miércoles, 20 de enero de 2010

INNOVACIÓN EDUCATIVA EN LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA


CONTRA LA APOTEOSIS DE LA ESTULTICIA “EDUCATIVA”… Y JURÍDICA (I)



"Mit der Dummheit kämpfen Götter selbst vergebens."
(Con la estupidez, hasta los dioses luchan inútilmente)
Friedrich Schiller, Die Jungfrau von Orléans.


"Perversi difficile corriguntur. Et stultorum infinitus est numerus."
(Difícilmente se corrigen los perversos. Y el número de los tontos es infinito)
Ecclesiastés, 1, 15.



Literalmente y sin exageración: no se habla de otra cosa en España. No se habla más que del pretendido “derecho a copiar”, establecido por un Reglamento de la Universidad de Sevilla en obsequio del “derecho a examinarse”. Según ese Reglamento, el profesor que encuentre a un estudiante “copiando” en un examen no puede expulsarlo del aula y suspenderlo. Tiene que anotar la “incidencia”, permitir que el alumno termine el examen y dar cuenta a una comisión paritaria (que, aunque pueda parecerlo, no viene de "parida", sino de paridad), compuesta por tres profesores y tres alumnos, que, eso sí, en el plazo máximo de un mes, desde que les lleguen los papeles, resolverán si ha habido “copie” o no (con qué consecuencias en caso afirmativo, no está claro). (Diré, de paso, que ya no se suele encontrar a “examinandos” ayudándose de una “chuleta” clásica, sino descargándose y leyendo un archivo de su smartphone, de su palm o escuchando con un diminuto “pinganillo” lo que le dicen otros, con lo que no están propiamente “copiando”. La verdad es que hoy, cuando vemos una “chuleta” hecha por el usuario y está bien hecha, nos dan ganas de darle dos o tres “créditos” a crédito).

El fundamento de la disposición hispalense sería, nos vienen a decir, el Estado de Derecho. Porque pretenden que, en esa clase de Estado, como es formalmente España, los alumnos tienen un “derecho a examinarse”, que ha de ser tutelado a todo trance. Enseguida me ocuparé de esta estupefaciente construcción jurídica, ante la que se revuelven en sus tumbas todos los juristas hispalenses. Por de pronto, consideren el siguiente ejemplo. A alguien se le ocurre, en Madrid, ponerse en marcha hacia Sevilla, a la Feria de Abril, después de una cena y velada con copiosa bebida. A treinta kilómetros de Madrid, en un control de alcoholemia de la Guardia Civil, el viajero “sopla” y la máquina registra un “espirado” superior a 1,30 miligramos de alcohol por litro, que es el doble de lo que hace delictivo el simple hecho de conducir. Pues bien, una ley de tráfico y un Código Penal inspirados en los criterios hispalenses dispondrían que los agentes de la Benemérita, comprobada la tasa de alcohol, permitiesen al viajero (presunto beodo) continuar viaje, con traslado posterior del papeleo de la “incidencia” a una comisión paritaria, compuesta por tres Guardias Civiles de la Agrupación de Tráfico y tres conductores, que, en el plazo de un mes, decidirían si hubo o no infracción.

Otro ejemplo parecido, pero sin alcohol: el conductor que se va a la Feria de Sevilla tiene que abrir el maletero en un control rutinario de la Benemérita y ésta se encuentra tres pistolas, dos granadas de mano y un “kalashnikov”. Por supuesto, el conductor no puede exhibir licencia ni guía. Los agentes se incautan de las armas, pero dejan seguir viaje al conductor, trasladando después el papeleo a una comisión de tres Guardias Civiles y tres Ciudadanos sin licencia de armas, que ya decidirán, eso sí, en el plazo máximo de un mes.

El fundamento de estas normas inspiradas en la de la Universitas Hispalensis sería permitir al conductor ejercitar su libertad ambulatoria, que decimos en el foro jurídico.

¿Cómo verían Vds. las normas que he imaginado? ¿Acaso las verían bien? Piénsenlo de nuevo, con el añadido de estas hipótesis: primera, el presunto beodo, una hora después, choca con otro vehículo que circulaba por su carril y deja tetrapléjica a una persona; segunda, el conductor, llegado a Sevilla, consigue otra pistola y asesina a un ser querido. ¿A que ya no lo verían bien?

