MISCELÁNEA PERIODÍSTICA DE AÑO NUEVO
UNA NOTICIA DE AÑO NUEVO: INTERNET Y LAS "DESCARGAS": "Podéis estar tranquilos, internet va a seguir existiendo"
Al ver esa frase como titular de una “noticia” me decido a escribir enseguida un nuevo texto para este blog (Google habla de “entradas” y otros de “post”, no sé). La edición digital de un periódico de gran difusión atribuye a una Ministra del “Gobierno de España”, la de Cultura, Sra. González-Sinde, haber declarado, en la tarde del 5 de enero, lo siguiente: “Podéis estar tranquilos, internet va a seguir existiendo”. Así, tal cual, entre comillas. He quedado estupefacto, a medias por la comprensión y generosidad de la Ministra, a medias por su creencia en que la acción ministerial pudiese acabar con la existencia de internet. Pero enseguida, como es muy recomendable pasar del titular al texto de la noticia, he seguido leyendo y ha resultado que la Ministra no había dicho lo que le hace decir el titular, sino todo esto otro:
"Estamos trabajando sobre ese punto [el de la difusión en internet de contenidos sujetos a propiedad intelectual] y creo que llegaremos a una fórmula que satisfará a todas las partes, pero lo importante es que los ciudadanos estén tranquilos, porque internet va a seguir siendo siempre, porque es imparable, esa vía de comunicación, de expresión y herramienta de trabajo que es para muchos, además de contribuir a la difusión de la cultura".
Continúo la cita literal, de la Ministra y del periódico:
"Veremos cuál es la fórmula resultante después de este estudio, reflexión y colaboración: será la que resulte más beneficiosa para todos", ha zanjado. Sobre la idoneidad o no de cerrar páginas web para luchar contra la piratería, ha comentado: "lo iremos viendo con el tiempo; la tecnología es cambiante y no hay motivos para estar preocupados sino para ser constructivos y mirar adelante".
En su opinión, "lo más pragmático es que los derechos de todo el mundo sean compatibles y que podamos tener cuanta más cultura en la Red, mejor, y que pueda seguir habiendo gente que se dedique a crear, y cada vez tengamos más poemas, más novelas y más discos nuevos de artistas nuevos".
"González-Sinde no ha querido dar más detalles de los planes del Gobierno al respecto, pero sí ha justificado por qué esas normas figurarán como norma o reglamento dentro de la Ley de Economía Sostenible: "Lo vemos cada día, el nuevo modelo de economía de la sociedad tiene que ver muchísimo con la divulgación del conocimiento y el derecho al acceso a las nuevas tecnologías".
Dos cosas: Primera: está muy mal, de verdad, que el titular entrecomillado no se corresponda con lo realmente dicho y más cuando esto último es certero y ha sido tan hermosamente expresado: que estemos tranquilos, porque internet “es imparable” y “va a seguir siendo siempre (…) esa vía de comunicación, de expresión y herramienta de trabajo que es para muchos, además de contribuir a la difusión de la cultura.”
Segunda cosa: estamos tranquilos, tranquilísimos. Porque vemos a la Ministra imbuída de un pragmatismo sin fisuras con el que va a lograr que “los derechos de todo el mundo sean compatibles”. De modo que, por un lado, “cuanta más cultura en la Red, mejor” y, al mismo tiempo, será real que “cada vez tengamos más poemas, más novelas y más discos nuevos de artistas nuevos”.
Es esta actitud, positiva a tope, despreocupada, constructiva y de limpia y larga mirada hacia adelante, lo que se necesita en el Año Nuevo. Con eso se logrará una fórmula que, a no dudarlo, “será la que resulte más beneficiosa para todos”.
Pero la Sra. González-Sinde no sólo rebosa optimismo, sino que se guarda ases en la manga, que probablemente reserva para nuevas reuniones de Ministros de Cultura de la UE, bajo la presidencia española, que, apenas estrenada, tanto notamos ya. Y hablo de ases en la manga, porque algo hasta ahora desconocido logrará que todos seamos compatibles y comamos perdices.
Hay dos indicios de eso en las palabras de la Ministra. Por un lado, que en lo de la lucha contra la piratería (presunta, habría que añadir, para ser constitucionales, en tanto la Audiencia Nacional no dicte sentencia condenatoria) va a darse con “una fórmula”, la más beneficiosa para todos, pero, a la vez, “lo iremos viendo con el tiempo”, porque “la tecnología es cambiante”.
