domingo, 29 de noviembre de 2015

MÁS SOBRE SUPRESIÓN DEL CGPJ Y LA ELECCIÓN POR EL CONGRESO DEL PRESIDENTE DEL TS

 
LAS PROPUESTAS INANES DE CAMBIOS QUE IMPLIQUEN REFORMAR LA CONSTITUCIÓN
DRAE: inane.
(Del lat. inānis).
1. adj. Vano, fútil, inútil
.
Incluir en programas electorales propuestas que requieran una reforma constitucional es una opción que, en buena lógica, exige situar la reforma de la Constitución (CE) como el primero de los propósitos de esos programas. A mi entender, estaríamos, así, ante una gran propuesta dirigida al electorado a sabiendas de que no se podrá cumplir o, al menos, no para disponer de una Ley Fundamental algo mejor, en su conjunto, a la Constitución de 1978 en vigor. ¿Acaso se atisban hoy en unos eventuales padres constituyentes personalidad y calidad jurídica mejores que las que existían en 1977 y 1978? ¿Por ventura hay ahora en las fuerzas políticas y sus dirigentes una voluntad de consenso pareja o superior a la que permitió alumbrar la Constitución vigente?  He coincidido plenamente en la respuesta negativa a esas dos preguntas con gente de Podemos, del PSOE, del PP e incluso afín a Ciudadanos (C’s). La propuesta de suprimir el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que implica reformar la Constitución, conduce, casi con seguridad, a dejar el CGPJ como está. Esa propuesta de C’s ha sido defendida hace poco por mi querido y admirado Paco Sosa Wagner -somos, sin exageración alguna, viejos compañeros de fatigas- en este artículo: http://www.elmundo.es/opinion/2015/11/18/564b8399268e3ee6748b457c.html La entrada en liza de mi buen amigo y colega me anima a volver sobre el tema. Estoy por completo de acuerdo con gran parte de ese artículo, pero no veo que conduzca necesariamente a la concreta propuesta de C’s sobre el CGPJ, que me sigue pareciendo muy desafortunada.
Dice Sosa Wagner que hemos de «admitir el carácter 'fallido' -"pocho y desteñido", diría Juan de Mairena- de este Consejo que con tantas esperanzas fue concebido por los padres constituyentes». ¡Nada me cuesta a mí admitirlo y, con un simple repaso de este blog (por no remontarnos varias décadas y acudir a muchas otras publicaciones), se verá que “pocho” y “desteñido” resultan grandes eufemismos al lado de mis calificativos! También estoy conforme -lo dije hace muchos años- con la afirmación de que 20 Vocales es un número disparatadamente grande para las funciones constitucionales del CGPJ. De hecho: ese número es el más claro error detectable nada más leer el art. 122.3 CE. Pero es que, además, la clase política (PP, PSOE, IU, nacionalistas) ha consentido durante décadas que el CGPJ se convirtiese en un enorme y muy costoso mastodonte: vean, si no me creen, la relación pormenorizada de su personal (su RPT: relación de puestos de trabajo) aquí: http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Transparencia/Actividad-Economico-Financiera/Personal--Retribuciones-y-Compatibilidades. A lo que aún hay que añadir que, en plena austeridad y “tasa de reposición cero” o poco más, este Gobierno y el Parlamento recientemente disuelto, promovieron en reforma de 2013, crear un Cuerpo de Letrados del CGPJ, con sus cinco primeras plazas ya en proceso de adjudicación.
Todo esto es algo sin ningún sentido para lo que es, según la CE, un órgano de garantía y no de gestión (la colegialidad es buena para la función de garantía y pésima para la gestión). Pero, sin desmantelar a tontas y a locas el presente CGPJ, mastodóntico y más presidencialista que colegiado, cabría lograr un órgano en verdad colegiado más modesto, menos caro y más justo en la selección y promoción de Jueces y Magistrados. Se me ocurren docenas de distintas reformas legales, de ley orgánica y de ley ordinaria, con las que, sin cambiar la CE, se alcanzarían esas sustanciales mejoras.
Porque, aun dejando a un lado la escasísima posibilidad real de un cambio constitucional, no hay necesidad de cambiar la Constitución para disponer de un decente órgano constitucional de garantía como es el CGPJ. No proponerse cambiar la Constitución y proponer otros cambios es, a diferencia de la propuesta de C’s, proponer algo que, aunque resulte discutible y requiera discusión y consenso, sería factible. Proponer lo que no va a poder ser es, de hecho, y aunque no se quiera en absoluto, mantener la situación actual. Y ése no es un buen resultado, que a buen seguro no quiere (me permito suponerlo con seguridad) Sosa Wagner y quizás tampoco C’s.
Además, en el diseño del CGPJ según la CE hay elementos positivos: el desapoderamiento del Ejecutivo en lo que afecta a las garantías de independencia de los Jueces y Magistrados, la opción por un órgano colegiado que integre también a abogados y otros juristas, sin caer en un autogobierno puro de la Magistratura y menos aún en un autogobierno con predominio de miembros del Tribunal Supremo (TS) (de ahí la precisión del art. 122.3: “Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales”) y, last but not least, la designación por el CGPJ del Presidente del Tribunal Supremo (que pasa a serlo, ipso iure, del mismo CGPJ). Todo eso merece ser conservado. Nada de eso tiene que ver con la perversión del CGPJ, desde las esperanzas de los constituyentes hasta la deplorable realidad actual.

