domingo, 11 de julio de 2010

LA SENTENCIA SOBRE EL ESTATUT DE CATALUNYA: BALANCE GENERAL Y ACTITUD ACONSEJABLE


DESCALABRO PARA EL NACIONALISMO Y OPORTUNIDADES PARA ABOGADOS Y JUECES
(Actualización a 12 de julio de 2010, al final de este post: Montilla no entiende nada y Zapatero se las arregla para no pronunciar la palabra "España" ante los Campeones del Mundo)


Una vez publicado el texto de la Sentencia del Tribunal Constitucional (TC) español sobre el recurso de 98 Diputados del Partido Popular contra el reformado Estatuto de Autonomía de Cataluña (en adelante, “Estatut”), más cinco extensos votos particulares, me parece estar en condiciones de presentar a los lectores de este “blog” un balance general de esa sentencia. También considero de gran importancia que se adopte ante ella una actitud general acertada. Abordaré la actitud que considero atinada, por varias razones, al final de este “post”, tras el anunciado balance general.

No era difícil, hace unos días, a la vista de la parte dispositiva o “fallo” de la sentencia, más las diversas reacciones inmediatas, inclinarse a pensar que la sentencia, en conjunto, era desfavorable para los propósitos soberanistas y nacionalistas de la mayoría de la clase política catalana (v. “entradas” de 29 y de 30 de junio de 2010). El modo en que son designados los Magistrados del TC, las múltiples presiones y el método, típico del TC, de apurar las posibilidades de salvar al máximo la constitucionalidad, han influido, como era de esperar, en una extensa y farragosa sentencia. Se sabía que en ningún caso resultaría satisfactoria para todos. Empieza por no serlo para cinco de los diez Magistrados, que han presentado votos particulares, cuatro discrepantes y uno concurrente. Para los Magistrados discrepantes, el Estatut adolecería de más normas inconstitucionales y la sentencia presentaría condescendencias con el Estatut que consideran improcedentes en Derecho. El voto concurrente, del abogado Gay, viene a decir lo contrario. Con todo, se confirma plenamente que la sentencia supone un decisivo fracaso del soberanismo catalán. Me refiero, como en todo este "post", al plano jurídico, que era y es muy decisivo para toda España. Ahora no me ocupo del problema político, sino del problema que la constitucionalidad del Estatut suponía para el Estado de Derecho.  

Por supuesto, no he tenido tiempo disponible para leer los centenares de páginas ya publicadas. Sí he podido hacer, aquí y allá, “catas” suficientes para lo que ahora diré. Después, no me voy a dedicar enseguida a la lectura completa, por distintas razones poderosas (uno tiene otras cosas que hacer, más apremiantes e incluso más gratas). Y menos aún me propongo someter a los lectores más fieles de este “blog” a un serial temático sobre el Estatut y la sentencia. Hay temas menos plúmbeos y de mayor interés. Por eso, anuncio que este balance general y sus comentarios son, de momento, cuanto cabe esperar que se diga aquí sobre el Estatut y la sentencia. Me parece preferible que otros análisis, más concretos, aparezcan sólo en la medida en que surjan cuestiones importantes a las que haya que dar respuesta.

Vamos, pues, con el balance general. Estaba claro que unos y otros procurarían ver en una extensa sentencia los aspectos positivos para sus respectivas posturas y, a ser posible, unos y otros gritarían o cantarían victoria. Pero el contenido del Estatut incluía una serie de puntos abiertamente inconstitucionales, de aspecto muy marcadamente soberanista, de sesgo independentista incluso, sobre los que iba a resultar ineludible pronunciarse. La clave para juzgar la sentencia en su conjunto y considerarla positiva para el nacionalismo catalán o para una elemental defensa de las normas constitucionales estaba en lo que el TC resolviese (y cómo) sobre esos puntos. Pues bien: ya han visto Vds. que ni los “fans” más recalcitrantes del Sr. Zapatero, principal y decisivo impulsor de este Estatut, ni las fuerzas políticas nacionalistas, soberanistas e independentistas se han atrevido, tras conocerse el texto, a cantar victoria. De hecho, el "Gobierno de España" guarda silencio riguroso mientras termino este "post", tras la multitudinaria manifestación de Barcelona (Ministro Caamaño: ¿cómo no ha logrado Vd. convencer al President Montilla de que el 98 ó 99 por ciento del Estatut ha sido considerado constitucional?).

Como ya adelanté, la sentencia se ha confirmado contraria a la existencia de una Nación catalana. Ese era, es y será el punto principal. No hay más Nación, en sentido propio, que la Nación española. El texto de la sentencia es suficientemente contundente en este punto crucial para las pretensiones soberanistas de la clase política representada por el Partit des Socialistes de Catalunya, Convergencia i Unió y Esquerra Republicana de Catalunya. Lo que el fallo de la sentencia contiene se ve luego confirmado y remachado en el texto que ahora se conoce.