Por otro lado, y aunque la Ministra –nos dice la prensa- “no ha querido dar más detalles de los planes del Gobierno al respecto”, sí ha apuntado que en la “Ley de Economía Sostenible”, dentro de ella, la fórmula “va figurar como norma o reglamento”.
Se apunta, pues, a establecer una norma que nos hará a todos felices, porque nos compatibilizará (o descubrirá que ya somos compatibles), pero que va a ir cambiando con el tiempo, como cambia la tecnología. O sea, que se avecina una rara hazaña histórica, que es la llamada composición de los contrarios: la clásica compositio oppositorum. La fijeza y estabilidad de la norma pero en el cambio continuo del calendario y de la tecnología. No es de extrañar que no haya querido la Sra. Ministra dar más detalles de los planes del Gobierno. Eso hay que guardárselo para una cumbre. Algo vamos ya sabiendo sobre la singular naturaleza de los planes del Gobierno. Y aunque sólo logremos una aproximación intuitiva, intelectualmente pobre, de tan singulares planes cabe apreciar una continuidad en este asunto de internet, porque los planes del “Gobierno de España” suelen consistir en una búsqueda incesante de la oposición de los contrarios. Para empezar, los mismos planes existen y no existen o persiguen a la vez A y No A: Constitución respetada y “Estatut de Catalunya” intacto, por ejemplo.
El segundo indicio de originalidad, probablemente genial, lo encuentro en esa referencia a incluir un reglamento (aunque tal vez sea una “norma”) dentro de una Ley. Es sumamente infrecuente meter Reglamentos en las leyes, pero tampoco la Ley de Economía Sostenible es una ley cualquiera. Es una ley de la física buenista.
SEGUNDA NOTICIA DE AÑO NUEVO: UNA SENTENCIA PETARDESCA: "Un acusado de kale borroka evita la cárcel por ser drogadicto y confesar"
Otro periódico digital, también muy leído, incluye como titular, esta vez exactamente, la frase que acabo de transcribir.
Cito la noticia:
“Su adicción a la cocaína, cannabis, metanfetamina y éxtasis y su confesión a tiempo van a permitir a Jon Guevara Etxegarai evitar la cárcel pese a ser condenado por fabricar un artefacto explosivo -que incluía el anagrama de ETA-. La Audiencia Nacional ha considerado que son atenuantes en su caso y sólo le ha condenado a dos años de prisión que quedarán en nada por carecer de antecedentes penales.”
“La sentencia firmada por el magistrado Javier Gómez Bermúdez, Javier Martínez Lázaro y Ramón Sáez explica que al concurrir dos atenuantes (toxicomanía y confesión) ‘se impone la pena inferior en grado en su grado mínimo’, como recoge el Código Penal. La sección primera de la Sala de lo Penal finalmente impone a Guevara una condena de dos años de prisión y cinco años de inhabilitación absoluta por un delito de fabricación de aparato explosivo. La Fiscalía había solicitado el doble, cuatro años. Guevara esquiva la cárcel por no tener antecedentes penales.”
“La Guardia Civil descubrió al acusado en un coche (…) donde transportaba un artefacto explosivo compuesto por dos cohetes pirotécnicos voladores, metralla y un bote, que una vez encendido propulsa el artilugio hasta el objetivo. En él, estaba dibujado el anagrama de ETA y leyendas como Jarrai y símbolos habituales de la 'kale borroka'. Además, Guevara llevaba en el vehículo diverso material pirotécnico, entre el que se encontraba, entre otras cosas, 12 cohetes y 19 petardos.”
“El tribunal reconoce la atenuante de la confesión porque el acusado reconoció tanto en la fase de instrucción como en la vista oral que había sido él quien había fabricado el explosivo, sin embargo, Guevara negó que su elaboración fuera para cometer un ataque y, por tanto, tampoco dijo nada sobre el objetivo. Para el juez no cabe duda de que la finalidad era `causar graves daños, pues se le añade metralla y un sistema de propulsión previo a la explosión’. No obstante, argumenta que no impide la aplicación de la atenuante, ‘atendido su comportamiento constante en el tiempo’, ya que cree que su negativa se debe ‘muy probablemente’ al consejo de su abogado.”
