAJE Y ALTURA

Cuando la crisis es en muchos paises tan indisimulablemente grave en las más diversas facetas (convivencia pacífica y segura, economía, libertad real, igualdad sustancial, justicia, trabajo digno, protección de los más débiles) y cuando esos países están constituidos en Estados democráticos, es hora de mirar un poco más allá de las estructuras y de las normas constitucionales y legales. Porque algo o muchas cosas están fallando estrepitosamente y, salvo para ciegos voluntarios o voluntarios miopes agudos, se impone la evidencia de que las normas y las estructuras no bastan para una vida digna, no bastan para evitar que vivamos sumidos en una atmósfera de corrupción, falsedades masivas, hirientes injusticias y desigualdades, coacción o pura negación de la libertad, villanía e incoherencia.

Muchos habían visto ya (desde los clásicos griegos) que las leyes y las estructuras no garantizan la felicidad de las naciones (de la polis o de la civitas) y de sus habitantes, pero hoy me vuelvo hacia un hombre, que hace más de 20 años, contemplaba y describía nuestro mundo occidental con ojos nuevos, mente abierta, meditadas y probadas convicciones, un talento excepcional para expresarse y un corazón sensible, acrisolado por el sufrimiento propio y ajeno.

Me refiero a Alexander Solzhenitsyn. Un escritor fuera de lo corriente -no hay más que leer, sin necesidad de llegar al excepcional Archipiélago Gulag (1975 y 1978), Un día en la vida de Iván Denisovich, Pabellón del cáncer o El Primer Círculo- al que se concedió un indiscutible e indiscutido Premio Nobel de Literatura en 1970. Pero Solzhenitsyn, una personalidad extraordinaria por muchos conceptos, difícilmente menospreciables o desdeñables (pero, de hecho, menospreciados y desdeñados, hasta nuestros días), comenzó a vivir su libertad en Occidente diciendo lo que había vivido y, lo que fue peor para su “éxito”, lo que estaba viviendo y viendo en nuestro mundo. Y entonces, tras haber dejado atrás más de cuarenta años estalinistas y soviéticos, y aunque había sido inicialmente reconocido en Occidente como un gigante literario y moral, empezó para él una segunda odisea, una suerte de Gulag soft. Se había convertido en un sujeto muy incómodo, muy perturbador. Había que anularle. Los “progresistas” españoles -que ostentan, entre los “progresistas” de todos los continentes, el record de zafiedad sectaria e intolerante- llegaron a pedir que se reinventaran los gulags para él. Tantos cientos de cosidetti intelectuales, escritores y artistas que se habían negado a ver la realidad soviética o que, más aún, expresamente formaron coro de alabanzas, no soportaban de Solzhenitsyn ni lo que había historiado ni lo que estaba diciendo. No tardó una década en ser estigmatizado y condenado al ostracismo, a la "nada" social e incluso literaria por la cultura dominante, por la corrección política, el pensamiento débil y el pensamiento único del neocapitalismo. Los mismos elementos que, si bien se mira, han sido decisivos en la tremenda crisis social y económica que sufre nuestro mundo, por mucho que desde Wall Street hasta Shangai, pasando por la City londinense, se esfuercen en disimular lo ocurrido y sus raíces, en ignorar los efectos colaterales humanos y en enarbolar cualquier indicador de recuperación, para que todo siga igual.

Poco antes de su marginación por el stablishment occidental, Alexander Solzhenitsyn pronunció en la Universidad de Harvard, el 8 de junio de 1978, un discurso, que se convirtió en un pieza clásica, pese al escándalo que provocó en los bienpensantes sostenedores de la corrección dominante y de la disidencia ornamental que era, por su inocuidad política y económica, no ya tolerada, sino incluso bienvenida para el montage pluralista. Un montage, un montaje, que sigue vigente ahora mismo.

Hoy reproduzco en negrita algunos párrafos de ese discurso, que se títuló “A world split apart”, (en inglés, tal como se pronunció, pueden leerlo, p. ej., en este link: http://www.columbia.edu/cu/augustine/arch/solzhenitsyn/harvard1978.html.)

No comentaré los párrafos, porque no debiera ser necesario y por no alargar esta entrada. Sólo me permito enfatizar mediante cursiva ciertas frases.