Decisivo, asimismo, era lo que el TC resolviese sobre un Poder Judicial propio de Catalunya, dado que la Constitución Española (CE) establece, sin lugar a dudas, que si bien las Comunidades Autónomas poseen Ejecutivo y Legislativo propios (con limitaciones, pero propios), carecen por completo, en cambio, de Juzgados y Tribunales propios y de Poder Judicial propio. A la vista del fallo, ya entendí (v. “post” del 4 de julio de 2010) que la sentencia era muy contraria al Estatut en este punto e incluso me pareció entre patética, ridícula y absurda, la tesis del “Gobierno de España”, lanzada antes de conocerse la sentencia completa, según la cual se haría por Ley Orgánica (en concreto, la del Poder Judicial: LOPJ) lo que no se pudiese hacer mediante el Estatut.

El texto completo de la sentencia confirma sin lugar a dudas que no cabe Poder Judicial propio en Catalunya y no por una formalidad sobre el tipo de norma, sino porque la Constitución lo impide directamente. Si el único Poder exclusivo y excluyente del Estado, de España como Nación, se hubiese consentido o disculpado de algún modo en la sentencia, la “indisoluble unidad de la Nación española” en que se fundamenta la Constitución (art. 2), se hubiese visto, no ya comprometida, sino abierta y duramente lesionada. Un segundo punto crucial en el que el soberanismo y el nacionalismo salen inequívocamente derrotados.

Un tercer punto era el de la lengua. Los nacionalismos utilizan la lengua (incluso reinventándola, si hace falta) como instrumento imprescindible de su política. En Cataluña, natural y espontáneamente bilingüe (lo que les ha convenido y les conviene hasta desde el punto de vista económico más prosaico, pero contra lo que han conspirado y conspiran muchos políticos catalanes), se ha estado arrinconando el castellano-español (no quiero reproducir la fuerte discusión constituyente sobre el tenor del art. 3 CE) e imponiendo el catalán, cuando la Constitución dice, con bastante claridad, que “el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla” y que “las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.” (la cursiva es mía).

El Tribunal Constitucional (TC) establece que es "inconstitucional y nulo" el artículo 6.2 del Estatut, "en su pretensión de imponer un deber de conocimiento del catalán equivalente en su sentido al que se desprende del deber constitucional de conocimiento del castellano". Afirma asimismo el TC que las Administraciones Públicas catalanas "no pueden tener preferencia" por ninguna de las dos lenguas. Son los particulares quienes tienen el derecho de utilizar tanto el catalán como el castellano en su relación con los poderes públicos "en perfecta igualdad de condiciones". La sentencia admite que "el catalán debe ser lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza, pero no la única que goce de tal condición, predicable con igual título del castellano en tanto que lengua asimismo oficial de Cataluña.” Por si no estuviese claro, el TC afirma, literalmente, que "desde ahora hemos de dejar sentado en nuestra argumentación que, como principio, el castellano no puede dejar de ser también lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza". Bilingüismo, pues, con igualdad de catalán y castellano.

En este tercer punto clave, por tanto, la causa del soberanismo pierde indiscutiblemente la batalla del Estatut (digo “la batalla”: otra cosa es la guerra, a la que después me referiré).

A mí, estos tres puntos me parecen, por sí solos, suficientes para concluir que el balance de la sentencia es muy negativo para el soberanismo y positivo para el constitucionalismo. O, con otras palabras, negativo para una Cataluña separada y positivo para la España, Nación única que reconoce y consagra la vigente Constitución de 1978.

Habrá quien diga que lo anterior es poesía o música celestial y que la clave está en la relación bilateral Cataluña-España pretendida en el Estatut y en la materia económica. Sin desdeñar ni menospreciar esos asuntos, más decisivos para nuestro futuro eran y son los tres puntos que he escogido.

De todas formas, es de señalar que, en lo económico, la sentencia tampoco acepta varios planteamientos del Estatut. De hecho, elimina la capacidad legislativa de la Generalitat para establecer tributos locales, porque considera que la creación y regulación de los tributos locales es "una potestad exclusiva y excluyente del Estado que no permite intervención autonómica". En cuanto a la famosa “bilateralidad” o relación bilateral igualitaria entre Cataluña y España, la sentencia afirma que “el Estado siempre ostenta una posición de superioridad respecto de las Comunidades Autónomas”. Se acepta por el TC una cierta bilateralidad en cuanto “manifestación del principio general de cooperación, implícito en nuestra organización territorial del Estado” y con tal de que no sea “excluyente de la multilateralidad”, sin entenderla como una relación entre entes políticos en condición de igualdad, capaces de negociar entre sí en tal condición.