“Respecto a la segunda atenuante, un informe médico de dos meses antes acredita que Guevara había consumido ‘cocaína, cannabis, metanfetamina y MDMA o éxtasis’ en una noche que le llevó a ser ingresado ‘inconsciente’ en el hospital de Bidasoa ‘con una intoxicación etílica aguda, muy próxima al coma’.”
“El tribunal considera ‘probada su adicción a varias drogas, adicción que condicionó su actuar’. La defensa había solicitado que se aplicara una eximente completa o incompleta, algo que se desestima porque al no haberse hecho una prueba se desconoce el grado concreto de afectación en el momento del arresto.
“Para la Audiencia Nacional no cabe duda del carácter explosivo del artilugio y de que ‘su finalidad era, al menos, contribuir a alterar gravemente la paz pública’. Además, subraya que el acusado también llevaba varios cohetes pirotécnicos con varilla y un tubo hueco, de los usados ‘para actos de vandalismo relacionados con el apoyo a ETA’. En el juicio el acusado dijo que era aficionado a la pirotecnia, que le gustaba ‘hacer experimentos’ y negó pertenecer a la organización terrorista.”
No insultaré la inteligencia de mis fieles y pacientes lectores con un extenso e innecesario comentario a esta notable pieza de aplicación de nuestro progresivo “Código Penal de la Democracia”, una sentencia de la que ha sido ponente el Magistrado Gómez Bermúdez. Sólo una información o recordatorio: hasta el CP de 1995, era atenuante hallarse en estado de embriaguez al cometer el delito, siempre que la embriaguez no hubiese sido “buscada de propósito para delinquir”. A partir de 1995, estar borracho o “colocado” (o ambas cosas) es eximente, es decir que está exento de responsabilidad penal, conforme al art. 20.2 CP, “el que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión.” Pero la extraordinaria nueva sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no ha considerado que se diese la eximente citada, como pedía la defensa (y que hubiese determinado la absolución). Ha aplicado la atenuante del art. 21.2 CP: “actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2 del artículo anterior.”
La sentencia, que he leído en su integridad, considera que está probada la adicción del acusado y añade, sin más, “que condiciona su actuar” (debe ser un axioma), para seguidamente afirmar “no haberse practicado prueba alguna sobre el grado concreto de afectación en relación con los hechos como el juzgado”. Pero esta falta absoluta de prueba sobre un extremo clave del caso (influencia de la drogadicción sobre el comportamiento juzgado y no “como el juzgado”), omisión de la que alguien, el Fiscal p. ej., debería responder, lleva a la Sala a no aplicar la eximente. La atenuante la aplican como quien se lava las manos, pese a que el Código exige bien claramente que el acto tenga como causa la adicción y sobre eso no se ha practicado prueba alguna.
Un año más con la incoherencia superlativa en nuestra política y en nuestra legislación penal. Un año más de lucha contra las drogas, pero si Vd. se pone ciego de anfetas, éxtasis y vodka, puede degollar con bastante tranquilidad penal a su molesta o aburrida compañera o cónyuge, que acapara el mando del televisor o ronca malamente. Ahora bien, sepa Vd. que, aunque no cometa infracción de tráfico alguna ni cause daño a nadie, si le paran en un control y le encuentran “con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro”, se entenderá, por ficción legal, que ha incurrido en delito de conducción manifiestamente temeraria (arts. 379 y 380 CP).
Ni para la violencia de género han querido rectificar este disparate del "bonus" penal a la droga y al alcohol, aunque saben bien la tremenda incidencia de drogas y alcohol en esos crímenes, que ya se han estrenado en el Año Nuevo. Es decir, que también en este asunto se componen los contrarios. En todo caso, estemos tranquilos. Aunque el “Gobierno de España” tenga planes.
2 comentarios:
Por qué no dedica un texto, post o entrada al pobre Juez Calamita en comparación con el Juez Garzón. Lo Códigos penales, estoy con usted, o son buenos o malos o coherentes o incoherentes. Lo que usted comenta es de juzgado de guardia...
Para "sinretorno"
1º) No conozco bien el caso del juez Calamita; 2º) Fuentes judiciales muy fiables no me avalan el quehacer judicial de Calamita;3º)No se me dan bien las "vidas paralelas" y no pienso ni que Garzón pueda hacer bueno a nadie ni que las discriminaciones,muchas veces evidentes, resten o añadan un ápice a la responsabilidad de cada cual.
Abrazos.
Publicar un comentario