Que no diga nadie que “no es lo mismo”. Es verdad que copiar, conducir hiper-ebrio y portar armas sin licencia, etc., no son conductas ilegales de igual gravedad, pero sí son igualmente ilícitas. Y lo que importa es que el ejercicio de un derecho se limita o se neutraliza, infinidad de veces, por la ilicitud y la ilegalidad en el uso de ese derecho. Es de cajón. Lo entiende cualquiera, menos, al parecer, los responsables del desarrollo reglamentario de la Universidad de Sevilla, a los que, aunque no les conozca, me permito aconsejarles que, como ahora se suele decir, “se lo hagan mirar” (me refiero al furor legisferantis que padecen) y reposen, sin ningún escrúpulo, durante una buena temporada.

El que copia (en sentido amplio) no sólo infringe el mandamiento “no copiarás” (que si no está escrito, urgiría escribirlo), sino que lesiona el derecho a la igualdad, un derecho que, a diferencia del “derecho a hacer un examen”, es un derecho fundamental, previsto en el art. 14 de la Constitución. Y la libertad ambulatoria, libertad que permite viajar a la Feria de Abril de Sevilla cuando se quiera (incluso, si alguien se empeña, en el mes de enero), es un bien jurídico asimismo de más categoría que el “derecho al examen”, porque también es un derecho fundamental, el del art. 19 de la Constitución: el “derecho a… circular libremente por el territorio nacional”.

La matrícula en la Hispalensis y la consiguiente condición de alumno pueden, sí, dar derecho a ser examinados o, como ahora se dice, “evaluados” en la Hispalensis. Y lo mismo se puede decir de las restantes Universidades, aunque habría que ver a cuántos exámenes (con qué requisitos y en qué circunstancias) da derecho ser alumno, porque que haya o no parciales y que sean o no liberatorios era y es, hasta ahora, decisión del Departamento correspondiente o del profesor, de ordinario en consenso con los alumnos. Pero, en todo caso, si hablamos de las clásicas “convocatorias ordinaria y extraordinaria”, el derecho a examinarse o a ser examinado no puede ser concebido, como no lo es casi ningún derecho, tan absolutamente, tan incondicionadamente, que haya de ser respetado incluso cuando se ejerce para engañar a la sociedad entera. Mi libertad de dar paseos seguramente deja de ser tutelable si me voy dedicando a apuñalar a los viandantes que se me van aproximando y que, sin quererlo, por distancia y velocidad, me permiten la puñalada. Y hay algo jurídicamente relevante (está en el Código Civil, más jurisprudencia de los tribunales y libros) que se llama “abuso del derecho”.

La ocurrencia de la Hispalensis -esperemos que pronto rectificada, porque, de lo contrario, sus siglos de historia se irán a borbotones por el sumidero- me parece un perfecto símbolo (o icono, que dicen ahora) del imperio de la estulticia que venimos padeciendo en España (no solo aquí, aunque vayamos a la cabeza en ese imperialismo y sea donde más nos afecta). Es un imperio con incontenidos afanes y realidades de conquista diaria. Es el expansionismo de la estulticia: cada día llega a más ámbitos. Es la profundización en la estulticia o, como ahora se dice, la estulticia en profundidad: la estulticia o mentecatez es cada día más intensa, más alejada de la realidad, del buen sentido, de la lógica y de las normas jurídicas. Alcanza cotas en que no hay excusa, pretexto o paliativo que valgan. Es una estulticia agresiva y contundente; se procura asentar en todo territorio en el que penetra; se supera sin cesar en la sinrazón; se blinda frente a razonamientos y datos. El poder y la estulticia, perfectamente puros, uno y otra, y perfectamente compenetrados. Algo temible y devastador.

Con todo, este símbolo que es la ocurrencia de la Universidad de Sevilla tiene una ventaja importante: nadie en sus cabales, sin distinción de raza, sexo, religión, ideología, cultura, posición económica, etc., ha dejado de entenderlo como una idiotez absoluta. Y nadie ha dejado de pensar o exclamar en voz alta: “¿hasta dónde vamos a llegar?”

