viernes, 18 de diciembre de 2009

UN COMPORTAMIENTO JUDICIAL NADA DECENTE


DE NUEVO, GARZÓN Y SUS SINGULARES CRITERIOS ÉTICOS Y JURÍDICOS


En exclusiva, el diario EL MUNDO ha publicado hace unos días tres documentos, dos de ellos cartas de D. Baltasar Garzón, titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5, a D. Emilio Botín, Presidente del Banco de Santander, a propósito de proyectos del Magistrado en USA, de aspecto universitario, pues tienen que ver con la New York University (NYU). A mí, como profesor universitario, no me parece que se trate ni de docencia ni de investigación, sino de divulgación de opiniones varias en el plano de las relaciones públicas y las actividades extracurriculares que muchas Universidades llevan a cabo por motivos diversos. Los textos que EL MUNDO revela son documentos enviados al Tribunal Supremo Español por el Banco de Santander, a requerimiento del Alto Tribunal.

Vean y lean los documentos (un “memo” a Emilio Botín de un directivo en NY del Santander y dos cartas de Garzón a Botín), de conocimiento imprescindible para formar criterio, mediante este link:

http://estaticos.elmundo.es/documentos/2009/12/16/garzon.pdf

D. Baltasar Garzón permaneció en USA de marzo de 2005 a junio de 2006, gracias a una licencia de estudios que, muy excepcionalmente, le concedió el Consejo General del Poder Judicial. Es innegable que, en gran medida, los estudios eran de inglés. Y ya es raro que al titular de un Juzgado Central de Instrucción se le exonere de trabajo para dedicar, durante meses, seis horas diarias de estudios de inglés en Nueva York, mientras cientos de miles de españoles estudian inglés, más o menos horas diarias, en España y sin poder abandonar el trabajo propio de su empleo, sea público o privado. De la comparación con las licencias a otros jueces, no hace falta hablar. No se pueden establecer, porque a ningún otro Juez o Magistrado se le ha ocurrido, que sepamos, solicitar al CGPJ una licencia de ese tipo.

Cinco meses después del regreso de D. Baltasar, le corresponde a su Juzgado conocer de una querella contra D. Emilio Botin. Y D. Baltasar Garzón, pese a la índole de sus gestiones con el Sr. Botín y de los términos de su correspondencia personal con el querellado, inadmite la querella, inadmisión que luego confirma la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

No se plantea aquí si la querella era o no admisible, sino si D. Baltasar Garzón Real no habría actuado conforme a Derecho absteniéndose de conocer de ella. En pliego de descargos ante el CGPJ, Garzón afirmó, literalmente, que no había «ninguna relación directa ni indirecta con la entidad, ni de carácter económico ni de otro tipo». Es innegable que esa afirmación fue contraria a la verdad: había una relación directa con la entidad (más aún: con el máximo dirigente de ella, precisamente el querellado) y el contenido eran solicitudes de dinero, por lo que, salvo que hayamos perdido el juicio, la relación tenía carácter económico.

Conocido todo lo anterior, D. Baltasar Garzón ha emitido, en DIN A4 sin membrete (no como las cartas a D. Emilio Botín) una nota de prensa (“NOTA DE PRENSA DE D. BALTASAR GARZÓN”) cuyo texto, no muy largo, reproduzco literalmente:

“1.- Como es público y notorio, el Grupo Santander, a través de su delegación en Nueva York patrocinó, para el Centro Rey Juan Carlos I de la Universidad de Nueva York, los cursos ‘Diálogos trasatlánticos’ (septiembre-diciembre 2005) y ‘Derechos humanos y seguridad jurídica en Iberoamérica’ (febrero-junio 2006) de los que yo fui director académico.”

“2.- Ni en su origen, ni en su finalidad, ni en su utilización, la financiación de esos cursos se diferenció de las [sic] que habitualmente se llevan a cabo, tanto en centros universitarios de España como de otros países, por parte de empresas y entidades financieras.”

“3.- Ninguna cantidad de dinero procedente de los fondos habilitados por el Banco de Santander para ese patrocinio fue destinada, directa o indirectamente, a mi retribución. Tampoco intervine en la gestión o administración de tales fondos. Esos cursos fueron organizados aprovechando mi estancia en Nueva York para otras funciones académicas y de investigación, cuya retribución se efectuaba con cargo a las dotaciones presupuestarias, tanto de la Escuela de Leyes como de la Cátedra Juan Carlos I de la Universidad de Nueva York, según acuerdo cerrado con estas instituciones tiempo antes de que existiera el proyecto de los dos cursos que luego patrocinó el Grupo Santander.”