En la hipótesis de una reforma constitucional in melius, reduciría el CGPJ a un órgano con menor número de miembros y dejaría meridianamente claro que los que hubiesen de ser “Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales” serían elegidos por todos los Jueces y Magistrados en activo, sin primar, para esa elección, a las candidaturas de las asociaciones judiciales. Lo que no sería un cambio constitucional in melius, sino a peor, in peius, es lo que propone C’s: la elección del Presidente del TS por dos tercios de los Diputados (me gusta más, por cierto, la supercualificada mayoría actual de tres quintos).


domingo, 8 de noviembre de 2015

SOBRE UNA PROPUESTA DE “CIUDADANOS”: SUPRIMIR EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

 
REGENERAR Y CAMBIAR NO SE LOGRA CON OCURRENCIAS DE EXTREMA FRIVOLIDAD
 
Lo lamento. Lamento escribir sobre propuestas electorales concretas, porque he querido y quiero ser y parecer neutral ante los comicios del próximo 20 de diciembre, para que nada de lo que aquí diga, sobre la base de conocimientos jurídicos y con propósitos apartidistas, pueda interpretarse como apoyo o ataque a unos u otros. En este blog, POR DERECHO, he dejado escritas muchas cosas sobre temas, actitudes e incluso personas, con especial (que no exclusiva) atención a la Justicia y a la Universidad. Cualquier lector puede extraer de lo escrito las conclusiones que le parezcan oportunas a cualquier efecto que le interese, incluido su voto (o su abstención) en ese cercano día. En concreto, sobre el importante asunto que me lleva a escribir este “post”, les remito a este otro, de 30 de abril de 2013, LA DICTADURA ABSOLUTA DE LA MAYORÍA ABSOLUTA. TIRO EN LA NUCA AL ÓRGANO DE GARANTÍA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL. LA CONSTITUCIÓN, DE NUEVO A LA BASURA: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/04/la-dictadura-absoluta-de-la-mayoria.html. Aquí me refería a la ocurrencia del Gobierno del PP y del Ministro Ruiz Gallardón de un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) jibarizado y presidencialistas, frente al diseño constitucional del CGPJ, un diseño no enteramente acertado, pero en general y en lo sustancial muy positivo para la independencia judicial. Lean, les ruego, ese post, porque sólo así entenderán bien éste.
Rompo mi propósito de callar sobre programas electorales porque ayer, el líder de “Ciudadanos”, con la presuntuosa escenificación de unas nuevas Cortes de Cádiz y la retórica de mirarnos a los ojos a los españoles (algo muy cursi y muy desajustado a la estatura de uno y otros), ha propuesto suprimir el Consejo General del Poder Judicial. Podría haber propuesto reformarlo radicalmente, con buen número de cambios que lo regeneraran. Pero no: ha propuesto suprimirlo. Es decir, quiere suprimir un instrumento constitucional que, insisto, en sustancia era y es algo bueno, aunque luego haya sido incesantemente pervertido. Esa propuesta significa, para mí, lo siento mucho, que “Ciudadanos” no tiene hoy la menor idea de lo que es y debe ser la Justicia en España. Y, por tanto, no tiene hoy la menor idea de cómo defender aquí, de inmediato y sin parar, el Estado de Derecho. Y eso es esencial ahora y lo será mañana y después del 20 de diciembre. Porque, cualquiera que sea lo que a cada uno se le pueda ocurrir en materia de reforma del Estado y por discutibles que sean unas y otras ocurrencias, está meridianamente claro y resulta difícilmente discutible que lograr que los poderosos de todo tipo hayan de ajustarse a las leyes y no puedan burlarse de ellas depende de la existencia, de la subsistencia, sin soluciones de continuidad, de una Justicia decente, por su independencia, su calidad y su eficiencia. Pues bien: la propuesta de “Ciudadanos” menoscaba gravísimamente la independencia y no mejora nada el resto de los factores.
