UNA
CORRUPCIÓN MÁS GRAVE QUE LAS
(PRESUNTAS) CUENTAS MANUSCRITAS
DEL PP*
(PRESUNTAS) CUENTAS MANUSCRITAS
DEL PP*
PEOR,
MUCHO PEOR, ES CÓMO NOS
TIRANIZAN CON LAS TASAS JUDICIALES
TIRANIZAN CON LAS TASAS JUDICIALES
Se diría que no me
equivoqué mucho sobre la inminencia de una autolisis del “sistema”, destrucción
que no deseaba, pero que está a las puertas y que nos puede pillar con un vacío
institucional y personal tremendo, con lo que todos saldremos muy perjudicados.
Estoy seguro de que el
uso de “dinero negro” ha sido habitual en los partidos políticos desde hace
años. Considero bastante probable que en los partidos políticos se hayan
entregado sobres con ese tipo de dinero al menos con dos finalidades: a)
afrontar gastos electorales, antes de las campañas y en ellas; b) incrementar
retribuciones (“sobresueldos”, término que hasta ahora no tenía nada que ver con
el “sobre” como envoltorio). Estoy seguro de que Bárcenas no ha logrado tener en Suiza 22 millones de euros por
medios lícitos. Si no podemos fiarnos en absoluto de Bárcenas (ni de su abogado adláter) y si, al fin y al cabo, los
papeles que se publican proceden de Bárcenas,
es posible e incluso probable que junto a entregas de dinero reales, haya otras
falsas, falsificadas: quizás pesetas o euros que Bárcenas no entregó a nadie distinto de sí mismo. El papel de Bárcenas era recibir y entregar dinero,
pero no decidir favores y no se le conocen “pelotazos” espectaculares como para
disponer en Suiza de 22 millones de euros. No doy por inexistentes los sobres y
tampoco los excluyo por completo. Es un asunto que se tiene que esclarecer.
Las pruebas periciales
sobre esos papeles -que son imprescindibles para intentar distinguir muchos
pormenores relevantes-, las pruebas documentales contables y todas las demás pruebas
pertinentes y útiles sólo tienen una sede apropiada: la Justicia. Es urgente,
por tanto, la apertura de uno o varios procesos penales. No puede ser una
“causa general”, porque la prohiben nuestra Constitución y nuestras leyes, sino
uno o varios procesos circunscritos inicialmente a hechos que parezcan
delictivos. Personalmente, no entiendo que las personas afectadas por las
anotaciones que parecen ser de Bárcenas
y que afirman ser falsas no estén preparando ya querellas contra el aparente autor,
para, entre otras cosas, solicitar en esas querellas las diligencias que cualquier
abogado medianamente competente solicitaría: declaración del querellado, careo
con el querellante, testifical del adláter de Bárcenas, pericial caligráfica y de análisis del papel, tinta, etc. ¿Qué
Bárcenas ha declarado que los
papeles no son suyos? Que se lo repita al juez. Si yo apareciese en uno solo de
esos apuntes, dirigiría una querella “contra D. L. Bárcenas…o quien resulte ser el autor de los documentos….” Habría que esperar de EL PAÍS la máxima cooperación con la Justicia.
Dicho lo anterior, sin
restar importancia al gran escándalo en curso, que azota ahora al Partido
Popular y que tendrá que aclararse con algo más que palabras, debo añadir que en
España ocurren cosas mucho más graves -sí, mucho más graves- que las
cuentas presuntamente manuscritas por el ex-tesorero del Partido Popular. Y
sobre esas cosas más graves no caben dudas de ninguna clase: son hechos
ciertos, innegables. Por impulso de un Ministro sospechoso de tráfico de
influencias, se ha indultado a un homicida contra el parecer del tribunal que le condenó y del Ministerio
Fiscal. El Ministro no informó en Consejo a sus colegas de las circunstancias
del indulto (eso es cosa sabida) y ha mentido cada vez que ha explicado ese
acto arbitrario. El indultado kamikaze homicida no actuaba bajo los influjos de
un brote epiléptico y ningún presunto precedente de la era Zapatero podría, no
ya justificar, sino disculpar, la arbitrariedad del Ministro y sus reiteradas
mentiras. Aquí no hay dudas sobre los hechos ni presunción de inocencia que
ampare a Alberto Ruiz Gallardón.
¿Acaso afirmo que este
hecho es comparable y peor que a la corrupción que tantos han protagonizado y protagonizan
en la clase política? No. Recuerdo esta
concreta actuación del Ministro a modo de tarjeta de visita del promotor de una
decisión, que, como he dicho en este blog
y fuera de él, es de la entera y exclusiva responsabilidad de los dirigentes
gubernamentales y parlamentarios del Partido
Popular y constituye una involución histórica sin parangón, como también dejé dicho fuera de este blog. Me refiero
a la Ley 10/2012, de Tasas Judiciales.