“4.- Hago expresa reserva de las correspondientes acciones que me asisten contra todos quienes están presentando una versión manipulada de esos hechos con la finalidad de difamarme.”

“Madrid, 17 de diciembre de 2009.”

Aunque la historia que relata D. Baltasar Garzón no la admitiría, sin comprobación minuciosa, ninguna celosa Fiscalía y ningún celoso Juez de Instrucción, pues es indudable ahora, tras la nota, que Garzón recibe remuneración de la NYU y Garzón recauda dinero para la NYU, aquí damos por bueno lo que dice. Pero, además de que la comunidad científica no tenía noticia de las “otras funciones académicas y de investigación” atribuidas a D. Baltasar Garzón y de que tampoco se conocen los resultados de su investigación, que, conforme a la praxis universal, no se considera existente mientras no se somete a público escrutinio, lo que la prensa y nosotros estamos ahora considerando es un aspecto, si se quiere menor, pero no irrelevante, de los hechos documentalmente acreditados. Ese aspecto es el de la decencia e incluso la legalidad de haber resuelto, sin abstenerse, en una causa penal que se pretendía incoar contra D. Emilio Botín, tras haber mantenido con D. Emilio Botín una relación como la que se desprende de los documentos entregados por el Banco de Santander al Tribunal Supremo y que ahora todos conocemos. La cuestión de si D. Baltasar ha sido financiado por el Grupo o Banco de Santander podría ser investigada, pero no es la que aquí se examina. Aquí se trata de si, por decencia y por interpretación afinada de las causas de abstención y recusación del art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debió abstenerse en el trance procesal ya dicho. Además, ¿resulta decente haber dicho al CGPJ lo que Garzón le dijo y ha quedado transcrito?

Al respecto, ya he adelantado mi opinión en el titular. Persiste el misterio de la abismal diferencia de trato que el CGPJ dispensa a D. Baltasar Garzón y al resto de los Jueces y Magistrados españoles. Como Vds. pueden deducir de otras entradas de este “blog”, a mí no me pilla de sorpresa esa “discriminación positiva”. Es un elemento más para ratificarme en mi convicción de que el CGPJ está permanentemente situado al margen de la ley, de la equidad y de la justicia.

3 comentarios:

Rafael del Barco Carreras dijo...

BALTASAR GARZÓN.

“Me acuso de soberbia: creí que yo solo podría acabar con la corrupción” publica en el libro de Pilar Urbano.



Rafael del Barco Carreras



La intención de volcar en mi blog y comentarios, sin excederme con más de una cita diaria (aunque repitiendo incansable el estribillo o compás de fondo) lo referido a “Barcelona, 30 años de corrupción” (mi vida) se amplia tanto con tantos nombres y casos que desborda mis primeras intenciones. La manta o madeja barcelonesa abarca el “Todo Barcelona”, a TODAS LAS INSTITUCIONES DE LA CIUDAD, y parte de las de la capital Madrid. La Corrupción es una INSTITUCIÓN que colorea e invade a las demás, una metástasis, o extraño alienígena que las domina. Parece que todos los corruptos sueltan y esparcen sus detritus para que el total mal olor diluya el propio. Tiran de la infinidad de mantas. Un inmenso culebrón que merecería sustituir en la Tele a los esperpénticos y vacuos Belén Esteban, Paquirri, la Pantoja y su Muñoz, etc. o la no tan vacua Tita Cervera, con sus propios alienígenas y corruptos. Digamos el aerosol “oficioso” contra la terrible pestilencia. El tradicional fútbol no basta.

Desde que la prensa se ocupa de Garzón, supe que parecido a mi ex abogado, metido a juez, Luis Pascual Estevill, acabaría liado en su propia madeja, víctima de su escuela e idiosincrasia, y por cierto enaltecido por la Prensa en su lucha contra la corrupta burguesía barcelonesa. La Ley y la práctica judicial española crea estos jueces estrella (y todos lo son en su ámbito más o menos amplio), y su endiosamiento y ambición los destruye. Un largo proceso, decenas de años, que desde la barrera se convierte en un espectáculo. Lo malo es cuando se es víctima. Y de víctimas las hay a miles, silenciosas, y silenciadas por la propia Sociedad que crea a sus verdugos, y que por extensión se convierte en su feudo y vasallo. Hasta que algún, o varios “ofendidos”, con Poder y Dinero deciden echarles un pulso… y a veces consiguen contra viento y marea una pírrica victoria y venganza.