 Esa crasa ignorancia de “Ciudadanos” es reprobable porque no es una ignorancia invencible, porque se agrava con la fatuidad grandilocuente de la presentación gaditana de la ocurrencia y, porque, para colmo, viene a proponer despolitizar la Justicia a base de hacer depender su gobierno de una persona designada por el Parlamento, el Presidente del Tribunal Supremo. En época de Franco, hubo un ministro partidario encubierto de un peculiar autogobierno de la Magistratura, que consistiría en atribuir los nombramientos de Jueces y Magistrados, su promoción y su régimen disciplinario a una camarilla de miembros del Tribunal Supremo. No pocos jueces empujaron a los procesalistas a ocuparse del autogobierno de la Magistratura y así se hizo en abril de 1970: no hubo discrepancia en entender, como lo habían señalado ya en Italia, que la independencia judicial no estaba únicamente amenazada por el Ejecutivo, sino que aún más podía estarlo desde dentro de la organización jurisdiccional. Expresivamente nos decía un Magistrado honrado y competente: “me es mucho más fácil defenderme de un intento de injerencia que proceda del Ministerio que de una indicación o presión del Presidente de mi Audiencia”.
La independencia judicial, que no es la independencia de un grupo de personas o de un conjunto de órganos, sino la de todo juez en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, consiste en la ausencia de dependencia y exige defender a todo juez de presiones, directrices o instrucciones procedentes también desde dentro de la Justicia. Para eso estaba y sigue estando el CGPJ, que también debía ocuparse del funcionamiento legal del Tribunal Supremo y sus Salas y del cumplimiento de sus deberes por cada uno de sus ilustres Magistrados, que no tienen bula alguna. Esto último no fue fácil nunca. Hace una veintena de años, a mí y a algunos otros Vocales nos llamaron poco menos que “perros judíos”, “enemigos del pueblo” y otras lindezas por haber pretendido que en el TS se cumpliesen ciertos preceptos de la LOPJ sobre composición de las Secciones, turno de ponencias, etc.
Rivera y sus asesores parecen desconocer la función constitucional del CGPJ, desconocen o desprecian la historia de las reformas legales sobre la designación de los Vocales del CGPJ (la génesis y efectos de esas reformas: LOPJ de 1985, L.O. 2/2001, L.O. 4/2013), desconocen o desprecian la historia de los cambios que llegaron a convertir un órgano constitucional de garantía, modesto en su tamaño y en su coste, en un mastodóntico y muy costoso complejo orgánico, que se ocupaba de muchas cosas ajenas a su finalidad constitucional y seguía descuidando, en cambio, sus cometidos propiamente constitucionales. Y desconocen o desprecian la historia de las tensiones del Tribunal Supremo con el CGPJ y con el Tribunal Constitucional.
Don Albert Rivera, líder de “Ciudadanos”, merecía mi respeto por su trayectoria general en favor de España y Cataluña (o de Cataluña y España). Estoy bastante seguro de que Rivera no es un botarate. Pero la propuesta de suprimir el CGPJ es, en sí misma, propia de un botarate. Y, por supuesto, certifica, a mi parecer, que los padres constituyentes de 1978 superaban con mucho en experiencia, inteligencia y prudencia a los figurantes que, a la sombra de la Constitución de 1812, han propuesto reformas de la Constitución vigente como la de suprimir el Consejo General del Poder Judicial y entregar sus funciones a un Presidente del Tribunal Supremo designado por dos tercios de los miembros del Congreso de los Diputados.

De pasada y en línea con la que ya he dicho aquí: ¿por qué proponen muchos cambiar la Constitución vigente cuando les sobran datos y motivos para estar completamente seguros de que no habrá consenso para cambiarla y cuando no hacen nada (tampoco el PP) por aproximarse siquiera a ese consenso? ¿No se llama a eso demagogia? Si quieren, repasen este otro post, de 27 de septiembre de 2012: ES QUE HAY UN NUEVO PREMIO, MULTIMILLONARIO, A LA OCURRENCIA MÁS INCONSTITUCIONAL? UNA ESPAÑA CONVULSA A CAUSA DE PROPUESTAS IMPRUDENTES. (ESTADO FEDERAL, "¡FUERA LA CONSTITUCIÓN!" Y TRASPASO DEL "PODER JUDICIAL" AL TRIBUNAL SUPREMO): http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2012/09/es-que-hay-un-nuevo-premio.html