Interesante resulta también que el TC, aunque admita como constitucional la Disposición Adicional Tercera, sobre inversión del Estado en infraestructuras con utilización como índice de la participación de Cataluña en el PIB durante siete años, establece que sólo corresponde al Estado determinar cuáles deben ser los esfuerzos fiscales de Cataluña y de las demás Comunidades autónomas, puesto que es el Estado el único garante de la solidaridad. De este modo, se elimina del texto estatutario el punto en que se condicionaba la aportación catalana a que el resto de comunidades realizaran un esfuerzo fiscal similar. Será, pues, el Estado, quien seguirá determinando el grado de solidaridad de cada autonomía y el nivel de de prestación de los servicios públicos fundamentales.

Dicho todo lo anterior, no piensen que la sentencia me parece excelente, casi perfecta. No es así. Ya adelanté aquí (v. “post” de 29 de junio de 2010) mi rotunda discrepancia con la abundancia de pronunciamientos que salvan la constitucionalidad a base de establecer la interpretación debida de numerosos preceptos del Estatut. Comparto las afirmaciones y argumentos contenidos en varios de los votos particulares discrepantes. Sin embargo, entiendo que el Tribunal Constitucional, enfrentado a un texto que nunca debió ser aprobado, no ha terminado dictando una sentencia deshonrosa para su función, sino una sentencia sustancialmente decente, que merece ser tomada en consideración, a partir de ahora, en todos sus términos.

Ha existido, durante mucho tiempo, el riesgo cierto de que el Tribunal Constitucional pasase por alto o disculpara disposiciones del Estatut abiertamente contrarias a la Constitución. De hecho, tanto el Sr. Zapatero, principal responsable del Estatut descaradamente secesionista y ventajista salido de Barcelona, como el todavía Ministro de Justicia (Francisco Caamaño, que pulió el Estatut en Madrid cara al Parlamento español, el constitucionalista del 98 % de constitucionalidad), flanqueados por Vicepresidentes, Ministros y otros personajes y personajillos diversos, afirmaron una y otra vez que el Estatut era plenamente constitucional e impulsaron centenares de declaraciones en el mismo y contundente sentido. Cada una de esas declaraciones era una presión pública al TC. La existencia de esas presiones es un hecho que ahora, cuando no han surtido el esperado efecto, no puede ser olvidado. Los esfuerzos de algunos Magistrados y su firmeza en medio de vicisitudes muy difíciles, que sólo ellos conocen plenamente, tampoco puedo dejarlas en el olvido. Por lo que valga, que conste mi gratitud, como jurista y como ciudadano.

Es de suma importancia, pienso, que los defectos que se consideren cometidos en la sentencia del TC sobre el Estatut y las consiguientes discrepancias no conduzcan a una descalificación global de esa sentencia, como las que ya se han producido. Primero, porque esa descalificación global no sería justa. Segundo, porque las consecuencias indeseables de la vigencia del Estatut hasta la sentencia y los desafueros que posteriormente quizá se perpetren pueden ser eficazmente combatidos sobre la base de esa sentencia, vía cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por Juzgados y Tribunales (a su vez propuestas por las partes de muchos procesos), con recursos contencioso-administrativos contra normas autonómicas no conformes a lo declarado en la sentencia del TC (pienso, por ejemplo, en la guerra de la lengua, que seguirá) e incluso mediante recursos de amparo que fuercen al mismo TC a plantearse la llamada autocuestión de inconstitucionalidad. Jueces serios y abogados concienzudos y estudiosos tendrán oportunidades de defender el Estado de Derecho, a partir de lo que la sentencia dispone y dice.

Algún día desaparecerá el actual “Gobierno de España”. Para los siguientes Gobiernos, esta sentencia del TC debe ser una referencia de obligada actuación. Si se hacen leyes contrarias a lo que la sentencia afirma y dispone, será deber del Gobierno recurrir nuevamente al TC.
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Actualización a 12 de julio de 2010: Vean cómo el President Montilla no ha entendido nada y tampoco ha tenido a nadie capaz de hacérselo entender. Simplemente, reproduzco la noticia:

"El presidente de la Generalitat, José Montilla, ha afirmado este lunes que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut está 'llena de ofensas gratuitas que no tienen efecto jurídico, pero sí el efecto de tocar las narices'. '¿Tienen que reiterar tantas veces la indisoluble unidad de España? ¿Por qué? Hay cosas que ya figuran en el Estatut, pero la sentencia se recrea en ellas'. "

Y ahora viene lo más democrático y lo más respetuoso con el Estado de Derecho:

"Montilla ha negado que la sentencia ponga en riesgo el desarrollo de la Ley de Educación de Catalunya (LEC), ni la aprobación esta semana en el Parlament del proyecto de ley de veguerías y del Área Metropolitana de Barcelona (AMB)."