Si el mes pasado alabé a Garzón por la detención de Maciá Alavedra (años en íntima relación con Pascual Estevill) y Lluís Prenafeta, primun inter pares, segundos de JORDI PUJOL, ahora saltan unas cartas, demostrando que su año sabático por EEUU, con la excusa de unos cursos, se parece a otro año, el de su colega en la Audiencia Nacional, Miguel Moreiras, también por EEUU, aunque éste sus enseñanzas las impartiera en Barcelona invitado por Juan Piqué Vidal. ¡Casualidad!, eran los tiempos del CASO INDELSO (clicar) que pasó, después de exprimido en Barcelona por Piqué y Pascual, a la Audiencia Nacional de Moreiras (donde se “diluyó”), y que quince años después se repite con 30 detenciones. Conferencias sobre la “Mentalidad del Estafador”¿¿??. Los cursos impartidos por Garzón, léase su año por EEUU, los “financia” el acusado Emilio Botín, y además sigue cobrando su sueldo en la Audiencia Nacional. ¡Y gente así decide a diario sobre la vida de miles de personas! y la mía, por dinero, la destrozaron.

Un recuerdo en www.lagrancorrupcion.blogspot.com al personaje que por méritos, casos, filiación política, y “formas” se ha ganado a pulso en principio asomarse a la gran familia de la GRAN CORRUPCION, y cuyo declive, al igual que el de su colega Pascual Estevill, es y será, tal sus muchos años de ESTRELLATO, otro espectáculo deprimente… y que de entrada… amenaza con empapelar a los malpensantes con opiniones que difieran de sus intereses y Poder.

Anónimo dijo...

Estupendo blog. Siempre agudo. Echo de menos, no obstante, algunos aspectos que no deberían pasar desapercibidos. El primero es un análisis más detallado de la nota de prensa del sr. Garzón. Creo que en nada contradice lo publicado en las noticias periodísticas. No se ha afirmado que el juez haya cobrado una retribución para él procedente del generoso patrocinio del Santander. Durante su estancia neoyorquina el sr. Garzón cobra, en efecto, un sueldo(160.333 dólares adicionales a su nómina íntegra de juez, que siguió percibiendo sin trabajar en el Juzgado)aparentemente sufragado con los fondos propios de la Universidad de Nueva York y supuestamente por actividades desarrolladas en el Centro de Derecho y Seguridad, también adscrito a la NYU. La procedencia de la retribución del sr. Garzón no ha podido ser comprobada porque esa Universidad se ha negado a enviar al Tribunal Supremo de España la contabilidad relativa a las actuaciones desarrolladas por Garzón tanto en el Centro Rey Juan Carlos (donde tuvieron lugar los coloquios financiados por el Santander)como en el Centro de Derecho y Seguridad (por el que cobró los citados 160.333 dólares). La nota de prensa del sr. Garzón intenta desviar la atención negando algo que no se ha afirmado. 'Yo no he cobrado del Santander', dice como marchamo de honradez. La cuestión es que, invocando su condición de magistrado-juez (como hizo constar justo debajo de su rúbrica en las cartas a su "querido Emilio"), pidió y obtuvo cerca de 50 millones de las antiguas pesetas para organizar unas mesas redondas a las que invitó a sus amiguetes y a personalidades latinoamericanas que le interesa cultivar (ya le corresponderán con futuras cuchipandas en el cono sur), y sólo cinco meses después recibió e inadmitió una querella contra el mismo "querido Emilio" que, en medio de "grandes abrazos", le proporcionó tan sustancioso donativo. Nada dice la nota de prensa sobre todo esto, y es raro que no se destaque por la pluma aguda del sr. De la Oliva. En segundo lugar, ¿podría ser el patrocinio la 'dádiva' o 'regalo' que se entregan 'en consideración a la función' del beneficiado, en los términos del art. 426 del CP? En otros términos, ¿serían regalos los trajes de Camps (12.000 euros) y no los patrocinios del Santander (260.000 euros)?
Otrosí: siempre es un placer leerte, lástima que permanezcamos en la distancia

Andrés de la Oliva Santos dijo...

Desde luego que la nota de Garzón es salirse por la tangente e irse por los cerros de Úbeda. Me parece que queda claro en mi comentario. El art. 426 CP podría eludirse en este caso, porque las dádivas de 260.000 euros del "Grupo Santander" se hicieron a la NYU. Pero que mi comentario se haya centrado en la decisión sobre la querella contra Botín se debe a mi decisión de no entrar en otras cuestiones, que necesitan investigación (y me parece que la habrá) y no, en absoluto, a que la historieta entera no presente facetas escandalosas.