sábado, 25 de enero de 2014

LA SEGUNDA IMPUTACIÓN DE LA INFANTA CRISTINA


UN DESMADRE DEL JUEZ Y DEL FISCAL, QUE NO AYUDA NADA A LA JUSTICIA


Antes de explicar en qué consiste el desmadre y por qué no ayuda, sino que perjudica a la Justicia, me parece necesario dejar sentados algunos puntos, de mucha más importancia aún que lo que considero un desmadre.

I.— El primero es éste: me parece temerario que quienes no conocen con detalle las actuaciones de la instrucción en ese proceso hayan alcanzado ya un veredicto, sea de culpabilidad, sea de inocencia. Es un juicio temerario, porque es un juicio sin conocimiento de causa de un caso con muchos hechos relevantes (acciones y omisiones durante años) que han de ponerse en relación con normas y criterios jurídicos de intenso tecnicismo, como son las que definen el delito fiscal o el blanqueo de capitales. No se trata de un solo hecho central y un pequeño cortejo de hechos accesorios (como un apuñalamiento que causa una muerte o recibir unos concretos regalos en razón de un cargo público, por poner dos ejemplos). Consecuentemente, lo que se escribe a partir de ese veredicto temerario me parece lamentable y, en ocasiones, repugnante, porque, en un asunto que requiere el debido proceso, esas opiniones no sólo prescinden de él, sino que lo obstaculizan y lo descalifican de antemano y, no pocas veces, descalifican injustamente a nuestra Justicia, que para sí quisieran muchos países, incluidos no sólo bastantes de los considerados civilizados, sino también algunas potencias mundiales. Dar por sentado con el máximo énfasis, con máxima rotundidad, que nada negativo le ocurrirá finalmente a la Infanta Cristina, sea porque la imputación se revocará o porque será absuelta, porque aquí no hay jueces y magistrados independientes, es un apriorismo injusto y falso, como nuestra historia reciente muestra.

Es tremendo desatino tirar piedras contra España con ocasión del “affaire Noos”, que es lo que objetivamente están haciendo esos comentaristas, sean profesionales o blogueros, al dar por sentado que la condena jamás se producirá aun siendo plenamente merecida. Pero se ve que muchos tienen a flor de piel una actitud propia de la “Ley de Lynch”: ahorcar rápidamente al cuatrero o, mucho peor, ahorcar de inmediato al negro que parece haber agredido a un blanco. La “Ley de Lynch” ha sido y es patrocinada y aplicada verbalmente aquí en bastantes casos. Es como si volviéramos al simplicísimo “nullum crimen sine pena”, como si no se hubiese alcanzado después la regla “nullum crimen, nulla pena, sine previa lege penale”, con el añadido “sine previo processo penale”.

Como ven, no se trata sólo ni principalmente de respetar la presunción de inocencia, sino de algo más elemental, como es hablar, opinar y juzgar con o sin suficiente fundamento. Y se trata también de no confundir la crítica política (y no digamos la crítica política instrumental de planes políticos) con la opinión jurídica sobre asuntos judiciales en curso (v. nuestro post CORRUPCIÓN SOBRE LA CORRUPCIÓN Y CORRUPCIÓN COMO DISTRACCIÓN, de 15 de abril de 2013: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/04/corrupcion-sobre-la-corrupcion-y.html)

Dicho lo anterior, añadiré algunas cosas más. Aunque la Infanta no está aforada, es decir, está siendo sujeto pasivo de un proceso a cargo del juez ordinariamente previsto por la ley, los privilegios están saliendo a relucir constantemente en estos días. Pues bien, hace muchos años ya que tengo señalada y denostada la tremenda proliferación de aforamientos actual, que supera con creces a la franquista. Asimismo, hace años que me parece gravísimo el problema de la imputación y, en concreto, ésa que se produce de modo que se estigmatiza a una persona, en ocasiones con enorme e irreparable daño moral y patrimonial, pero el estigma se dice debido a la necesidad de ofrecer las mayores garantías a la persona a la que se imputa: “venga Vd., como presunto delincuente (porque eso es lo que deriva de la imputación), porque así tiene que venir con Abogado, sin el deber de decir verdad y con el derecho a guardar silencio sin que de éste se le derive ningún perjuicio. Es todo por su bien, imputado”. No es posible seguir manteniendo un sarcasmo tan nocivo como éste y pretender, a la vez, que nuestros procesos penales son impecables. Pero éste es un fallo mucho más de la ley y de cierta jurisprudencia que de este o aquel juez.