Después de unas primeras palabras de saludo, Solzhenitsyn dijo:

“El lema de Harvard es ‘Veritas’. Muchos de ustedes ya han aprendido y otros lo aprenderán a lo largo de sus vidas que la verdad nos elude si no nos concentramos plenamente en alcanzarla. Pero incluso mientras nos elude, la ilusión por conocerla todavía persiste y nos lleva a algunos desaciertos. Además, la verdad raramente es grata; casi siempre es amarga.”

(…)

El declive del coraje puede ser la característica más sobresaliente que un observador imparcial nota en Occidente en nuestros días. El mundo occidental ha perdido en su vida civil el coraje, tanto global como individualmente, en cada país, en cada gobierno, en cada partido político y, por supuesto, en las Naciones Unidas. Tal descenso de la valentía se nota particularmente en las élites gobernantes e intelectuales y causa una impresión de cobardía en toda la sociedad. Desde luego, existen muchos individuos valientes, pero no tienen suficiente influencia en la vida pública. Burócratas, políticos e intelectuales muestran esta depresión, esta pasividad y esta perplejidad en sus acciones, en sus declaraciones y más aún en sus autojustificaciones tendentes a demostrar cuán realista, razonable, inteligente y hasta moralmente justificable resulta fundamentar políticas de Estado sobre la debilidad y la cobardía. Y este declive de la valentía es acentuado irónicamente por las explosiones ocasionales de cólera e inflexibilidad de parte de los mismos funcionarios cuando tienen que tratar con gobiernos débiles, con países que carecen de respaldo, o con corrientes desacreditadas, claramente incapaces de ofrecer resistencia alguna. Pero quedan mudos y paralizados cuando tienen que vérselas con gobiernos poderosos y fuerzas amenazadoras, con agresores y con terroristas internacionales.”

“¿Habrá que señalar que, desde la más remota antigüedad, la pérdida de coraje ha sido considerada siempre como el principio del fin?”

“Cuando se formaron los Estados occidentales modernos, se proclamó como principio fundamental que los gobiernos están para servir al hombre y que éste vive para ser libre y alcanzar la felicidad. (Véase, por ejemplo, la Declaración de Independencia norteamericana). Ahora, por fin, durante las últimas décadas, el progreso tecnológico y social ha permitido la realización de esas aspiraciones: el Estado de Bienestar. Cada ciudadano tiene garantizada la deseada libertad y los bienes materiales en tal cantidad y calidad como para garantizar en teoría el alcance de la felicidad, en el sentido moralmente inferior en que ha sido entendida durante estas últimas décadas. En el proceso, sin embargo, ha sido pasado por alto un detalle psicológico: el constante deseo de poseer cada vez más cosas y un nivel de vida cada vez más alto, con la obsesión que esto implica, ha impreso en muchos rostros occidentales rasgos de ansiedad y hasta de depresión, aunque sea habitual ocultar cuidadosamente estos sentimientos. Esta tensa y activa competencia ha venido a dominar todo el pensamiento humano y no abre, en lo más mínimo, el camino hacia el libre desarrollo espiritual. Se ha garantizado la independencia del individuo a muchos tipos de presión estatal; la mayoría de las personas gozan del bienestar en una medida que sus padres y abuelos no hubieran siquiera soñado con obtener; ha sido posible educar a los jóvenes de acuerdo con estos ideales, conduciéndolos hacia el esplendor físico, felicidad, posesión de bienes materiales, dinero y tiempo libre, hasta una casi ilimitada libertad de placeres. De este modo ¿quién renunciaría ahora a todo esto? ¿Por qué y en beneficio de qué habría uno de arriesgar su preciosa vida en la defensa del bien común, especialmente en el nebuloso caso que la seguridad de la propia nación tuviera que ser defendida en algún lejano país?”

“Incluso la biología nos dice que la seguridad y el bienestar extremo habitual no resultan ventajosos para un organismo vivo. Hoy, el bienestar en la vida de la sociedad occidental ha comenzado a revelar su máscara perniciosa.”