Es
una decisión que instaura una tiranía. Porque tiranía es colocar al
poder ejecutivo, a las Administraciones públicas, al margen de la ley y el
Derecho. Y es una tiranía para todos, excepto para los poderosos. ¡Atención:! No me estoy desviando ni les estoy desviando
de la corrupción: al contrario, como verán, esa tiranía se asienta sobre la más
grave de las corrupciones.
Las nuevas tasas
judiciales afectan, sí, a los cientos de miles o millones de personas corrientes
-trabajadores por cuenta ajena, autónomos, pequeños empresarios- que, sin poder
acogerse al beneficio de justicia gratuita, no pueden pedir justicia, porque
las demandas y los recursos se han puesto a precios altos, muy altos, por
iniciativa e impulso del Ministro Ruiz
Gallardón y con la cooperación necesaria del Gobierno y de los grupos
parlamentarios del Partido Popular. Siendo
esto de máxima gravedad, pues lo es una masiva denegación de justicia, no suele advertirse otra faceta de la misma
realidad, que, sin embargo, es clarísima e indiscutible si uno se fija por un
momento en los efectos de las tasas sobre los recursos
contencioso-administrativos. Las tasas
judiciales, en ese ámbito, suponen a dotar al Poder Ejecutivo, a las
Administraciones públicas, de una amplia zona de inmunidad e impunidad, de
ausencia de control de legalidad, que no sólo es frontalmente contraria a la
Constitución vigente, sino que ni siquiera permitían las leyes franquistas.
Todo acto
administrativo firme es recurrible ante los tribunales, dice nuestro Derecho y
eso no lo discute ni el constitucionalista más complaciente con el poder. Pero,
con las tasas judiciales, infinidad de sanciones administrativas han dejado de
ser recurribles ante los tribunales, porque lo impide el precio del recurso, la
tasa. No piensen Vds. sólo en la irracional iniquidad de que para un recurso
contencioso administrativo ordinario contra una multa de 200 €, haya que pagar
una tasa de 350 € de parte fija y el 0’5 % de 200 €: 351 € en total. No piensen
que la tasa sería prácticamente la misma si la multa fuese de 60 €. Piensen en
cientos de miles de multas (de tráfico, tributarias, por asuntos municipales,
etc.). Piensen en la cantidad de actos administrativos irrecurribles por las tasas
y en los millones de euros que pueden sumar.
Piensen también que ese brutal recorte de sus ingresos (Vd. deberá
hacerse con 2.300 € para la tasa si necesita que un juez divida su patrimonio familiar
de 400.000 €: casa, 300.000 €,
apartamento en la playa de 60.000 €, 35.000 € en depósito bancario y un coche
de 5.000 €) y de sus derechos
(porque o no los puede ejercer a causa de la tasa para Vd inadbordable o le
cobran un ojo de la cara) se debe a quienes, al parecer, no se cortan ante nada o casi nada. Vd., sujeto tributario mucho más que
ciudadano, no es que no tenga el privilegio de pedir un préstamo informal, sin
interés, que se le concede en metálico, para arreglar su casa destrozada.
Tampoco puede multar al político que miente, expedientar al alcalde que le
endeuda monstruosamente a Vd., a sus hijos y nietos ni mucho menos, ahora, puede
demandarles. Le suben la valoración catastral y el IBI, le notifican un
requerimiento de identificar al conductor mediante un edicto informático que
Vd., que tiene dirección conocida, lógicamente no lee y, de ese modo, una
pretendida multa de pocos euros se convierte en otra de varios centenares. Y ni
Vd. ni su vecino, que andan justos para llegar a fin de mes, tienen el dinero del
precio de recurrir.
Dicen que las
tasas judiciales buscan sufragar parte
del coste de la Justicia. Al ciudadano común, que se hace la ilusión de que
nunca tendrá que acudir a un tribunal, no le alarma demasiado la novedad.
Piensa, si acaso piensa en ello, que él, como no es usuario de la Justicia, no
tiene que pagar nada. Es un ciudadano iluso. Cualquier día lo comprobará. Pero hay miles de personas que,
por sus experiencias o las de amigos y parientes, no se quedan tan tranquilos y
están protestando y moviendo más protestas, a base de explicar la magnitud del
atropello.
Pero hay unos usuarios habituales y muy
frecuentes de la Justicia. Ellos sí sabían, desde el anteproyecto de ley de
tasas judiciales, el aumento de sus costes que esas tasas entrañarían. Pero ni
hablaron al comienzo ni han dicho o dicen algo una vez establecidas las tasas.