Llevo también mucho tiempo clamando contra la masiva violación del secreto del sumario o, en términos más precisos, de las actuaciones de instrucción. Son tantos los efectos negativos de esa habitual infracción jurídica que no me detengo en ella, aunque volveré sobre ella de modo muy concreto.

Por último, debo añadir que no tengo buena opinión, sino todo lo contrario, sobre el comportamiento de muchos miembros de la actual Casa Real. No me inclino en modo alguno a defenderlos, pero tampoco siento deseos de verlos condenados penalmente. Desde luego, no pienso que, aunque merezcan una condena, hay un interés público o del Estado en evitarla porque el Estado peligra. El Estado no peligra si hay una condena justa y bien fundada. Pero el Estado peligra tanto si se les absuelve malamente como si malamente se les condena.

II.— Sentado lo anterior, llego al punto que he calificado de desmadre.  El 3 de abril de 2013, el juez José Castro Aragón, titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Palma de Mallorca, dicta un auto, de 18 páginas, por el que citada a declarar como imputada a la Infanta Cristina. Aquí analizamos ese auto en el post SOBRE LA CITACIÓN DE LA INFANTA CRISTINA A DECLARAR COMO IMPUTADA, de 6 de abril de 2013: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/04/sobre-la-citacion-de-la-infanta.html. Revocado este auto por la Audiencia Provincial, al cabo de bastante tiempo y tras nuevas actuaciones, el juez José Castro dicta un nuevo auto el 7 de enero de 2014, por el que nuevamente cita a la Infanta a declarar como imputada, esta vez por delito fiscal y blanqueo de capitales. El nuevo auto consta de 227 páginas.  A quien le interese mucho leerlo si no lo hizo en su momento (cosa comprensible y disculpable), aquí le dejo un posible enlace: http://www.elmundo.es/espana/2014/01/07/52cba147268e3ea3448b456a.html.

Con sorpresa (y disgusto) de muchos, se anuncia que la Infanta no recurrirá el auto de 7 de enero y que está dispuesta a declarar tan pronto como lo disponga el juez Castro. La Fiscalía Anticorrupción, personificada en Pedro Horrach, que ha seguido e impulsado el caso desde el principio, siempre al lado del juez Castro hasta una fuerte discrepancia sobre la imputación de la Infanta, anuncia poco después que tampoco recurrirá el auto. Pero el día 15 de enero de 2014, el fiscal Horrach presenta un escrito, de 11 folios y medio, pidiendo que, antes de recibir la declaración de la Infanta, Castro cite y tome declaración a varios Inspectores de la Agencia Tributaria (como peritos), a los representantes de varias empresas (como testigos) y, sin mencionar en qué calidad, a la Inspectora Jefe del Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional.  En este escrito (al que los lectores de este blog pueden acceder desde el siguiente enlace: http://www.elmundo.es/espana/2014/01/16/52d7d1c9e2704e486c8b4577.html), Horrach, para fundamentar su petición, analiza distintos pasajes del auto de Castro de 7 de enero de 2014 y critica muy duramente —con dureza en verdad insólita— algunas de las más importantes afirmaciones vertidas por el juez en su auto.

De inmediato, se acusa virulentamente al fiscal, desde distintas instancias, de buscar el desprestigio del juez Castro y de defender con parcialidad y sin objetividad a la Infanta. No pocos dan por sentada la intervención de Horrach en una “campaña de desprestigio” del juez Castro y, además, afirman una concertación del Fiscal con la defensa de la Infanta, etc. Me parece que, como diré más adelante, la realidad es distinta.