Me he encontrado profesionales de prestigio, no juristas, que, pese a su estupor y al negativo dictamen que había emitido imperiosamente su buen sentido, han considerado prudente preguntarme como jurista, no fuera a ser que la idea de la Hispalensis, de apariencia rotundamente estulta, se apoyase en algún fundamento jurídico. Ya ven que no tiene ninguno.

Pero la cosa, como va de poder y de tontería, no se ha quedado en la ocurrencia hispalense. El Ministro de Educación, Catedrático de Universidad y, para más señas, metafísico oficial, ha reaccionado también ocurrentemente. No ha reaccionado con el sentido común del portero de mi casa, del camarero de mi más cercano bar o del último taxista que me ha dado servicio. No, no ha reaccionado así. Ha reaccionado con el ingenio que caracteriza a los que aceptan carteras ministeriales del inaprehensible y ya plenamente inefable Rodríguez Zapatero. Lo que ha dicho este Ministro es que él apuesta.

Si Vds. se fijan, si hacen memoria, verán que aquí todos los dirigentes se han puesto de acuerdo en apostar: apuestan, por supuesto, por el diálogo, apuestan por la convivencia, apuestan por la creación de empleo, por la recuperación económica, por la competitividad, por la investigación avanzada y por la excelencia; apuestan por la modernidad, por la renovación y por el “sursum corda”. Esta moda de la apuesta tiene tela, porque, hasta hace poco, el que dirigía algo tenía que proponerse lograr resultados en ese “algo”. En cambio, ponerse a apostar a “algo” es situarse y situar el “algo”, lo que sea (la creación de empleo, la recuperación económica, la investigación avanzada, la mejora de la educación), a merced de la suerte, del azar. Pero para ese viaje del azar no necesitamos dirigentes de ninguna clase. Yo apuesto por que se vayan a casa los dirigentes apostadores y nos dejen en paz con los problemas que no resuelven, sino que ellos mismos agravan con sus intervenciones de apostadores.

Pero, volviendo al asunto, ¿a qué apuesta el Ministro Gabilondo? Pues apuesta -leo- por trabajar hacia "formas de examen que no dependan tanto de asuntos memorísticos, de copiar o no copiar". Y añade: “espero que busquemos fórmulas de aprendizaje lo suficientemente innovadoras, próximas, de evaluación continua y que no lleven a la necesidad de hacer un examen convencional."

Dejando a un lado las “formulas de aprendizaje lo suficientemente innovadoras” (¿qué tal el estudio personal, por ejemplo?) y “próximas, de evaluación continua”, que son elementos del discurso ministerial muy del inaprehensible estilo presidencial, se vislumbra, como lo han hecho los periodistas en sus titulares, que el Ministro apuesta por exámenes en los que no se copie porque no tenga sentido hacerlo. Pero eso significa una de dos: o exámenes orales o exámenes en que el “examinando” tenga que crear. Si hay evaluación continua, da lo mismo: continuamente los “evaluandos” tendrán que hablar o crear. Seguramente las dos fórmulas merecerán el aplauso ministerial y, en especial, los que llamaré “exámenes creativos”, puesto que los exámenes orales son antiquísimos y, por tanto, quizá no sean “suficientemente innovadores”. Pero si los “exámenes creativos” no son orales, el Ministro no nos resuelve nada, porque, como ya he dicho, el problema más grave, hoy en día, no es el de copiar, sino el de que el “examinando” reciba de otro u otros lo mismo datos que reflexiones: para eso está toda la tecnología de comunicaciones, miniaturización incluida. La cuestión candente en la realidad es y seguirá siendo quién protagoniza de verdad el “examen creativo”. Por lo demás, con la experiencia de más de cuarenta años de docencia (empecé en 1968), permitiendo siempre, en todos los exámenes (orales o escritos), el manejo de textos legales, garantizo que el índice de “fracaso escolar” se dispararía si no hiciéramos otros exámenes que los “exámenes creativos”, comprobando lo que hay que comprobar mediante casos prácticos, dictámenes, etc. Además, el tiempo disponible sería ocupado por exámenes sin fin.