Son las entidades de crédito, las aseguradoras, las grandes
compañías y las Administraciones públicas. Con ellas
suceden dos cosas: a) tienen recursos para pagar las tasas cuando tengan que
demandar o recurrir o, en el caso de las Administraciones, están exentas de las
tasas; b) pueden incluso repercutir el coste adicional en los precios de las
cosas o servicios que proporcionan. Pero es que sucede algo más: lo que ahora tienen
ellos que pagar de más, pero pueden pagar, les compensa sobradamente, porque con
las tasas, en innumerables ocasiones, sus clientes, en cambio, no tienen ya
recursos económicos suficientes para demandarles o para seguir un proceso hasta
su final. ¿Entienden ahora el por qué del silencio de quienes más acuden a la
Justicia? ¿Qué van a decir? ¿Qué están encantados?
¿Va a decir este
Gobierno, con su dilapidador Ministro de Justicia a la cabeza, que es una
maravilla el tremendo descenso de los recursos contencioso-administrativos
desde que se empezaron a exigir las tasas?
La tiranía que supone
sacar gran parte de la actuación de la Administración fuera del ámbito de lo judicialmente
controlable en su legalidad, en la forma y en el fondo, se produce así con
circunstancias agravantes muy duras. Los dirigentes del Partido Popular no sólo han decidido esquilmar económicamente a los
menos pudientes, sino que lo han hecho con aumento del poder de los ya
poderosos. Y, por añadidura, al doloroso escarnio que supone esta nueva alianza de políticos y potentados
económicos -la madre de todas las corrupciones, no se engañen ni se me despisten-,
me temo que se una el desprecio hacia el abuso o la indiferencia desdeñosa
para el justiciable común que muestra una parte, tal vez no mayoritaria, pero
sí significativa, de jueces y magistrados. Me temo que, dada la habilidad de Ruiz Gallardón para distribuir favores
y castigos, unos y otros mediante sus fulminantes reformas legales (LAVE: Legislación de Alta Velocidad Española), cierto
número de jueces -con olvido de que lo son para proteger nuestros derechos y controlar
la legalidad del ejercicio del poder- van a ser capaces de desacreditarse para
siempre desentendiéndose del horror venal y tiránico de las tasas judiciales.
Me temo que, por su mala cabeza y su egoísmo miope, se apunten decididamente a los
favores ministeriales, por pequeños que sean, bajo la bandera de la corrección política y social y con el viento en popa de la beatería ante el poder político a la que
me referí en el post anterior y que, pese a la que está cayendo, sigue
instalada en tantos ambientes acomodados de este noble país, que están
destrozando.
No puedo despedirme
hasta la próxima sin dedicar unas líneas a ciertos “constitucionalistas”,
titulados o amateurs, que pretenden
hacerse los distraídos. Los hay catedráticos y también magistrados o
académicos. Todos ellos han decidido abordar el asunto de la Ley 10/2012 a base
del concepto de tasas judiciales. Lo
que les importa es el concepto de
tasa judicial y, por eso, la concreta Ley de las concretas tasas no les interesa.
Más precisamente: procuran y suelen conseguir que, a base de tontadas sobre el concepto de tasa judicial, no se hable
de la tasa judicial real. Ése es el
servicio que rinden al poder, que veneran, confundiendo a los ciudadanos
comunes, por los que no sienten ningún interés. Con aires intelectuales, repiten una y otra vez que el concepto
de tasa judicial no es inconstitucional. Quizás estos “intelectuales”, que no
pueden rebajarse a hablar de euros, porque lo suyo son los conceptos, las ideas, las nociones, logren engañar a unos cuantos. Pero
a bastantes no nos engañan en su papel de cortesanos: a nadie le preocupa de
verdad y nadie discute de verdad sobre el concepto
de tasa judicial y sobre la constitucionalidad de ese concepto. Todos estamos dispuestos a pagar las tasas como concepto o el concepto de tasa, si se nos permite pagar en conceptos. No nos digan, pues, señores jurisconsultos de alquiler,
letrados de cámara, que la globalidad
de las tasas es difícilmente inconstitucional o que las tasas difícilmente
serán globalmente inconstitucionales.