Si uno no pretende que conoce realidades extraprocesales que desconoce y no hace caso de quienes escriben como si las conocieran con certeza o, en todo caso, se prodigan en procesos de intenciones (contra o a favor del juez y contra o a favor del fiscal); si uno se atiene a los papeles, a las resoluciones citadas, la verdad que muestran no es otra que un desmadre: un total desbordamiento del cauce, una actuación desquiciada, sacada de quicio y, por tanto, moviéndose fuera del eje necesario y razonable. La única realidad clara es, por un lado, una resolución judicial que no busca estrictamente resolver, decidir, con la motivación necesaria (¡ojo!: hablo de la resolución judicial, del auto del pasado 7 de enero, no del juez Castro); y, por otro lado, una solicitud de diligencias de instrucción que va más allá de motivar esas diligencias.

El fiscal Horrach hubiese podido exponer la motivación de su solicitud de declaraciones y su discrepancia con el juez Castro sin sembrar su escrito de frases y expresiones hirientes, perfectamente superfluas para el fin de la administración de justicia. Pero el auto de 227 folios, cronológica y lógicamente anterior al escrito de Horrach, es un insólito documento al que le sobran muchos, muchísimos folios para justificar una citación a declarar como imputada a la Infanta Cristina. Y aquí, en el terreno de lo procesal, ineludible para hacer justicia, lo que abunda y sobreabunda sí daña, y mucho. Daña muchos bienes de la vida y jurídicos y daña, para empezar, la consideración que podrían merecer los autores de esos documentos.

No hace ninguna falta ponerse a calcular cuántos folios del descomunal auto de 227 folios están de más. Dejo también a un lado la grandísima paradoja que representa esa desmesurada extensión precisamente cuando es candente —y el mismo auto lo reconoce así varias veces— la polémica sobre la desigualdad de trato y el contraste con los habituales comportamientos procesales en el caso de la Infanta. Lo dejo de lado porque ni lo inusual es necesariamente ilegal o inmoral ni lo usual es siempre maravilloso y digno de aplauso. No es infrecuente que, en bastantes otros casos, juez, fiscal, abogados, etc., se aparten de lo habitual. Y no constituye un argumento jurídico que innumerables citaciones a declarar como imputado se acuerden en resoluciones de un folio o dos. He visto en mi vida bastantes citaciones practicadas aún más concisamente: mediante telegrama de tres líneas, ante el que el destinatario tenía que hacer gestiones para enterarse del motivo de ser citado, a veces tras infringirse la ley (porque, p. ej., se había omitido la inmediata comunicación al querellado de la querella admitida: art. 118 LECrim).  Me parece claro que todo esto, lo más frecuente y lo habitual, no es precisamente admirable y deseable.

El de 7 de enero de 2014 es un auto monstruoso en el más estricto sentido del término “monstruo”. Decir, como se ha dicho, que es el auto más motivado de nuestra Historia no será la mayor tontería publicada en nuestra Historia, pero es de las afirmaciones más estultas que recuerdo en el periodismo español sobre asuntos judiciales. La motivación no se mide al peso en papel o por número de bytes. Debería holgar decirlo, pero parece que es necesario. Lo que el auto del juez Castro puede tener de record es la extensión física, pero no lo considero en absoluto ejemplar. Las resoluciones judiciales (y, en general, los actos procesales escritos) deberían caracterizarse por la sobriedad en la exposición de hechos y de fundamentos jurídicos. Así son más claros y convincentes. De esa ejemplaridad se aparta mucho el referido auto del juez Castro. Es significativo que algunos profesionales del Derecho hayan llegado a escribir y publicar unos artículos encaminados a separar el grano de la paja y explicar la sustancia del auto a quienes estuviesen interesados en entender la imputación.

Hay mucha hojarasca en los 227 folios y una resolución con ese contenido y ese impacto hubiera debido caracterizarse por carecer de tantos elementos que están de más, que sobran y que, en definitiva, son estorbos para el fin de impartir justicia de modo sereno y convincente.