La sociedad occidental ha elegido para si misma la organización más adecuada a sus fines, basada, diría, en la letra de la ley. Los límites de lo correcto y de los derechos humanos se encuentran determinados por un sistema de leyes, y son límites muy amplios. La gente en Occidente ha adquirido una considerable capacidad para usar, interpretar y manipular la ley (aun cuando estas leyes tienden a ser tan complicadas que la persona promedio no puede ni comprenderlas sin la ayuda de un experto). Todo conflicto se resuelve de acuerdo a la letra de la ley y este procedimiento está considerado como una solución perfecta. Si uno está a cubierto desde el punto de vista legal, ya nada más es requerido. Nadie mencionaría que, a pesar de ello, uno podría seguir sin tener razón. Exigir una autolimitación o una renuncia a estos derechos, convocar al sacrificio y a asumir riesgos con abnegación, sonaría a algo simplemente absurdo. El autocontrol voluntario es algo casi desconocido: todo el mundo se afana por lograr la máxima expansión posible del límite extremo impuesto por los marcos legales. (Una compañía petrolera es legalmente libre de culpa cuando compra la patente de un nuevo tipo de energía para prevenir su uso. Un fabricante de un producto alimenticio es legalmente libre de culpa cuando envenena su producto para darle más larga vida: después de todo, la gente es libre no comprarlo.)”

“He pasado toda mi vida bajo un régimen comunista y les diré que una sociedad carente de un marco legal objetivo es algo terrible, en efecto. Pero una sociedad sin otra escala que la legal tampoco es completamente digna del hombre. Una sociedad basada sobre los códigos de la ley, y que nunca llega a algo más elevado, pierde la oportunidad de aprovechar plenamente lo mejor de las posibilidades humanas. Un código legal es algo demasiado frío y formal como para poder tener una influencia beneficiosa sobre la sociedad. Siempre que el tejido de la vida se teje de relaciones juridicistas, se crea una atmósfera de mediocridad moral, que paraliza los impulsos más nobles del hombre.”

“Y será simplemente imposible enfrentar los conflictos de este amenazante siglo con tan sólo el respaldo de una estructura legalista.”

El “amenazante siglo” del horizonte de 1978 es lo que estamos viviendo ahora. Las palabras de Solzhenitsyn suenan a profecía cumplida. Me parece que sólo eran valentía al expresar un análisis sólidamente fundado en el conocimiento de la condición humana y de su historia. El Derecho y el Estado de Derecho son bienes preciosos. Pero sin elevación espiritual y moral, sin la altura intelectual que proporciona el esfuerzo y la genuina libertad, ya vamos camino no sólo de perder el Derecho y el Estado de Derecho, sino incluso de que sea insostenible el Estado de Bienestar.


jueves, 3 de diciembre de 2009

EL FISCAL QUIERE MÁS PODER; EL MINISTRO, DERRIBAR "MUROS" CON INTERNET


MÁS PODER SIN RESPONSABILIDAD Y MÁS PROPAGANDA PARA BOBOS


El 1 de diciembre de 2009, saltaba la noticia: el Fiscal General del Estado (FGE), D. Cándido Conde Pumpido, nos aleccionaba como él sabe hacerlo. España -dijo- tiene que aspirar a «un nuevo proceso penal digno de una democracia avanzada». Y toda la prensa destacaba que la "modernidad" y el avance "pasan", según el FGE, por un modelo que esté «a la altura» de países como Colombia, Costa Rica y Chile.

"El fiscal general -seguimos leyendo- no explicó por qué tiene la vista puesta en esos modelos, sino que se limitó a aseverar: «Sé muy bien lo que digo», y señaló a la vez que nuestro país puede «aspirar legítimamente» en cuestiones penales a la «homologación con los estados europeos» del entorno. No se pronunció sobre cuál de las opciones sería más deseable."

"Las revelaciones de Conde-Pumpido no terminaron ahí e insistió en el «compromiso con el futuro» de la Fiscalía General del Estado y de todos los fiscales para alcanzar ese virtual modelo de proceso penal, «el verdadero punto de destino al que tiene derecho toda la sociedad española, una aspiración pendiente desde hace décadas».

"Se refería Cándido Cónde-Pumpido a las reivindicaciones de los fiscales de convertirse en parte investigadora en la instrucción de los procedimientos, en lugar de los jueces, como ocurre en la actualidad. Un modelo, ese sí, implantado en varios países del entorno, informa Ep, por lo que en este apartado no precisó si hay que equipararse a Costa Rica."

"Conde-Pumpido hizo estas declaraciones durante la presentación, junto con el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, de la nueva web del Ministerio Fiscal «www.fiscal.es», un intento de acercar el Ministerio Público a los profesionales del derecho, los ciudadanos y los medios de comunicación. Esa es al menos la aspiración."