"Lo ha dicho después de que la sentencia concluyera que es obligado que el catalán y el castellano sean reconocidos por los poderes públicos como 'vehiculares', y negara al Parlament la capacidad para crear 'vegueries' si se alteran los límites provinciales."

"Dado que esta semana el Parlament prevé debatir el proyecto de ley de 'vegueries' y el del del AMB, Montilla ha destacado que la sentencia no debe alterar su aprobación: 'Las leyes deben aprobarse; puede que con algunas observaciones del Consell de Garanties Estatutàries, pero no a la luz de lo que diga la sentencia'."

"A la espera de recibir las conclusiones de un informe jurídico que la Generalitat ha encargado a sus expertos, el presidente de la Generalitat también ha opinado que la sentencia no debe poner en riesgo el despliegue de la LEC, tanto en lo relacionado con la lengua como el proceso de inmersión. Ha recordado que el propio conseller de Educación, Ernest Maragall, ya se pronunció en este sentido." (...)

"El diputado del PSC en el Congreso Daniel Fernández ha apostado este lunes por la unidad de los partidos catalanes tras la manifestación pro Estatut del sábado, pero ha recordado que su partido solo participará en esta unidad si es para defender 'el íntegro desarrollo del Estatut' que se votó en referéndum, y no la independencia de Cataluña."

Lo que dice D. Daniel Fernández está muy bien, pero si lo que afirma el Tribunal Constitucional no le importa al líder del PSC, President Montilla (aquejado de severa hipersensibilidad nasal), porque lo que le  importa es lo que diga, si acaso, el Consell de Garanties Estatutàries (órgano que, por cierto, bien podría haber tocado las narices al Tribunal Constitucional, pero no lo ha hecho) y lo decisivo es "un informe jurídico (...) encargado por la Generalitat a sus expertos" y, sobre todo, lo que ya dijo el conseller Maragall, si lo que afirme el TC no es importante y sólo lo es lo que diga la Generalitat, eso de no querer la independencia de Cataluña es el descaro de la independencia a beneficio de inventario, es decir, la relación bilateral ventajista Cataluña-España en plano de igualdad, a la que ha dicho NO el Tribunal Constitucional. Yo ya planteé en este "blog" que deberíamos pensar en facilitar a estos demócratas titulares de poderes públicos no sometidos al Derecho una buena independencia, con salvaguarda de los derechos de los catalanes que quieran seguir siendo españoles. Un poco visceralmente -porque los juristas, al fin y al cabo, también tenemos vísceras (y narices)- estas declaraciones del President Montilla me reafirman en aquel planteamiento.

Mientras tanto, el Sr. Zapatero, Presidente del "Gobierno de España", claramente atribulado por la sentencia sobre el Estatut y, sobre todo, por la situación que le puede crear el PSC tras la sentencia sobre el Estatut, ha recibido en La Moncloa a la selección española de fútbol, un grupo humano de buenas personas y excelentes profesionales, que merecidamente han ganado el campeonato del mundo, discreta y prudentemente dirigidos por D. Vicente del Bosque. En estos momentos y desde anoche, hay centenares de miles de banderas españolas, quizá más de un millón, en las calles de España, incluida Barcelona (muy justamente contentos por la contribución de los extraordinarios jugadores del Barça) y Bilbao, por ejemplo. Está claro que los españoles, en una manifestación colectiva nunca vista, querían enseñar su bandera sin que les llamaran "fachas". Pues bien (o mejor; pues mal, muy mal): sea porque Zapatero no entiende lo que dice la Constitución Española vigente, sea porque está ante todo preocupado por Montilla y el PSC, el Presidente del "Gobierno de España" se las ha arreglado para no pronunciar la palabra "España" ni para referirse a su bandera (ha hablado de "la bandera que habéis defendido") ni en ningún otro momento de sus palabras. Ha tenido que ser el capitán de la selección, Iker Casillas (desde hace tiempo, a mi modesto entender, el mejor portero del mundo) quien hablase de España en La Moncloa y terminase sus palabras con un ¡Viva España!

No es de extrañar que hace dos días, ya apareciese en nuestra prensa una viñeta con un señor portando este cartel: "EL PULPO FOR PRESIDENT". Claro que sí. La fiesta sigue. Y yo sigo sin entender por qué el Ministro Caamaño, el constitucionalista del 98 ó 99 % de constitucionalidad del Estatut, no está en Barcelona explicándole a Montilla lo que de verdad ha dicho el TC. Zapatero debería tener a Caamaño en Barcelona, "full time", hasta que no convenza a Montilla. Añadido: Un anónimo comunicante me dice que el informe de los expertos de la Generalitat no coincide con lo que he escrito aquí. No me extraña nada la falta de coincidencia, pero me extraña que si ese informe es tan convincente siga el President tan desconsolado y Zapatero tan empeñado en ofrecerle satisfacciones y garantías.

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