Sobran las numerosas páginas del auto en que se reproducen alegaciones de distintas partes procesales. Sobran porque el juez sólo tenía que tomarlas en consideración y para eso no necesitaba reproducirlas. Sobran porque muchas son innecesariamente denigratorias y sobran, en especial, las que denigran a personas que no son parte en el proceso. También están de más las páginas en las que el juez polemiza, mucho más allá de fundamentar lo que resuelve. Y polemiza a tutiplén. Polemiza con el Ministerio Fiscal, con la Audiencia Provincial, con la Agencia Tributaria e incluso con opiniones publicadas fuera del proceso. A causa de muchos pasajes, el auto aparece como una apología de su autor, lo que resulta comprensible, pero no por eso aceptable ni elogiable en una resolución judicial. Y el fiscal Horrach, aunque se equivoque en la forma, no carece de razón cuando aprecia que el auto abunda en elementos dirigidos al reproche ético a la Infanta, sin clara relevancia jurídica.

Sobran por completo las no pocas páginas en que se muestra la diferencia entre el comportamiento del Fiscal y de la defensa de la Infanta y el comportamiento de otros imputados, que no recurrieron las escuetas citaciones. El juez Castro considera necesario pormenorizar esos comportamientos, que, desde luego, fácilmente pueden dejar en mal lugar ante la opinión pública a la Infanta, pero que carecen de toda relevancia procesal. ¿O hay que decir que cada cual ejercita sus derechos como le parece oportuno, sin que eso sea reprobable? ¿Puede haber un reproche jurídico relevante a que el Fiscal recurriese el primer auto de citación de la Infante cuando la Audiencia le dio la razón y anuló el auto?

Para no alargarme más, señalaré otra característica del auto de 7 de enero de 2014. Se advierte, de cabo a rabo del texto, una fuerte tensión entre dos líneas argumentales opuestas. Por un lado, la dirigida a justificar la imputación y, por otro, la que insiste en la citación como imputada sólo busca preguntar. A ver si atino a explicarme con palabras llanas. El juez viene a decir: “Vd., imputada y citada, hizo esto y lo otro, que no está nada bien, por estos motivos, ¿cómo no la voy a citar a declarar como imputada?”. Pero, en el mismo auto, se viene a decir también: “Que yo la cite como imputada no significa que piense que ha delinquido: sólo trato de saber, sólo trato de escuchar, para ver si me explica Vd. esto y lo otro”. Sin embargo, lo cierto es que esa tensión, producto también del desmadre, muestra una indisimulable contradicción, porque en toda la cháchara del auto queda claro que el juez piensa que sus preguntas no pueden recibir respuestas que exculpen a la Infanta citada. Hay, pues, o así lo aprecio yo, un cierto aroma de impostura, de dialéctica tramposa.

Lo que se ha escrito en esos 227 folios podría legítimamente escribirse en cualquier medio de comunicación o de expresión. La crítica a la pareja Borbón-Urdangarín podrá discutirse en este o aquel punto, pero, insisto, sería legítima y pienso que nadie podría considerarla insultante y gratuita. Pero es completamente impropia de una resolución judicial. El auto de 7 de enero de 2014 es, sí, modélico, pero modelo de lo que, a mi entender, es una desorientación de un juez que, llegado un momento, más que centrarse fríamente en hacer el trabajo procesal de una imputación, se dedica a una apología de su labor investigadora y a salir victorioso en una polémica múltiple. El escrito del fiscal Horrach, por su parte, se desmadra formalmente en la crítica del descomunal auto de Castro y presenta, por ese motivo, un aire de duro ajuste de cuentas personal, aunque expone, con toda la concisión que le ha faltado a Castro, lo que puede exculpar a la Infanta Cristina. Desde el punto de vista de la retórica, lo que sobra en el auto de Castro debilita ante el público la imputación, mientras que la concisión de Horrach favorece la exculpación. Pero en una cosa coinciden ambos: juez y fiscal han escrito cara a la galería, bien conscientes de que el secreto del sumario iba a durar un nanosegundo. Y eso no está nada bien.

Acerca de si hay delito fiscal o blanqueo de capitales, o las dos cosas, no tengo criterio, porque se trata, como ya dije, de cuestiones que atañen al Derecho penal sustantivo en materias con un alto grado de tecnicismo. Pero, como procesalista, que ha leído resoluciones en casos especialmente “sensibles”, digo que es posible, porque se ha hecho, hacer en tales casos resoluciones judiciales serias y bien motivadas, sin desmadre alguno. Y eso, que siempre es bueno, resulta especialmente necesario en esos casos, entre los que está el de la Infanta de España.
 