El Ministro Gabilondo, por lo que le leo y le veo en fotografías (no suelo ver la parte de política nacional de los informativos de TV, en ninguna cadena) presenta en su haber, sobre todo, una apariencia de buena persona que, a buen seguro, está respaldada por la realidad. Eso, para ser Ministro de este “Gobierno de España” le basta y le sobra. Pero, para ser un Ministro de Educación de España, es poca cosa. Como ex-Rector, seguro que está impuesto en Macrouniversidad. Pero tendría que saber bastante más de Microuniversidad: de lo que es enseñar y aprender e incluso evaluar, continua o periódicamente. La ocurrencia de exámenes en que “copiar o no copiar” sea irrelevante demuestra que el Ministro no sabe de eso, es decir, que está lejísimos de nuestra cotidiana realidad. El Ministro habla con un buenismo buenísimo, pero está, el pobre hombre (lo digo por ser Ministro de este “Gobierno de España”), levitando demasiado y, a buen seguro, no por arrebatos metafísicos, sino por la influencia del Maestro Buenista que le preside.

Ésta es una primera entrega, porque el asunto da para más. He dejado en el aire, por ejemplo, el interrogante que los españoles sensatos formulan cada dos por tres:"¿hasta dónde vamos a llegar?" Pero, por favor, lean lo que, con fecha 18 de enero de 2010, aparece en el “Blog del Profesor Anecado”, al que desde esta página tienen enlace directo. Es muy recomendable, porque apunta certeramente a la cuestión de la prueba y de la autoridad del profesor. Por ahí van los tiros, desde luego. Y no cabe duda de que la ocurrencia hispalense empieza a oler a lo que aquí, con inmenso cariño a la espléndida ciudad italiana, llamamos "Bolonia".

3 comentarios:

Fer dijo...

¡Magnífica entrada! Querría hacer dos apreciaciones adicionales:

1) Lo que ha hecho la Universidad de Sevilla pone de manifiesto que el desastre que supuso la LOGSE para la Enseñanza Secundaria y el Bachillerato ya ha llegado a la Universidad. Y a la inversa, también "retroalimenta" la deplorable situación de la educación media o secundaria: ¿con qué legitimidad se van a adoptar sanciones contra un estudiante de Instituto que copie, si se difunde socialmente la imagen de que en la Universidad "se puede copiar"?

2)Por otra parte, me parece que la norma de la Universidad de Sevilla, que se presenta a sí misma como "garantista", parte de una premisa que ofende a los profesores universitarios de a pie: la supuesta arbitrariedad -más aún, el comportamiento despótico- de los profesores, que abusarían de una eventual potestad de expulsar del examen a quienes copien, usen "pinganillo" o de otro modo infrinjan las reglas; la norma, pues, serviría para evitar esos alumnos y proteger al alumno... Es posible que, de forma aislada, se produzcan abusos o incluso errores de apreciación, pero me parece que para corregirlos no se puede introducir una regla que, además de ser absurda e inoperante, convierte en presunta pauta habitual de conducta la arbitrariedad y la injusticia en el comportamiento de los profesores universitarios.

BeatrizP dijo...

Yo me había hecho alguna ilusión con esa ola que empezó a moverse en Madrid acerca del reconocimiento de la autoridad del profesor, pero veo que no está tan claro.
Me pregunto qué clase de pruebas tendrá que aportar un profesor para demostrar que un alumno estaba copiando. Quizá si el compañero de al lado le cuenta todo el exámen, no sea copiar, y ademá sea imposible de demostrar si todos lo niegan. ¿Tendrá algún valor la palabra del profesor?
¿Y qué clase de vigilancia tendremos que poner en marcha, no sólo en los exámenes sino en cualquier método de evaluación que se nos ocurra?

Andrés de la Oliva Santos dijo...

A Beatriz P.:

De algunas indagaciones que he hecho resulta que en Madrid parece que van a seguir adelante con el proyecto de que se considere autoridad al profesor, de modo que su declaración goce de la llamada "presunción de veracidad".

En cuanto a la vigilancia de exámenes, más vale que siempre corra a cargo de dos profesores al menos.