"El nuevo portal de la Fiscalía, según explicó el ministro de Justicia, es una importante herramienta para acercar la Justicia a los ciudadanos, dentro del proceso de modernización en el que está inmerso el Ministerio Público. Esta herramienta, dijo, viene a concluir con el «derribo virtual de los muros oscuros y espesos que durante más de cien años habían preservado esta institución de la cercanía de los ciudadanos».

"Caamaño recordó la importancia de las actuaciones de los fiscales en asuntos como la corrupción, en cuya lucha, dijo han conseguido «importantísimas mejoras» y aseguró que el número de fiscales seguirá creciendo porque serán ellos quienes permitan el pleno desarrollo de la legislación procesal y penal."

Tres consideraciones sobre esta noticia me parecen necesarias:

1ª) Conde Pumpido bien podría haber mirado modelos no transoceánicos. Quiero mucho a Colombia, Costa Rica y Chile, lo mismo que a Méjico. En Colombia editaron mi traducción del clásico de STEIN, El conocimiento privado del juez. En Chile y en Mejico he publicado hace poco sendos libros y varios artículos sobre temas procesales, incluido el del Ministerio Fiscal. (Si les interesa lo del MF en España no tienen más que usar de este “link” http://www.bibliojuridica.org/libros/6/2564/11.pdf.  Es mi contribución a los Estudios en homenaje a Héctor Fix Zamudio, México D.F. 2008). Pero me parece absolutamente objetivo afirmar que Chile acaba de salir de un proceso penal inquisitivo y que Colombia, donde viví casi dos años inolvidables, no es el mejor ejemplo posible. Costa Rica es un pequeño y pacífico país, muy diferente de España (en muchos aspectos, para ventaja de ellos). Y en Méjico, la Procuradoría General de la República (PGR) es algo sumamente distinto del Ministerio Fiscal (MF) español: la PGR es el equivalente a nuestro Ministerio de Justicia (que en México no existe), al Ministerio Fiscal y a la coordinación de la lucha antidroga (para que se hagan una idea: hace dos años, la PGR disponía de más de ciento cincuenta aviones propios). Pero no sólo es distinto, sino que el proceso penal mexicano (o, para ser exactos, la Justicia penal mexicana, con sistemas y procesos diferentes en cada Estado, más una Justicia federal) se encuentra en trance de revisión total, con opiniones encontradas respecto del papel del Fiscal, opiniones perfectamente respetables en la medida en que las sostienen juristas sin intereses político-partidistas. Coinciden, no obstante, unos y otros, en la necesidad de despolitizar la PGR si se quiere progresar de veras. La misma preocupación sienten en Chile, donde reina un envidiable clima general de seriedad jurídica, pese a una notable propensión oficial a la imitación de lo estadounidense, que en Méjico también es palpaple y que se explica -no justifica- por presiones de distinta naturaleza.

Es un poco extraño que Conde Pumpido no se refiriese a Alemania, al Reino Unido o incluso a Italia. Puede ocurrir que se encuentre incómodo en el ámbito europeo (por lo de los idiomas, p. ej.) y mucho más cómodo en la antigua Hispanoamérica, hoy Latinoamérica o Iberoamérica (a mí me importa muy poco la denominación que se use). Comprendo perfectamente las preferencias de Conde Pumpido, pero no son justificación para ignorar los datos europeos, limitándose a una tópica y acomplejada referencia, de pasada, a nuestra "homologación" con "los Estados europeos", como si no fuésemos, desde hace siglos, uno de esos Estados y de los primeros. Pero también puede ser que el actual FGE español prefiera no hablar ahora casi nada de Europa a causa de la enorme polvareda que en Francia está levantando el intento de Sarkozy de eliminar por completo al Juez instructor, independiente, en beneficio del “parquét”, como designan en Francia a la Fiscalía, controlada por el Gobieno. Y la polvareda la levantan, oponiéndose, los sindicatos de jueces, los ex-ministros de Justicia y otras personalidades de gran relieve (no precisamente reaccionarias ni cavernícolas), porque, con mucho motivo, entienden que la eliminación total del Juez instructor supondría la impunidad de los delincuentes políticos o con apoyos políticos. En los últimos meses, “Le Monde” no deja de publicar artículos, reportajes, estudios, etc. sobre el asunto.