PD. El "paseíllo" debe evitarse, no sólo a la Infanta, sino a cualquiera que esté amenazado con padecerlo. No existe esa pena. No es una cuestión de seguridad, sino de que en el espíritu de la ley está bien claro que todas estas actuaciones deben llevarse a cabo del modo que menos perjudique a la persona, a su reputación y a su patrimonio (arg. art. 520. 1 LECrim).

miércoles, 1 de enero de 2014

PARA EMPEZAR BIEN 2014


ELECTROCUTAR A LAS ELÉCTRICAS
 
UN TEST INFALIBLE SOBRE LA ALINEACIÓN DEL GOBIERNO CON LA CORRUPCIÓN O LA REGENERACIÓN


En la tremenda escandalera desencadenada en España por una subasta que arrojaba un aumento catastrófico del precio de la electricidad, situándolo como el más caro, de lejos, dentro de la Unión Europea, ha intervenido, sin duda, alguien más que el oligopolio de las productoras de esa energía: Iberdrola (alias Ibertrola), Gas Natural-Unión Fenosa (alias Unión Penosa), Endesa, etc. Estamos hoy en una situación de grave indefinición, de insoportable incertidumbre, para mañana y para pasado mañana, acerca de lo que va a costar la electricidad, lo que significa, entre otras cosas, estas dos: 1) que el ciudadano medio no sabe cuánto le dejará libre de sus ingresos la factura de la luz, por más que reduzca su consumo de los más diversos modos; 2) las empresas y, en especial, las fábricas, las industrias, no pueden saber el coste de producir lo que sea que produzcan. Así, entre otras cosas, nuestra competitividad, tan decisiva, está en el aire.

En la escandalera de la subasta de marras y en el presente estado de cosas, el denominado “Gobierno de España”  ha tenido y tiene un protagonismo importantísimo con una política (?) errática que viene de lejos, con decisiones de gobiernos anteriores, pero no mejoradas ni rectificadas por el Gobierno actual.

Por si hiciese falta confesarlo, declaro no ser un experto en el tema de la energía eléctrica en España. Soy uno más de los mártires del oligopolio, no sólo por el precio, sino por el pésimo funcionamiento de servicios tan elementales como el de proporcionar rápidamente la energía que contratas, lo que, en este preciso momento, me impide vivir y trabajar en una vivienda de mi propiedad. Pero, al margen de incidencias que me afectan gravemente (y no sé por cuánto tiempo), he tenido la fortuna de encontrar a varias personas que conocen el tema sin estar implicadas en el negocio. En sus excelentes explicaciones me baso para lo que voy a decir, aunque mi personal inclinación a sentar a las eléctricas mencionadas en una silla de las suyas esté muy motivada por mi presente martirio, que ya dura, aunque no se lo crean, bastante más de un mes.

Simplificando mucho: 1) Tenemos en España una capacidad de producción eléctrica instalada y de posible funcionamiento que supera nuestras necesidades de consumo; 2) Tenemos un sector mundialmente puntero en la fabricación de generadores eólicos de electricidad y, de hecho, uno de los resultados (no el único) de esa realidad es que una alta proporción de la electricidad que consumimos procede ya de nuestros parques eólicos; 3) El transporte y distribución de energía eléctrica por redes de alta tensión (de propiedad pública) corresponde a la empresa estatal Red Eléctrica de España, que funciona satisfactoriamente y con transparencia; 4) Las compañías de producción y distribución eléctrica final no se encuentran en crisis: obtienen cada año notables ganancias: lo único que sucede es que quieren no ver reducidas esas ganancias: si ganan seis mil millones, no quieren ganar sólo tres mil millones; 5) Pese a todo lo anterior, tenemos, insisto, la energía eléctrica más cara de la UE; 6) Una buena parte de ese carísimo precio se debe al denominado déficit tarifario o déficit de tarifa, que es lo que el Estado (o sea, todos nosotros) le debe supuestamente a los productores y distribuidores de electricidad a causa a una supuesta diferencia entre el precio al consumidor, supuestamente asequible, y el supuesto coste real de lo que las eléctricas dan a los consumidores.

