¿QUÉ
LE OCURRE AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL? ¿QUIERE QUE SE CUESTIONE SU NECESIDAD?
¿A
QUÉ ANALISIS DE LA LEY DE TASAS SE QUIERE DEDICAR EL NEO-MINISTRO CATALÁ?
Después de unos meses
de silencio debido a diversas causas, vuelvo a la carga. Y vuelvo con lo que me
parece de mayor importancia, pese a todo lo que ha ocurrido y sigue ocurriendo,
que no es precisamente grano de anís ni moco de pavo ni chocolate del loro.
La más importante reforma de la Justicia en España ha
consistido en hacerla inaccesible a gran número de personas mediante la Ley
10/2012, de 20 de noviembre, no modificada significativamente por el Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero. Con
esa “reforma”, España pasaba de tener una Justicia accesible a tener otra sólo
accesible a las personas adineradas. Un cambio histórico de radical involución.
Lo advertí con tiempo en ABC, tercera página, 31 de octubre de 2012: LA
JUSTICIA DEL ESTADO NO SE RECORTA,
que aún pueden releer mediante este enlace: http://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1105935
Y en este blog se ha publicado mucho sobre las inicuas tasas impuestas (las concretas y precisas tasas que ahora se exigen: no hablamos de tasas judiciales en general) que,
además de no ser verdaderas tasas, desde el punto de vista del
Derecho tributario, resultan contrarias a la Constitución por varios
conceptos. Repasen, si les parece oportuno, algunos de los textos:
15 de octubre de 2012:
OTRA PESADILLA PARA LA JUSTICIA, por
Manuel
Cachón Cárdenas, abogado y Catedrático de Derecho Procesal de la
Universidad Autónoma de Barcelona: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2012/10/un-excelente-jurista-aporta-nuevos.html.
Excepcional y justificadísimamente, publiqué aquí ese magnífico texto ajeno.
Ya míos son estos post: 3 de noviembre de 2012: VERDADES Y FALSEDADES DE LA "JUSTICIA GRATUITA!: "LA JUSTICIA SE ENCARECE PARA QUE SEA MÁS GRATUITA" (EXPLICACIÓN OFICIAL): http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2012/11/verdades-y-falsedades-de-la-justicia.html
3 de febrero de 2013: UNA CORRUPCIÓN MÁS GRAVE QUE LAS (PRESUNTAS) CUENTAS MANUSCRITAS DEL PP* PEOR, MUCHO PEOR, ES CÓMO NOS TIRANIZAN CON LAS TASAS JUDICIALES: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/02/la-autolisis-del-sistema-se-acelera-y.html
20 de marzo de 2013:
SOBRE LAS TASAS JUDICIALES, JEREMÍAS BENTHAM LO HABÍA PENSADO Y DICHO TODO,
CON CLARA CRUDEZA, HACE 220 AÑOS: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/03/una-protesta-contra-las-tasas_20.html
21 de febrero de 2013:
UN CHALANEO INDIGNO PARA DISIMULAR LA
INIQUIDAD DE LAS TASAS JUDICIALES: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/02/un-chalaneo-indigno-para-disimular-la.html
24 de noviembre de 2012:
TASAS ANTI-JUDICIALES, APAÑO PARA LOS
PSEUDO-“DESAHUCIOS”…: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2012/11/tasas-anti-judiciales-apano-para-los.html
25 de febrero de 2013: EL GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR EXPERIMENTA
EN SERES HUMANOS VIVOS CON LAS TASAS JUDICIALES: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/02/el-gobierno-del-partido-popular.html.
A propósito del Decreto-Ley 3/2013.
Todo lo anterior y lo
que ha venido sucediendo después encaja a la perfección en el marco de una autolisis
o autodestrucción del sistema. Vean el 25 de enero de 2013: LA AUTOLISIS DEL “SISTEMA”: http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/2013/01/muchas-cosas-nuevas-nada-novedosas.html
Al Tribunal Constitucional
español (TC) se le planteó ya hace mucho tiempo, por distintas vías (recursos y
cuestiones), la inconstitucionalidad de la Ley y del Decreto-Ley
mencionados. Son normas con negativos efectos diarios en la tutela judicial
efectiva, que es absolutamente impedida mediante el condicionamiento de un instrumento
recaudatorio que tampoco es acorde con la Constitución, porque no discrimina el
tributo (un impuesto; en realidad, no es una tasa) conforme a la capacidad de los
contribuyentes (art. 31 de la Constitución Española; en adelante, CE) y porque vacía
de contenido el art. 119 CE sobre acceso a la Justicia y recursos económicos de los justiciables. Es el mismo TC el que ha relacionado el derecho
fundamental a la tutela efectiva de los tribunales con bastantes otros preceptos
constitucionales.
No pretendo —me parece
innecesario e incluso insultante para los conocimientos y el sentido jurídico
de los Magistrados del TC— exponer aquí pormenorizadamente por qué la referida Ley
de tasas, con su parca enmienda del Decreto-Ley, es incompatible con nuestra
Carta Magna. La inconstitucionalidad —no de una
ley de tasas judiciales ni de cualesquiera
tasas, sino de la concreta Ley española que establece las concretas tasas, de la ley concretamente
recurrida y cuestionada— raya en lo evidente en sentido estricto: es patente.