¡Claro está que Conde Pumpido sabe “muy bien” lo que dice! Quiere poder y control de los procesos y control de que, en ciertos casos, no haya procesos. ¡Menudo poder!

2ª) Tal como está el Ministerio Fiscal en España (sin que se aviste un horizonte de cambio), conferirle la dirección de la instrucción, a lo que se añadiría la acusación, sería dejar la persecución de la criminalidad enteramente en manos de las fuerzas políticas dominantes. Nos aproximaríamos muy peligrosamente, además, al modelo USA en cuanto a desprotección del presunto delincuente que no goce de importantes recursos económicos y, por si fuera poco, el MF camparía por sus respetos sin la responsabilidad política, directa o indirecta, que recae sobre un Fiscal USA.

Aquí, en España, el MF empieza a tener más poder que los jueces y muy parecida inamovilidad, pero a los miembros del MF apenas (muy a duras penas, en un punto muy próximo a la imposibilidad) se les puede exigir responsabilidades, empezando por las penales. Los jueces y magistrados pueden prevaricar. Pero los Fiscales, no. Está rigurosamente inédita la responsabilidad penal y civil de los Fiscales en casos de acusaciones desprovistas de mediano fundamento y que desembocan en absoluciones (a veces de todos los acusados en un mismo proceso) y está igualmente inédita la responsabilidad civil en esos mismos casos. Y también es vano el intento de exigir a los Fiscales responsabilidad alguna cuando no acusan aunque haya suficientes elementos incriminatorios o cuando acusan sin sujetarse a la ley.

Son ya muchos los ciudadanos absueltos tras haber pasado años estigmatizados socialmente (a veces, arruinados económicamente) con la llamada “pena de banquillo” (la permanencia en el “banquillo” virtual, como acusados, durante años) Más aún, no son rarísimos, sino alarmantemente numerosos, los casos en que, tras estigmatizar y hundir a unas personas mediante su imputación penal, no existe por el Ministerio Fiscal la menor prisa en llegar a juicio: así dura más, con sus gravísimos efectos, la “pena de banquillo”, que es lo que les interesa. En los últimos meses, no pocas personas han sido detenidas bajo focos y micrófonos (¿quién les avisó?) por la sola iniciativa de la Fiscalía y, una vez bajo la autoridad judicial, se han visto rápidamente exonerados, aunque el daño estaba ya hecho…con una escandalosa impunidad. Item más: son muy fundadas las sospechas de que en determinadas Fiscalías, como la "anticorrupción", infringen su Estatuto y la Ley de Enjuiciamiento Criminal al no observar el secreto del sumario.

Por todo esto, insisto ahora en que ninguna reforma relativa al MF resulta aceptable en España si no es precedida de ésta: unas normas nuevas, muy claras y efectivas, sobre responsabilidad penal y civil del MF (de la disciplinaria nos podemos olvidar, porque entre Fiscales es irrisoria). Nada se puede innovar con decencia en cuanto al MF (y menos aún en la línea de aumentar sus poderes) sin establecer esa clara responsabilidad.

3ª) No está mal que haya una “web” sobre el MF en España: www.fiscal.es. He entrado en ella y, como era de esperar, lo que hay es propaganda. Pero constituye una insufrible tomadura de pelo o una burla cruel a la ciudadanía hablar de “los muros oscuros y espesos que durante más de cien años habían preservado esta institución de la cercanía de los ciudadanos", como si ése fuese un gran problema del MF. Hacer una página “web” con unas cuantas informaciones y unos cuantos enlaces está al alcance de cualquiera, pero no por eso mejora un ápice la realidad que la “web” publicita, en este caso, el MF. Este Ministro no debe saber mucho de informática ni de internet cuando habla como si creyese que informatizar bien es pan comido y como si la informática e internet careciesen de problemas e inconvenientes. La apelación a la informática y a internet (que luego no va acompañada de buenos resultados) es mera propaganda para bobos o ignorantes. Hay, sí, unos muros, muy espesos y muy oscuros, pero son los que sirven de refugio al FGE y a bastantes Fiscales (no a todos, los hay trabajadores, concienzudos e insobornables: éstos últimos sin futuro dentro de la Fiscalía, eso sí) frente a la rendición de cuentas claras y a la exigencia de responsabilidades.