A causa de una historia larga y complicada, plagada de trucos y de privilegios irracionales, resulta que, al pasar del monopolio a la “liberalización”, para que las pobrecitas eléctricas no subiesen y no suban los supuestos costes reales en el "recibo de la luz", la diferencia se la adeudamos los pequeños y grandes consumidores de electricidad, lo que significa que las pobrecitas eléctricas son acreedores del Estado. Lo que el Estado (es decir, todos nosotros) adeuda a estas pobrecitas eléctricas supuestamente a cambio de que no nos cobren la electricidad al supuesto coste real, asciende en la actualidad a unos 25.000 millones de euros y, previsiblemente, seguirá aumentando.

Como verán, son muchas las suposiciones con que se opera. Ninguna de esas suposiciones perjudica a las pobrecitas eléctricas. Todas les son favorables. Y que el Estado se endeude con estas pobres y sacrificadas compañías, para que no nos suban los “recibos dela luz” no ha impedido que ese “recibo” haya aumentado un 70% en seis años hasta el 2012.

Esto, aunque resulte increíble, sucede en el marco de una “economía de libre mercado”, con reguladores múltiples del “fair play”, que han ido cambiando de nombre y de configuración. Se trata de un sarcasmo hiriente, cruel, para quienes toda la vida hemos defendido la libertad económica frente a la planificación estatalista. Y es en ese marco supuestamente liberal en el que se pueden producir “subastas de energía eléctrica” como la última tan escandalosa, a la que las pobrecitas eléctricas concurrieron ante los representantes de los consumidores necesitados de electricidad, con una oferta de producción determinada por haber cerrado una central nuclear (que al PP le costó sangre mantener abierta) y por una notable disminución voluntaria de producción hidroeléctrica.

Ni qué decir tiene que una buena parte de las instalaciones de producción de energía eléctrica se encuentran ya plenamente amortizadas, muchas de ellas desde que se pasó del monopolio estatal al “libre mercado” o “liberalización” actuales.

Un comentario frecuentísimo cuando se trata de este sangrante asunto de la electricidad en España consiste en afirmar que es fortísima la presión que las pobrecitas eléctricas han ejercido y ejercen sobre todos los Gobiernos de la Nación,  cada una por sí y todas juntas a través de UNESA, Asociación Española de la Industria Eléctrica. Pues yo, para empezar este año 2014, respondo que, en grandísima medida, la presión es eficaz a causa de los presionados, que se dejan presionar sin gran dolor y no utilizan en serio las armas que les puede proporcionar un Estado social y democrático de Derecho.

Con una mayoría absoluta holgada en las dos Cámaras legislativas, con la posibilidad de afrontar urgentemente una situación intolerable mediante el instrumento del Decreto-Ley y con una oposición que no podría legítimamente atacar una actuación firme en esta materia, ¿no podría el Gobierno que preside el Sr. Rajoy dar, a comienzos de este año 2014, una prueba sólida de un afán de regeneración política y moral, cortando el nudo gordiano del déficit tarifario, por ejemplo? Así, de paso, nos libraríamos de la vomitiva impresión que nos produce ver a expresidentes del Gobierno y exministros cobrando millonarias cantidades de las pobrecitas eléctricas.

Si el Gobierno estuviese subvencionando directamente a grupos revolucionarios no contribuiría mejor que ahora, con sus acciones y omisiones, a la cólera ciudadana. Año nuevo, Gobierno nuevo. A nada que podamos, si no es por las buenas, tendrá que ser por las malas. Porque los abusos ya alcanzan la cota insufrible de la tiranía. Por si no estuviese claro, miren cómo la clase política, el establishment, se pretende blindar con proyectos de ley como los de la Seguridad Ciudadana y el todavía más vergonzoso de la Seguridad Privada, con el que se recurre al “mercado” para —no nos engañemos más— dar a ganar dinero a los amigos que les echen una mano.