Sólo a base y a fuerza de sofismas podría escribirse una sentencia del TC en
sentido favorable a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre. Pero los sofismas y
tergiversaciones habrían de ser de una categoría tal que el TC y el prestigio
de sus miembros quedarían desacreditados para siempre.
No entiendo la dilación
del TC respecto de este asunto. Se ha superado con creces el (hablemos
eufemísticamente) margen temporal —ya sumamente discutible y criticable— con
que el TC viene resolviendo. Y no es un secreto, sino algo ampliamente
conocido, que el TC ya había dado entrada en su telar a la ley de las inicuas
tasas que Ruiz Gallardón (RG) patrocinó —con el apoyo de todo el
Gobierno— e hizo aprobar a uña de caballo.
Ha sido comentario
común, tras la salida de RG del Gobierno, que con sus primeras declaraciones, el
Ministro Catalá
buscaba marcar la máxima distancia con su predecesor. En ese sentido, la
inmediata afirmación de analizar, revisar y mejorar la Ley de Tasas. Pero, ¿qué análisis echa en falta el nuevo Ministro? Después,
CATALÁ anunció la convocatoria de una “mesa sectorial”, invención verdaderamente
peregrina, porque los justiciables somos todos y, como ya Bentham vio con
lucidez, no formamos ningún sector. ¿O va a convocar CATALÁ a quienes, económicamente
acaudalados, se benefician de las tasas (ellos pueden demandar, pero no ser demandados), a quienes las recaudan y a quienes han
visto muy disminuido su trabajo judicial? No es posible dudar de que se trata
de una burda maniobra dilatoria, ante lo que está exigiendo, desde su entrada en vigor, una
inmediata y radical rectificación. A la injusticia tremenda de negarse a esa rectificación se añade un error político de enorme magnitud.
No me importa demasiado
que algunas corporaciones profesionales —de las que nada o nada bueno espero
desde hace mucho tiempo— parezcan haberse tomado en serio lo que es un “mareo
de la perdiz” de deslumbrante claridad. Pero, como no entiendo la dilación del TC en
el asunto de las tasas anti-justicia, lo que me temo, me importa y me preocupa mucho es
que el TC —del que forman parte algunas personas a las que conozco bien y que
hoy me merecen aprecio personal y profesional— se tome las palabras y los
gestos del neo-ministro como un motivo suficiente para sacar de su telar el
asunto de la Ley de Tasas Judiciales y recolocarlo en los armarios de lo que ya no corre prisa.
He dicho “motivo” porque no podía decir “razón”. No hay razón alguna, tampoco una ratio jurídica aplicable al trabajo de un tribunal, para no darse prisa con un asunto que no carece ni de finalidad práctica ni de objeto procesal y sí corre prisa, mucha prisa. Nos corre prisa a todos los justiciables y le debe correr prisa a un Tribunal que tiene entre sus funciones la de expulsar del ordenamiento jurídico lo que no es conforme a la Constitución. Eso siempre es apremiante, por mucha inclinación personal que se tenga a la parsimonia. Nunca he sido partidario de que ningún Tribunal, cuando le toca decidir, aplace su decisión por razones de conveniencia política. Hay razones para otorgar preferencia a ciertos asuntos, por urgencia objetiva. Para aplazar la decisión, una sentencia, casi nunca existe una verdadera razón. En este asunto, el TC en su presente composición se está jugando el prestigio (o, más exactamente, la muy conveniente recuperación de prestigio), así como la consideración social de su utilidad. Con los delicadísimos asuntos de Estado que el TC habrá de resolver, lo último que España necesita es un Tribunal Constitucional que parezca, simplemente parezca, acoger “guiños” de un Gobierno o de un partido que marquen la agenda y el calendario del Tribunal.
He dicho “motivo” porque no podía decir “razón”. No hay razón alguna, tampoco una ratio jurídica aplicable al trabajo de un tribunal, para no darse prisa con un asunto que no carece ni de finalidad práctica ni de objeto procesal y sí corre prisa, mucha prisa. Nos corre prisa a todos los justiciables y le debe correr prisa a un Tribunal que tiene entre sus funciones la de expulsar del ordenamiento jurídico lo que no es conforme a la Constitución. Eso siempre es apremiante, por mucha inclinación personal que se tenga a la parsimonia. Nunca he sido partidario de que ningún Tribunal, cuando le toca decidir, aplace su decisión por razones de conveniencia política. Hay razones para otorgar preferencia a ciertos asuntos, por urgencia objetiva. Para aplazar la decisión, una sentencia, casi nunca existe una verdadera razón. En este asunto, el TC en su presente composición se está jugando el prestigio (o, más exactamente, la muy conveniente recuperación de prestigio), así como la consideración social de su utilidad. Con los delicadísimos asuntos de Estado que el TC habrá de resolver, lo último que España necesita es un Tribunal Constitucional que parezca, simplemente parezca, acoger “guiños” de un Gobierno o de un partido que marquen la agenda y el calendario del Tribunal.
2 comentarios:
Cuestión de dinero, que es también poderoso caballero: poca prisa habrá en revertir esas "inicuas tasas" mientras con ellas se continúen apaciguando nuestras maltrechas arcas públicas. Será por eso que me siento que no me siento capaz de aventurar qué es lo que va a concluir el TC al respecto.
Qué bien volver a leerle por aquí!
Magnifica reflexión. Ahora que han esquilmado la caja hay que sacar financiación por donde sea.
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