Ni globos, ni
conceptos. Hechos, cifras y situaciones reales: si la concreta tasa judicial
impide demandar o recurrir a quien no puede litigar gratuitamente porque su unidad familiar supera
el límite económico establecido, la tasa impide el ejercicio de un derecho
fundamental (el de acceder a la Justicia). Si la tasa judicial establecida (no un concepto) disuade el
ejercicio de ese derecho fundamental, si influye en él decisiva y negativamente, la ley
que establece la tasa es contraria a la Constitución. Darle más vueltas a la cuestión son ganas
de obsequiar al poder con esa máxima pleitesía que es la negación de la
evidencia. Y cada vez que un juez se encuentra en el trance de rechazar una
demanda o un recurso por imposibilidad de pagar la tasa establecida en la Ley
10/2012, ése es el momento en que tiene que plantear la cuestión de
inconstitucionalidad, porque la decisión que tiene que adoptar de inmediato y
que va a ser la última en ese proceso, depende de una norma concreta de cuya
constitucionalidad puede dudar con todo el fundamento del mundo. Cuando alguno
de estos “constitucionalistas” habla del efecto suspensivo del proceso derivado
de plantear la cuestión de inconstitucionalidad y de que ésta sólo cabe
plantearla al término del proceso, demuestra irrefutablemente que no sabe de lo
que habla: el proceso no ha empezado o está por ver si sigue: de la tasa
depende si comienza o prosigue el proceso o si, por el contrario, termina (así pues, no
hay nada que suspender ni ningún final al que llegar). Cuando estos “constitucionalistas”
sienten cátedra con tamañas tonterías, sería muy deseable que un decente estudiante de
Derecho se lo dijese así, como un excelente ex-alumno mío en la Universidad de
Zaragoza, interpeló a su profesor (que no era yo): “Oiga, cuando
dice Vd. eso, ¿lo dice en serio?”
----------------------------
*[Advertencia introductoria.-- Si al encontrarse con este post, Vd., lector, entiende exagerada mi comparación en los titulares precedentes, conviértalos en interrogantes, porque al comparar dos grandes males, la subjetividad es decisiva y no pretendo en absoluto que mi subjetividad prevalezca sobre la suya, sino que se entienda mejor la maldad que las tasas judiciales entrañan. Mi personalísimo criterio es que negar masivamente la Justicia a la gente corriente y blindar al Poder político frente al control de la Justicia es, si bien se mira, algo aún más grave, una corrupción aún peor que el "affaire" Bárcenas, que requiere todavía un trabajo de investigación y un veredicto judicial. Que mis titulares parezcan exagerados quizás se debe a que el susodicho "affaire" ha producido una conmoción social y política enorme, mientras que el despojo y la tiranía de las tasas judiciales se ha instalado silenciosamente. Con todo, si Vd., lector, discrepa de mi comparación, tenga la amabilidad de seguir leyendo porque yo, por un lado, acepto de buen grado su discrepancia sobre el balance de la comparación y, por otro, no pretendo sino hacer ver la enormidad del silencioso atropello de las tasas judiciales. Si Vd. sigue leyendo, seguramente entenderá mejor lo que suponen esas tasas, que es lo único que me interesa. De paso, espero que entienda que no estoy aquejado por ninguna manía u obsesión. Eso le resultará aún más fácil si, por ser lector habitual de este blog, ya sabe qué pienso de la corrupción más común y de otras formas de corrupción no tan comunes o poco vistas como corrupción.]
----------------------------
*[Advertencia introductoria.-- Si al encontrarse con este post, Vd., lector, entiende exagerada mi comparación en los titulares precedentes, conviértalos en interrogantes, porque al comparar dos grandes males, la subjetividad es decisiva y no pretendo en absoluto que mi subjetividad prevalezca sobre la suya, sino que se entienda mejor la maldad que las tasas judiciales entrañan. Mi personalísimo criterio es que negar masivamente la Justicia a la gente corriente y blindar al Poder político frente al control de la Justicia es, si bien se mira, algo aún más grave, una corrupción aún peor que el "affaire" Bárcenas, que requiere todavía un trabajo de investigación y un veredicto judicial. Que mis titulares parezcan exagerados quizás se debe a que el susodicho "affaire" ha producido una conmoción social y política enorme, mientras que el despojo y la tiranía de las tasas judiciales se ha instalado silenciosamente. Con todo, si Vd., lector, discrepa de mi comparación, tenga la amabilidad de seguir leyendo porque yo, por un lado, acepto de buen grado su discrepancia sobre el balance de la comparación y, por otro, no pretendo sino hacer ver la enormidad del silencioso atropello de las tasas judiciales. Si Vd. sigue leyendo, seguramente entenderá mejor lo que suponen esas tasas, que es lo único que me interesa. De paso, espero que entienda que no estoy aquejado por ninguna manía u obsesión. Eso le resultará aún más fácil si, por ser lector habitual de este blog, ya sabe qué pienso de la corrupción más común y de otras formas de corrupción no tan comunes o poco vistas como corrupción.]
2 comentarios:
Dos palabras: amén y gracias.
Muy bien, ya hemos descubierto todo o al menos indicios ¿dónde está la reacción jurídica inmediata ante algo así?
¿fiscalía? ¿asociaciones mediante acción popular?
España vive todo esto cabreada pero sin reaccionar
Publicar un comentario